PROCEDIMIENTO Y DEPÓSITO PARA EL ALMACENAMIENTO, TRATAMIENTO Y TRANSPORTE DIRECTO DE SUBPRODUCTOS DE ANIMALES.
La presente invención se refiere por tanto a un procedimiento para el almacenamiento,
tratamiento y transporte directo de subproductos de animales que permite el transporte directo de los subproductos animales desde la instalación de generación de dichos subproductos (explotaciones ganaderas, industrias cárnicas, mataderos, etc.) a la planta de eliminación de dichos subproductos sin pasar por otras instalaciones de generación de subproductos animales intermedias antes de su llegada a la planta de eliminación y a un depósito para el almacenamiento de subproductos animales elevado sobre el terreno cuya capacidad favorece que el número de viajes a realizar por un vehículo de transporte a la instalación sea mínimo. Opcionalmente, el depósito de almacenamiento puede facilitar la realización de la hidrólisis de los subproductos de animales y disponer de unos medios para la evacuación del subproducto líquido de dicho depósito producto del proceso de hidrólisis y opcionalmente proceder a su desinfección y/o esterilización de los mismos, su incorporación a la balsa de purín de la explotación o a un depósito auxiliar para su evaporación.
Tipo: Patente de Invención. Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: P201030613.
Solicitante: PEREZ MUÑOZ,RODRIGO.
Nacionalidad solicitante: España.
Inventor/es: PEREZ MUÑOZ,RODRIGO.
Fecha de Publicación: .
Clasificación Internacional de Patentes:
- A22B7/00 NECESIDADES CORRIENTES DE LA VIDA. › A22 CARNICERIA; TRATAMIENTO DE LA CARNE; TRATAMIENTO DE LAS AVES DE CORRAL O DEL PESCADO. › A22B MATANZA. › Instalaciones de mataderos.
- B09B3/00 TECNICAS INDUSTRIALES DIVERSAS; TRANSPORTES. › B09 ELIMINACION DE DESECHOS SOLIDOS; REGENERACION DE SUELOS CONTAMINADOS. › B09B ELIMINACION DE DESECHOS SOLIDOS. › Destrucción de desechos sólidos o su transformación en algo útil o no nocivo.
Fragmento de la descripción:
Procedimiento y depósito para el almacenamiento y el tratamiento de subproductos de animales.
OBJETO DE LA INVENCIÓN
La presente invención se refiere a un procedimiento y a un depósito para el almacenamiento Y tratamiento de subproductos de animales, donde se lleva a cabo un transporte directo de los subproductos animales desde la instalación de generación de dichos subproductos (explotaciones ganaderas, industrias cárnicas, mataderos, etc.) a la planta de tratamiento para su eliminación, reduciendo considerablemente el riesgo de propagación de enfermedades que puede presentar el transporte de dichos subproductos de forma indirecta, es decir, el transporte de dichos subproductos pasando por distintas instalaciones de generación de los mismos (explotaciones ganaderas, industrias, mataderos, etc.) , antes de la llegada a su destino, la planta de tratamiento para su eliminación.
Por otro lado permite reducir el número de viajes a realizar por el vehículo de transporte a las instalaciones de generación de los subproductos animales (explotaciones ganaderas, industrias, mataderos, etc.) , para recoger dichos subproductos mediante el vaciado del depósito en el mismo vehículo de transporte, con el consecuente ahorro económico que esto supone para las instalaciones de generación de subproductos animales (explotaciones ganaderas, industrias cárnicas, mataderos, etc.) .
Caracteriza la invención un procedimiento de almacenamiento y tratamiento de subproductos animales en cuatro etapas principales:
- Adición o incorporación de los subproductos de animales en un depósito,
- Almacenamiento de dichos subproductos de animales en el depósito,
- Descarga de los subproductos de animales en un medio de transporte adecuado,
- Transporte directo desde la instalación de generación de los subproductos de animales donde se
encuentra el depósito, a una planta de tratamiento de dichos subproductos de animales para su eliminación.
