Bolsa para alojar alimentos, que contiene una costura perforada.
Bolsa basada en un material de papel y/o papel compuesto para alojar alimentos,
en especial productos de pastelería no o pre-horneados, productos de pastelería ya horneados, pizzas, trozos de pizza, tortitas, crepes, hamburguesas, frituras, sándwiches, etc., que comprende un lado delantero con un borde en el lado de la abertura y un borde en el lado del fondo, así como un primer borde lateral y un segundo borde lateral opuesto, un lado trasero con un borde en el lado de la abertura y un borde en el lado del fondo, así como con un primer borde lateral y un segundo borde lateral opuesto, en donde el lado delantero y el lado trasero están unidos directa o indirectamente al menos por segmentos en la región de sus bordes en el lado del fondo, así como directa o indirectamente al menos por segmentos en la región de sus bordes laterales primero y/o segundo que hacen dirigidas entacto mutuo, en donde la bolsa presenta en el lado delantero al menos una primera línea de debilitamiento, en especial costura perforada, y la bolsa presenta en el lado trasero al menos una segunda línea de debilitamiento, en especial costura perforada, que se extienden en la misma dirección desde o distanciadas desde el extremo en el lado de la abertura del lado delantero y trasero hasta el o en dirección al extremo en el lado del fondo del lado delantero y trasero, caracterizada porque las líneas dirigidas en la misma dirección de debilitamiento primera y segunda del lado delantero y trasero presentan una distancia al primer borde lateral del lado delantero y trasero que está dentro de un margen de 1/8 a 3/8 de la anchura de la bolsa, y porque el borde de abertura del lado delantero se presenta por debajo del borde de abertura del lado trasero.
Tipo: Patente Europea. Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: E12004536.
Solicitante: PAPIER-METTLER INHABER MICHAEL METTLER E.K.
Inventor/es: BUDDAY,CHRISTIAN, THÖSEN ARNOLD.
Fecha de Publicación: .
Clasificación Internacional de Patentes:
- A47G21/00 NECESIDADES CORRIENTES DE LA VIDA. › A47 MOBILIARIO; ARTICULOS O APARATOS DE USO DOMESTICO; MOLINILLOS DE CAFE; MOLINILLOS DE ESPECIAS; ASPIRADORES EN GENERAL. › A47G UTENSILIOS DE USO DOMESTICO O DE MESA (sujeta-libros A47B 65/00; cuchillos B26B). › Utensilios de mesa, Cubertería (recogedor de migas de pan A47L 13/52; cuchillos de mesa B26B).
- B65D85/36 TECNICAS INDUSTRIALES DIVERSAS; TRANSPORTES. › B65 TRANSPORTE; EMBALAJE; ALMACENADO; MANIPULACION DE MATERIALES DELGADOS O FILIFORMES. › B65D RECIPIENTES PARA EL ALMACENAMIENTO O EL TRANSPORTE DE OBJETOS O MATERIALES, p. ej. SACOS, BARRILES, BOTELLAS, CAJAS, LATAS, CARTONES, ARCAS, BOTES, BIDONES, TARROS, TANQUES; ACCESORIOS O CIERRES PARA RECIPIENTES; ELEMENTOS DE EMBALAJE; PAQUETES. › B65D 85/00 Recipientes, elementos de embalaje o paquetes especialmente adaptados a objetos o a materiales particulares (B65D 71/00, B65D 83/00 tienen prioridad; utensilios de mano o equipamiento para viajes A45C; artículos cosméticos o de baño A45D; embalajes para escalpelos quirúrgicos, bisturís o sus cuchillas A61B 17/3215; recipientes especialmente adaptados a fines médicos o farmacéuticos A61J 1/00; botes de pintura B44D 3/12; bidones o latas de aceite F16N 3/04; estuches para llevar armas de fuego individuales F41C 33/06; embalaje de municiones o cargas explosivas F42B 39/00; recipientes para soportes de registro especialmente adaptados para cooperar con el aparato de registro o de reproducción G11B 23/00). › para productos de panadería, p. ej. galletas.
