AVISADOR PERIODICO PORTATIL, DE ACCION PROGRAMABLE.
(16/08/2003) 1. Avisador periódico portátil, de acción programable, destinado a producir una señal de aviso o alerta sonora, luminosa, vibratoria o similar, una vez finalizado el conteo regresivo de un tiempo previamente programado por el usuario, caracterizado esencialmente por el hecho de que, sin necesidad de volverlo a programar, el avisador, actuará de forma repetitiva y en periodos o intervalos de tiempo siempre iguales. 2. Avisador periódico portátil, de acción programable, según la reivindicación anterior que se caracteriza por el hecho de estar constituido por un receptáculo o caja, que dispone en su cara exterior frontal de una pantalla digital, en la que serán visibles las fases de programación y los tiempos programados, preferentemente entre uno y "N" minutos, preferentemente noventa y nueve,…