Además caracteriza la invención, un depósito de almacenamiento de subproductos de animales elevado sobre el terreno cuya capacidad depende del censo animal de cada instalación y el porcentaje de bajas del mismo con el objeto de que el número de viajes a realizar a la instalación sea mínimo.
ANTECEDENTES DE LA INVENCIÓN
Es necesaria la existencia de un nuevo procedimiento y de un depósito para la eliminación de forma segura de subproductos de animales en las explotaciones ganaderas, industrias o mataderos.
Hasta el momento ha sido una práctica habitual en este tipo de lugares que cuando algún animal moría, se enterrara el cuerpo, con la probabilidad de contaminar las capas freáticas.
Para evitar este problema, en la actualidad en la Unión Europea el enterramiento de animales en las explotaciones ganaderas está prohibido a no ser que exista un problema de epizootia.
Como método alternativo al simple enterramiento, la Unión Europea permite que los animales muertos se recojan en las explotaciones ganaderas previo depósito temporal en contenedores especiales situados en dichas instalaciones, posteriormente los animales son recogidos en cada una de ellas, para finalmente llevarlos a una planta incineradora de animales.
Este método no es seguro ya que la recogida de animales muertos de instalación en instalación hasta su posterior destrucción facilita enormemente la transmisión de enfermedades, este mismo problema se presenta en el transporte de los cuerpos muertos.
Por otro lado, este tipo de depósitos, debido a su configuración y diseño, obliga a la realización de más de 100 viajes/año por parte del vehículo de transporte para la recogida de los subproductos animales a lo largo de las distintas instalaciones de generación, con destino a una planta de tratamiento para la eliminación de dichos subproductos animales, con el consiguiente coste económico que esto supone.
Por todo lo anteriormente señalado es clara la necesidad de un nuevo procedimiento para asegurar la destrucción eficaz de los subproductos animales, sin que sea posible la contaminación de las capas freáticas, y sin que sea posible la propagación de las enfermedades que sufriera el animal muerto.
Dentro del ámbito de la transformación de restos de animales se encuentra el Modelo de Utilidad con número de solicitud U200301725 del mismo solicitante que la presente invención donde se protege un depósito elevado de autolisis y la patente con número de solicitud P200402505 del mismo solicitante donde se protege tanto un procedimiento como un depósito para el tratamiento de subproductos animales.
Los registros anteriormente mencionados aunque presentan una serie de ventajas que evitan tanto la contaminación del subsuelo, mediante la disposición de dichos depósitos en una configuración elevada con respecto al suelo y facilitan la autolisis de parte de dichos subproductos convirtiéndolos en un producto inocuo con el fin de evitar la propagación de enfermedades, no contemplan en dichos casos, las actuaciones más adecuadas a llevar a cabo sobre los subproductos sólidos resultantes del proceso de autolisis, con el objeto de que se evite el riesgo de propagación de enfermedades en el resto de instalaciones por las que circula el vehículo de transporte de dichos subproductos de animales.
DESCRIPCIÓN DE LA INVENCIÓN
La presente invención se refiere por tanto, a un procedimiento para el almacenamiento y tratamiento de subproductos de animales que permite el transporte directo de los subproductos animales desde la instalación de generación de dichos subproductos (explotaciones ganaderas, industrias cárnicas, mataderos, etc.) a la planta de eliminación de dichos subproductos sin pasar por otras instalaciones de generación de subproductos animales intermedias antes de su llegada a la planta de eliminación, y a un depósito para el almacenamiento de subproductos animales elevado sobre el terreno cuya capacidad y diseño favorece que el número de viajes a realizar por un vehículo de transporte a la instalación sea mínimo.
El procedimiento de la invención cuenta con cuatro etapas:
a) Adición o incorporación de los subproductos de animales en el depósito, b) Almacenamiento de dichos subproductos de animales en el depósito, c) Descarga de los subproductos de animales en un vehículo de transporte, d) Transporte directo desde la instalación de generación de los subproductos de animales donde se encuentra el depósito, a una planta de tratamiento para la eliminación de dichos subproductos de animales.