PDF original: ES-2523820_T3.pdf
Fragmento de la descripción:
Bolsa para alojar alimentos, que contiene una costura perforada La presente invención se refiere a una bolsa conforme al preámbulo de la reivindicación 1 para alojar alimentos, en especial productos de pastelería no o pre-horneados, productos de pastelería ya horneados, pizzas, trozos de pizza, tortitas, crepes, hamburguesas, frituras, sándwiches, etc., que comprende un lado delantero con un borde en el lado de la abertura y un borde en el lado del fondo, así como un primer borde lateral y un segundo borde lateral opuesto, un lado trasero con un borde en el lado de la abertura y un borde en el lado del fondo, así como con un primer borde lateral o un segundo borde lateral opuesto, en donde el lado delantero y el lado trasero están unidos directa o indirectamente al menos por segmentos en la región de sus bordes en el lado del fondo, así como directa o indirectamente al menos por segmentos en la región de sus bordes laterales primero y/o segundo que hacen dirigidas entacto mutuo.
Las bolsas para alojar alimentos se conocen desde hace tiempo y se utilizan de la forma más variada y para los fines más variados. Por ejemplo del documento US 5, 335, 996 puede deducirse una bolsa de empaquetado para hamburguesas o productos de comida rápida similares. En el lado frontal de esta bolsa de empaquetado están previstas unas líneas perforadas a lo largo de y de forma adyacente a los bordes laterales desde el extremo de la abertura hasta el extremo del fondo, de tal modo que el lado delantero puede rasgarse por completo. Con las bolsas de este tipo se pretende extraer de nuevo sin destruirlo el producto alimenticio empaquetado.
Del documento JP 2003 335 348 A puede deducirse una bolsa para alimentos, por ejemplo arroz, con una costura perforada que discurre centralmente en el lado delantero desde el extremo de la abertura hasta el extremo del fondo. Una configuración de este tipo pretende hacer posible una apertura sin problemas de la bolsa, sin que en estado de apertura el producto presente en la bolsa se caiga hacia fuera de la misma.
En el documento US 5, 988, 882 se describe una bolsa para sándwiches, que está equipada con dos costuras perforadas paralelas en el lado delantero de bolsa, que se extienden desde el extremo de la abertura hasta el extremo del fondo. Mientras que la primera costura perforada está aplicada de forma adyacente al borde lateral, la segunda costura perforada discurre distanciada de éste, pero aún así siempre sobre la misma mitad de bolsa del lado delantero de bolsa en el lado longitudinal. A través de estas costuras perforadas se deja de este modo al descubierto una tira de bolsa relativamente estrecha. Esta estructura pretende hacer posible poder sujetar con la bolsa el sándwich mientras se consume.
Por último el documento JP 2004 142 165 A hace patente un empaquetado para sándwiches con líneas perforadas en el lado trasero. De forma similar a la bolsa conforme al documento US 5, 335, 996, con la perforación se busca la finalidad de evitar un daño o una deformación del sándwich empaquetado al desempaquetarlo.
El documento US 3, 570, 751 A hace patente una bolsa fabricada con una hoja de material de bolsa flexible con una costura de apertura rápida, que se extiende sobre la superficie o una arista de la citada hoja. Con ello para la fabricación de estas bolsas se proporciona una cinta sinfín, en donde sobre la cinta sinfín primero se aplica al menos una línea de debilitamiento, y a continuación se rebaten unos sobre otros unos segmentos de la cinta sinfín. A continuación se separan unas de otras las bolsas creadas mediante unas cuchillas giratorias.
Las bolsas de empaquetado del género expuesto para alimentos listos para el consumo siguen dejando requisitos por satisfacer, en especial en cuanto a su seguridad de manejo, respectivamente a una manipulación fiable, así como en cuanto a su fabricación. Mediante unas costuras perforadas se instalan específicamente puntos de debilitamiento o teóricos de ruptura en una bolsa de empaquetado. Estas costuras perforadas tiene que ser por un lado suficientemente resistentes para no romperse enseguida durante el proceso de empaquetado y, por otro lado, ser suficientemente débiles para impedir de forma fiable una rotura o un desgarro de la bolsa en un punto distinto al para ello previsto, y precisamente también después de un contacto prolongado con un producto alimenticio grasiento, caliente y/o húmedo.
