Emulsión agua-en-aceite que comprende un aceite no volátil no siliconado, tensioactivos catiónicos y no iónicos, y un alquilmonoglicósido o alquilpoliglicósido.

Composición de tratamiento cosmético de los cabellos, de tipo emulsión agua en aceite,

caracterizada porque comprende en un medio cosméticamente aceptable, al menos un aceite no volátil no siliconado, al menos un tensioactivo catiónico, al menos un tensioactivo no iónico y de 0,01 a 10% en peso, con relación al peso total de la composición, de al menos (alquil C12-30)monoglucósido o (alquil C12-30)poliglucósido.

Tipo: Patente Europea. Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: E05291631.

Solicitante: L'OREAL SA.

Nacionalidad solicitante: Francia.

Dirección: 14, RUE ROYALE 75008 PARIS FRANCIA.

Inventor/es: FACK,GERALDINE, POURILLE-GRETHEN,CHRYSTEL.

Fecha de Publicación: .

Clasificación Internacional de Patentes:

  • A61K8/06 NECESIDADES CORRIENTES DE LA VIDA.A61 CIENCIAS MEDICAS O VETERINARIAS; HIGIENE.A61K PREPARACIONES DE USO MEDICO, DENTAL O PARA EL ASEO (dispositivos o métodos especialmente concebidos para conferir a los productos farmacéuticos una forma física o de administración particular A61J 3/00; aspectos químicos o utilización de substancias químicas para, la desodorización del aire, la desinfección o la esterilización, vendas, apósitos, almohadillas absorbentes o de los artículos para su realización A61L; composiciones a base de jabón C11D). › A61K 8/00 Cosméticos o preparaciones similares para el aseo. › Emulsiones.
  • A61K8/34 A61K 8/00 […] › Alcoholes.
  • A61K8/35 A61K 8/00 […] › Cetonas, p. ej. quinonas, benzofenona.
  • A61K8/37 A61K 8/00 […] › Esteres de ácidos carboxílicos.
  • A61K8/39 A61K 8/00 […] › Derivados que contienen de 2 a 10 grupos oxialquileno.
  • A61K8/41 A61K 8/00 […] › Aminas.
  • A61K8/45 A61K 8/00 […] › Derivados que contienen de 2 a 10 grupos oxialquileno.
  • A61K8/60 A61K 8/00 […] › Azúcares; Sus derivados.
  • A61K8/81 A61K 8/00 […] › obtenidos por reacciones en las que intervienen sólamente enlaces insaturados carbono-carbono.
  • A61K8/891 A61K 8/00 […] › saturados, p. ej. dimeticona, fenil trimeticona, C24-C28 meticona o estearil dimeticona.
  • A61K8/92 A61K 8/00 […] › Aceites, grasas o ceras; Sus derivados, p. ej. productos de hidrogenación.
  • A61Q5/12 A61 […] › A61Q USO ESPECIFICO DE COSMETICOS O DE PREPARACIONES SIMILARES PARA EL ASEO.A61Q 5/00 Preparaciones para el cuidado del cabello. › Preparaciones que contienen acondicionadores del cabello.

PDF original: ES-2315818_T3.pdf

 


Fragmento de la descripción:

Emulsión agua-en-aceite, que comprende un aceite no volátil, no siliconado, tensioactivos catiónicos y no iónicos y un alquilmonoglucósido o alquilpoliglucósido.

La presente invención se refiere a una composición de tratamiento cosmético de cabellos, de tipo emulsión agua en aceite, que comprende en un medio cosméticamente aceptable, al menos un aceite no volátil no siliconado, al menos un tensioactivo catiónico, al menos un tensioactivo no iónico y al menos un alquilmonoglucósido o alquilpoliglucósido, y un procedimiento de tratamiento cosmético de los cabellos.

Las emulsiones agua en aceite, principalmente exentas de compuestos siliconados, se utilizan corrientemente en cosmética y en particular para el cuidado de la piel pues permiten formar una película lipídica en la superficie de la piel protegiéndola así de agresiones exteriores y previendo la pérdida de agua transepidérmica.

