MUEBLE TERAPEUTICO.

Mueble terapéutico.Esta invención se refiere, por un lado, a un mueble terapéutico que dispone de un elemento de soporte (1) realizado principalmente en roca natural cuya superficie sirve de superficie de tratamiento (2) y que está equipado con dispositivos de calefacción (4) para calentar dicho elemento de soporte (1).

El elemento de soporte (1), compuesto principalmente de piedra de lava, esteatita y/o cualquier otra roca natural, está provisto en la superficie de tratamiento (2) de una serie de unidades terapéuticas (12) que contienen por lo menos un producto de los siguientes grupos: piedras semipreciosas, piedras preciosas, metales nobles y cobre. El calor procedente de la roca natural penetra profundamente en el cuerpo. Las unidades terapéuticas (12) producen efectos adicionales en el cuerpo humano, lo cual permite un tratamiento muy amplio y eficaz con un efecto de larga duración. Preferentemente, el mueble incluirá por lo menos un elemento de rayos infrarrojos y una estructura superior (6) con una pared de espejo o reflectante que en su posición de uso cubra la superficie de tratamiento (2)

Tipo: Patente de Invención. Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: P200700533.

Solicitante: LETA, GUY.

Nacionalidad solicitante: Bélgica.

Dirección: HENDRIK CONSCIENCESTRAAT, 19 B-9600 RONSE - BELGICA BELGICA.

Inventor/es: LETA,GUY.

Fecha de Solicitud: 28 de Febrero de 2007.

Fecha de Publicación: .

Fecha de Concesión: 28 de Abril de 2011.

Clasificación Internacional de Patentes:

  • A61F7/00B

Clasificación PCT:

  • A61F7/00 NECESIDADES CORRIENTES DE LA VIDA.A61 CIENCIAS MEDICAS O VETERINARIAS; HIGIENE.A61F FILTROS IMPLANTABLES EN LOS VASOS SANGUINEOS; PROTESIS; DISPOSITIVOS QUE MANTIENEN LA LUZ O QUE EVITAN EL COLAPSO DE ESTRUCTURAS TUBULARES, p. ej. STENTS; DISPOSITIVOS DE ORTOPEDIA, CURA O PARA LA CONTRACEPCION; FOMENTACION; TRATAMIENTO O PROTECCION DE OJOS Y OIDOS; VENDAJES, APOSITOS O COMPRESAS ABSORBENTES; BOTIQUINES DE PRIMEROS AUXILIOS (prótesis dentales A61C). › Aparatos de calentamiento o de enfriamiento para el tratamiento médico o terapéutico del cuerpo humano (medios de calentamiento o de enfriamiento unidos a las camas o a los colchones A47C 21/00; hipertermia utilizando campos magnéticos o ultrasonidos A61N).
  • A61H99/00 A61 […] › A61H APARATOS DE FISIOTERAPIA, p. ej. DISPOSITIVOS PARA LOCALIZAR O ESTIMULAR LOS PUNTOS EN DONDE SE LOCALIZAN LOS CUERPOS; RESPIRACION ARTIFICIAL; MASAJE; DISPOSITIVOS DE BAÑO PARA USOS TERAPEUTICOS O HIGIENICOS PARTICULARES O PARA PARTES DETERMINADAS DEL CUERPO (electroterapia, magnetoterapia, radioterapia, terapia por ultrasonidos A61N). › Materia no prevista en otros grupos de esta subclase.
  • A61M37/00 A61 […] › A61M DISPOSITIVOS PARA INTRODUCIR AGENTES EN EL CUERPO O PARA DEPOSITARLOS SOBRE EL MISMO (introducción de remedios en o sobre el cuerpo de animales A61D 7/00; medios para la inserción de tampones A61F 13/26; dispositivos para la administración vía oral de alimentos o medicinas A61J; recipientes para la recogida, almacenamiento o administración de sangre o de fluidos médicos A61J 1/05 ); DISPOSITIVOS PARA HACER CIRCULAR LOS AGENTES POR EL CUERPO O PARA SU EXTRACCION (cirugía A61B; aspectos químicos de los artículos quirúrgicos A61L; magnetoterapia utilizando elementos magnéticos colocados dentro del cuerpo A61N 2/10 ); DISPOSITIVOS PARA INDUCIR UN ESTADO DE SUEÑO O LETARGIA O PARA PONERLE FIN. › Otros aparatos para introducir agentes en el cuerpo (para la reproducción o la fertilización A61B 17/425; aparatos para iontoforesis o cataforesis A61N 1/30 ); Percutanización, es decir, introducción de medicamentos en el cuerpo por difusión a través de la piel (baños de sales A61H 33/04).
  • A61N5/00 A61 […] › A61N ELECTROTERAPIA; MAGNETOTERAPIA; RADIOTERAPIA; TERAPIA POR ULTRASONIDOS (medida de corrientes bioeléctricas A61B; instrumentos quirúrgicos, dispositivos o métodos para transferir formas no mecánicas de energía hacia o desde el cuerpo A61B 18/00; aparatos de anestesia en general A61M; lámparas incandescentes H01K; radiadores de infrarrojos utilizados como calefactores H05B). › Radioterapia (dispositivos o aparatos aplicables a la vez a la terapia y al diagnóstico A61B 6/00; aplicación de material radiactivo al cuerpo A61M 36/00).
MUEBLE TERAPEUTICO.

