EMPLEO DEL 1,2-DIHIDROPERILALDEHIDO EN APLICACIONES SABORIZANTES.

Un método para aumentar, potenciar o modificar el sabor de una substancia alimenticia mediante la adición de menos de 0,

15 partes por millón de 1,2-dihidroperilaldehido

Tipo: Patente Europea. Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: E07252656.

Solicitante: INTERNATIONAL FLAVORS & FRAGRANCES INC..

Nacionalidad solicitante: Estados Unidos de América.

Dirección: 521 WEST 57TH STREET,NEW YORK NEW YORK 10019.

Inventor/es: DEWIS, MARK L., CONKLIN, GARRY, DA COSTA,NEIL C, PEI,TAO, MERRITT,DEBRA.

Fecha de Publicación: .

Fecha Solicitud PCT: 30 de Junio de 2007.

Fecha Concesión Europea: 14 de Abril de 2010.

Clasificación Internacional de Patentes:

  • A23L1/226D

Clasificación PCT:

  • A23L1/226

Países PCT: Austria, Bélgica, Suiza, Alemania, Dinamarca, España, Francia, Reino Unido, Grecia, Italia, Liechtensein, Luxemburgo, Países Bajos, Suecia, Mónaco, Portugal, Irlanda, Eslovenia, Finlandia, Rumania, Chipre, Lituania, Letonia, Ex República Yugoslava de Macedonia, Albania.


Fragmento de la descripción:

Empleo del 1,2-dihidroperilaldehido en aplicaciones saborizantes.

Campo de la invención

El empleo del 1,2-dihidroperilaldehido se describe como un producto químico saborizante para la incorporación a productos alimenticios y aplicaciones afines.

Antecedentes de la invención

Existe una necesidad creciente en la industria de sabores, para proporcionar nuevos productos químicos saborizantes que potencien o proporcionen nuevos sabores para las preparaciones alimenticias.

La preparación del compuesto 1,2-dihidroperilaldehido, esta ya descrita por Fronza, G et al.; Tetrahedron: Asymetry ("Asimetría"), 15(19), (2004) 3073-3077. Los autores describen la preparación sintética del compuesto y el empleo del compuesto a un nivel de dilución de 0,2 partes por millón con el fin de impartir un carácter con un efecto de humedad a formulaciones frutales.

Resumen de la invención

La presente invención se refiere al empleo del 1,2-dihidroperilaldehido en una cantidad inferior a las 0,15 partes por millón (ppm) para potenciar el sabor de un alimento.

Estas y otras versiones de la presente invención se harán evidentes con la lectura de la siguiente especificación.

Detallada descripción de la invención

La presente invención se refiere al empleo del compuesto 1,2-dihidroperilaldehido en formulaciones saborizantes.

Hemos descubierto sorprendentemente que la adición de bajos niveles de 1,2-dihidroperilaldehido a productos alimenticios potencia el sabor.

Como se emplea en la presente, la expresión "cantidad efectiva de sabor" significa la cantidad de compuesto en las composiciones saborizantes en que el componente individual contribuirá a sus particulares características olfatorias, pero el efecto saborizante de la composición será la suma de los efectos de cada uno de los ingredientes aromáticos o saborizantes. Así, los compuestos de la invención pueden emplearse para alterar el gusto característico de la composición saborizante, al modificar la reacción gustativa contribuida por otro ingrediente de la composición. La cantidad variará en función de muchos factores incluyendo los otros ingredientes, sus cantidades relativas y el efecto que se desea.

De acuerdo con la presente invención, el nivel del 1,2-dihidroperilaldehido empleado en las composiciones saborizantes, es inferior a 0,15 partes por millón (ppm). Además, el 1,2-dihidroperilaldehido puede emplearse para potenciar sabores en un producto alimenticio acabado a niveles desde aproximadamente 100 a aproximadamente 0,1 partes por billón (ppb). Adicionalmente, el 1,2-dihidroperilaldehido puede emplearse para potenciar el sabor de sabores lácteos como por ejemplo el "dulce de leche", a niveles tan bajos como desde aproximadamente 100 partes por billón hasta aproximadamente 50 partes por billón en peso. Otro empleo preferido del compuesto de la presente invención es el empleo del 1,2-dihidroperilaldehido en combinación con productos cítricos a niveles desde aproximadamente 1 hasta aproximadamente 10 partes por billón. En productos cárnicos, niveles de 1,2-dihidroperilaldehido desde aproximadamente 1 hasta aproximadamente 5 partes por billón se ha encontrado que potencian el sabor de la carne.

