Procedimiento para recaudar peajes de carretera.
Procedimiento para recaudar los peajes de carretera mediante un sistema de peaje (1) con un aparato del vehículo (3) que determina el importe del peaje de carretera para un vehículo dentro de un área de facturación (13,
14), con:
- transmisión, en caso necesario, de los datos precisos para determinar el importe del peaje de carretera, desde una central del operador (2) hasta el aparato del vehículo (3) mediante un dispositivo de comunicación (3.3);
- determinación continua de los peajes parciales devengados por cada tramo de carretera recorrido, mediante el aparato del vehículo (3);
- determinación del peaje total para una ruta mediante la suma de los peajes parciales por el aparato del vehículo (3);
- transmisión, cuando se cumplen los criterios establecidos, del peaje total determinado hasta ese momento, mediante el dispositivo de comunicación (3.3), a la central del operador (2), para la liquidación por el aparato del vehículo (3),
caracterizado por:
- la operación de un sistema de peaje (1) por un operador (15) en un área de facturación (14);
- la operación de un sistema de peaje de otro operador (17) por un operador diferente (16) en un área de facturación (13) diferente del área de facturación (13);
- la consecución de una interoperabilidad técnica el aparato del vehículo (3) para su uso en el área de facturación diferente (13) mediante la integración de una interfaz DSRC en el aparato del vehículo (3) y la utilización de ISO ENV 14906 EFC para ayudar a la realización de todas las transacciones por medio de las balizas;
- el uso de al menos una tarjeta inteligente (3) como módulo de seguridad en el aparato del vehículo (3);
- la descarga, mediante una transmisión posterior segura, de controladores y aplicaciones a través de distintos canales de comunicación en el aparato del vehículo (3), a fin de conseguir una capacidad de múltiples aplicaciones y poder participar en el sistema de peaje del otro operador;
- la definición y ejecución de modificaciones y ampliaciones de manera uniforme por medio de una interfaz interna definida del aparato del vehículo (3) entre las aplicaciones y las funciones básicas de éste, y
- la realización de transacciones entre el aparato del vehículo (3) y otras centrales a través de redes de TCP/IP-PPP como procedimiento establecido para un servicio de GSM,
- en que, cuando el otro operador (16) recauda el peaje de carretera en una nueva área de facturación (13), el aparato del vehículo (3) calcula el importe del peaje conforme a las condiciones del sistema de peaje del otro operador (17) y sólo se permite la liquidación automática si el operador (15) del sistema de peaje (1) confirma que asume la deuda del propietario del vehículo (10).
Tipo: Patente Internacional (Tratado de Cooperación de Patentes). Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: PCT/EP2001/014678.
Solicitante: DAIMLER AG.
Nacionalidad solicitante: Alemania.
Dirección: Mercedesstrasse 137 70327 Stuttgart ALEMANIA.
Inventor/es: BIET,Werner.
Fecha de Publicación: .
Clasificación Internacional de Patentes:
- G07B15/00 FISICA. › G07 DISPOSITIVOS DE CONTROL. › G07B APARATOS DE ENTREGA DE TIQUES; TAXIMETROS; DISPOSICIONES O APARATOS PARA COBRAR EN UN PUNTO DE CONTROL EL PRECIO DE LOS BILLETES O LOS DERECHOS DE ENTRADA O DE PEAJE; APARATOS PARA FRANQUEAR. › Dispositivos o aparatos para cobrar el precio de los billetes, el peaje o las entradas en uno o más puntos de control (monedas o papeles de valor, p. ej. billetes G07D; aparatos para la venta o el alquiler de artículos o de servicios accionados por monedas, tarjetas de crédito, billetes o similares G07F 7/00, G07F 17/00).
- G07B15/06 G07B […] › G07B 15/00 Dispositivos o aparatos para cobrar el precio de los billetes, el peaje o las entradas en uno o más puntos de control (monedas o papeles de valor, p. ej. billetes G07D; aparatos para la venta o el alquiler de artículos o de servicios accionados por monedas, tarjetas de crédito, billetes o similares G07F 7/00, G07F 17/00). › Disposiciones para tarificación vial o peaje urbano de vehículos o usuarios de vehículos, p. ej. sistema automático de peaje.
