Composiciones de edulcorantes.
Composición de edulcorante, en particular con valor calorífico fisiológico (contenido energético) reducido,
preferentemente para endulzar alimentos, en forma de granulados, polvos o materiales compactados, en donde la composición de edulcorante contiene en combinación
(a) al menos una fibra alimenticia soluble en agua, seleccionada de dextrinas con enlaces 1,2-glicosídicos, enlaces 1,3-glicosídicos, enlaces 1,4-glicosídicos y/o enlaces 1,6-glicosídicos, en una cantidad del 20 al 95 % en peso, con respecto a la composición de edulcorante, en donde la fibra alimenticia presenta fibras en cantidades del 10 al 90 % en peso, con respecto a la fibra alimenticia, y
(b) al menos un edulcorante, seleccionado del grupo de aspartamo, acesulfamo, sacarina, ciclamato, esteviósido y sucralosa así como mezclas de las sustancias mencionadas anteriormente, en una cantidad del 0,01 al 70 % en peso, con respecto a la composición de edulcorante,
en la que la proporción en peso de (a) fibra alimenticia con respecto a (b) edulcorante se encuentra entre 30 : 1 y 5 : 1,
en la que el poder dulcificante con respecto al peso de la composición de edulcorante corresponde a de 1 a 70 veces el poder dulcificante de sacarosa,
en la que el valor calorífico fisiológico de la composición de edulcorante (contenido energético) se encuentra en el intervalo de 0,5 a 10 kcal/g y
en la que la composición de edulcorante presenta una humedad residual total del 0,5 al 5 % en peso, con respecto a la composición de edulcorante.
Tipo: Patente Internacional (Tratado de Cooperación de Patentes). Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: PCT/EP2010/006953.
Solicitante: KRUGER GMBH & CO. KG.
Nacionalidad solicitante: Alemania.
Dirección: SENEFELDERSTRASSE 44 51469 BERGISCH-GLADBACH ALEMANIA.
Inventor/es: KRÜGER,Willibert.
Fecha de Publicación: .
Clasificación Internacional de Patentes:
- A23L1/09
- A23L1/236
- A23L1/30
- A23L2/52 NECESIDADES CORRIENTES DE LA VIDA. › A23 ALIMENTOS O PRODUCTOS ALIMENTICIOS; SU TRATAMIENTO, NO CUBIERTO POR OTRAS CLASES. › A23L ALIMENTOS, PRODUCTOS ALIMENTICIOS O BEBIDAS NO ALCOHOLICAS NO CUBIERTOS POR LAS SUBCLASES A21D O A23B - A23J; SU PREPARACION O TRATAMIENTO, p. ej. COCCION, MODIFICACION DE LAS CUALIDADES NUTRICIONALES, TRATAMIENTO FISICO (conformación o tratamiento, no enteramente cubierto por la presente subclase, A23P ); CONSERVACION DE ALIMENTOS O DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS, EN GENERAL (conservación de la harina o las masas panificables A21D). › A23L 2/00 Bebidas no alcohólicas; Composiciones secas o concentrados para fabricarlas; Su preparación (concentrados de sopa A23L 23/10; preparación de bebidas no alcohólicas por eliminación de alcohol C12H 3/00). › Adición de ingredientes (adición de conservantes A23L 2/44).
- A23L2/60 A23L 2/00 […] › Edulcorantes.
PDF original: ES-2519571_T3.pdf
Fragmento de la descripción:
Composiciones de edulcorantes
La presente invención se refiere al campo de la tecnología de los alimentos, en particular a composiciones de edulcorantes o composiciones con valor calorífico fisiológico reducido (contenido energético) para endulzar alimentos.
En particular, la presente invención se refiere a una composición de edulcorante, en particular con valor calorífico fisiológico reducido (contenido energético), que puede usarse preferentemente para endulzar alimentos.
Además, la presente invención se refiere al uso de la composición de edulcorante de acuerdo con la invención según la invención.
