Asignación de números de llamada temporales anónimos en una red de telecomunicaciones.
Procedimiento para la puesta a disposición y asignación de números de llamada en una red detelecomunicaciones,
asignándose los números de llamada adicionalmente a los números de llamada del abonadoexistentes de los abonados de la red de telecomunicaciones, con las etapas:
- puesta a disposición de contingentes de números (10) que contienen múltiples números de llamada TAC (11)temporales, anónimos;
- asignación de los contingentes de números (10) a al menos una instancia de administración o servidor TAC (7);
- asignación individual o colectiva de los números de llamada TAC (11) de los contingentes de números (10)mediante la instancia de administración o servidor TAC (7) a los abonados, asignándose un número de llamada TAC(11) de un contingente de números (10) a demanda a exactamente un número de llamada de abonado existente,
caracterizado porque
los contingentes de números (10) con contingentes cerrados, cuyos números de llamada TAC (11) sólo estánaccesibles para otros números de llamada TAC del mismo contingente, indicándose en el caso de llamadas dentrode un contingente de números (10) cerrado como indicación del número de llamada siempre el número de llamadaTAC (11) del llamante.
Tipo: Patente Internacional (Tratado de Cooperación de Patentes). Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: PCT/DE2002/003372.
Solicitante: T-MOBILE DEUTSCHLAND GMBH.
Nacionalidad solicitante: Alemania.
Dirección: LANDGRABENWEG 151 53227 BONN ALEMANIA.
Inventor/es: KEHR,KLAUS.
Fecha de Publicación: .
Clasificación Internacional de Patentes:
- H04M3/42 ELECTRICIDAD. › H04 TECNICA DE LAS COMUNICACIONES ELECTRICAS. › H04M COMUNICACIONES TELEFONICAS (circuitos para el control de otros aparatos vía cable telefónico y que no implican aparatos de conmutación telefónica G08). › H04M 3/00 Centrales automáticas o semiautomáticas. › Sistemas que proporcionan servicios o funciones especiales a los abonados (especialmente adaptada para redes de comunicación inalámbricas H04W 4/00).
PDF original: ES-2407834_T3.pdf
Fragmento de la descripción:
Asignación de números de llamada temporales anónimos en una red de telecomunicaciones La invención se refiere a un procedimiento para la puesta a disposición y la asignación de números de llamada en una red de telecomunicaciones según el preámbulo de la reivindicación 1.
Actualmente, un abonado de una red de telefonía móvil tiene asignado exactamente un número de llamada de abonado (MSISDN) por módulo de identidad de abonado (tarjeta SIM) . Cuando el teléfono móvil está conectado y no está activado ningún desvío de llamadas o similares, bajo este número de llamada está accesible para cualquier persona. Por esta razón, hay cierto peligro en dar el número de llamada a un círculo de personas grande, eventualmente anónimo, puesto que con la propagación creciente del número de llamada también aumenta la probabilidad para sufrir llamadas molestas o incluso abuso. En particular en la telefonía móvil, este punto tiene una nueva calidad, puesto que por lo general los teléfonos se llevan siempre encima. También en la red fija existe este problema, aunque aquí pueden asignarse a una conexión de abonado varios números de llamada, que por lo general pueden “mantenerse secretos” más fácilmente, al menos en parte. Si es el abonado propiamente dicho el que actúa como llamante, en las redes de comunicaciones modernas puede suprimir p.ej. mediante el servicio de la supresión del número de llamada CLIR (Calling Line Identification Restriction) la indicación de su número de llamada para el interlocutor completamente o se indica su número de llamada (el MSISDN único) gracias al servicio de la indicación del número de llamada CLIP (Calling Line Identification Presentation) . No es posible la indicación de un número de identificación de abonado en función de una situación o de un número de llamada de destino, bajo el cual el llamante también está accesible posteriormente para la persona llamada.
El documento US 5590184 A da a conocer un procedimiento para la asignación de un número de llamada elegido de forma aleatoria, anónimo a un abonado de una red de telecomunicaciones, usándose el número de llamada en lugar del número de llamada de abonado real y mostrándose el abonado frente a otros abonados con este número de llamada anónimo. Aquí, el número de llamada anónimo es asignado respectivamente de forma particular e individual a un abonado.