Por ello la presente invención se ha impuesto la tarea de poner a disposición unas bolsas de empaquetado para alimentos en especial listos para su consumo, que no se vean afectadas por los inconvenientes descritos anteriormente de las bolsas de empaquetado del género expuesto y que, en especial, permitan una apertura rápida sencilla y al mismo tiempo fiable de la bolsa de empaquetado, sin que aquí se vea perjudicado el alimento empaquetado y en donde las bolsas de empaquetado rasgadas sigan siendo apropiadas de forma impecable, como una envuelta de tipo servilleta, para sujetar el producto alimenticio durante su consumo. Aparte de esto la presente invención se ha impuesto la tarea de hacer accesible de modo y manera sencillos una bolsa de empaquetado de la clase descrita, sin que sin embargo en el perfil de requisitos descrito sea necesario tener en cuenta ninguna merma.
Esta tarea es resuelta mediante una bolsa con las particularidades de la reivindicación 1. De las reivindicaciones
subordinadas pueden deducirse unas configuraciones ventajosas. Las bolsas conforme a la invención presentan en consecuencia en el lado delantero y en el trasero en cada caso al menos una línea de debilitamiento, que tienen la misma dirección y conforme a esto cooperan de tal modo, que un segmento de la bolsa, que contiene al menos un segmento del lado delantero y un segmento del lado trasero, puede arrancarse de forma fiable y con una posición precisa. Esto se consigue normalmente de forma especialmente fiable, si las líneas de debilitamiento en el lado delantero y en el trasero se extienden todo a lo largo (desde el borde en el lado del fondo hasta el borde en el lado de la abertura) . Un segmento así de la bolsa que deja al descubierto el objeto situado en la misma, p.ej. un alimento, puede extraerse también por medio de que se haga que las líneas de debilitamiento del lado delantero y del trasero comiencen p.ej. juntas sobre el respectivo borde en el lado del fondo y se extiendan en dirección a los respectivos bordes en el lado de la abertura, sin que las líneas de debilitamiento se extiendan hasta el borde en el lado de la abertura del lado delantero y del trasero. De este modo se logra una rotura fiable y sencilla de la bolsa, por ejemplo por el borde en el lado del fondo. Una vez iniciado el proceso de arrancamiento, en el caso de unas formas de ejecución alternativas el segmento de bolsa puede arrancarse también en aquellas regiones que ya no presentan ninguna línea de debilitamiento. Como es natural las líneas de debilitamiento también pueden empezar a la inversa sobre el respectivo borde en el lado de la abertura, en el lado delantero y trasero, y cooperar del modo descrito sin que tengan que extenderse hasta el respectivo borde en el lado del fondo del lado delantero o trasero. Alternativamente también puede estar previsto que la línea de debilitamiento se extienda en el lado delantero o trasero desde el borde del fondo hasta el de abertura, mientras que la línea de debilitamiento que coopera con ella en el lado trasero o trasero se extiende desde el borde en el lado del fondo o de la abertura en dirección al borde en el lado de la abertura o del fondo, sin alcanzar el mismo como se ha descrito anteriormente. En una bolsa el lado delantero y el trasero hacen contacto mutuo en el estado de no llenado. Las líneas de debilitamiento primera y segunda con la misma dirección del lado delantero y trasero pasan aquí por encima, de manera regular, de un área de bolsa común o que se solapa, respectivamente están dispuestas aquí una junto a la otra o están situadas al menos por segmentos una sobre la otra. Si las líneas de debilitamiento dirigidas en la misma dirección están situadas al menos por segmentos una junto a la otra, disponen de forma preferida de una separación media no superior a 30 mm, de forma preferida no superior a 15 mm.