El término "producto alimenticio" empleado en la presente incluye tanto materiales ingeribles sólidos como líquidos, para el hombre o animales, los cuales materiales tienen corrientemente valor nutritivo pero no necesariamente. Así, los productos alimenticios incluyen las carnes, las salsas, las sopas, los alimentos de conveniencia, la malta, bebidas alcohólicas y otras, productos que contienen soja, leche y productos lácteos, hierbas incluyendo la albahaca, eneldo, perejil, orégano, mejorana, salvia, tomillo, romero, menta, cilantro, estragón, perifollo, alimentos marinos, incluyendo el pescado, crustáceos, moluscos y similares, dulces, vegetales, cereales, bebidas no alcohólicas, bocadillos, y piensos para perros y gatos, otros productos veterinarios y similares.

Cuando los compuestos de esta invención se emplean en una composición saborizante, pueden combinarse con substancias saborizantes convencionales o adyuvantes. Dichos co-ingredientes o adyuvantes de sabores, son ya bien conocidos en la técnica para dicho empleo y han sido extensamente descritos en la literatura. Los requisitos de dichas substancias adyuvantes son: (1) que no sean reactivos con el 1,2-dihidroperilaldehido de nuestra invención; (2) que sean organolépticamente compatibles con los derivados del 1,2-dihidroperilaldehido de nuestra invención, mediante lo cual el sabor del último material consumible al cual se añade el 1,2-dihidroperilaldehido no está nocivamente afectado por el empleo del adyuvante; y (3) que sea ingeriblemente aceptable y por lo tanto que no sea tóxico o de otra manera que no sea nocivo. Aparte de estos requerimientos, pueden emplearse los materiales convencionales e incluir ampliamente otros materiales saborizantes, vehículos, estabilizantes, espesantes, agentes de superficie activos, condicionantes e intensificantes del sabor.

Estos materiales saborizantes convencionales incluyen ácidos grasos saturados, ácidos grasos no saturados y aminoácidos; alcoholes incluyendo alcoholes primarios y secundarios, ésteres, compuestos de carbonilo, incluyendo los aldehidos (distintos de los derivados del 1,2-dihidroperilaldehido de nuestra invención) y cetonas; lactonas; otros materiales orgánicos cíclicos incluyendo los compuestos de arilo, compuestos alicíclicos, heterocíclicos como por ejemplo furanos, piridinas, pirazinas y similares; compuestos conteniendo azufre incluyendo los tioles, sulfuros, disulfuros y similares; proteínas; lípidos, hidratos de carbono; los llamados potenciadores del sabor como por ejemplo el glutamato monosódico; el glutamato de magnesio, el glutamato de calcio, guanilatos e inosinatos; materiales saborizantes naturales como por ejemplo el cacao, la vainilla y el caramelo; aceites esenciales y extractos como por ejemplo aceite de anís, aceite de clavo y similares y substancias saborizantes artificiales como por ejemplo la vainillina, la etil vainillina y similares.

Los adyuvantes del sabor específicos preferidos incluyen pero no están limitados a los siguientes: aceite de anís; 2-metilbutirato de etilo; vainillina; cis-3-heptenol; cis-3-hexenol; trans-2-heptenal; valeriato de butilo; 2,3-dietilpirazina; metil ciclopentenolona; benzaldehido; aceite de valeriana; 3,4-dimetoxifenol; acetato de amilo; cinamato de amilo; gamma-butirolactona; furfural; trimetilpirazina; ácido fenilacético; isovaleraldehido; etil maltol; etil vainillina; valerato de etilo; butirato de etilo; extracto de cacao; extracto de café; aceite de menta; aceite de menta verde; aceite de clavo; anetol; aceite de cardamomo; aceite de gaulteria; aldehido cinámico; 2-metilvalerato de etilo; gamma-hexenil lactona; 2,4-heptadienal; metiltiazol alcohol (4-metil-5-.beta.-hidroxietil tiazol); 2-metilbutanotiol; 4-mercaptobutano-2-ona; 3-mercaptopentano-2-ona; 1-mercapto-2-propeno; benzaldehido; furfural; furfuril alcohol; ácido 2-mercaptopropiónico; alquil pirazina; metilpirazina; 2-etil-3-metilpirazina; tetrametilpirazina; polisulfuros; dipropil disulfuro; bencil metil disulfuro; alquil tiofeno; 2,3-dimetiltiofeno; 5-metilfurfural; 2-acetilfurano; 2,4-decadienal; guiacol; fenilacetaldehido; beta-decalactona; d-limoneno; acetoína; acetato de amilo; maltol; butirato de etilo; ácido levulínico; piperonal; acetato de etilo; octanal; valeraldehido; hexanal; diacetilo; glutamato monosódico; glutamato monopotásico; aminoácidos conteniendo azufre, por ejemplo, cisteína; proteínas hidrolizadas vegetales; 2-metilfuran-3-tiol; 2-metildihidrofuran-3-tiol; 2,5-dimetilfuran-3-tiol; proteína de pescado hidrolizada; tetrametilpirazina; disulfuro de propil propenilo; trisulfuro de propil propenilo; disulfuro de dialilo; trisulfuro de dialilo; disulfuro de dipropenilo; trisulfuro de dipropenilo; 4-metil-2-[(metiltio)-etil]-1,3-ditiolano; 4,5-dimetil-2(metiltiometil)-1,3-ditiola-no; y 4-metil-2(metiltiometil)-1,3-ditiolano. Estos y otros ingredientes saborizantes están descritos en las patentes U.S. nos 6.110.520 y 6.333.180 incorporadas a la presente como referencia.