La alimentación desempeña un papel importante con respecto al mantenimiento de la salud y del bienestar del cuerpo humano. En particular en los países industrializados con frecuencia no son óptimos los hábitos alimenticios con respecto a una alimentación equilibrada y sana. En particular se consumen con frecuencia alimentos que presentan un contenido en grasas demasiado alto así como un contenido en azúcares muy alto. También se consumen productos de cereales excesivamente pobres en fibra alimenticia, en particular a base de harina de trigo. Este modo de alimentación típico en particular de las naciones industrializadas conduce a una suplantación creciente de alimentos con un alto contenido en fibra alimenticia, de modo que falta la acción positiva de una comida rica en fibra alimenticia en los hábitos alimenticios actuales.
Como consecuencia de esta alimentación no equilibrada se producen con frecuencia determinados cuadros clínicos, tales como caries, estreñimiento, diverticulosis, diabetes, enfermedades cardiovasculares así como enfermedades tumorales, tal como cáncer de intestino grueso. Con respecto a las enfermedades mencionadas anteriormente puede existir con frecuencia también una relación con una ingesta demasiado baja de fibras alimenticias, lo que puede ocasionar las enfermedades mencionadas anteriormente o puede reforzar éstas en ocasiones. Una modificación de los hábitos de alimentación hacia una comida rica en fibra alimenticia y plenamente válida conduce con frecuencia a una mejora de las enfermedades en cuestión o de ninguna manera puede producir éstas previamente. Ante este hecho, la ingesta suficiente de fibras alimenticias corresponde por consiguiente a un papel importante con respecto al mantenimiento de la salud del cuerpo humano.
Con respecto a las propiedades positivas de las fibras alimenticias se supone además que mediante una comida rica en fibra alimenticia puede reducirse el riesgo de la enfermedad de la afección cardiaca coronaria, en particular en el contexto de que las fibras alimenticias conducen a una excreción reforzada de los ácidos biliares y además presentan un efecto reductor del colesterol. Igualmente se da por seguro que una comida rica en fibra alimenticia puede usarse para el tratamiento de la diverticulitis.
Generalmente, las fibras alimenticias representan partes constituyentes alimenticias en gran parte indigeribles, que no pueden dividirse por las secreciones de digestión humanas en fragmentos útiles para el organismo y por consiguiente no pueden usarse como nutrientes por el sistema digestivo. En general pueden subdividirse las fibras alimenticias también debido a sus propiedades físicas: así por un lado existen fibras alimenticias insolubles en agua que generalmente pueden unir agua de por sí, de modo que de esta manera se eleva por ejemplo el volumen de las heces, que va acompañado de una estimulación del movimiento intestinal, lo que puede actuar contra, por ejemplo, un estreñimiento. Además existen las denominadas fibras alimenticias solubles en agua, que generalmente pueden disolverse en agua. Las fibras alimenticias solubles en agua de este tipo pueden fermentar además en particular en el intestino grueso al menos en parte mediante los microorganismos allí existentes y pueden transformarse entre otras cosas en ácidos grasos de cadena corta que se reabsorben en gran parte por la mucosa del intestino grueso y pueden servir para la alimentación de células de mucosa, lo que puede presentar igualmente un efecto positivo sobre la salud.
Basándose en las propiedades positivas de las fibras alimenticias con el impedimento de enfermedades que acompaña a esto, la Asociación Alemana para la Nutrición recomienda ingerir diariamente al menos 3 g de fibras alimenticias. Sin embargo, debido al modo de alimentación moderno que en particular tiende también al consumo de alimentos preparados industrialmente, no siempre se garantiza esto.
Además, el modo de alimentación en las naciones industrializadas tiende también con frecuencia al consumo de alimentos en ocasiones demasiado endulzados. Ante el hecho de una necesidad constantemente creciente de alimentación sana y en particular con conciencia de calorías se usan en el estado de la técnica productos con contenido en calorías reducido como edulcorantes alternativos al azúcar cristalina clásica (es decir sacarosa). Éstos pueden usarse por ejemplo en forma de los denominados edulcorantes para esparcir o de mesa así como en forma de materiales compactados o comprimidos o sin embargo en forma de composiciones acuosas o edulcorantes líquidos.