- G08G1/09 G […] › G08 SEÑALIZACION. › G08G SISTEMAS DE CONTROL DE TRÁFICO (control de tráfico ferroviario, seguridad del tráfico ferroviario B61L; sistemas de radar o sistemas análogos, sistemas sonar o sistemas lidar especialmente adaptados para el control del tráfico G01S 13/91, G01S 15/88, G01S 17/88; sistemas de radar o sistemas análogos, sistemas sonar o sistemas lidar especialmente adaptados para anticolisión G01S 13/93, G01S 15/93, G01S 17/93; control de posición, rumbo, altitud o actitud de vehículos terrestres, de agua, el aire o el espacio, no es específico para un entorno de tráfico G05D 1/00). › G08G 1/00 Sistemas de control del tráfico para vehículos en carretera (disposición de las señales de tráfico o las señales de carretera E01F 9/00). › Disposiciones para dar instrucciones variables para el tráfico.
PDF original: ES-2380918_T3.pdf
Fragmento de la descripción:
Procedimiento para recaudar peajes de carretera.
La invención se refiere a un procedimiento para recaudar peajes de carretera mediante un sistema de peajes conforme al concepto principal de la reivindicación 1.
En DE 43 04 838 C2 se describe un sistema de recaudación de peajes de carretera mediante un aparato situado en el vehículo que determina el importe del peaje de forma autónoma, en que, cuando es necesario, desde una central del operador se transmiten al aparato del vehículo, mediante un dispositivo de comunicación, los datos precisos para determinar el importe del peaje, y en que el aparato del vehículo determina de forma continua los peajes parciales devengados por cada tramo de carretera recorridos y calcula el importe total del peaje de un trayecto mediante la suma de los peajes parciales. Conforme a la genérica DE 44 02 613 A1, tras la correspondiente operación y orden de calcular los peajes de las vías o superficies de transporte, por medio de un aparato situado en el vehículo se calcula el importe de los peajes a partir de los datos de posición y de las tarifas, y se transmiten a una unidad central mediante un sistema de transmisión de datos, con la posibilidad de comprobar la correcta realización del pago. WO 99/33027 se refiere a un procedimiento para calcular automáticamente el importe de peajes para vehículos en vías de transporte o en zonas de transporte. Los vehículos están equipados con un dispositivo para comunicarse con una unidad central y una unidad de carretera en un puesto de peaje físico. Al menos un puesto de cobro de peajes virtual está geográficamente predefinido en relación con el puesto de peaje físico. US 5 694 322 se refiere a un dispositivo para la recaudación del peaje para vehículos. El dispositivo incluye un localizador de posición que se utiliza para determinar una serie de posiciones del vehículo a lo largo de una ruta recurrida por el vehículo. Un procesador calcula el peaje para el vehículo en al menos una región de peaje por la que discurre la ruta del vehículo, en respuesta a la posición del vehículo, la información geográfica y la distancia medida. DE 198 56 282 se refiere a un dispositivo de transmisión de datos, en particular, para la recaudación automática de los peajes de carretera, que al recibir una cierta señal de activación pasa de un estado latente en que puede percibir dichas señales a un estado activo en que puede recibir señales con datos de uso desde un emisor a distancia, al menos conforme a un protocolo establecido. Está previsto que el dispositivo pueda aplicar al menos dos protocolos diferentes y que incluya una unidad de decisión que en un momento dado elija el protocolo que se ha de utilizar, con ayuda de una señal procedente del emisor. Para aplicar esos al menos dos protocolos se dispone de un conmutador unido a elementos funcionales, y se aplica el protocolo correspondiente en función de la posición en que se encuentre el conmutador. WO 97/24698 se refiere a un procedimiento de transferencia de datos para diversas aplicaciones entre una unidad de a bordo (onboard-unit, OBU) , que cuenta con un procesador, unidades de memoria y, al menos, una interfaz, y una unidad externa. Una tarjeta de circuito impreso dispone los parámetros que necesitan ciertas rutinas en la OBU para comunicarse correctamente mediante otras interfaces externas de la OBU, por ejemplo una interfaz de radio utilizada para la comunicación con un equipo fijo.
El objetivo de la invención es proponer un procedimiento para recaudar los peajes de carretera que permita determinar de forma relativamente sencilla, mediante un único aparato situado en el vehículo, el peaje en diferentes áreas de facturación.
Dicho objetivo se consigue con las características de la reivindicación 1. Las reivindicaciones subordinadas se refieren a realizaciones y configuraciones ventajosas de la invención.