Una línea de debilitamiento que se extiende en el sentido de la invención en dirección a un borde, ya sea en el lado del fondo o en el de la abertura, no se ejecuta por completo hasta ese borde, sino que termina antes distanciada de ese borde. En general esta línea de debilitamiento termina de forma preferida a una distancia de cómo mínimo 50 mm, en especial como mínimo 15 mm y de forma preferida como mínimo 5 mm del respectivo borde del lado delantero o trasero. Si una línea... [Seguir leyendo]
Reivindicaciones:
1. Bolsa basada en un material de papel y/o papel compuesto para alojar alimentos, en especial productos de pastelería no o pre-horneados, productos de pastelería ya horneados, pizzas, trozos de pizza, tortitas, crepes, hamburguesas, frituras, sándwiches, etc., que comprende un lado delantero con un borde en el lado de la abertura y un borde en el lado del fondo, así como un primer borde lateral y un segundo borde lateral opuesto, un lado trasero con un borde en el lado de la abertura y un borde en el lado del fondo, así como con un primer borde lateral y un segundo borde lateral opuesto, en donde el lado delantero y el lado trasero están unidos directa o indirectamente al menos por segmentos en la región de sus bordes en el lado del fondo, así como directa o indirectamente al menos por segmentos en la región de sus bordes laterales primero y/o segundo que hacen dirigidas entacto mutuo, en donde la bolsa presenta en el lado delantero al menos una primera línea de debilitamiento, en especial costura perforada, y la bolsa presenta en el lado trasero al menos una segunda línea de debilitamiento, en especial costura perforada, que se extienden en la misma dirección desde o distanciadas desde el extremo en el lado de la abertura del lado delantero y trasero hasta el o en dirección al extremo en el lado del fondo del lado delantero y trasero, caracterizada porque las líneas dirigidas en la misma dirección de debilitamiento primera y segunda del lado delantero y trasero presentan una distancia al primer borde lateral del lado delantero y trasero que está dentro de un margen de 1/8 a 3/8 de la anchura de la bolsa, y porque el borde de abertura del lado delantero se presenta por debajo del borde de abertura del lado trasero.
2. Bolsa según la reivindicación 1, caracterizada porque las respectivas líneas de debilitamiento del lado delantero y trasero dirigidas en la misma dirección presentan una separación media no superior a 30 mm, en especial no superior a 15 mm.
3. Bolsa según la reivindicación 1 ó 2, caracterizada porque las respectivas líneas de debilitamiento del lado delantero y trasero dirigidas en la misma dirección pueden llevarse a situarse una sobre la otra al menos por segmentos, en especial a lo largo de unas áreas mutuamente opuestas del lado delantero y trasero, y están situadas en especial sobre la misma línea.
4. Bolsa según una de las reivindicaciones anteriores, caracterizada porque las respectivas líneas de debilitamiento del lado delantero y trasero dirigidas en la misma dirección discurren en paralelo al menos por segmentos, en especial a lo largo de unas áreas mutuamente opuestas del lado delantero y trasero.
5. Bolsa según una de las reivindicaciones anteriores, caracterizada porque las líneas de debilitamiento tienen una forma, al menos en su mayor parte, en especial por completo, rectilínea, ondulada o en zigzag.
