APARATO Y PROCEDIMIENTO DE ALERTAS DE VUELCO.
Aparato de alertas de vuelco (40) para una embarcación marítima (10),
estando caracterizado el aparato de alertas de vuelco porque presenta una antena (15) fijable a la embarcación marítima en una posición y una orientación que permite a la antena comunicarse con un receptor (20) cuando la embarcación se halla en estado volcado, siendo operativa además la antena, cuando la embarcación se halla en el estado volcado, para transmitir, desde su posición fija en la embarcación marítima, un mensaje de alerta de vuelco que indica que la embarcación ha volcado
Tipo: Patente Internacional (Tratado de Cooperación de Patentes). Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: PCT/GB2006/003327.
Solicitante: ROYAL NATIONAL LIFEBOAT INSTITUTION.
Nacionalidad solicitante: Reino Unido.
Dirección: CPRS OFFICE RNLI HEADQUATERS, WEST QUAY ROAD,POOLE DORSET, BH15 1HZ.
Inventor/es: CLARK,CECIL, MORGAN,MARK.
Fecha de Publicación: .
Fecha Concesión Europea: 2 de Junio de 2010.
Clasificación Internacional de Patentes:
- B63B43/00 TECNICAS INDUSTRIALES DIVERSAS; TRANSPORTES. › B63 BUQUES U OTRAS EMBARCACIONES FLOTANTES; SUS EQUIPOS. › B63B BUQUES U OTRAS EMBARCACIONES FLOTANTES; EQUIPAMIENTO PARA EMBARCACIONES (disposiciones relativas a la ventilación, calefacción, refrigeración o acondicionamiento de aire en los buques B63J 2/00; subestructuras flotantes como soportes de las dragas o máquinas par el movimiento de tierras E02F 9/06). › Mejora de la seguridad de las embarcaciones, p. ej. control de daños, no previsto en otro lugar.
- B63B45/04 B63B […] › B63B 45/00 Disposiciones o adaptaciones de dispositivos de señalización o de iluminación (sobre botes salvavidas, cinturones salvavidas, chalecos salvavidas, vestidos de salvamento o similares, caracterizados por dispositivos de señalización B63C 9/20). › estando previstos los aparatos para indicar al buque o partes de él.
Clasificación PCT:
Fragmento de la descripción:
Aparato y procedimiento de alertas de vuelco.
Campo de la invención
La presente invención se refiere a un aparato y un procedimiento de alertas de vuelco.
Antecedentes de la invención
Para que los servicios de búsqueda y salvamento puedan preparar con eficacia las operaciones de rescate tras incidentes marítimos, es importante facilitar a las autoridades de búsqueda y salvamento un aviso para indicar que se ha producido un incidente. Mientras que en ciertas áreas, particularmente a lo largo de los litorales, se dispone de servicios de vigía para emitir una alerta cuando una embarcación se halla en peligro, en otras áreas no se dispone de dicho servicio. Por consiguiente, es más fiable que un informe de incidente se origine en la propia embarcación que está en peligro. Uno de los incidentes particulares que se puede producir es el vuelco de la embarcación. Las diferentes embarcaciones pueden volcar de diferentes maneras. En particular, algunos tipos de embarcación, por ejemplo un barco pesquero, son propensos a hundirse con rapidez tras un vuelco, mientras que otros tipos de embarcación, por ejemplo las lanchas neumáticas, las lanchas neumáticas rígidas y los yates, son más propensos a mantenerse a flote durante cierto tiempo.
En el caso de las embarcaciones propensas a flotar después del vuelco, existe la posibilidad de que queden personas atrapadas dentro o alrededor de la embarcación y que sea necesario rescatarlas de la embarcación o de su entorno.
Uno de los sistemas de alertas de incidentes de vuelco emplea una boya que está sujeta con una unión de tipo liberable al mástil de la embarcación. La boya se desprende de la embarcación, por medio de un conmutador hidrostático, cuando se produce un vuelco. La boya comprende un transmisor para transmitir una señal de socorro tras desprenderse de la embarcación.
En la patente US nº 3.906.370, considerado el estado de la técnica más cercano, se da a conocer un aparato de alertas de vuelco que puede fijarse a la cubierta de un barco.
Sumario de la invención
Según un primer aspecto de la presente invención, está previsto un aparato de alertas de vuelco para embarcaciones marítimas. El aparato de alertas de vuelco comprende una antena que está fijada a una embarcación marítima en una posición y una orientación que permiten a la antena comunicarse con un receptor cuando la embarcación se halla en estado volcado. La antena puede utilizarse también cuando la embarcación se halla en estado volcado para transmitir, desde su posición fija en la embarcación marítima, un mensaje de alerta de vuelco en el que se indica que la embarcación ha volcado. La presente invención reconoce que existe una necesidad de disponer de la capacidad para avisar a la entidad de búsqueda y salvamento mientras la embarcación se halla en estado volcado. La presente invención reconoce también el hecho de que las embarcaciones pequeñas y lanchas neumáticas rígidas RIB normalmente no llevan boyas. Asimismo, la presente invención reconoce que muchas embarcaciones son propensas a flotar después del vuelco. En consecuencia, si se fija una antena a la embarcación con una orientación que permita la comunicación con un receptor cuando la embarcación se encuentre en estado volcado, la embarcación será capaz de transmitir una señal de alerta de vuelco a un receptor aunque la embarcación haya volcado, hecho que no sería posible con un sistema de comunicaciones convencional. Como consecuencia de esto, tras un incidente de vuelco, aunque el sistema de comunicaciones a bordo de la embarcación no sea funcional debido a la inmersión de las antenas de radio y otros elementos del sistema de comunicación, la transmisión del mensaje de socorro seguirá siendo posible gracias al aparato de alertas de vuelco. Asimismo, este recurso hace que la necesidad de proporcionar una boya sea menor.