Opcionalmente como parte del procedimiento se contempla la posibilidad de llevar a cabo la hidrólisis de los subproductos de animales para la eliminación de de los mismos. A partir de esta hidrólisis se obtienen dos subproductos, un subproducto líquido que permanece en la propia explotación y un subproducto sólido que es trasladado a una planta de tratamiento para su eliminación.
Se entiende por subproductos de animales los cuerpos enteros o partes de animales o productos de origen animal no destinados al consumo humano.
Se entiende por planta de tratamiento para la eliminación de los subproductos animales, un lugar donde se lleva a cabo la eliminación de dichos subproductos de animales como puede ser una planta de incineración por ejemplo.
A lo largo de esta memoria se utilizara el término instalación para hacer referencia a las instalaciones de generación de los subproductos animales (explotaciones ganaderas, industrias, mataderos, etc.) con el objeto de simplificar la redacción.
Mediante el transporte directo de los subproductos de animales a la planta de tratamiento para la eliminación de los mismos, se reduce considerablemente el riesgo sanitario de propagación de enfermedades animales como por ejemplo la gripe aviar, la peste porcina africana, la peste porcina clásica o la fiebre aftosa, derivado del transporte de dichos subproductos de animales procedentes de una instalación pasando por otras instalaciones para la recogida de nuevos subproductos de animales por el mismo vehículo de transporte.
Es decir, los subproductos de animales recogidos por el vehículo de transporte en una primera instalación, no pasan por ninguna otra instalación intermedia para la recogida de subproductos de animales adicionales provenientes de dicha instalación intermedia.
De esta forma se elimina el consiguiente riesgo de propagación de las enfermedades provenientes de...
Reivindicaciones:
1. Procedimiento para el almacenamiento y tratamiento de subproductos de animales en depósitos (2)
situados elevados sobre el terreno (9) en una instalación de generación de subproductos de animales (3) (explotaciones ganaderas, industrias, mataderos, etc.) , caracterizado porque el procedimiento comprende las siguientes etapas:
a) Adición o incorporación de los subproductos de animales (3) en el depósito (2) , b) Almacenamiento de dichos subproductos de animales (3) en el depósito (2) , c) Descarga de los subproductos de animales (3) en un vehículo de transporte (4) , d) Transporte directo desde la instalación de generación (1) de los subproductos de animales (3) donde se encuentra el depósito (2) , a una planta de tratamiento (5) para la eliminación de dichos subproductos de animales (3) , es decir, los subproductos de animales (3) recogidos por el vehículo de transporte (4) en una primera instalación (1) , no pasan por ninguna otra instalación intermedia para la recogida de subproductos de animales adicionales provenientes de dicha instalación intermedia.
2. Procedimiento para el almacenamiento y tratamiento de subproductos de animales según reivindicación 1 caracterizado porque entre las etapas b) y c) se lleva a cabo una etapa e) de permanencia de los subproductos de animales (3) en el interior del depósito (2) que facilita la hidrólisis de los mismos y de posterior evacuación del subproducto líquido obtenido a partir del proceso de hidrólisis.
3. Procedimiento para el almacenamiento y tratamiento de subproductos de animales según reivindicación 2 caracterizado porque se lleva a cabo un tratamiento de desinfección y/o esterilización del subproducto líquido, obtenido en un primer depósito (6) auxiliar.
4. Procedimiento para el almacenamiento y tratamiento de subproductos de animales según reivindicación 3 caracterizado porque el tratamiento de desinfección consiste en un tratamiento de dicho subproducto líquido previamente diluido al 1:10 y posteriormente tratado con peroxidane 15 durante un periodo de tiempo de una hora.
5. Procedimiento para el almacenamiento y tratamiento de subproductos de animales según reivindicación 2 o 3 caracterizado porque el subproducto líquido se incorpora a una balsa de purín de la instalación (1) o a un segundo depósito auxiliar (7) para su evaporación.