6. Bolsa según una de las reivindicaciones anteriores, caracterizada porque la bolsa presenta en el lado delantero y trasero en cada caso al menos una primera o una segunda línea de debilitamiento, en especial costura perforada, que se extienden desde el extremo en el lado del fondo del lado delantero o trasero hasta el extremo en el lado de la abertura del lado delantero o trasero, o porque la bolsa presenta en el lado delantero y trasero en cada caso al menos una primera o una segunda línea de debilitamiento, en especial costura perforada, que se extienden desde el extremo en el lado del fondo del lado delantero o trasero en dirección al extremo en el lado de la abertura del lado delantero o trasero, o porque la bolsa presenta en el lado delantero al menos una primera línea de debilitamiento, en especial costura perforada, que se extiende desde el extremo en el lado de la abertura del lado delantero en dirección al extremo en el lado del fondo del lado trasero, y porque el lado trasero presenta al menos una segunda línea de debilitamiento, en especial costura perforada, que se extiende desde el extremo en el lado del fondo en dirección al extremo en el lado de la abertura, o porque la bolsa en el lado delantero presenta al menos una primera línea de debilitamiento, en especial costura perforada, que se extiende desde el extremo en el lado del fondo en dirección al extremo en el lado de la abertura, y porque el lado trasero presenta al menos una segunda línea de debilitamiento, en especial costura perforada, que se extiende desde el extremo en el lado de la abertura en dirección al extremo en el lado del fondo, o porque la bolsa en el lado delantero presenta al menos una primera línea de debilitamiento, en especial costura perforada, que se extiende desde el extremo en el lado de la abertura hasta el extremo en el lado del fondo, y porque el lado trasero presenta al menos una segunda línea de debilitamiento, en especial costura perforada, que se extiende distanciada del extremo en el lado de la abertura en dirección al extremo en el lado del fondo, o porque la bolsa en el lado delantero presenta al menos una primera línea de debilitamiento, en especial costura perforada, que se extiende distanciada del extremo en el lado de la abertura en dirección al extremo en el lado del fondo, y porque el lado trasero presenta al menos una segunda línea de debilitamiento, en especial costura perforada, que se extiende desde el extremo en el lado de la abertura hasta el extremo en el lado del fondo, o 11 5
porque la bolsa en el lado delantero presenta al menos una primera línea de debilitamiento, en especial costura perforada, que se extiende desde el extremo en el lado de la abertura en dirección al extremo en el lado del fondo, y porque el lado trasero presenta al menos una segunda línea de debilitamiento, que se extiende distanciada del extremo en el lado de la abertura en dirección al extremo en el lado del fondo, o porque la bolsa en el lado delantero presenta al menos una primera línea de debilitamiento, en especial costura perforada, que se extiende desde el extremo en el lado del fondo en dirección al extremo en el lado de la abertura, y porque el lado trasero presenta al menos una segunda línea de debilitamiento, en especial costura perforada, que se extiende distanciada del extremo en el lado de la abertura en dirección al extremo en el lado del fondo, o porque la bolsa en el lado delantero presenta al menos una primera línea de debilitamiento, en especial costura perforada, que se extiende distanciada del extremo en el lado de la abertura en dirección al extremo en el lado del fondo, y porque el lado trasero presenta al menos una segunda línea de debilitamiento, en especial costura perforada, que se extiende desde el extremo en el lado de la abertura en dirección al extremo en el lado del fondo, o porque la bolsa en el lado delantero presenta al menos una primera línea de debilitamiento, en especial costura perforada, que se extiende distanciada del el extremo en el lado de la abertura en dirección al extremo en el lado del fondo, y porque el lado trasero presenta al menos una segunda línea de debilitamiento, en especial costura perforada, que se extiende desde el extremo en el lado del fondo en dirección al extremo en el lado de la abertura.
7. Bolsa según una de las reivindicaciones anteriores, caracterizada porque las respectivas líneas de debilitamiento dirigidas en la misma dirección del lado delantero y trasero se extienden, en especial al menos por segmentos, sobre áreas opuestas que se solapan unas con otras del lado delantero y trasero.
8. Bolsa según una de las reivindicaciones anteriores, caracterizada porque las líneas de debilitamiento primera y segunda dirigidas en la misma dirección, del lado delantero y trasero, discurren en paralelo al primer y/o segundo borde lateral del lado delantero o trasero.
9. Bolsa según una de las reivindicaciones anteriores, caracterizada porque la extensión longitudinal del lado trasero, medida desde el extremo en el lado del fondo hasta el extremo en el lado de la abertura es al menos el doble, en especial al menos el triple de grande que la extensión longitudinal del lado delantero, medida desde el extremo en el lado del fondo hasta el extremo en el lado de la abertura.