Sin embargo, estas emulsiones se utilizan muy poco en el campo capilar, y en particular en el del acondicionamiento de los cabellos. En efecto, presentan dos inconvenientes mayores, a saber: el de no poder ser aclaradas fácil y totalmente, dando lugar a un residuo graso inestético y el de no permitir la obtención de un buen acondicionamiento del cabello. En efecto, se obtiene generalmente cabellos deslucidos, pegados y sucios, y se observa un reblandecimiento de la fibra capilar. Los cabellos son además difíciles de desenredar.

La solicitante ha descubierto de manera sorprendente que la introducción de una asociación determinada de tensioactivos en dicha emulsión agua en aceite permitía no solamente mejorar su aclarado y obtener buenas propiedades cosméticas, sino también obtener una emulsión agua en aceite estable. Esta asociación particular está constituida por al menos un tensioactivo catiónico, al menos un tensioactivo no iónico y de 0,01 a 10% en peso, con relación al peso total de la composición, de al menos (alquil C12-30)monoglucósido o (alquil C12-30)poliglucósido.

La presente invención tiene por consiguiente por objeto una composición de tratamiento de los cabellos, de tipo emulsión agua en aceite, que comprende en un medio cosméticamente aceptable, al menos un aceite no volátil no siliconado, al menos un tensioactivo catiónico, al menos un tensioactivo no iónico y de 0,01 a 10% en peso, con relación al peso total de la composición, de al menos (alquil C12-30)monoglucósido o (alquil C12-30)poliglucósido.

Otro objetivo de la invención consiste en un procedimiento de tratamiento cosmético de los cabellos que lleva a cabo una composición según la invención tal como se describe a continuación.

La invención tiene incluso por objeto una utilización de la composición según la invención para el acondicionamiento de los cabellos y principalmente después del champú.

Otros objetos, características, aspectos y ventajas de la invención aparecerán todavía más claramente con la lectura de la descripción y de los diversos ejemplos que siguen.

Según la invención, la composición de tratamiento cosmético de cabellos, de tipo emulsión agua en aceite, comprende en un medio cosméticamente aceptable, al menos un aceite no volátil no siliconado, al menos un tensioactivo catiónico, al menos un tensioactivo no iónico y de 0,01 a 10% en peso, con relación al peso total de la composición, de al menos un alquilmonoglucósido o alquilpoliglucósido.

Por "medio cosméticamente aceptable", se entiende un medio compatible con los cabellos.

Por "aceite", se entiende cualquier medio no acuoso líquido a temperatura ambiente (25ºC±3ºC) y a presión atmosférica, que tiene una solubilidad en el agua a 25ºC inferior a 0,5%.

Por "aceite no volátil", se entiende un aceite que tiene una presión de vapor a temperatura ambiente (25ºC±3ºC) inferior a 2,66 Pa (0,02 mm de mercurio).

Los aceites no volátiles no siliconados utilizables en la presente invención se seleccionan principalmente entre los aceites vegetales, los aceites animales, los aceites minerales, los aceites sintéticos, los ésteres de ácido graso y sus mezclas.

Como aceite vegetal, se puede mencionar principalmente el aceite de almendras dulces, el aceite de aguacate, el aceite de ricino, el aceite de oliva, la cera líquida de jojoba, el aceite de girasol, el aceite de germen de trigo, el aceite de sésamo, el aceite de cacahuete, el aceite de semillas de uva, el aceite de soja, el aceite de colza, el aceite de cártamo, el aceite de copra, el aceite de maíz, el aceite de avellanas, el aceite de palma, el aceite de pipa de albaricoque y el aceite de guanandi.

Como aceite animal, se puede citar principalmente el perhidroescualeno.

La composición según la invención puede asimismo comprender uno o varios aceites minerales tales como un aceite de parafina y el aceite de vaselina.