6. Depósito para el almacenamiento y tratamiento de subproductos de animales situado elevado sobre del terreno (9) según la reivindicación 1 caracterizado porque dispone de unos medios de apertura y cierre (2.1) y unos medios de elevación, giro y volcado (2.2) del depósito (2) .
7. Depósito para el almacenamiento y tratamiento de subproductos de animales según la reivindicación 6 caracterizado porque los medios de apertura y cierre (2.1) comprenden:
- una tapa o cubierta que cubre el acceso al depósito por la parte superior del mismo, y que se encuentra dividida en dos partes principales separadas por una charnela, una primera tapa (2.1.1) o cubierta móvil y una segunda tapa (2.1.2) o cubierta fija y porque dichas primera y segunda tapa (2.1.1, 2.1.2) son desiguales dimensionalmente, ocupando la primera tapa (2.1.1) al menos el 70% de la superficie total que cubren las dos tapas,
- unos medios de control (2.3.1) de la apertura y cierre, formados por una estructura que comprende un conjunto de barras acopladas, una primera barra (2.1.3.1) vertical, un conjunto de barras soporte (2.1.3.2) convenientemente fijadas a la zona superior del depósito (2) , una polea (2.1.4) situada en el extremo libre de la primera barra (2.1.3.1) y un cable (2.1.5) que discurre por una garganta de la polea (2.1.4) y que dispone de dos extremos, un primer extremo solidario a la primera tapa (2.1.1) y un segundo extremo libre o solidario a unos medios de accionamiento para la tracción del cable (2.1.5) .
8. Depósito para el almacenamiento y tratamiento de subproductos de animales según la reivindicación 6 caracterizado porque los medios de evacuación, giro y volcado (2.2) que comprenden un arnés (2.2.1) formado por un anillo periférico que abraza exteriormente al depósito (2) a una altura determinada con respecto a la base del mismo, unos medios de soporte (2.2.2) verticales y unos medios de enganche (2.2.3) anclados por ejemplo al extremo superior de los medios de soporte (2.2.2) verticales.
9. Depósito para el almacenamiento y tratamiento de subproductos de animales según la reivindicación 6 caracterizado porque dispone de unos medios de refuerzo (2.5) formados por un conjunto de perfiles metálicos.
10. Depósito para el almacenamiento y tratamiento de subproductos de animales según la reivindicación 6 caracterizado porque facilita la hidrólisis de los subproductos de animales (3) y comprende unos medios de evacuación (2.3) para la posterior evacuación del subproducto líquido obtenido a partir del proceso de hidrólisis.
11. Depósito para el almacenamiento y tratamiento de subproductos de animales según la reivindicación 10 caracterizado porque los medios de evacuación (2.3) están formados por un cuerpo principal (2.3.1) de configuración escalonada que comprende un primer orificio (2.3.1.1) de entrada situado en correspondencia con un orificio del depósito (2) , un segundo orificio (2.3.1.2) de salida, situado en la zona de acceso a un primer depósito (6) auxiliar y un tercer orificio (2.3.1.3) situado en un primer elemento del cuerpo principal (2.3.1) situado más próximo al depósito (2) y a la misma altura que el primer orificio (2.3.1.1) y por una válvula (2.3.2) que regula el paso del subproducto líquido a través de dicho primer orificio (2.3.1.1) hacia el interior del cuerpo principal (2.3.1) .
12. Depósito para el almacenamiento y tratamiento de subproductos de animales según la reivindicación 11 caracterizado porque el cuerpo principal (2.3.1) de configuración escalonada está formado por un conjunto de cuerpos cilíndricos dispuestos excéntricamente.
13. Depósito para el almacenamiento y tratamiento de subproductos de animales según la reivindicación 11 caracterizado porque en el primer depósito auxiliar (6) se lleva a cabo un tratamiento de desinfección y/o esterilización del subproducto líquido obtenido comunicado con los medios de evacuación (2.3) .