10. Bolsa según una de las reivindicaciones anteriores, que comprende además un elemento de fondo de bolsa que une el lado delantero, en especial su extremo en el lado del fondo, con el lado trasero, en especial su extremo en el lado del fondo, en donde el elemento de fondo dispone al menos de otra línea de debilitamiento, en especial costura perforada, que está en unión efectiva con la primera y/o segunda línea de debilitamiento del lado delantero y trasero.
11. Bolsa según una de las reivindicaciones anteriores, que comprende además unos elementos de pared lateral primero y/o segundo entre los primeros bordes laterales del lado delantero y trasero, respectivamente entre los segundos bordes laterales del lado delantero y trasero.
12. Bolsa según la reivindicación 11, caracterizada porque los elementos de pared lateral representan unos pliegues laterales, que se extienden en especial desde el extremo en el lado del fondo del lado delantero y trasero.
13. Bolsa según la reivindicación 11 ó 12, caracterizada porque las líneas de debilitamiento primera y/o segunda del lado delantero y trasero discurren en aquella región que se extiende, en cada caso en el estado de plegado, desde el pliegue situado interiormente del primer elemento de pared lateral, en especial el pliegue lateral del primer elemento de pared lateral, hasta el pliegue situado interiormente del segundo elemento de pared lateral, en especial el pliegue lateral del segundo elemento de pared lateral.
14. Bolsa según una de las reivindicaciones anteriores, caracterizada porque la bolsa está configurada de forma enteriza.
15. Procedimiento para producir una bolsa conforme a una de las reivindicaciones 1 a 14, que comprende los pasos:
a. puesta a disposición de una cinta sinfín de un material de bolsa,
b. colocación de al menos una primera línea de debilitamiento y al menos una segunda, distanciada de la primera, en especial costura perforada, en cada caso a lo largo de la orientación en longitud de la cinta sinfín, en donde las líneas de debilitamiento están distanciadas de un borde lateral en 1/8 a 3/8 de la anchura de la bolsa acabada,
c. colocación distanciada de líneas de separación, en especial costuras perforadas, a lo largo de la orientación transversal de la cinta sinfín, que se extienden al menos por segmentos desde el primer borde lateral hasta el segundo borde lateral, d. formación de un tubo flexible a partir de la cinta sinfín mediante la unión, al menos por segmentos, de las 5 regiones laterales primera y segunda con la configuración del lado delantero y trasero.
e. dado el caso configuración de unos pliegues laterales primero y segundo mutuamente opuestos,
f. seccionado de segmentos separados de la cinta sinfín a lo largo de las líneas de separación que discurren transversalmente, en especial mediante una carga por tracción,
g. configuración de una región del fondo cerrada en el extremo del lado del fondo del lado delantero y trasero.
16. Procedimiento según la reivindicación 15, caracterizado porque las líneas de debilitamiento primera y segunda se aplican distanciadas, de tal manera que éstas se presentan en la bolsa acabada en el lado delantero o en el trasero dirigidas en la misma dirección, y en donde las líneas de debilitamiento con la misma dirección del lado delantero y trasero se extienden en especial en cada caso al menos por segmentos, en especial en su mayor parte, sobre unas áreas opuestas que se solapan unas con otras del lado delantero y trasero.
17. Procedimiento según la reivindicación 16 ó 17, caracterizado porque las líneas de debilitamiento primera y segunda se colocan distanciadas entre ellas sobre la cinta sinfín, de tal modo que en la bolsa terminada están dispuestas en el lado delantero y trasero de tal manera, que deben llevarse a situarse una sobre la otra y están situadas en especial sobre la misma línea.
18. Utilización de la bolsa conforme a una de las reivindicaciones 1 a 14 para el empaquetamiento o alojamiento de alimentos, en especial productos de pastelería no o pre-horneados, productos de pastelería ya horneados, pizzas, trozos de pizza, tortitas, crepes, hamburguesas, frituras, sándwiches, etc.
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