En un aspecto, la antena se situará cerca del casco y, en otro aspecto, adyacente a este. Para los propósitos de la presente solicitud, el término "casco" abarcará el armazón o la estructura de cualquier embarcación. La antena puede montarse dentro del casco, ya sea dentro del propio casco o bien dentro de otra estructura situada muy próxima al casco. Esta disposición es particularmente adecuada para embarcaciones que presentan un casco construido en materiales tales como el plástico reforzado con vidrio (GRP) o el caucho, debido a que estos materiales no atenúan de forma significativa las señales de radio dentro de por lo menos algunas de las bandas de radiofrecuencias adecuadas para transmitir señales de socorro.
Como alternativa, la antena podría instalarse en el exterior del casco. Esta instalación resultaría útil en las embarcaciones provistas de un casco construido en un material que atenúa de forma significativa las señales de radio dentro de las bandas de radiofrecuencias aplicables, por ejemplo la madera o el metal. Para ciertos tipos de casco, tal vez sea posible integrar la antena en el casco y, para un casco de doble forro, colocar la antena entre el forro interno y el forro externo.
Una posición adecuada para la antena es el lado inferior de la estructura del casco, donde se encontrará cerca del punto más alto de la embarcación cuando ésta esté invertida. Otra posibilidad para una embarcación que es propensa a permanecer ladeada en lugar de invertida en caso de vuelco, es situar la antena cerca de los lados de la estructura del casco.
El sistema de alertas de vuelco puede estar provisto de un dispositivo de posicionamiento operativo para determinar la posición geográfica de la embarcación. El dispositivo de posicionamiento podría, por ejemplo, ser una unidad del sistema de posicionamiento global (GPS), ya sea integrada en el propio sistema de alertas de vuelco, o tal vez una unidad GPS existente a bordo de la embarcación utilizada para finalidades de navegación. Cuando se dispone de un dispositivo de posicionamiento, el mensaje de alerta de vuelco puede especificar la posición geográfica determinada por el dispositivo de posicionamiento. Cuando el dispositivo de posicionamiento está integrado en el sistema de alertas de vuelco y en particular cuando está dispuesto en la proximidad de la antena, el dispositivo de posicionamiento puede continuar generando información de posición actualizada después de la transmisión inicial de un mensaje de alerta de vuelco. Por el contrario, cuando el dispositivo de posicionamiento forma parte del sistema de navegación de la embarcación, este puede dejar de funcionar cuando la embarcación vuelca, y entonces no se generan más actualizaciones de posición. En este caso, el mensaje de alerta de vuelco incluirá los datos de posición más recientes generados antes del vuelco de la embarcación.
En un aspecto, el dispositivo de alertas de vuelco transmite mensajes de alerta de vuelco permanentemente, aunque debido a la orientación de la antena estos mensajes no se propagan desde la embarcación a no ser que ésta se encuentre por lo menos parcialmente invertida en el agua. Por lo tanto, en rigor, no se necesita ningún sistema de activación.
No obstante, en otro aspecto, el aparato de alertas de vuelco también comprende un detector de vuelco para detectar este estado de la embarcación y para controlar la transmisión por la antena del mensaje de alerta como respuesta a la detección. Como consecuencia de esto, no se desperdicia energía en la transmisión de mensajes de alerta de vuelco cuando la embarcación no ha volcado.
Tal vez resulte útil para el servicio de búsqueda y salvamento que recibe el mensaje de alerta de vuelco obtener información acerca de la embarcación. En consecuencia, el mensaje de alerta de vuelco puede incluir una indicación de la identidad de la embarcación. Puede ser preciso para las embarcaciones que utilizan el dispositivo de alertas de vuelco inscribir el dispositivo y su embarcación en un servicio de búsqueda y salvamento. En ese caso, el servicio de búsqueda y salvamento puede utilizar la información de identidad del mensaje de alerta de vuelco para hallar información tal como el tamaño y el tipo de embarcación y el número probable de tripulantes. Esta información ayudará al servicio de búsqueda y salvamento a determinar el tipo y el número de embarcaciones y personal de rescate que deberá enviar para hacer frente al incidente de vuelco.
El dispositivo de alertas de vuelco puede estar dispuesto para transmitir más mensajes de alerta de vuelco mientras la embarcación permanece en estado volcado. Los subsiguientes mensajes incrementarán la fiabilidad del sistema en los casos...