La composición según la invención puede asimismo comprender uno o varios aceites sintéticos tales como el squalane (aceite de hígado de tiburón), las poli(α-olefinas) como el isododecano o el isohexadecano, los aceites vegetales transesterificados y los aceites fluorados.

La composición según la invención puede comprender asimismo uno o varios ésteres grasos, tales como por ejemplo, los compuestos de fórmula RaCOORb en la que Ra representa un resto de un ácido superior lineal o ramificado, hidroxilado o no, saturado o no, que comprende 4 a 29 átomos de carbono y Rb representa una cadena hidrocarbonada lineal o ramificada, saturada o no que contiene de 3 a 30 átomos de carbono, siendo el número total de átomos de carbono del éster superior a 10. A título de ejemplo, se puede citar principalmente el aceite de Purcellin (octanoato de estearilo), el miristato de isopropilo, el palmitato de isopropilo, el estearato de butilo, el laurato de hexilo, el isononanoato de isononilo, el palmitato de 2-etilhexilo, el laurato de 2-hexildecilo, el palmitato de 2-octildecilo, el miristato de 2-octildodecilo, el neopentanoato de isoestearilo o el neopentanoato de tridecilo.

Los aceites particularmente preferidos en la composición según la invención se seleccionan principalmente entre el aceite de aguacate, el isododecano, el miristato de isopropilo y la cera líquida de jojoba.

El aceite o los aceites tales como los descritos anteriormente se presentan principalmente en la composición según la invención en una cantidad que va de 0,1 a 30% en peso, preferentemente de 1 a 20% en peso, y mejor aún de 5 a 15% en peso con relación al peso total de la composición.

La composición según la invención comprende uno o varios tensioactivos catiónicos bien conocidos de por sí, tales como las sales de las aminas grasas primarias, secundarias o terciarias, opcionalmente polioxialquilenadas, las sales de amonio cuaternario, y sus mezclas.

A modo de sales de amonio cuaternarias, se pueden principalmente citar, por ejemplo:

- las que responden a la fórmula general (I) siguiente:


en la que los radicales R8 a R11, que pueden ser idénticos o diferentes, representan un radical alifático, lineal o ramificado, que comprende de 1 a 30 átomos de carbono, o un radical aromático tal como arilo o alquilarilo. Los radicales alifáticos pueden comprender heteroátomos tales como principalmente oxígeno, nitrógeno, azufre y halógenos. Los radicales alifáticos se seleccionan por ejemplo entre los radicales alquilo C1-30, alcoxi C1-30, polioxialquileno (C2-C6), alquilamida C1-30, alquil (C12-C22)amidoalquilo(C2-C6), alquil(C12-C22)acetato e hidroxialquilo C1-30; X es un anión seleccionado en el grupo de halogenuros, fosfatos, acetatos, lactatos, alquil (C2-C6)sulfatos, alquil- o alquilaril-sulfonatos.

Entre las sales de amonio cuaternario de fórmula (I), se prefieren por una parte, los cloruros de tetraalquilamonio como, por ejemplo, los cloruros de dialquildimetilamonio o de alquiltrimetilamonio en los que el radical alquilo lleva alrededor de 12 a 22 átomos de carbono, en particular los cloruros de beheniltrimetilamonio,... [Seguir leyendo]

 


Reivindicaciones:

1. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos, de tipo emulsión agua en aceite, caracterizada porque comprende en un medio cosméticamente aceptable, al menos un aceite no volátil no siliconado, al menos un tensioactivo catiónico, al menos un tensioactivo no iónico y de 0,01 a 10% en peso, con relación al peso total de la composición, de al menos (alquil C12-30)monoglucósido o (alquil C12-30)poliglucósido.

2. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según la reivindicación 1, caracterizada porque el aceite no volátil no siliconado es un aceite vegetal, un aceite animal, un aceite mineral, un aceite sintético, un éster de ácido graso o una de sus mezclas.

3. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según la reivindicación 2, caracterizada porque el aceite vegetal se selecciona entre el aceite de almendras dulces, el aceite de aguacate, el aceite de ricino, el aceite de oliva, la cera líquida de jojoba, el aceite de girasol, el aceite de germen de trigo, el aceite de sésamo, el aceite de cacahuete, el aceite de semillas de uva, el aceite de soja, el aceite de colza, el aceite de cártamo, el aceite de copra, el aceite de maíz, el aceite de avellanas, el aceite de palma, el aceite de pipa de albaricoque y el aceite de guanandi.

4. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según la reivindicación 2, caracterizada porque el aceite animal es el perhidroescualeno.

5. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según la reivindicación 2, caracterizada porque el aceite mineral se selecciona entre el aceite de parafina y el aceite de vaselina.

6. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según la reivindicación 2, caracterizada porque el aceite sintético se selecciona entre squalane, poli(α-olefinas), aceites vegetales transesterificados y aceites fluorados.

7. Composición de tratamiento cosmético de los cabello según la reivindicación 2, caracterizada porque el éster graso se selecciona entre el aceite de Purcellin, el miristato de isopropilo, el palmitato de isopropilo, el estearato de butilo, el laurato de hexilo, el isononanoato de isononilo, el palmitato de 2-etilhexilo, el laurato de 2-hexildecilo, el palmitato de 2-octildecilo, el miristato de 2-octildodecilo, el neopentanoato de isostearilo o el neopentanoato de tridecilo.

8. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según la reivindicación 1 o 2, caracterizada porque el aceite no volátil no siliconado se selecciona entre el aceite de aguacate, el isododecano, el miristato de isopropilo y la cera líquida de jojoba.

9. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según una cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizada porque comprende el aceite o los aceites en una cantidad que oscila entre 0,1 y 30% en peso de aceite, preferentemente de 1 a 20% en peso y mejor aún de 5 a 15% en peso con respecto al peso total de la composición.

10. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según una cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizada porque los tensioactivos catiónicos se seleccionan entre las sales de aminas grasas primarias, secundarias o terciarias, opcionalmente polioxialquilenadas, las sales de amonio cuaternario y sus mezclas.

11. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según la reivindicación 10, caracterizada porque las sales de amonio cuaternario se seleccionan entre:

- las que responden a la fórmula general (I) siguiente:


en la que los radicales R8 a R11, que pueden ser idénticos o diferentes, representan un radical alifático, lineal o ramificado, que comprende de 1 a 30 átomos de carbono, o un radical aromático; X es un anión seleccionado en el grupo de halogenuros, fosfatos, acetatos, lactatos, alquil(C2-C6)sulfatos, alquil- o alquilaril-sulfonatos;

- las sales de amonio cuaternario de la imidazolina;

- las sales de diamonio cuaternario de fórmula (III):


en la que R16 representa un radical alifático que comprende aproximadamente 16 a 30 átomos de carbono; R17, R18, R19, R20 y R21, idénticos o diferentes se seleccionan entre un átomo de hidrógeno y un radical alquilo que comprende 1 a 4 átomos de carbono; y X es un anión seleccionado en el grupo de halogenuros, acetatos, fosfatos, nitratos y metilsulfatos;

- las sales de amonio cuaternario que contienen al menos una función éster.

12. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según la reivindicación 10 u 11, caracterizada porque el tensioactivo catiónico se selecciona entre los cloruros de beheniltrimetilamonio y de cetiltrimetilamonio.

13. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según una cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizada porque comprende lo(s) tensioactivo(s) catiónico(s) en una cantidad que oscila entre 0,1 y 20% en peso, preferentemente de 0,2 a 10% en peso y aún más de 0,5 a 8% en peso con respecto al peso total de la composición.

14. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según una cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizada porque el tensioactivo no iónico presenta un HLB que oscila entre 1,5 y 10.

15. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según la reivindicación 14, caracterizada porque el HLB oscila entre 1,5 y 7.

