TRATAMIENTO DE ANTICUERPOS ANTI-CD20 DE PACIENTES QUE RECIBEN TRASPLANTES DE INJERTOS DE MEDULA OSEA O CELULAS MADRE DE SANGRE PERIFERICA.
Utilización de un anticuerpo anti-CD20 para la preparación de una composición para reducir el riesgo de recaída de enfermedades relacionadas con células B en un paciente que recibe un trasplante de médula ósea o trasplante de células madre periféricas,
habiendo sido dicho paciente tratado anteriormente bajo condiciones para erradicar las células B causantes de la enfermedad, en el que la composición es para el tratamiento de dicho trasplante de in vivo concurrente con o hasta 100 días después del trasplante con una cantidad de un anticuerpo anti-CD20 eficaz para depurar el número de células causantes de enfermedades que expresan el antígeno CD20 en el paciente
Tipo: Patente Internacional (Tratado de Cooperación de Patentes). Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: PCT/US99/24012.
Solicitante: IDEC PHARMACEUTICALS CORPORATION.
Nacionalidad solicitante: Estados Unidos de América.
Dirección: 11011 TORREYANA ROAD,SAN DIEGO, CA 92121-1104.
Inventor/es: GRILLO-LOPEZ, ANTONIO, J., LEONARD, JOHN E..
Fecha de Publicación: .
Fecha Concesión Europea: 6 de Enero de 2010.
Clasificación Internacional de Patentes:
- C07K16/28U
Clasificación PCT:
- A61K35/02 NECESIDADES CORRIENTES DE LA VIDA. › A61 CIENCIAS MEDICAS O VETERINARIAS; HIGIENE. › A61K PREPARACIONES DE USO MEDICO, DENTAL O PARA EL ASEO (dispositivos o métodos especialmente concebidos para conferir a los productos farmacéuticos una forma física o de administración particular A61J 3/00; aspectos químicos o utilización de substancias químicas para, la desodorización del aire, la desinfección o la esterilización, vendas, apósitos, almohadillas absorbentes o de los artículos para su realización A61L; composiciones a base de jabón C11D). › A61K 35/00 Preparaciones medicinales que contienen sustancias de constitución indeterminada o sus productos de reacción. › a partir de sustancias inanimadas (carbono A61K 33/44).
- A61K39/00 A61K […] › Preparaciones medicinales que contienen antígenos o anticuerpos (materiales para ensayos inmunológicos G01N 33/53).
- A61K39/395 A61K […] › A61K 39/00 Preparaciones medicinales que contienen antígenos o anticuerpos (materiales para ensayos inmunológicos G01N 33/53). › Anticuerpos (aglutininas A61K 38/36 ); Inmunoglobulinas; Inmunosuero, p. ej. suero antilinfocitario.
Clasificación antigua:
- A01N1/00 A […] › A01 AGRICULTURA; SILVICULTURA; CRIA; CAZA; CAPTURA; PESCA. › A01N CONSERVACION DE CUERPOS HUMANOS O ANIMALES O DE VEGETALES O DE PARTES DE ELLOS (conservación de alimentos o productos alimenticios A23 ); BIOCIDAS, p. ej. EN TANTO QUE SEAN DESINFECTANTES, PESTICIDAS O HERBICIDAS (preparaciones de uso médico, dental o para el aseo que eliminan o previenen el crecimiento o la proliferación de organismos no deseados A61K ); PRODUCTOS QUE ATRAEN O REPELEN A LOS ANIMALES; REGULADORES DEL CRECIMIENTO DE LOS VEGETALES. › Conservación de cuerpos humanos o animales, o partes de ellos.
- A01N1/02 A01N […] › A01N 1/00 Conservación de cuerpos humanos o animales, o partes de ellos. › Conservación de partes vivas.
- A01N63/00 A01N […] › Biocidas, productos que repelen o atraen a los animales perjudiciales, o reguladores del crecimiento de los vegetales, que contienen microorganismos, virus, hongos microscópicos, animales, o sustancias producidas por, u obtenidas a partir de microorganismos, virus, hongos microscópicos o animales, p. ej. encimas o productos de fermentación (que contienen compuestos de constitución determinada A01N 27/00 - A01N 59/00; algas unicelulares A01N 65/03).