Reivindicaciones:
1. Aparato de alertas de vuelco (40) para una embarcación marítima (10), estando caracterizado el aparato de alertas de vuelco porque presenta una antena (15) fijable a la embarcación marítima en una posición y una orientación que permite a la antena comunicarse con un receptor (20) cuando la embarcación se halla en estado volcado, siendo operativa además la antena, cuando la embarcación se halla en el estado volcado, para transmitir, desde su posición fija en la embarcación marítima, un mensaje de alerta de vuelco que indica que la embarcación ha volcado.
2. Aparato de alertas de vuelco según la reivindicación 1, en el que la antena está situada en una posición adyacente al casco de la embarcación.
3. Aparato de alertas de vuelco según la reivindicación 1 ó 2, que comprende un dispositivo de posicionamiento operativo para determinar la posición geográfica de la embarcación, y en el que el mensaje de alerta de vuelco comprende información indicativa de la posición geográfica determinada.
4. Aparato de alertas de vuelco según cualquiera de las reivindicaciones anteriores, que comprende un detector de vuelcos para detectar si la embarcación ha volcado y controlar la transmisión por la antena del mensaje de alerta de vuelco como respuesta a la detección.
5. Aparato de alertas de vuelco según cualquiera de las reivindicaciones anteriores, en el que el mensaje de alerta de vuelco comprende una indicación de la identidad de la embarcación.
6. Aparato de alertas de vuelco según cualquiera de las reivindicaciones anteriores, en el que la antena es operativa para transmitir más mensajes de alerta de vuelco mientras la embarcación se mantiene en el estado volcado.
7. Aparato de alertas de vuelco según cualquiera de las reivindicaciones anteriores, en el que la antena es operativa para recibir un mensaje de confirmación comunicado a la embarcación como respuesta al mensaje de alerta de vuelco, y en el que el aparato de alertas de vuelco es operativo, como respuesta a la recepción por la antena del mensaje de confirmación, para proporcionar una indicación de la recepción del mensaje de alerta de vuelco.
8. Aparato de alertas de vuelco según cualquiera de las reivindicaciones anteriores, en el que la antena se fija a la parte externa de la embarcación.
9. Aparato de alertas de vuelco según cualquiera de las reivindicaciones 1 a 8, en el que la antena se fija dentro de la embarcación.
10. Aparato de alertas de vuelco según cualquiera de las reivindicaciones 1 a 8, en el que la antena está formada de forma íntegra con un casco de la embarcación.
11. Embarcación marítima que comprende un aparato de alertas de vuelco según cualquiera de las reivindicaciones 1 a 10.
12. Procedimiento de alertas de vuelco de una embarcación marítima, que comprende las etapas siguientes:
fijar una antena en la embarcación marítima, en una posición y una orientación que permita a la antena comunicarse con un receptor cuando la embarcación se halla en estado volcado; y
transmitir, desde la antena en su posición fija en la embarcación marítima, un mensaje de alerta de vuelco cuando la embarcación se halla en el estado volcado, para indicar que la embarcación ha volcado.
13. Procedimiento de alertas de vuelco de una embarcación marítima según la reivindicación 12, que comprende las etapas siguientes:
determinar la posición geográfica de la embarcación; y
proporcionar información que indica la posición geográfica determinada dentro del mensaje de alerta de vuelco.
14. Procedimiento de alertas de vuelco de una embarcación marítima según la reivindicación 12 ó 13, que comprende las etapas siguientes:
detectar el vuelco de la embarcación; y
controlar la antena para que esta transmita el mensaje de alerta de vuelco como respuesta a la detección.
15. Procedimiento de alertas de vuelco de una embarcación marítima según cualquiera de las reivindicaciones 12 a 14, que comprende la etapa siguiente:
proporcionar una indicación de la identidad de la embarcación dentro del mensaje de alerta de vuelco.
16. Procedimiento de alertas de vuelco de una embarcación marítima según cualquiera de las reivindicaciones 12 a 15, que comprende la etapa siguiente:
transmitir más mensajes de alerta de vuelco mientras la embarcación se mantiene en el estado volcado.
17. Procedimiento de alertas de vuelco de una embarcación marítima según cualquiera de las embarcaciones 12 a 16, que comprende las etapas siguientes:
recibir un mensaje de confirmación comunicado a la embarcación como respuesta al mensaje de alerta de vuelco y
proporcionar, como respuesta al mensaje de confirmación recibido por la antena, una indicación de la recepción del mensaje de alerta de vuelco.
18. Procedimiento de alertas de vuelco de una embarcación marítima según cualquiera de las reivindicaciones 12 a 17, en el que la antena se fija a la parte externa de la embarcación.
19. Procedimiento de alertas de vuelco de una embarcación marítima según cualquiera de las reivindicaciones 12 a 17, en el que la antena se fija dentro de la embarcación.
20. Procedimiento de alertas de vuelco de una embarcación marítima según cualquiera de las reivindicaciones 12 a 17, en el que la antena está forma íntegramente con el casco de la embarcación.
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