16. Composición de tratamiento según una cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizada porque el tensioactivo no iónico se selecciona entre los alcoholes polietoxilados, polipropoxilados o poliglicerolados; los alfa-dioles polietoxilados, polipropoxilados o poliglicerolados; los alquil(C1-20)fenoles polietoxilados, polipropoxilados o poliglicerolados o los ácidos grasos polietoxilados, polipropoxilados o poliglicerolados; los condensados de óxido de etileno y de óxido de propileno en alcoholes grasos; las amidas grasas polietoxiladas; las amidas grasas poliglicerolados que comprenden de promedio de 1 a 5 grupos glicerol; los ésteres de ácidos grasos y de sorbitán oxietilenados que tienen de 2 a 30 restos de óxido de etileno; los ésteres de ácidos grasos de la sacarosa; los ésteres de ácidos grasos y de polietilenglicol; los aceites vegetales polietoxilados; los derivados de N-(alquil C6-24)glucamina; y los óxidos de aminas.

17. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según la reivindicación 16, caracterizada porque el tensioactivo no iónico se selecciona entre el isoestearato de sorbitán, el isoestearato de poliglicerilo, el dioleato de metilglucosa y el aceite de ricino hidrogenado polietoxilado con 7 moles de óxido de etileno.

18. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según una cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizada porque comprende lo(s) tensioactivo(s) no iónico(s) en una cantidad que oscila entre 0,01 y 10% en peso, preferentemente de 0,1 a 5% en peso con respecto al peso total de la composición.

19. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según una cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizada porque el (alquil C12-30)monoglucósido o (alquil C12-30)poliglucósido se selecciona entre aquellos cuyo grupo alquilo comprende de 16 a 24 átomos de carbono.

20. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según una cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizada porque comprende el/los (alquil C12-30)monoglucósido(s) o (alquil C12-30)poliglucósido(s) en una cantidad que oscila entre 0,02 y 5% en peso con respecto al peso total de la composición.

21. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según una cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizada porque la relación ponderal aceite(s)/tensioactivo(s) no iónico(s) está comprendida entre 3 y 100, preferentemente entre 10 y 75.

22. Composición de tratamiento cosmético de los cabello según una cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizada porque comprende además al menos un alcohol graso C14-30.

23. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según la reivindicación 22, caracterizada porque el alcohol graso C14-30 se selecciona entre alcoholes miristílico, cetílico, estearílico, araquidílico, behenílico y erucílico.

24. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según la reivindicación 22 o 23, caracterizada porque comprende el/los alcohol(es) graso(s) en una cantidad inferior a 10% en peso con respecto al peso total de la composición.

25. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según una cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizada porque el medio cosméticamente aceptable comprende agua o una mezcla de agua y al menos un disolvente cosméticamente aceptable.

26. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según la reivindicación 25, caracterizada porque el disolvente cosméticamente aceptable se selecciona entre alcoholes inferiores C1-C4, los polioles, los éteres polioles, los alcanos C5-C10, las cetonas C3-4, los acetatos de alquilo C1-C4, el dimetoxietano y el dietoxietano.

27. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según una cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizada porque comprende además al menos un aceite siliconado en una cantidad inferior al 10% en peso con respecto al peso total de la composición.

28. Composición de tratamiento cosmético de los cabellos según una cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizada porque comprende al menos un aditivo seleccionado entre polímeros catiónicos, aniónicos, no iónicos o anfóteros; los espesantes poliméricos naturales o sintéticos, aniónicos, anfóteros, iónicos dipolares, no iónicos o catiónicos, asociativos o no; los espesantes no poliméricos; los nacarantes; los opacificantes; los filtros solares; los perfumes; los colorantes; las partículas orgánicas o minerales; los conservantes; y los agentes de estabilización del pH.

29. Procedimiento de tratamiento cosmético de los cabellos, caracterizado porque se aplica en los cabellos una composición de tratamiento cosmético según una cualquiera de las reivindicaciones anteriores.

30. Utilización de una composición de tratamiento cosmético según una de las reivindicaciones 1 a 28, para el acondicionamiento de los cabellos.

31. Utilización de una composición de tratamiento cosmético según la reivindicación 30, como después del lavado con champú.


 

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