Los edulcorantes de este tipo del estado de la técnica, que tienen una gran aceptación, suprimen completamente sin embargo el aspecto de la facilitación de ingredientes secundarios con efecto positivo sobre la salud, en particular con respecto a las fibras alimenticias mencionadas anteriormente. Además no es posible, basándose en los edulcorantes conocidos en el estado de la técnica, ajustar o cuadrar las propiedades organolépticas de los alimentos que van a endulzarse de manera dirigida, por ejemplo en cuanto a la viscosidad o cremosidad o similares de en particular alimentos líquidos, por ejemplo a base de bebida.
Otro inconveniente de los edulcorantes conocidos en el estado de la técnica puede observarse además con frecuencia en que éstos son difíciles de dosificar debido a la composición especial y al uso en ocasiones exclusivo de edulcorantes como tales con respecto al poder dulcificante y además presentan con frecuencia un sabor dulce no natural o artificial. Según esto, las propiedades sensoriales de los edulcorantes conocidos en el estado de la técnica en ocasiones no son óptimos.
El documento JP 2-37169 A se refiere a una composición de edulcorante en forma granular, que contiene un edulcorante del grupo de aspartamo, esteviósidos, glicirricina, acesulfamo potásico, taumatina, sucralosa, sacarina, neotamo y además dextrina.
El documento US 22/192355 A1 se refiere a composiciones de edulcorante, que contienen del 3 % al 99 % en peso de maltodextrinas ramificadas y además un edulcorante del grupo de aspartamo, acesulfamo-K, sacarina, ciclamato, esteviósido y sucralosa.
El documento JP 26-31424 A se refiere a una composición de edulcorante a base de oligosacáridos, fibras dietéticas no digeribles así como edulcorantes, que (junto a un contenido en calorías bajo) debe tener un efecto sobre la reducción del nivel de glucosa en sangre. Como fibra alimenticia debe usarse a este respecto dextrina.
El documento EP 1 817 964 A1 así como el documento WO 26/1588 que pertenece a la misma familia de patentes se refieren a una composición de alimento funcional que tiene un poder dulcificante, con respecto al peso o al volumen, que corresponde al del azúcar. La composición se basa en un componente de relleno, seleccionado del grupo de polidextrosa, inulina, oligofructosa y maltodextrina resistente a la digestión, así como al menos un edulcorante.
El documento CN 11 66 68 A se refiere a una composición de edulcorante, que presenta del 3 % al 6 % en peso de oligoisomaltulosa, del 25 % al 5 % en peso de fibras alimenticias solubles en agua, del 1 % al 3 % en peso de maltodextrina, del ,1 % al 2 % en peso de triclorosacarosa así como del ,1 % al 3 % en peso de acesulfamo potásico. Además, la composición se encuentra como granulado.
El documento WO 98/4226 A1 se refiere a una composición de edulcorante soluble, que presenta fibras alimenticias en combinación con al menos un edulcorante. En el caso de las fibras alimenticias usadas se trata preferentemente de inulina que se usa en una cantidad en el intervalo del 3 % al 99 %. Además se usa edulcorante sintético en una cantidad en el intervalo del ,5 % al 5 % en peso.
El documento US 29/324793 A1 se refiere a una composición de edulcorante natural, que como edulcorante presenta esteviósido así como dextrina y las enzimas glucosiltransferasa y ciclodextrinaglucanotransferasa.