14. Depósito para el almacenamiento y tratamiento de subproductos de animales según las reivindicaciones 11 o 13 caracterizado porque dispone de un segundo depósito auxiliar (7) para la evaporación del producto obtenido a partir del primer depósito auxiliar (6) .
15. Depósito para el almacenamiento y tratamiento de subproductos de animales según las reivindicaciones 11 o 13 caracterizado porque dispone de un conducto a una balsa de purín de la instalación para la evacuación del producto obtenido a partir del primer depósito auxiliar (6) .
16. Depósito para el almacenamiento y tratamiento de subproductos de animales según la reivindicación 6 caracterizado porque dispone de unos medios de elevación (2.6) de los subproductos de animales
(3) para su adición al interior del depósito (2) que comprenden un dispositivo de accionamiento mediante cable (2.6.4) formado por un conjunto de poleas (2.6.2) ancladas al depósito (2) a través de unos medios de soporte verticales (2.6.1) , unos medios de accionamiento (2.6.3) están formados por una manivela solidaria a un tambor para el enrollado del cable (2.6.4) y unos medios de anclaje (2.6.5) situados en los extremos libres del cable para la fijación del subproducto de animal (3) susceptible de ser elevado para su adición al depósito (2) .
17. Depósito para el almacenamiento y tratamiento de subproductos de animales según la reivindicación 16 caracterizado porque los medios de elevación (2.6) son de quita y pon.
OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS
Nº solicitud: 201030613
ESPAÑA
Fecha de presentación de la solicitud: 27.04.2010
Fecha de prioridad:
INFORME SOBRE EL ESTADO DE LA TECNICA
51 Int. Cl. : B09B3/00 (2006.01) A22B7/00 (2006.01)
DOCUMENTOS RELEVANTES
Categoría 56 Documentos citados Reivindicaciones afectadas X ES 2285882 A1 (PÉREZ MUÑOZ, R.) 16.11.2007, todo el documento. 1-4 Y E ES 2349378 A1 (PÉREZ MUÑOZ, R.) 30.12.2010, columna 2, línea.3. 68; reivindicación 1. 1-3, 5 X ES 1059248 U (ABAD CENTELLES, A.) 01.04.2005, todo el documento. 6, 8, 9 Y A ES 1055526 U (PÉREZ MUÑOZ, R.) 16.12.2003, todo el documento. 6-17 A DE 19756989 C1 (UTG GES FUER UMWELTTECHNIK) 17.12.1998, figura. 6-9 A EP 1008822 A1 (MANTAULT, PASCAL) 14.06.2000, figura 3. 7 A WO 2005097576 A1 (CONCEPTION RO MAIN INC.) 20.10.2005, todo el documento. 16, 17 A DE 9102775 U1 (KÃ-PF FAHRZIEUGBAN GMBH) 29.05.1991, figuras. 8-17 Categoría de los documentos citados X: de particular relevancia Y: de particular relevancia combinado con otro/s de la misma categoría A: refleja el estado de la técnica O: referido a divulgación no escrita P: publicado entre la fecha de prioridad y la de presentación de la solicitud E: documento anterior, pero publicado después de la fecha de presentación de la solicitud El presente informe ha sido realizado • para todas las reivindicaciones • para las reivindicaciones nº : Fecha de realización del informe 20.03.2012 Examinador M. Í. Martín-Falquina Garre Página 1/5
INFORME DEL ESTADO DE LA TÉCNICA
Nº de solicitud: 201030613
Documentación mínima buscada (sistema de clasificación seguido de los símbolos de clasificación) B09B, A22B Bases de datos electrónicas consultadas durante la búsqueda (nombre de la base de datos y, si es posible, términos de búsqueda utilizados) INVENES, EPODOC, WPI
Informe del Estado de la Técnica Página 2/5
OPINIÓN ESCRITA
Nº de solicitud: 201030613
Fecha de Realización de la Opinión Escrita: 20.03.2012
Declaración
Novedad (Art. 6.1 LP 11/1986) Reivindicaciones Reivindicaciones 4, 7, 10-17 1-3, 5, 6, 8 y 9 SI NO Actividad inventiva (Art. 8.1 LP11/1986) Reivindicaciones Reivindicaciones 7, 11-17 1-6, 8-10 SI NOSe considera que la solicitud cumple con el requisito de aplicación industrial. Este requisito fue evaluado durante la fase de examen formal y técnico de la solicitud (Artículo 31.2 Ley 11/1986) .
