Dispositivo de radiación para irradiar la piel humana.

Dispositivo de radiación (1) con al menos una lámpara de radiación (9) para irradiar la piel humana con radiación al menos en el intervalo de la luz roja,

estando configurada la lámpara de radiación (9) como lámpara de descarga de gas de alta presión o máxima presión, estando previsto un dispositivo de filtrado (10) para filtrar la radiación emitida por la lámpara de radiación (9) y filtrando el dispositivo de filtrado (10) la radiación de la lámpara 5 de radiación (9) en el intervalo de longitud de onda menor que 550 nm, caracterizado porque la potencia de radiación de la radiación filtrada de una lámpara de radiación (9), medida a la distancia de más de 30 cm de la lámpara de radiación (9), es mayor que 450 W/m2.

Tipo: Patente Europea. Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: E10002694.

Solicitante: SP-GmbH & Co. KG.

Nacionalidad solicitante: Alemania.

Dirección: Carl-Friedrich-Gauss-Strasse 11 50259 Pulheim ALEMANIA.

Inventor/es: MULLER, WOLFGANG.

Fecha de Publicación: .

Clasificación Internacional de Patentes:

  • A61N5/06 NECESIDADES CORRIENTES DE LA VIDA.A61 CIENCIAS MEDICAS O VETERINARIAS; HIGIENE.A61N ELECTROTERAPIA; MAGNETOTERAPIA; RADIOTERAPIA; TERAPIA POR ULTRASONIDOS (medida de corrientes bioeléctricas A61B; instrumentos quirúrgicos, dispositivos o métodos para transferir formas no mecánicas de energía hacia o desde el cuerpo A61B 18/00; aparatos de anestesia en general A61M; lámparas incandescentes H01K; radiadores de infrarrojos utilizados como calefactores H05B). › A61N 5/00 Radioterapia (dispositivos o aparatos aplicables a la vez a la terapia y al diagnóstico A61B 6/00; aplicación de material radiactivo al cuerpo A61M 36/00). › utilizando radiación luminosa (A61N 5/01 tiene prioridad).
  • H01J61/82 ELECTRICIDAD.H01 ELEMENTOS ELECTRICOS BASICOS.H01J TUBOS DE DESCARGA ELECTRICA O LAMPARAS DE DESCARGA ELECTRICA (espinterómetros H01T; lámparas de arco, con electrodos consumibles H05B; aceleradores de partículas H05H). › H01J 61/00 Lámparas de descarga de gas o vapor (lámparas de arco con electrodos consumibles H05B; lámparas electroluminiscentes H05B). › Lámparas con descarga confinada a alta presión.

PDF original: ES-2380890_T3.pdf

 

Dispositivo de radiación para irradiar la piel humana.

Fragmento de la descripción:

Dispositivo de radiación para irradiar la piel humana La invención se refiere a un dispositivo de radiación según el preámbulo de la reivindicación 1.

Es conocido que determinadas células de la piel se pueden estimular para una mayor formación de colágeno y elastina, así como para la formación de enzimas responsables en gran medida de las estructuras de la piel. Esto se logra con el uso de aparatos para el cuidado de la piel por medio de ondas luminosas en el intervalo de 550 a 700 nm. Este proceso tiene lugar debido a la estimulación de las paredes de los vasos sanguíneos en la piel y provoca una oxigenación, así como una mejor desintoxicación de la piel. La hidratación aumenta y mejora la capacidad de la piel de retener la humedad. El aumento de la actividad celular y la reparación, así como la renovación natural mejorada de la célula dan como resultado una piel sana.

Para reproducir este efecto en un banco solar es conocido el uso de lámparas de baja presión en aparatos de radiación UV, estando configuradas estas lámparas de modo que presentan un espectro tal que se producen porcentajes muy bajos de radiación en el intervalo de UV, pero porcentajes predominantes en el intervalo de infrarrojos de entre 600 y 650 nm.