Fragmento de la descripción:

Mueble terapéutico.

Campo y antecedentes de la invención

La presente invención se refiere a un mueble terapéutico compuesto por un elemento de soporte cuya superficie está diseñada como superficie de tratamiento, y por unos dispositivos para calentar dicho elemento de soporte.

Esta invención se refiere específicamente a un mueble como el anteriormente descrito cuya superficie de tratamiento sirve para que la persona o el animal a tratar puedan tumbarse o sentarse.

Los muebles diseñados para la realización de tratamientos terapéuticos provistos de un elemento de calefacción son de dominio público. De tal forma, en la publicación de la patente japonesa JP 11047181 se describe una superficie de reposo que se calienta por medio de una piedra refractaria que retiene el calor, con el fin de obtener un efecto terapéutico en una persona.

Sin embargo, tales muebles terapéuticos tienen el gran inconveniente de que su efecto terapéutico es más bien exiguo. El calentamiento sólo se produce de forma superficial y su efecto relajante y de alivio del dolor es de corta duración.

Breve descripción de la invención

El objetivo de la presente invención es proporcionar un mueble terapéutico cuyo efecto terapéutico sea mayor y más duradero.

Dicho objetivo se cumple con el mueble terapéutico anteriormente citado ya que su elemento de soporte está compuesto principalmente de roca natural y su superficie de tratamiento lleva integrado un determinado número de unidades terapéuticas que comprenden por lo menos un producto de los siguientes grupos: piedras semipreciosas, piedras preciosas, metales nobles y cobre, de forma tal que al utilizar el mueble, el cuerpo de la persona o animal que se encuentra en la superficie de tratamiento entra directamente en contacto con las mencionadas unidades terapéuti- cas.

Ciertas rocas naturales, tales como la piedra de lava y la esteatita (también denominada jabón de sastre) son capaces de acumular calor con gran rapidez y de desprender dicho calor de una forma progresiva y uniforme; por esta razón son especialmente aptas para ser utilizadas en elementos de calefacción.

El uso de piedras naturales ofrece otra ventaja más: no son porosas y, por consiguiente, no son susceptibles de absorber líquidos, por lo que los fluidos de la transpiración no entrarán o apenas entrarán en el elemento de soporte.

Otra ventaja adicional de determinadas rocas naturales tales como la esteatita, es que desprenden calor con longitudes de onda que se encuentran al mismo nivel que las longitudes de onda térmicas del cuerpo humano o animal; por eso atraviesan la epidermis con más facilidad, llegan a niveles más profundos y son absorbidas por la circulación de la sangre.

Puesto que la superficie del citado elemento de soporte realizada en roca natural o de piedra de lava debe servir de superficie de tratamiento, también se produce un contacto directo entre el cuerpo y la roca natural o la piedra de lava calentada. Gracias a ello, el calor penetra más profundamente en el cuerpo.

El calor produce, entre otras cosas, alivio y curación en dolencias como artrosis, formas reumatoides de artritis, etc., sobre todo porque el calor, por medio de la transpiración (es decir la eliminación de toxinas) produce el drenaje y la eliminación de toxinas de los órganos más profundos (articulaciones, concavidades articulares, órganos internos) a través del sistema linfático.