- A61K39/00 A61K […] › Preparaciones medicinales que contienen antígenos o anticuerpos (materiales para ensayos inmunológicos G01N 33/53).
- A61K39/395 A61K 39/00 […] › Anticuerpos (aglutininas A61K 38/36 ); Inmunoglobulinas; Inmunosuero, p. ej. suero antilinfocitario.
Fragmento de la descripción:
Tratamiento de anticuerpos anti-CD20 de pacientes que reciben trasplantes de injertos de médula ósea o células madre de sangre periférica.
Campo de la invención
Se describe la utilización de un anticuerpo anti-CD20 o un fragmento del mismo como un agente de depuración in vivo en pacientes que recibieron trasplante de médula ósea o trasplante de células madre periféricas.
Antecedentes de la invención
La utilización de anticuerpos contra el antígeno CD20 como agentes de diagnóstico y/o terapéuticos para el linfoma de células B se ha divulgado previamente. El CD20 es un marcador útil u objetivo para células B de linfomas en que este antígeno se expresa en densidades muy altas en la superficie de células B malignas, es decir, las células B en las que la proliferación incesante puede dar lugar a linfomas de células B.
CD20 o Bp35 es un antígeno de diferenciación restringida linfocito B que se expresa durante el desarrollo temprano de células pre-B y se mantiene hasta la diferenciación de células plasmáticas. Algunos creen que la molécula CD20 puede regular un paso en el proceso de activación de las células B que se requiere para la iniciación y diferenciación del ciclo celular. Por otra parte, como se ha señalado, el CD20 se expresa generalmente en niveles muy altos en las células B neoplásicas ("tumor").
Las terapias anteriormente indicadas que implican anticuerpos anti-CD20 han involucrado la administración de un anticuerpo anti-CD20 terapéutico ya sea solo o en combinación con un segundo anticuerpo anti-CD20 marcado radiactivamente, o un agente quimioterapéutico.
De hecho, la Food and Drug Administration ha aprobado el uso terapéutico de dicho anticuerpo anti-CD20 terapéutico, RITUXAN®, para su uso en linfoma no Hodgkin de baja categoría en recaída y tratado previamente (LNH).
Además, el uso de RITUXAN® en combinación con un anticuerpo anti-CD20 murino radiomarcado se ha sugerido para el tratamiento del linfoma de células B.
Sin embargo, mientras que los anticuerpos anti-CD20 y, en particular, RITUXAN®, se ha informado que es eficaz para el tratamiento de linfomas de células B, como el linfoma no Hodgkin, los pacientes tratados son a menudo objeto de recaída de la enfermedad. Por lo tanto, sería beneficioso si se pudieran desarrollar tratamientos con anticuerpos más eficaces. Más concretamente, sería ventajoso si se descubren otras aplicaciones terapéuticas de los anticuerpos anti-CD20. Además, sería conveniente que los protocolos actuales de tratamiento para el linfoma de células B fueran mejorados, lo que impide o reduce aún más la recurrencia de la enfermedad.
Breve descripción de la invención
Por lo tanto, es un objeto de la invención mejorar los problemas de los tratamientos previos de enfermedades relacionadas con células B, por ejemplo, linfomas de células B y leucemias, en particular el problema de la recaída de la enfermedad después del tratamiento de la enfermedad.
Más concretamente, es un objeto de la invención reducir la incidencia de recurrencia de la enfermedad en pacientes con enfermedades relacionadas con células B que reciben trasplantes de médula ósea o de células madre de sangre periférica mediante el uso de un anticuerpo anti-CD20 como agente de depuración in vivo, concurrente, y/o hasta 100 días después del trasplante.
Es un objeto aún más específico de la invención utilizar RITUXAN® como un agente de depuración in vivo, concurrente y/o hasta 100 días después del trasplante de médula ósea o de células sanguíneas periféricas.