Sin embargo, en las investigaciones realizadas con las lámparas de baja presión conocidas se comprobó que no se obtienen finalmente resultados significativos que proporcionen el efecto de mejora de la piel mencionado arriba. Se comprobó además que en el caso de aparatos de radiación sobre la base de la técnica de las lámparas de baja presión se crea un problema por el hecho de que estas lámparas no emiten suficiente calor, resultando problemático así el aspecto relativo al confort durante el uso.

Del documento WO 97/20596 A1 ya se conoce un dispositivo de radiación terapéutico para irradiar la piel humana. El dispositivo conocido presenta una pluralidad de filtros que dejan pasar la radiación en el intervalo de longitud de onda de entre 600 y 700 nm.

Por tanto, es objetivo de la presente invención proporcionar un dispositivo de radiación del tipo mencionado al inicio, con el que se obtengan efectos de mejora de la piel y proporcione al usuario una sensación de confort durante el uso.

El objetivo mencionado arriba se consigue según la invención mediante las características de la reivindicación 1.

En relación con la presente invención se comprobó que los efectos de mejora de la piel no se producen al usarse la técnica de las lámparas de baja presión, porque aunque las lámparas conocidas emiten radiación en el intervalo de longitud de onda de entre 550 nm y 700 nm, estas lámparas sólo tienen en total valores de potencia de 70 a 110 W/m2. En relación con la presente invención se observó que los efectos de mejora de la piel, mencionados al inicio, se obtienen finalmente en el intervalo de longitud de onda de entre 550 nm y 700 nm si la potencia de radiación en el intervalo de onda mencionado es mayor que 450 W/m2. Esta potencia de radiación se refiere a una distancia de al menos 30 cm o más de la respectiva lámpara. La potencia mencionada antes se puede obtener sin problemas con una lámpara de descarga de gas de alta presión o máxima presión. Como las lámparas del tipo mencionado antes funcionan a alta temperatura, se puede garantizar también una generación suficiente de calor durante el uso, cumpliéndose así el aspecto relativo al confort del usuario. Como las lámparas de descarga de gas producen usualmente debido a los gases o las cargas existentes en la lámpara un espectro que presenta picos claros de radiación también por debajo de 550 nm, está previsto con preferencia un dispositivo de filtrado correspondiente a fin de excluir las influencias en especial de la radiación UV.

En relación con la presente invención resulta especialmente ventajoso que la lámpara de radiación esté prevista en un dispositivo reflector, al que está asignado un dispositivo de refrigeración. A este respecto, el dispositivo reflector presenta un reflector, en el que está dispuesta la lámpara de radiación. Además, el dispositivo reflector presenta preferentemente también el dispositivo de filtrado.

La ventaja de la presente invención radica en que el dispositivo reflector, según la invención, puede corresponder en forma y tamaño básicamente a un dispositivo reflector usado en el estado de la técnica en bancos solares para el bronceado facial. El dispositivo reflector conocido para el bronceado facial se puede sustituir sin problemas por un dispositivo reflector según la invención. Esto permite el reequipamiento según la invención de bancos solares de UV. En relación con el reequipamiento del dispositivo reflector se deberán sustituir preferentemente también las lámparas de baja presión de UV, existentes en los bancos solares, por las lámparas de baja presión mencionadas al inicio que irradian de todos modos en el intervalo de longitud de onda de la luz roja.

A fin de aprovechar lo mejor posible el efecto de mejora de la piel según la invención se deberá producir preferentemente menos de 20%, con preferencia menos de 15% y en especial menos de 10% de la radiación filtrada en el intervalo de longitud de onda inferior a 550 nm. De este modo, la mayor parte de la radiación se puede concentrar en el intervalo de longitud de onda de entre 550 nm y 700 nm.

El dispositivo de filtrado del dispositivo reflector, según la invención, está configurado preferentemente de modo que después del filtrado, más de 50%, con preferencia más de 70% y en especial más de 80% de la potencia de radiación de la radiación filtrada se produce en el intervalo de longitud de onda superior a 500 nm. Se prefiere que no se produzca radiación UV o sólo se produzca en una escala muy pequeña (en todo caso menor que 5%) . Se logra otra optimización de la potencia de radiación en el intervalo de longitud de onda, preferido según la invención, al filtrar el dispositivo de filtrado la radiación de la lámpara de radiación en el intervalo de longitud de onda inferior a 570 nm y/o superior a 750 nm, con preferencia superior a 700 nm.