El efecto terapéutico del calor procedente de rocas naturales tales como la esteatita (jabón de sastre) o la piedra de lava tiene además aplicaciones en el tratamiento de la celulitis. El efecto del calor se produce de la siguiente manera: la combinación de calor y sequedad se irradia y penetra hasta los niveles más profundos. Por consiguiente, los líquidos en el cuerpo se calientan y se secan. De esta forma la celulitis es metabolizada y drenada por medio del sistema linfático y las vías urinarias. La piel recupera su firmeza y elasticidad y el volumen corporal se reduce. Así pues, el calor que penetra profundamente en el cuerpo tiene un efecto deshinchante.

Gracias a la presencia de las citadas unidades terapéuticas en la superficie de tratamiento que están en contacto directo con el cuerpo, los tratamientos realizados en el mueble terapéutico de esta invención ofrecen además efectos adicionales o refuerzan los efectos anteriormente citados.

Así pues, las piedras preciosas y semipreciosas producen una mineralización en el cuerpo, ya que dichos productos desprenden minerales que son absorbidos por el mismo. Cuando usamos metales nobles o cobre en las unidades terapéuticas, el cuerpo que entra en contacto con ellos absorbe pequeñas cantidades de dichos metales. También esto produce un efecto terapéutico favorable.

Piedras semipreciosas, piedras preciosas, cobre y metales nobles tales como el oro y la plata se caracterizan además porque emiten vibraciones con una frecuencia propia típica que coincide o se acerca a la frecuencia de determinados órganos del cuerpo humano. Por ello, cada uno de estos productos podrá influir en el funcionamiento de uno o varios órganos del cuerpo. La presente solicitud de patente incluye una tabla que contiene una serie de productos diferentes y detalle del efecto terapéutico que producen.

La turmalina, por ejemplo, es una piedra semipreciosa que puede generar una ligera corriente eléctrica que actúa sobre los nervios, por lo que integrará preferentemente en la superficie de tratamiento a lo largo de la zona que coincide con la columna vertebral. La hematites roja es otro material de piedra semipreciosa conocido que puede integrarse en la superficie de tratamiento del mueble terapéutico de esta invención. La hematites roja elimina deficiencias de hierro y da energía y calor.

Estas piedras semipreciosas mejoran y estimulan, por ejemplo, una penetración más profunda del calor hasta la columna vertebral. Por consiguiente, el calor penetra profundamente en todo el sistema nervioso y alcanza hasta el nivel del hueso, lo cual es muy importante porque todos los nervios nacen a la altura de la columna vertebral.

Una vez que el calor penetra hasta el hueso y hasta la columna vertebral, el sistema nervioso neurovegetativo se relaja y a partir de dicho momento los residuos (en forma de transpiración) se liberan de forma masiva desde los niveles profundos y se transportan hasta la zona más superficial del cuerpo.

El coral y el jaspe rojo, otras dos clases de piedras semipreciosas, actúan principalmente sobre la circulación sanguínea y facilitan la libre circulación de la sangre a través de las grandes articulaciones. Esto es importante porque cada articulación funciona como una bomba y proporciona el máximo drenaje y eliminación de toxinas.

En una de las versiones preferentes del mueble terapéutico objeto de esta invención, se incorporan los dispositivos de calefacción anteriormente citados con el fin de elevar la temperatura de la superficie de tratamiento a un valor comprendido entre 40ºC y 50ºC, y preferiblemente a unos valores de aproximadamente 49ºC o 50ºC. Naturalmente, se podrá ampliar el espectro de la temperatura, ajustando por ejemplo la superficie de tratamiento a temperaturas de entre 37ºC y 60ºC como máximo.

Los dispositivos de calefacción comprenden, preferentemente, un circuito de agua caliente que aumenta la temperatura del elemento de soporte. Es evidente que la calefacción de la superficie de tratamiento podrá realizarse de varias formas; por ejemplo, se podrán incorporar elementos eléctricos de calefacción. También se podrán combinar dos o varias clases de elementos de calefacción.

Con el fin de mantener constante la temperatura, la instalación de la calefacción estará provista preferiblemente de un termostato.

En una versión altamente preferente, el elemento de soporte podrá componerse principalmente de piedra de lava o de esteatita (también denominada jabón de sastre). Las propiedades beneficiosas de dichos materiales ya se explicaron anteriormente.