Descripción detallada de la invención
Un problema significativo asociado con el tratamiento de enfermedades que afectan a las células B y otras células que expresan el antígeno CD20, incluyendo linfomas de células B y leucemias, es el problema de la recaída después del tratamiento de la enfermedad.
La causa exacta de recaída de la enfermedad no está clara. Sin embargo, se sabe que la recaída puede ocurrir incluso en pacientes que reciben intervención terapéutica agresiva, por ejemplo, altas dosis de agentes quimioterapéuticos, citoquinas, radiación y/o anticuerpos. Aunque la causa exacta de la recaída sigue siendo poco clara, se especula por algunos investigadores que la recaída de la enfermedad puede ocurrir porque el paciente aún puede albergar un número reducido de células enfermas, incluso después de una terapia agresiva. Además, se especula que el trasplante de médula ósea o tejido trasplantado de células madre de sangre periférica pueden ellos mismos estar contaminados por células enfermas, que expresan el antígeno CD20, por ejemplo, las células de linfoma de células B. Por lo tanto, el trasplante de dichos tejidos puede involuntariamente introducir células enfermas, y por lo tanto aumentar el riesgo de recaída de la enfermedad.
Como se mencionó, la presente invención tiene por objeto evitar o reducir la incidencia de la enfermedad en pacientes que recibieron trasplante de médula ósea o de células madre de sangre periférica. La presente invención proporciona el uso de un anticuerpo anti-CD20 como se reivindica.
La médula ósea o células madre de sangre periférica puede ser contactada en el cultivo de tejidos con un anticuerpo anti-CD20 antes del trasplante. En la realización preferida dichos comprenden anticuerpos quiméricos, de primates, primatizados®, humanizados o humanos anti-CD20, preferentemente RITUXAN®.
El paciente es tratado de forma concurrente con o hasta 100 días después de trasplante de la médula ósea o de células madre de sangre periférica con una cantidad de un anticuerpo anti-CD20 eficaz para depurar (in vivo) o al menos reducir el número de enfermedades que causan que las células que expresan el antígeno CD20 que puedan estar presentes en el trasplante.
Del mismo modo, el anticuerpo utilizado para el purgado in vivo preferentemente comprenderá un anticuerpo quimérico, humanizado, de primates, primatizado®, o humano anti-CD20, preferentemente RITUXAN®. Esta depuración in vivo podrá realizarse simultánea o de forma sustancialmente simultánea al trasplante de médula ósea o de células sanguíneas periféricas. Preferentemente, dicha depuración se llevará a cabo dentro de una semana o más, preferentemente dentro de 1 a 12 horas después del trasplante. Sin embargo, esta depuración puede realizarse hasta aproximadamente de 1 a 100 días después del trasplante. En la realización preferida, la depuración in vivo se llevará a cabo dentro de aproximadamente 1 mes después del trasplante, más preferiblemente dentro de aproximadamente una semana después del trasplante, y aún más preferentemente dentro de aproximadamente 1 a 12 horas después del trasplante.
Tal como se indicó anteriormente, el objeto de depuración in vivo del antígeno de células que expresan el CD20 se llevará a cabo en pacientes que previamente han sido tratados en un esfuerzo para erradicar células B causantes de la enfermedad, u otras células CD20 que expresan antígeno implicadas en la enfermedad. Dichos procedimientos de tratamiento incluyen, a modo de ejemplo, la terapia con citocinas, las terapias de anticuerpos (por ejemplo, RITUXAN® o de otros anticuerpos dirigidos a las células B), la quimioterapia y/o radioterapia, por ejemplo, la irradiación de cuerpo entero, radioinmunoterapia.
En una realización especialmente preferida, el objeto de depuración in vivo se llevará a cabo en pacientes que previamente han sido tratados con RITUXAN® y/o radioinmunoterapia que reciben un trasplante autólogo de médula ósea o trasplante de células madre de sangre periférica después de terapia RIT y/o RITUXAN®.
Por ejemplo, los pacientes que tienen enfermedades relacionadas con células B, por ejemplo, un linfoma de células B o leucemia, tendrán su médula ósea o células madre de sangre periférica recogidas con anterioridad a un tratamiento terapéutico. Esto se llevará a cabo mediante procedimientos conocidos.