Base de la Opinión.
La presente opinión se ha realizado sobre la base de la solicitud de patente tal y como se publica.
Consideraciones:
Los documentos de la solicitud de patente sobre los que se basa esta Opinión Escrita son el resultado de las modificaciones efectuadas durante el proceso de examen formal y técnico de la solicitud de patente.
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OPINIÓN ESCRITA
Nº de solicitud: 201030613
1. Documentos considerados.
A continuación se relacionan los documentos pertenecientes al estado de la técnica tomados en consideración para la realización de esta opinión.
Documento Número Publicación o Identificación Fecha Publicación D01 ES 2285882 A1 (PÉREZ MUÑOZ, R.) 16.11.2007 D02 ES 2349378 A1 (PÉREZ MUÑOZ, R.) 30.12.2010 D03 ES 1059248 U (ABAD CENTELLES, A.) 01.04.20052. Declaración motivada según los artículos 29.6 y 29.7 del Reglamento de ejecución de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes sobre la novedad y la actividad inventiva; citas y explicaciones en apoyo de esta declaración
Reivindicación 1 La reivindicación independiente 1 no cumple los requisitos de novedad y actividad inventiva establecidos por los arts. 6 y 8 de la Ley de Patentes 11/1986: El documento D01 divulga (las referencias entre paréntesis se refieren a este documento) un procedimiento para el tratamiento de subproductos animales (ver columna 1, líneas 1-15 y reivindicación 1) que incluye las etapas de: a) adición o incorporación de los subproductos de animales en un depósito elevado (ver columna 2, líneas 15-16 y reivindicación 1) ; b) almacenamiento de dichos subproductos en el depósito (ver columna 2, líneas 8-9 y reivindicación 1) ; c) descarga de los mismos en un vehículo y d) transporte directo, desde la instalación en la que se generan, a una planta de tratamiento para su eliminación (ver columna 3, líneas 17-21) . Por lo tanto, la reivindicación 1 está anticipada por el documento D01.
El documento D02 divulga (las referencias entre paréntesis se refieren a este documento) un procedimiento de tratamiento de subproductos animales que incluye las etapas de: incorporación de los subproductos en un depósito elevado y su almacenamiento (ver columna 2, línea.
3. 68) . Implícitamente también divulga la descarga de los subproductos en un vehículo y su transporte desde la instalación a una planta de tratamiento para su eliminación (ver columna 2, líneas 5964) .Por lo tanto, la reivindicación 1 también está anticipada por el documento D02.
Reivindicaciones dependientes 2-5 Las reivindicaciones 2, 3 y 5 no cumplen los requisitos de novedad y actividad inventiva establecidos por los arts. 6 y 8 de la Ley de Patentes 11/1986: El procedimiento divulgado en D01 incluye entre las etapas b) y c) una etapa de permanencia de los subproductos en el interior del depósito, lo que facilita la hidrólisis de los mismos, y una etapa posterior de evacuación del líquido resultante del proceso de hidrólisis (ver reivindicación 1) . Además se lleva a cabo un tratamiento de desinfección y/o esterilización del subproducto líquido obtenido en un depósito auxiliar (ver reivindicación 1) . Por lo tanto, las reivindicaciones 2 y 3 están anticipadas por D01.
