CORTINA DE DOBLE TEJIDO.

1. Cortina de doble tejido que, destinada para ir colgada de una barra superior (2) para cubrir ventanales (3),

está caracterizada porque se configura a partir de, al menos, una pieza (4) de tela cuyo tejido comprende dos partes diferenciadas, una opaca (41) y otra transparente (42), y que dividen verticalmente dicha pieza (4) ocupando sendos lados de la misma para poder cubrir el ventanal con una u otra parte, según se desee, estando las citadas partes opaca (41) y transparente (42) obtenidas en el propio proceso de tejeduría de la pieza (4) de manera que quedan unidas entre sí sin costuras, pegados o cualquier otro tipo de fijaciones.

2. Cortina de doble tejido, según la reivindicación 1, caracterizada porque la pieza o piezas (4) cuenta con una estructura, en la que la parte opaca (41) está determinada por una primera porción de hilos de trama (5) tejidos con mayor densidad, mientras que la parte transparente (42) está determinada por una segunda porción de hilos de trama (5') tejidos con menor densidad que los hilos de trama (5) de la parte opaca.

3. Cortina de doble tejido, según la reivindicación 2, caracterizada porque la pieza o piezas (4) cuenta con una estructura, en la que los hilos de la urdimbre (6) son de densidad homogénea a lo largo de toda la pieza y en ambas partes opaca (41) y transparente (42).

4. Cortina de doble tejido, según cualquiera de las reivindicaciones 1-3, caracterizada porque la pieza o piezas (4) cuenta con una estructura, en la que los hilos de trama (5) que determinan la parte opaca (41) de la misma son de distinta composición o mezcla que los hilos de trama (5') que determinan la parte transparente (42) de dicha pieza o piezas (4).

5. Cortina de doble tejido, según cualquiera de las reivindicaciones 1-4, caracterizada porque la pieza o piezas (4) cuenta con una estructura, en la que los hilos de trama (5) que determinan la parte opaca (41) de la misma son de distinto grosor que los hilos de trama (5') que determinan la parte transparente (42) de dicha pieza o piezas (4).

6. Cortina de doble tejido, según cualquiera de las reivindicaciones 1-4, caracterizada porque, cuando la cortina (1) cuenta con dos piezas (4), una para cada lado del ventanal, la parte transparente (42) de cada pieza se sitúa en la zona central y la parte opaca (41) en la zona externa de dichas piezas (4), siendo, por tanto, simétricas una a la otra y previstas para su colocación una en el lado derecho del ventanal y la otra en el izquierdo.

Tipo: Modelo de Utilidad. Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: U201530429.

Solicitante: STILO-TEX, SL.

Nacionalidad solicitante: España.

Fecha de Publicación: .

Clasificación Internacional de Patentes:

  • A47H23/02 NECESIDADES CORRIENTES DE LA VIDA.A47 MOBILIARIO; ARTICULOS O APARATOS DE USO DOMESTICO; MOLINILLOS DE CAFE; MOLINILLOS DE ESPECIAS; ASPIRADORES EN GENERAL.A47H GUARNICIONES PARA VENTANAS O PUERTAS (relacionadas con el funcionamiento de la puerta o de la ventana E05; toldos enrollables E06B; disposiciones especiales o dispositivos relacionados con puertas o ventanas, p.ej. para ventilación o sellado, E06B 7/00). › A47H 23/00 Cortinas; Cortinajes (disposiciones de cortinas de ducha A47K 3/38). › Formas de cortinas; Empleo de materiales específicos para cortinas.

Fragmento de la descripción:

CORTINA DE DOBLE TEJIDO D E S C R I P C I Ó N

OBJETO DE LA INVENCIÓN

La invención, tal como expresa el enunciado de la presente memoria descriptiva, se refiere a una cortina de doble tejido, la cual aporta a la función a que se destina, ventajas y características de novedad, que se describirán en detalle más adelante, que suponen una mejora del estado actual de la técnica.

Más en particular, el objeto de la invención se centra en una cortina para ventanales que, de manera innovadora, está confeccionada a partir de, al menos, una pieza de tela cuyo tejido comprende dos partes, una opaca y otra transparente, obtenidas en el propio proceso de tejeduría, y por tanto, unidas sin costuras, fijaciones o pegados antiestéticos, permitiendo el doble uso de cubrir el ventanal con una parte u otra de tejido, según la cantidad de luz que se desea atenuar, utilizando la misma cortina.

CAMPO DE APLICACIÓN DE LA INVENCIÓN

El campo de aplicación de la presente invención se enmarca dentro del sector de la industria dedicada a la fabricación de tejidos para el hogar, centrándose concretamente en el ámbito de las cortinas.