Un procedimiento similar se conoce por el documento US 6327353 A.
El documento ETSI, TS 100 518, V7.0.0, 1999-08, Digital Cellular Telecomunications System (Phase 2+) ; Closed User Group (CUG) Supplementar y Services – Stage 1 (GSM 02.85 Versión 7.0.0 Release 1998) se refiere al servicio adicional ofrecido en el sistema de telefonía móvil GSM de “grupos cerrados de usuarios”. Los miembros del grupo de usuarios se identifican con ayuda de su número de llamada. No está descrita una formación y un uso de contingentes de número de llamada de ningún tipo.
El objetivo de la invención está en proponer un procedimiento para la puesta a disposición y la asignación de números de llamada en una red de telecomunicaciones, mediante el cual pueden asignarse a los abonados de la redes de comunicaciones además de los números de llamada de abonados existentes otros números de llamada temporales y anónimos, que reducen considerablemente el peligro de llamadas molestas no deseadas o de un abuso de números de llamada o que pueden instalarse sólo para determinados fines o grupos de usuarios.
Este objetivo se consigue mediante las características indicadas en la reivindicación 1. Unas configuraciones y variantes ventajosas de la invención se indican en las reivindicaciones subordinadas.
El procedimiento propuesto permite a un abonado de una red de telecomunicaciones obtener de determinados contingentes de números (puestos a disposición por ejemplo por distintos proveedores) con números de llamada temporales, anónimos, denominados en lo sucesivo también números de llamada TAC (Temporar y Anonymous Connection) . Esto es posible sin firmar nuevos contratos con un operador de red o proveedor o sin emitir tarjetas SIM adicionales.
Con cada número de llamada TAC puede vincularse un perfil propio, en el que se definen el tipo de accesibilidad (p.ej. tipo de servicio: SMS y/o telefonía) , tiempo de accesibilidad y la duración de la validez y otras características del número de llamada TAC. Mediante un número de llamada TAC así configurado, el abonado está disponible, por lo tanto, sólo para un intervalo de tiempo limitado, sólo a través de servicios seleccionados o sólo durante horarios definidos por él.
Durante la vida útil de un número de llamada TAC, éste puede darse de alta y de baja en cualquier momento, p.ej mediante el envío de un SMS a la instancia de administración. En otra etapa de ampliación, los perfiles también pueden ser ampliados con llamados “Blacklists” o “Whitelists”, que en cada llamada hacen que determinadas personas no puedan acceder nunca al número de llamada TAC (Blacklist) o que sólo personas seleccionadas Los contingentes de números pueden estar abiertos o cerrados. Cerrado significa que sólo pueden comunicar entre sí los miembros de un grupo (de un contingente) , mientras que un número de llamada TAC de un contingente abierto en principio está accesible para cualquier persona. Adicionalmente, en caso de llamadas dentro de un grupo cerrado, se indica como indicación del número de llamada CLI (Calling Line Identification) siempre el número de llamada TAC del llamante en lugar de su MSISDN.
Gracias a la elección de un prefijo correspondiente delante del número de llamada propiamente dicho, el abonado puede hacer que su número de llamada TAC se indique como CLI.
El tratamiento normal de las comunicaciones telefónicas mediante el número de llamada de abonado asignado al abonado (p.ej. MSISDN) no queda afectado por el procedimiento. Es decir, independientemente de si se usa un número de llamada TAC temporal, de si está bloqueado o no, el abonado está accesible de forma completamente normal bajo su MSISDN y puede también usar en cualquier momento todos los servicios. También el uso de la función CLIR (supresión del número de llamada) funciona sin limitaciones, también para los números de llamada TAC.
Es decir, un abonado puede transmitir para determinados fines un número de llamada TAC que puede ser configurado y desconectado, sin que se conozca su MSISDN. De este modo se reduce considerablemente el peligro de abuso y llamadas molestas al abonado. Con el establecimiento de Blacklists y Whitelists pueden excluirse de antemano las llamadas de determinadas personas.