El procedimiento según D02 incluye una etapa de permanencia de los subproductos en el interior del depósito que facilita la hidrólisis de los mismos y la posterior evacuación del producto líquido final, procedente del lixiviado de los subproductos o cadáveres almacenados en el depósito elevado, a unas balsas de almacenaje de purín (ver reivindicación 1) . Por lo tanto, las reivindicaciones 2, 3 y 5 están anticipadas por D02.
Ninguno de los documentos D01 o D02 divulga una etapa de desinfección con peroxidane 15 como hace la reivindicación 4. Por lo tanto, dicha reivindicación es nueva. Sin embargo, en D01 está divulgado un tratamiento de desinfección del subproducto de la autolisis (ver reivindicación 1) y el peroxidane 15 es un desinfectante habitualmente utilizado en el sector técnico de la invención, por lo tanto la reivindicación 4 es obvia para un experto en la materia y no cumple el requisito de actividad inventiva establecido por el art. 8 de la Ley de Patentes 11/1986.
Reivindicación 6 La reivindicación independiente 6 relativa al depósito para almacenamiento de subproductos de animales no cumple los requisitos de novedad y actividad inventiva establecidos por los arts. 6 y 8 de la Ley de Patentes 11/1986: El documento D03 divulga (las referencias entre paréntesis se refieren a este documento) un depósito adecuado para el almacenamiento y tratamiento de subproductos animales (ver columna 1, líneas 5-17) , que está situado elevado sobre el terreno (ver figuras 1 y 2) , que dispone de medios de apertura y cierre (ver tapa 8 en figuras 2-5) y medios de elevación, giro y volcado (ver columna 4, líneas 2-22 y figuras 3, 4 y 5) . Por lo tanto, la reivindicación 6 está anticipada por D03.
Reivindicaciones dependientes 7-17 Ninguno de los documentos D01-D03 divulga las características técnicas de la reivindicación 7 en combinación. Tampoco la configuración de la tapa abatible en dos partes separadas por una charnela, ni el sistema de cierre y apertura de la misma por medio de poleas y cables está siquiera sugerido por el estado de la técnica disponible. Por lo tanto, la reivindicación 7 cumple los requisitos de novedad y actividad inventiva según los arts. 6 y 8 de la Ley de Patentes 11/1986.
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OPINIÓN ESCRITA
Nº de solicitud: 201030613
Las reivindicaciones 8 y 9, dependientes de la reivindicación 6, no añaden características técnicas nuevas por lo que no cumplen los requisitos de novedad y actividad inventiva establecidos por los arts. 6 y 8 de la Ley de Patentes 11/1986: D03 divulga un anillo periférico alrededor del depósito (ver figura 3 nº 9 y columna 3, líneas 17-18) , unos medios de soporte verticales (ver figura 4, nº 11) y unos medios de enganche (ver figura 3, nº 19) , así como medios de refuerzo en forma de perfiles metálicos (ver columna 3, líneas 17-18, figuras 3 y 4, nº 9 y columna 4, línea.
2. 29) . Por lo tanto, las reivindicaciones 8 y 9 están anticipadas por D03.
La reivindicación 10 cumple el requisito de novedad según el art. 6 de la Ley de Patentes 11/1986 porque ninguno de los documentos D01-D03 divulga sus características técnicas en combinación. Sin embargo, carece de actividad inventiva porque en D01 ya está prevista una solución para la evacuación de los subproductos de la hidrólisis (ver columna 4, línea.
2. 32 y figura 4) por lo que resulta obvio para un experto en la materia modificar el depósito de D03 y proveerlo de medios de evacuación como los de D01 y llegar a la invención tal y como está reivindicada en la reivindicación 10.
Ninguno de los documentos del estado de la técnica disponible divulga un depósito para almacenamiento y tratamiento de subproductos de animales como el reivindicado en las reivindicaciones 11-17. Tampoco sugieren una solución similar a la proporcionada por la invención en dichas reivindicaciones. En consecuencia, las reivindicaciones 11-17 cumplen los requisitos de novedad y actividad inventiva de los arts. 6 y 8 de la Ley de Patentes 11/1986.
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