ANTECEDENTES DE LA INVENCIÓN

Es conocido que, en las cortinas aplicables para cubrir ventanales, las que se cuelgan fruncidas de una barra superior, puedan tener más o menos grosor en el tejido con que se fabrican para atenuar más o menos la luz que entra a través de la ventana y/o para impedir la visión del interior desde el exterior, por lo que se suelen realizar a partir de tejidos transparentes, cuando el objetivo es dejar pasar la mayor cantidad de luz, y de tejidos más opacos, cuando el objetivo es dejar pasar menos cantidad de luz o no dejar pasar nada de luz.

Por ello, es corriente la instalación de dos cortinas, una transparente y otra opaca, las cuales se pueden colocar, básicamente, de dos maneras, o bien en dos barras paralelas, para poder correr de manera independiente una, otra o ambas una sobre otra, o bien coladas juntas en una misma barra, de manera que se puede correr una u otra, arrimando la que no interesa en un lado de la barra.

En esta segunda opción, es posible unir ambas cortinas mediante una costura longitudinal, para facilitar el deslizamiento del conjunto, y de hecho esta es la solución que hasta ahora se conoce en el estado de la técnica, sin embargo, dicha unión vertical de ambas cortinas, además de resultar antiestética, ya que siempre se nota la costura o sistema de unión, que también podría ser mediante pegado u otros medios de fijación, supone el incremento del coste de fabricación de la cortina, dado que contempla la aplicación de mayor tiempo en la confección así como de mayor número de materiales.

El objetivo de la presente invención es, pues, dotar al mercado de una cortina mejorada en la que los dos tipos de cortina, es decir, la de tejido transparente y la de tejido opaco, no tengan que unirse entre sí y formen una misma pieza, evitando procesos de confección que encarezcan el producto y sean susceptibles de afear el resultado.

Cabe señalar, además, que, si bien existen en el mercado múltiples tipos y modelos de cortinas confeccionadas a partir de múltiples tipos y modelos de tejido, al menos por parte del solicitante, se desconoce la existencia de ninguna otra cortina o invención de aplicación similar que presente unas características técnicas, estructurales y constitutivas semejantes a las que presenta la que aquí se preconiza, según se reivindica.

EXPLICACIÓN DE LA INVENCIÓN

Así, la cortina de doble tejido que la invención propone se configura como una destacable novedad dentro de su campo de aplicación, ya que a tenor de su implementación y de manera taxativa se alcanzan satisfactoriamente los objetivos anteriormente señalados como idóneos, estando los detalles caracterizadores que lo hacen posible y que la distinguen de lo ya conocido, convenientemente recogidos en las reivindicaciones finales que acompañan a la presente descripción.

De manera concreta, lo que la invención propone, como se ha apuntado anteriormente, es una cortina del tipo que se instala colgada de una barra superior, mediante diferentes sistemas de cuelgue, normalmente fruncida, para cubrir ventanales, la cual se distingue por estar confeccionada a partir de, al menos, una pieza de tela cuyo tejido comprende dos partes bien diferenciadas, una opaca y otra transparente, y que, preferentemente, dividen verticalmente dicha pieza de manera que ocupan sendos lados de la misma, permitiendo cubrir el ventanal con una u otra parte, según se desee.

Es importante destacar que las citadas partes opaca y transparente de la pieza de tela que conforma la cortina no son dos piezas confeccionadas de manera independiente y unidas entre sí en un proceso posterior, sino que han sido obtenidas en el propio proceso de tejeduría de la pieza de tela, y por tanto, la cortina no presenta costuras, fijaciones o pegados antiestéticos entre la parte opaca y la parte transparente de la misma.

Cabe señalar que, cuando la cortina está diseñada para ventanales estrechos, podrá estar conformada por una única pieza con las descritas dos partes de tejido, permitiendo cubrir el ventanal desde un lado u otro con una u otra parte del tejido, según se desee, si bien, preferentemente, y para ventanales más grandes, se contempla la formación de la cortina con dos piezas, una para cada lado del ventanal, en cuyo caso, la parte transparente de cada pieza quedará situada en la zona central y la parte opaca en la zona externa de cada pieza, para poder cubrir todo el ventanal con una u otra parte de ambas piezas, por ello, cada pieza, en este caso, será simétrica a la otra, de manera que una esté prevista para su colocación en el lado derecho del ventanal y la otra en el izquierdo, ya que, normalmente, los tejidos tienen una superficie frontal o cara vista y otra posterior o envés.

En cualquier caso, para conseguir la descrita configuración de la cortina de la invención, el tejido de la pieza o piezas de la misma cuenta con una estructura, es decir, la disposición de hilos de trama (o hilos longitudinales) y urdimbre (o hilos transversales) determinada por la existencia de una porción de hilos de trama de mayor densidad, que dará lugar a la parte opaca de la cortina, y otra porción de hilos de trama de menor densidad, que dará lugar a la parte transparente de la cortina, siendo los hilos de la urdimbre, preferentemente, de densidad homogénea a lo largo de toda la pieza.