Las unidades terapéuticas citadas comprenden, por ejemplo, uno o varios materiales de piedras semipreciosas del siguiente grupo:

Cristal, piedra de luna, perla, coral, granate, jaspe rojo, hematites roja, cornalina, ópalo de fuego, topacio amarillo, ámbar, cuarzo amarillo limón, turmalina alga, turmalina rosa, turmalina, cuncita sandía, rodocrosita,...

 


Reivindicaciones:

1. Mueble terapéutico que consta de un elemento de soporte (1) cuya superficie está diseñada como superficie de tratamiento (2) y de dispositivos de calefacción (4) para calentar dicho elemento de soporte, caracterizado porque el elemento de soporte (1) se compone principalmente de roca natural y la superficie de tratamiento (2) está provista de una serie de unidades terapéuticas (12) que contienen por lo menos un producto de los siguientes grupos: piedras semipreciosas, piedras preciosas, metales nobles y cobre, de modo que al usar el mueble, el cuerpo de la persona o del animal que se encuentra en la superficie de tratamiento (2) entra en contacto directo con las citadas unidades terapéuticas (12).

2. Mueble terapéutico según la reivindicación 1, caracterizado porque los dispositivos de calefacción (4) están diseñados para elevar la temperatura de la superficie de tratamiento (2) a un valor comprendido entre 40ºC y 50ºC, preferiblemente entre 49ºC y 50ºC.

3. Mueble terapéutico según la reivindicación 1 ó 2, caracterizado porque los citados dispositivos de calefacción (4) integran un circuito de agua caliente que está diseñado para calentar el elemento de soporte (1).

4. Mueble terapéutico según cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizado porque el elemento de soporte (1) se compone principalmente de esteatita o piedra de lava.

5. Mueble terapéutico para la realización de un tratamiento terapéutico según cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizado porque las unidades terapéuticas (12) contienen uno o varios materiales de piedras semipreciosas del siguiente grupo: cristal, piedra de luna, perla, jaspe rojo, granate, hematites roja, cornalina, ópalo de fuego, topacio amarillo, sílex, cuarzo amarillo limón, turmalina alga, turmalina rosa, cuncita sandía, rodocrosita, esmeralda, malaquita, jade, turmalina verde, ágata de óxido de níquel, peridoto, aguamarina, turquesa, crisocola, lapizlázuli, topacio azul, zafiro añil, azurita, amatista y fluorita.

6. Mueble terapéutico según cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizado porque las unidades terapéuticas (12) contienen uno o varios materiales de piedras preciosas del grupo de diamante, rubí y zafiro.

7. Mueble terapéutico según cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizado porque la zona prevista para que descanse el cuerpo humano o animal está marcada en la superficie de tratamiento y porque las unidades terapéuticas (12) están integradas en la superficie de tratamiento (2) dentro de dicha zona.

8. Mueble terapéutico según cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizado porque en la superficie de tratamiento (2):

- en la zona (13a, 13b) prevista para la columna vertebral de la persona que se va a tratar, se han integrado una o varias unidades terapéuticas (12) que incluyen turmalina y/o

- en la zona (14), prevista para la región lumbar y/o las nalgas de la persona que se va a tratar, se han integrado una o varias unidades terapéuticas (12) que incluyen granate, y/o

- en la zona (15a), (15b), prevista para la parte dorsal de la persona que se va a tratar, se han integrado una o varias unidades terapéuticas (12) que incluyen hematites roja, y/o

- en la zona (16a), (16b), (16c), (16d), (16e), (16f), prevista para un hombro,

una cadera, una nalga o pierna de la persona que se va a tratar, se han integrado una o varias unidades terapéuticas (12) que comprenden coral y/o jaspe rojo.

9. Mueble terapéutico según cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizado porque incluye una estructura superior (6) que puede extenderse por encima de la superficie de tratamiento (2) al utilizar el mueble.

10. Mueble terapéutico según la reivindicación 9, caracterizado porque la estructura superior (6) es desmontable o desplazable a una posición en la que la superficie de tratamiento (2) no está cubierta en su mayor parte por dicha estructura.

11. Mueble terapéutico según cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizado porque la pared de la citada estructura superior (6) tiene la cara que está orientada a la superficie de tratamiento, revestida de material reflectante o de espejo.

12. Mueble terapéutico según cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizado porque contiene dispositivos para la generación de rayos infrarrojos.


 

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