El paciente será sometido a un régimen terapéutico agresivo, por ejemplo, la administración de RITUXAN®, o un anticuerpo radioetiquetado que es específico de un antígeno expresado por las células del tumor, la irradiación de cuerpo entero, y/o quimioterapia o citoquinas. Este régimen terapéutico se llevará a cabo en condiciones que son hipotéticamente destinadas a erradicar cualquier célula B u otras células tumorales que expresan antígeno CD20 que puedan estar presentes.
Reivindicaciones:
1. Utilización de un anticuerpo anti-CD20 para la preparación de una composición para reducir el riesgo de recaída de enfermedades relacionadas con células B en un paciente que recibe un trasplante de médula ósea o trasplante de células madre periféricas, habiendo sido dicho paciente tratado anteriormente bajo condiciones para erradicar las células B causantes de la enfermedad, en el que la composición es para el tratamiento de dicho trasplante de in vivo concurrente con o hasta 100 días después del trasplante con una cantidad de un anticuerpo anti-CD20 eficaz para depurar el número de células causantes de enfermedades que expresan el antígeno CD20 en el paciente.
2. Utilización según la reivindicación 1, en la que dicha composición es, para la realización de depuración in vivo mediante la administración de rituximab, a más tardar un mes después del trasplante.
3. Utilización según la reivindicación 1 o la reivindicación 2, en la que la composición comprende rituximab y se administra en dosis que varían de 0,1 a 20 mg/kg aproximadamente una semana después del trasplante.
4. Utilización según la reivindicación 3, en la que dicho paciente ha sido sometido anteriormente a un protocolo de tratamiento seleccionado del grupo consistente en la irradiación de cuerpo entero, la inmunoterapia con rituximab, quimioterapia, terapia de citoquinas, radioinmunoterapia, o una combinación de las mismas.
5. Utilización según la reivindicación 4, en la que el paciente ha sido sometido anteriormente a radioinmunoterapia.
6. Utilización según cualquiera de las reivindicaciones 1 a 5, en donde dicha enfermedad es linfoma de células B o leucemia.
7. Utilización según la reivindicación 6, en la que dicha enfermedad es linfoma no Hodgkin.
8. Composición que comprende un anticuerpo anti-CD20 para el uso en un procedimiento de tratamiento para reducir el riesgo de recaída de enfermedades relacionadas con células B en un paciente que recibe un trasplante de médula ósea o trasplante de células madre periféricas, que el paciente haya sido tratado anteriormente en virtud de las condiciones destinadas a erradicar las células B causante de la enfermedad, en el que la composición es para el tratamiento de dicho trasplante in vivo concurrente con o hasta 100 días después del trasplante con una cantidad de un anticuerpo anti-CD20 eficaz para depurar el número de células causantes de enfermedades que expresan el antígeno CD20 en el paciente.
9. Composición para su uso según la reivindicación 8, en la que dicha composición es, para la realización de depuración in vivo mediante la administración de rituximab, a más tardar un mes después del trasplante.
10. Composición para su uso según la reivindicación 8 o la reivindicación 9, en la que la composición comprende rituximab y se administra en dosis que varían de 0,1 a 20 mg/kg a aproximadamente una semana después del trasplante.
11. Composición para su uso según la reivindicación 10, en la que dicho paciente ha sido sometido anteriormente a un protocolo de tratamiento seleccionado del grupo consistente en la irradiación de cuerpo entero, inmunoterapia con rituximab, quimioterapia, terapia de citoquinas, radioinmunoterapia, o una combinación de los mismos.
12. Composición para su uso según la reivindicación 11, en la que el paciente ha sido sometido anteriormente a radioinmunoterapia.
13. Composición para su uso según cualquiera de las reivindicaciones 8 a 12, en la que dicha enfermedad es linfoma de células B o leucemia.
14. Composición para su uso de acuerdo a la reivindicación 13, en la que dicha enfermedad es el linfoma no Hodgkin.
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