El (los) derivado(s) del 1,2-dihidroperilaldehido de nuestra invención o composiciones que los incorporan como se ha mencionado más arriba, pueden combinarse con uno o más vehículos o soportes para adicionarlos al producto en particular. Los vehículos pueden ser comestibles o de otra manera substancias adecuadas, como por ejemplo el alcohol etílico, el propilenglicol, agua y similares, como se ha descrito...

 


Reivindicaciones:

1. Un método para aumentar, potenciar o modificar el sabor de una substancia alimenticia mediante la adición de menos de 0,15 partes por millón de 1,2-dihidroperilaldehido.

2. El método de la reivindicación 1, en donde el nivel de 1,2-dihidroperilaldehido es desde aproximadamente 100 partes por billón hasta aproximadamente 0,001 partes por millón.

3. El método de la reivindicación 1, en donde el nivel de 1,2-dihidroperilaldehido es desde aproximadamente 50 partes por billón hasta aproximadamente 10 partes por millón.

4. El método de una cualquiera de las reivindicaciones 1 a 3, en donde el sabor se incorpora a un producto alimenticio seleccionado del grupo formado por productos que contienen soja, leche y productos lácteos, bombones, cereales, hierbas, productos conteniendo chocolate, bebidas ligeras y bocadillos.

5. El método de la reivindicación 4, en donde el nivel de 1,2-dihidroperilaldehido es menor que aproximadamente 100 partes por billón en peso del producto alimenticio.

6. El método de la reivindicación 4 ó reivindicación 5, en donde el producto alimenticio es un producto lácteo.

7. El método de la reivindicación 4 ó reivindicación 5, en donde el producto alimenticio es una hierba seleccionada del grupo formado por la albahaca, eneldo, perejil, orégano, mejorana, salvia, tomillo, romero, menta, cilantro, estragón, perifollo y mezclas de los mismos.

8. Un producto alimenticio que comprende en combinación un producto lácteo y 1,2-dihidroperilaldehido, en donde el nivel de 1,2-dihidroperilaldehido es inferior a 0,15 partes por millón en peso del producto alimenticio.

9. El producto alimenticio de la reivindicación 8, en donde el nivel de 1,2-dihidroperilaldehido es inferior a aproximadamente 100 partes por billón a aproximadamente 50 partes por billón en peso del producto alimenticio.

10. Un producto alimenticio que comprende en combinación un producto cítrico y 1,2-dihidroperilaldehido, en donde el nivel de 1,2-dihidroperilaldehido es inferior a 0,15 partes por millón en peso del producto alimenticio.

11. El producto alimenticio de la reivindicación 10, en donde el nivel de 1,2-dihidroperilaldehido es inferior a aproximadamente 10 partes por billón hasta aproximadamente 1 parte por billón en peso del producto alimenticio.

12. Un producto alimenticio que comprende en combinación un producto cárnico y 1,2-dihidroperilaldehido, en donde el nivel de 1,2-dihidroperilaldehido es inferior a 0,15 partes por millón en peso del producto alimenticio.

13. El producto alimenticio de la reivindicación 12, en donde el nivel de 1,2-dihidroperilaldehido es inferior a aproximadamente 10 partes por billón hasta aproximadamente 1 parte por billón en peso del producto alimenticio.


 

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