Por otra parte, además de contar con una estructura con distinta densidad en los hilos de trama en cada parte de la pieza, o bien de manera alternativa a ello, también se contempla la posibilidad de utilizar hilos de distinta composición o mezcla y/o de distinto grosor para conseguir la diferencia de opacidad entre una parte y la otra, siendo la composición preferida, aunque sin ningún tipo de limitación, el algodón, el poliéster, el lino y cualquiera de sus mezclas.

La descrita cortina de doble tejido representa, pues, una innovación de características estructurales y constitutivas desconocidas hasta ahora, razones que unidas a su utilidad práctica, la dotan de fundamento suficiente para obtener el privilegio de exclusividad que se solicita.

DESCRIPCIÓN DE LOS DIBUJOS

Para complementar la descripción que se está realizando y con objeto de ayudar a una mejor comprensión de las características de la invención, se acompaña a la presente memoria descriptiva, como parte integrante de la misma, de un juego de planos, en los que con carácter ilustrativo y no limitativo se ha representado lo siguiente:

La figura número 1. Muestra una vista en perspectiva de un ejemplo de realización de la cortina de doble tejido, objeto de la invención, apreciándose en ella las partes que comprende así como su disposición.

La figura número 2. Muestra una vista esquemática de un detalle ampliado del tejido que presenta la cortina, según la invención, apreciándose de la estructura de construcción que determina los dos tipos de tejido, transparente y opaco, que comprende.

REALIZACIÓN PREFERENTE DE LA INVENCIÓN

A la vista de las mencionadas figuras, y de acuerdo con la numeración adoptada, se puede observar en ellas un ejemplo preferido, pero no limitativo, de la cortina de doble tejido preconizada, la cual comprende las partes y elementos que se indican y describen en detalle a continuación.

Así, tal como se observa en dichas figuras, la cortina (1) en cuestión, destinada para ir colgada de una barra superior (2) cubrir ventanales (3) , se configura a partir de, al menos, una pieza (4) de tela cuyo tejido comprende dos partes diferenciadas, una opaca (41) y otra...

 


Reivindicaciones:

1. Cortina de doble tejido que, destinada para ir colgada de una barra superior (2) para cubrir ventanales (3), está caracterizada porque se configura a partir de, al menos, una pieza (4) de tela cuyo tejido comprende dos partes diferenciadas, una opaca (41) y otra transparente (42), y que dividen verticalmente dicha pieza (4) ocupando sendos lados de la misma para poder cubrir el ventanal con una u otra parte, según se desee, estando las citadas partes opaca (41) y transparente (42) obtenidas en el propio proceso de tejeduría de la pieza (4) de manera que quedan unidas entre sí sin costuras, pegados o cualquier otro tipo de fijaciones.

2. Cortina de doble tejido, según la reivindicación 1, caracterizada porque la pieza o piezas (4) cuenta con una estructura, en la que la parte opaca (41) está determinada por una primera porción de hilos de trama (5) tejidos con mayor densidad, mientras que la parte transparente (42) está determinada por una segunda porción de hilos de trama (5') tejidos con menor densidad que los hilos de trama (5) de la parte opaca.

3. Cortina de doble tejido, según la reivindicación 2, caracterizada porque la pieza o piezas (4) cuenta con una estructura, en la que los hilos de la urdimbre (6) son de densidad homogénea a lo largo de toda la pieza y en ambas partes opaca (41) y transparente (42).

4. Cortina de doble tejido, según cualquiera de las reivindicaciones 1-3, caracterizada porque la pieza o piezas (4) cuenta con una estructura, en la que los hilos de trama (5) que determinan la parte opaca (41) de la misma son de distinta composición o mezcla que los hilos de trama (5') que determinan la parte transparente (42) de dicha pieza o piezas (4).

5. Cortina de doble tejido, según cualquiera de las reivindicaciones 1-4, caracterizada porque la pieza o piezas (4) cuenta con una estructura, en la que los hilos de trama (5) que determinan la parte opaca (41) de la misma son de distinto grosor que los hilos de trama (5') que determinan la parte transparente (42) de dicha pieza o piezas (4).

6. Cortina de doble tejido, según cualquiera de las reivindicaciones 1-4, caracterizada porque, cuando la cortina (1) cuenta con dos piezas (4), una para cada lado del ventanal, la parte transparente (42) de cada pieza se sitúa en la zona central y la parte opaca (41) en la zona externa de dichas piezas (4), siendo, por tanto, simétricas una a la otra y previstas para su colocación una en el lado derecho del ventanal y la otra en el izquierdo.

 

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