Un aspecto de la invención consiste en que el importe del peaje se determina mediante un aparato situado en el vehículo, pero la liquidación propiamente dicha tiene lugar en una central del operador, y la transmisión de los peajes acumulados a dicha central se condiciona a ciertos criterios que se pueden definir. Frente a los sistemas en que la liquidación se realiza en el vehículo mediante una tarjeta inteligente, esto tiene la ventaja de que el usuario no debe preocuparse por tener suficiente saldo en su tarjeta. Además, con las tarjetas inteligentes se corre el riesgo de pérdida.
En una configuración ventajosa de la invención, los criterios definidos se cumplen cuando se alcanza o se supera un determinado valor, que se corresponde con un determinado importe y/o un determinado período de tiempo y/o una determinada distancia recorrida desde el último momento de la transmisión de datos. Esto tiene la ventaja de que nunca llega a ser demasiado elevado el importe del peaje almacenado en el vehículo. Obviamente, los criterios también se pueden cumplir cuando la central del operador pida los datos o cuando el usuario ordene manualmente su transmisión. Además, se puede accionar la transmisión de los datos cuando el vehículo atraviese determinados puntos de la red vial. Por ejemplo, puede producirse la transmisión cada vez que se salga de una carretera de peaje.
En una configuración especialmente ventajosa de la invención, el usuario o propietario del vehículo mantiene una cuenta con el operador del sistema de cobro de peajes, y en esa cuenta se cargan automáticamente los importes de los peajes transmitidos.
Para determinar el importe de peaje de carretera para un vehículo al circular por diferentes áreas de facturación, en una configuración especialmente ventajosa de la invención se almacena información sobre los límites de al menos un área local de peaje y, al aproximarse al límite de dicha área local, en caso necesario la central del operador transmite y almacena en el aparato del vehículo los datos operativos que falten sobre el área de facturación colindante.
El aparato situado en el vehículo calcula el importe del peaje conforme a las condiciones de la nueva área de facturación, y los peajes calculados se transmiten a la central del operador de la nueva área. Pero sólo se liquidan dichos peajes si el operador del sistema local de facturación de peajes confirma que asume la deuda del propietario del vehículo.
A continuación se describe la invención con ayuda de gráficos, que muestran:
Fig. 1 Representación esquemática de un sistema de cobro automático de peajes y sus intercambios externos de datos;
Fig. 2 Representación esquemática de un sistema de cobro automático de peajes y sus intercambios internos de datos;
Fig. 3 Representación esquemática de las funciones y componentes esenciales del aparato del vehículo;
Fig. 4 Representación esquemática del funcionamiento del aparato del vehículo;
Fig. 5 Representación esquemática de diferentes áreas de facturación.
En la siguiente descripción, por peaje se ha de entender los derechos que se debe abonar por la utilización de una carretera. Por sistema de cobro de peajes o sistema de recaudación de peajes se ha de entender un sistema de recaudación de peajes de carretera.
Como se observa en la figura 1, un sistema de cobro automático de peajes 1 comprende una central del operador de aparatos para vehículos 2, los correspondientes aparatos de los vehículos 3, una administración de datos de recaudación 4 y balizas de apoyo 5. Un componente característico del sistema de cobro automático de peajes 1 es el apartado situado en el vehículo 3. Este aparato realiza de forma autónoma todas las funciones (como el reconocimiento de los tramos de peaje, el cálculo del importe del peaje y la transmisión de los datos de recaudación) necesarios para la recaudación de los peajes. En los talleres autorizados de servicio técnico 9 se equipa a los vehículos de los abonados al sistema de cobro automático de peajes 1 con los correspondientes aparatos 3. Al instalarse un aparato 3 en el vehículo, se cargan en él los datos operativos (mapa de carreteras con puntos de reconocimiento y modelo tarifario) y los datos del vehículo. En caso necesario, se pueden actualizar dichos datos (de forma ventajosa, mediante telefonía móvil, GSM) . Con ayuda de dichos datos, el aparato del vehículo 3 reconoce por sí solo si se encuentra en un tramo de peaje y en cuál. Calcula el importe del peaje partiendo de los parámetros del vehículo y de la tarifa y teniendo en cuenta los kilómetros recorridos en los tramos de peaje, y... [Seguir leyendo]
Reivindicaciones:
1. Procedimiento para recaudar los peajes de carretera mediante un sistema de peaje (1) con un aparato del vehículo (3) que determina el importe del peaje de carretera para un vehículo dentro de un área de facturación (13, 14) , con:
transmisión, en caso necesario, de los datos precisos para determinar el importe del peaje de carretera, desde una central del operador (2) hasta el aparato del vehículo (3) mediante un dispositivo de comunicación (3.3) ; determinación continua de los peajes parciales devengados por cada tramo de carretera recorrido, mediante el aparato del vehículo (3) ; determinación del peaje total para una ruta mediante la suma de los peajes parciales por el aparato del vehículo (3) ; transmisión, cuando se cumplen los criterios establecidos, del peaje total determinado hasta ese momento, mediante el dispositivo de comunicación (3.3) , a la central del operador (2) , para la liquidación por el aparato del vehículo (3) , caracterizado por:
la operación de un sistema de peaje (1) por un operador (15) en un área de facturación (14) ; la operación de un sistema de peaje de otro operador (17) por un operador diferente (16) en un área de facturación (13) diferente del área de facturación (13) ; la consecución de una interoperabilidad técnica el aparato del vehículo (3) para su uso en el área de facturación diferente (13) mediante la integración de una interfaz DSRC en el aparato del vehículo (3) y la utilización de ISO ENV 14906 EFC para ayudar a la realización de todas las transacciones por medio de las balizas; el uso de al menos una tarjeta inteligente (3) como módulo de seguridad en el aparato del vehículo (3) ; la descarga, mediante una transmisión posterior segura, de controladores y aplicaciones a través de distintos canales de comunicación en el aparato del vehículo (3) , a fin de conseguir una capacidad de múltiples aplicaciones y poder participar en el sistema de peaje del otro operador; la definición y ejecución de modificaciones y ampliaciones de manera uniforme por medio de una interfaz interna definida del aparato del vehículo (3) entre las aplicaciones y las funciones básicas de éste, y -la realización de transacciones entre el aparato del vehículo (3) y otras centrales a través de redes de TCP/IP-PPP como procedimiento establecido para un servicio de GSM, en que, cuando el otro operador (16) recauda el peaje de carretera en una nueva área de facturación (13) , el aparato del vehículo (3) calcula el importe del peaje conforme a las condiciones del sistema de peaje del otro operador (17) y sólo se permite la liquidación automática si el operador (15) del sistema de peaje (1) confirma que asume la deuda del propietario del vehículo (10) .
2. Procedimiento conforme a la reivindicación 1, caracterizado por:
el cumplimiento de los criterios establecidos cuando se alcanza o supera un valor o cuando la central del operador (2) solicita los datos y/o cuando el usuario (10) acciona manualmente la transmisión de datos y/o cuando se circula por ciertos puntos de la red viaria, y dicho valor se corresponde con un determinado importe y/o un determinado período de tiempo y/o una determinada distancia recorrida desde el último momento de la transmisión de datos.
3. Procedimiento conforme a alguna de las reivindicaciones 1 o 2, caracterizado por:
que un usuario o propietario del vehículo (10) mantiene una cuenta con el operador (15) del sistema de peaje (1) , donde pueden cargarse automáticamente los importes de peaje transmitidos.
4. Procedimiento conforme a alguna de las reivindicaciones anteriores, caracterizado por:
que la determinación del importe del peaje devengado para un vehículo al circular por el área de facturación diferente (13, 14) la realiza un mismo y único aparato del vehículo (3) .
5. Procedimiento conforme a alguna de las reivindicaciones anteriores, caracterizado por:
que en el aparato del vehículo (3) se almacena información sobre los límites (18) de al menos un área local de peaje (14) y, al aproximarse al límite (18) del área de facturación (14) , el aparato del vehículo (3) , en caso necesario, solicita los datos operativos que falten sobre el área de facturación colindante (13) a la central del operador (2) , y los datos operativos solicitados son transmitidos por la central del operador (2) al aparato del vehículo (3) mediante el dispositivo de comunicación (3.3) y se almacenan en el aparato del vehículo (3) .
6. Procedimiento conforme a la reivindicación 1, caracterizado por: que, al traspasarse un límite (18) entre las dos áreas de facturación (13, 14) , la determinación del importe del peaje se realiza con arreglo a las condiciones de la nueva área de facturación (13, 14) .
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