Las ventajas del procedimiento son evidentes. Gracias a un número de llamada TAC asignado, se mantiene el anonimato del abonado, puesto que el número de llamada TAC sólo tiene una validez temporal y no se anota en una guía telefónica. El abonado puede dejarse asignar en cualquier momento uno o varios números de llamada TAC sin que necesite un nuevo contrato de abonado o una nueva SIM. El abonado puede configurar sus números de llamada TAC mediante interfaces online.
Para el operador de red, la instalación y la asignación de los números de llamada TAC pueden realizarse de forma relativamente sencilla.
A continuación, se explicará un ejemplo de realización preferible de la invención con ayuda de la figura del dibujo. Aquí resultan otras características, ventajas y aplicaciones de la invención. En el ejemplo, se describe la aplicación del procedimiento en una red de telefonía móvil. La aplicación en una red fija puede realizarse de una forma similar.
La figura 1 muestra a título de ejemplo los componentes técnicos para la realización del procedimiento según la invención.
Asignación de los contingentes de números Los contingentes de números 10 son asignados por el operador de red o, dado el caso, por otros proveedores. Es decir, el operador de red define cuantos contingentes de números 10 existen y cuantos números de llamada TAC 11 contiene cada contingente. Los contingentes de números 10 son asignados a una o varias instancias de administración (servidores TAC) 7, que se encargan posteriormente de la prestación del servicio. Las instancias de administración están conectadas, p.ej. mediante una pasarela 6 con la red de telefonía móvil, representado aquí de forma simplificada en forma de una centralita (MSC) 4. El operador de red debe garantizar que cada instancia de administración (servidor TAC) 7 reciba los datos de conexión para todas las transacciones que se refieren a contingentes administrados por él. En el caso de la telefonía, esto puede realizarse por ejemplo mediante el establecimiento... [Seguir leyendo]
Reivindicaciones:
1. Procedimiento para la puesta a disposición y asignación de números de llamada en una red de telecomunicaciones, asignándose los números de llamada adicionalmente a los números de llamada del abonado existentes de los abonados de la red de telecomunicaciones, con las etapas:
- puesta a disposición de contingentes de números (10) que contienen múltiples números de llamada TAC (11) temporales, anónimos;
- asignación de los contingentes de números (10) a al menos una instancia de administración o servidor TAC (7) ;
- asignación individual o colectiva de los números de llamada TAC (11) de los contingentes de números (10) mediante la instancia de administración o servidor TAC (7) a los abonados, asignándose un número de llamada TAC
(11) de un contingente de números (10) a demanda a exactamente un número de llamada de abonado existente,
caracterizado porque los contingentes de números (10) con contingentes cerrados, cuyos números de llamada TAC (11) sólo están accesibles para otros números de llamada TAC del mismo contingente, indicándose en el caso de llamadas dentro de un contingente de números (10) cerrado como indicación del número de llamada siempre el número de llamada TAC (11) del llamante.
2. Procedimiento según la reivindicación 1, caracterizado porque a cada número de llamada TAC (11) se asigna un perfil de número de llamada propio, en el que el abonado y/o el proveedor definen el tipo de servicio, los horarios de accesibilidad y la duración de la validez del número de llamada TAC (11) .
3. Procedimiento según cualquiera de las reivindicaciones 1 ó 2, caracterizado porque la instancia de administración o servidor TAC (7) está vinculada con la red de telecomunicaciones y es abastecida por ésta con los datos de conexión de los distintos números de llamada TAC (11) de los contingentes de números (10) respectivamente administrados por ella.
4. Procedimiento según cualquiera de las reivindicaciones 1 a 3, caracterizado porque los números de llamada TAC (11) responden a un esquema de números, que permite a la instancia de administración o servidor TAC (7) y los dispositivos (4, 5, 8, 9) de la red de telecomunicaciones realizar una asignación unívoca de un número de llamada TAC (11) a un contingente de números (10) .
5. Procedimiento según cualquiera de las reivindicaciones 1 a 4, caracterizado porque en cualquier momento el abonado puede realizar una instalación, una configuración y una activación/desactivación de los números de llamada TAC (11) .
6. Procedimiento según cualquiera de las reivindicaciones 1 a 5, caracterizado porque como red de telecomunicaciones se usa una red de telefonía móvil.
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