El documento EP 1 652 436 A1 se refiere a una composición de edulcorante que contiene del 21,6 % al 48,3 % en peso de inulina,... [Seguir leyendo]
Reivindicaciones:
1. Composición de edulcorante, en particular con valor calorífico fisiológico (contenido energético) reducido, preferentemente para endulzar alimentos, en forma de granulados, polvos o materiales compactados, en donde la composición de edulcorante contiene en combinación
(a) al menos una fibra alimenticia soluble en agua, seleccionada de dextrinas con enlaces 1,2-glicosídicos, enlaces 1,3-glicosídicos, enlaces 1,4-glicosídicos y/o enlaces 1,6-glicosídicos, en una cantidad del 2 al 95 % en peso, con respecto a la composición de edulcorante, en donde la fibra alimenticia presenta fibras en cantidades del 1 al 9 % en peso, con respecto a la fibra alimenticia, y
(b) al menos un edulcorante, seleccionado del grupo de aspartamo, acesulfamo, sacarina, ciclamato, esteviósido y sucralosa así como mezclas de las sustancias mencionadas anteriormente, en una cantidad del ,1 al 7 % en peso, con respecto a la composición de edulcorante,
en la que la proporción en peso de (a) fibra alimenticia con respecto a (b) edulcorante se encuentra entre 3 : 1 y 5 :
1,
en la que el poder dulcificante con respecto al peso de la composición de edulcorante corresponde a de 1 a 7 veces el poder dulcificante de sacarosa,
en la que el valor calorífico fisiológico de la composición de edulcorante (contenido energético) se encuentra en el intervalo de ,5 a 1 kcal/g y
en la que la composición de edulcorante presenta una humedad residual total del ,5 al 5 % en peso, con respecto a la composición de edulcorante.
2. Composición de edulcorante según la reivindicación 1, en la que la cantidad de (a) fibra alimenticia asciende a del 3 al 95 % en peso, de manera especialmente preferente del 4 al 95 % en peso, de manera muy especialmente preferente del 5 al 95 % en peso, con respecto a la composición de edulcorante.
3. Composición de edulcorante según una de las reivindicaciones anteriores, en la que (a) la fibra alimenticia presenta las fibras en cantidades del 3 al 7 % en peso, en particular del 2 al 8 % en peso, preferentemente del 3 al 7 % en peso, de manera especialmente preferente del 4 al 6 % en peso, con respecto a (a) la fibra alimenticia.
4. Composición de edulcorante según una de las reivindicaciones anteriores, en la que la cantidad de (b) edulcorante asciende a del ,1 al 7 % en peso, preferentemente del 1 al 7 % en peso, de manera especialmente preferente del 5 al 7 % en peso, con respecto a la composición de edulcorante.
5. Composición de edulcorante según una de las reivindicaciones anteriores, en donde la composición de edulcorante presenta además (c) al menos una sustancia sustitutiva del azúcar, preferentemente al menos un alcohol de azúcar, en particular seleccionándose el alcohol de azúcar del grupo de eritritol, manitol, xilitol, sorbitol, isomaltitol, maltitol, lactitol, galactitol y sus mezclas, preferentemente eritritol, y/o en particular ascendiendo la cantidad de (c) sustancia sustitutiva del azúcar a del 1 al 5 % en peso, en particular del 5 al 4 % en peso, preferentemente del 1 al 3 % en peso, con respecto a la composición de edulcorante.
6. Composición de edulcorante según una de las reivindicaciones anteriores, en donde la composición de edulcorante contiene además (d) al menos un azúcar, en particular seleccionándose (d) el azúcar de monosacáridos o disacáridos, en particular del grupo de sacarosa, mañosa, maltosa, dextrosa, lactosa, glucosa, xilosa, isomaltulosa, trehalosa y sus mezclas, preferentemente lactosa y/o trehalosa, y/o en particular ascendiendo la cantidad de (d) azúcar a del 1 al 3 % en peso, en particular del 3 al 25 % en peso, preferentemente del 5 al 2 % en peso, con respecto a la composición de edulcorante.
7. Composición de edulcorante según una de las reivindicaciones anteriores, en donde la composición de edulcorante comprende además (e) otros ingredientes y/o coadyuvantes, en particular seleccionados de aromas o sustancias aromáticas, acidificadores, colorantes, vitaminas, minerales, estabilizadores y/o conservantes, cargas, agentes de compresión, agentes disgregantes, lubricantes y/o agentes deslizantes, agentes de control de la consistencia, espesantes y sus mezclas.
8. Composición de edulcorante según una de las reivindicaciones anteriores, en la que el poder dulcificante con respecto al peso de la composición de edulcorante corresponde a de 1 a 7 veces, preferentemente de 2 a 7 veces, el poder dulcificante de la sacarosa.
9. Composición de edulcorante según una de las reivindicaciones anteriores, en donde el valor calorífico fisiológico de la composición de edulcorante (contenido energético) se encuentra en el intervalo de 2 a 6 kcal/g, preferentemente en el intervalo de 2,5 a 3,6 kcal/g.
1. Composición de edulcorante según una de las reivindicaciones anteriores, encontrándose la composición de edulcorante como edulcorante para esparcir o como comprimidos y/o píldoras, preferentemente como comprimidos
edulcorantes.
11. Composición de edulcorante según una de las reivindicaciones anteriores, presentando la composición de edulcorante una humedad residual total del 1 al 5 % en peso, en particular del 2 al 4 % en peso, con respecto a la composición de edulcorante.
12. Composición de edulcorante según una de las reivindicaciones 1 a 11, en donde la composición de edulcorante se encuentra en forma de un granulado y/o polvo y/o en forma de aglomerados, en particular como edulcorante para esparcir,
en la que la composición de edulcorante presenta una densidad aparente de 2 a 6 g/l, en particular de 3 a 5 g/l, preferentemente de 4 a 4 g/l, preferentemente de 5 a 3 g/l, de manera especialmente preferente de 6 a 2 g/l, de manera muy especialmente preferente de 7 a 9 g/l, y/o
en la que la composición de edulcorante se encuentra en forma de un granulado en forma de grano, en particular presentando el granulado un tamaño de partícula de ,1 a 6 mm, en particular de ,5 a 4 mm, preferentemente de ,75 a 2 mm, preferentemente de ,1 a 1 mm, de manera especialmente preferente de ,1 a ,5 mm, y/o
en la que la composición de edulcorante presenta una humedad residual total del ,5 al 4 % en peso, preferentemente del 2 al 4 % en peso, con respecto a la composición de edulcorante, y/o
en la que la cantidad de (a) fibra alimenticia asciende a del 5 al 95% en peso, en particular del 7 al 95 % en peso, preferentemente del 8 al 95 % en peso, de manera especialmente preferente del 9 al 95 % en peso, con respecto a la composición de edulcorante, y/o
en la que la cantidad de (b) edulcorante asciende a del ,5 al 5 % en peso, en particular del 1 al 35 % en peso, preferentemente del 2 al 2 % en peso, de manera especialmente preferente del 3 al 1 % en peso, con respecto a la composición de edulcorante, y/o
en la que como formadores de granulado se usan (a) las fibras alimenticias en forma de dextrinas y/o (b) los edulcorantes y dado el caso (c) sustancias sustitutivas del azúcar, en particular alcoholes de azúcar, (d) azúcar y/o derivados de almidón y/o
en la que los granulados y/o el polvo y/o los aglomerados, en particular el edulcorante para esparcir, puede o pueden obtenerse mediante secado por pulverización.
13. Composición de edulcorante según una de las reivindicaciones 1 a 11, en la que la composición de edulcorante se encuentra en forma de materiales compactados, en particular como comprimidos y/o píldoras, preferentemente como comprimidos edulcorantes,
en la que la forma de los materiales compactados, en particular de los comprimidos y/o de las píldoras, preferentemente de los comprimidos edulcorantes, en su extensión más larga promedio, en particular en su longitud promedio o en su diámetro promedio, presenta una dimensión de ,5 a 1 mm, en particular de 1 a 8 mm, preferentemente de 4 a 6 mm, y/o en la que la forma de los materiales compactados, en particular de los comprimidos y/o de las píldoras, preferentemente de los comprimidos edulcorantes, en su altura más grande promedio, en particular en su espesor promedio, presenta una dimensión de ,5 a 5 mm, en particular de 1 a 4 mm, preferentemente de 1,5 a 3 mm, preferentemente de 1,8 a 2,8 mm, y/o
en la que el peso promedio de los materiales compactados individuales asciende respectivamente a 1 y 2 mg, preferentemente a 25 y 1 mg, en particular a 4 y 8 mg, preferentemente de 45 a 6 mg, y/o
en la que la composición de edulcorante presenta una humedad residual total del ,5 al 4 % en peso, preferentemente del 2 al 4 % en peso, con respecto a la composición de edulcorante, y/o en la que la composición de edulcorante que se encuentra en forma de materiales compactados, en particular comprimidos y/o píldoras, preferentemente comprimidos edulcorantes, presenta una resistencia (resistencia de comprimidos), en particular resistencia a la rotura, de al menos 5 Newton, en particular de al menos 6 Newton, preferentemente en el intervalo de 5 a 1 Newton, de manera especialmente preferente de 5 a 5 Newton, de manera muy especialmente preferente de 6 a 3 Newton, y/o
en la que la cantidad de (a) fibra alimenticia asciende a del 3 al 95 % en peso, en particular del 35 al 95 % en peso, preferentemente del 4 al 95 % en peso, de manera especialmente preferente del 45 al 95 % en peso, con respecto a la composición de edulcorante, y/o
en la que la cantidad de (b) edulcorante asciende a del 2 al 7 % en peso, en particular del 25 al 7 % en peso, preferentemente del 3 al 7 % en peso, con respecto a la composición de edulcorante, y/o
en la que la composición de edulcorante contiene dado el caso además al menos un lubricante y/o un agente deslizante, en particular seleccionándose el lubricante y/o el agente deslizante de aminoácidos, en particular a- aminoácidos; poliéteres; ácidos grasos y sus sales o ásteres; talco; ácidos orgánicos aromáticos o sus sales, en particular ácido benzoico o benzoatos; así como sus mezclas, y siendo preferentemente un aminoácido, en particular a-aminoácido, de manera especialmente preferente leucina y/o en particular ascendiendo la cantidad de lubricante y/o de agente deslizante a del ,1 al 5 % en peso, en particular del 1 al 3 % en peso, preferentemente del 5 al 15, de manera especialmente preferente del 6 al 12 % en peso, con respecto a la composición de edulcorante, y/o
en la que la composición de edulcorante contiene dado el caso además al menos otro ingrediente y/o al menos otro aditivo, en particular al menos un agente de control de la consistencia y/o al menos un espesante, en
particular siendo el otro ingrediente y/o el otro aditivo al menos un polisacárido o una mezcla de polisacáridos, preferentemente seleccionado de polisacáridos con enlace a-1,4/a-1,6-glicosídico y/o preferentemente seleccionado de almidón y derivados de almidón, en particular almidón de maíz, celulosa o derivados de celulosa, en particular carboximetilcelulosa sódica, así como sus mezclas, y/o en particular ascendiendo la 5 cantidad de otro ingrediente y/u otro aditivo, en particular agente de control de la consistencia y/o espesante, a
del 1 al 3 % en peso, en particular del 5 al 2 % en peso, preferentemente del 1 al 15 % en peso, con respecto a la composición de edulcorante, y/o
en la que la composición de edulcorante contiene dado el caso además al menos un agente disgregante, en particular siendo el agente disgregante un agente formador de gas bajo la influencia de la humedad, en particular 1 un aditivo efervescente, y/o en particular seleccionándose el agente disgregante de carbonates y/o
hidrogenocarbonatos alcalinos y/o alcalinotérreos, en particular hidrogenocarbonato de sodio, ácidos carboxílicos, en particular ácido cítrico, y ácidos hidroxicarboxílicos, tal como ácido tartárico, y sus combinaciones y/o en particular ascendiendo la cantidad de agente disgregante a del ,1 al 2 % en peso, en particular del 1 al 1 % en peso, preferentemente del 2 al 5 % en peso, con respecto a la composición de 15 edulcorante.
14. Uso de una composición de edulcorante de acuerdo con una de las reivindicaciones anteriores para endulzar alimentos, en particular bebidas u otros alimentos de líquidos a pastosos o alimentos sólidos.
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