En relación con la presente invención se ha comprobado además que se logran efectos de mejora de la piel especialmente buenos si la potencia de radiación de la radiación filtrada de una lámpara de radiación (medida a la distancia de más de 30 cm de la lámpara de radiación, en particular a la distancia de 40 cm aproximadamente de la lámpara de radiación) es continuamente, es decir, sin interrupción, a) mayor que 2 W/m2 en el intervalo de longitud de onda de 600 nm a 670 nm y/o b) mayor que 4 W/m2 en el intervalo de longitud de onda de 600 nm a 660 nm y/o c) mayor que 6 W/m2 en el intervalo de longitud de onda de 600 nm a 630 nm y/o d) mayor que 8 W/m2 en el intervalo de longitud de onda de 600 nm a 620 nm y/o e) mayor que 10 W/m2 en el intervalo de longitud de onda de 600 nm a 615 nm y/o f) mayor que 12 W/m2 en el intervalo de longitud de onda de 600 nm a 610 nm y/o g) mayor que 14 W/m2 en el intervalo de longitud de onda de 600 nm a 605 nm y/o h) mayor que 16 W/m2 en el intervalo de longitud de onda de 600 nm a 604 nm y/o i) mayor que 17 W/m2 en el intervalo de longitud de onda de 600 nm a 603 nm.

Los datos de potencia siguientes se refieren siempre a la potencia de radiación filtrada que se ha medido a una distancia de al menos 30 cm de la lámpara de radiación, en particular a una distancia de 40 cm aproximadamente de la lámpara de radiación.

En el caso de este tipo de distribución de la potencia de radiación en el intervalo de longitud de onda relevante de entre 590 y 700 nm, la potencia de radiación es mayor que 500 W/m2, con preferencia mayor que 700 W/m2 y en especial mayor que 800 W/m2. En una forma de realización especialmente preferida se obtuvo en el intervalo de entre 590 nm y 700 nm aproximadamente 900 W/m2 de potencia de radiación. En el caso de una potencia de este tipo en el intervalo de longitud de onda mencionado se pudieron observar efectos considerables de mejora de la piel.

En relación con la presente invención está previsto que el dispositivo de filtrado presente al menos una placa de filtrado que filtra una radiación en el intervalo de longitud de onda de entre 550 nm, con preferencia hasta 570 nm y en especial hasta 580 nm. Los intervalos de longitud de onda, mencionados antes, no excluyen que pueda estar previsto un filtrado básicamente también en el intervalo por encima de 580 nm y/o por debajo de 600 nm. Por filtrado se entiende aquí un bloqueo o reflexión de la... [Seguir leyendo]

 


Reivindicaciones:

1. Dispositivo de radiación (1) con al menos una lámpara de radiación (9) para irradiar la piel humana con radiación al menos en el intervalo de la luz roja, estando configurada la lámpara de radiación (9) como lámpara de descarga de gas de alta presión o máxima presión, estando previsto un dispositivo de filtrado (10) para filtrar la radiación emitida por la lámpara de radiación (9) y filtrando el dispositivo de filtrado (10) la radiación de la lámpara de radiación (9) en el intervalo de longitud de onda menor que 550 nm, caracterizado porque la potencia de radiación de la radiación filtrada de una lámpara de radiación (9) , medida a la distancia de más de 30 cm de la lámpara de radiación (9) , es mayor que 450 W/m2.

2. Dispositivo de radiación según la reivindicación 1, caracterizado porque están previstos al menos un dispositivo reflector (7) que presenta un reflector (8) y un dispositivo de refrigeración asignado al dispositivo reflector (7) , estando dispuesta la lámpara de radiación (9) en la zona del reflector (8) .

3. Dispositivo de radiación según la reivindicación 1 ó 2, caracterizado porque después del filtrado, más de 50%, con preferencia más de 70% y en especial más de 80% de la potencia de radiación de la radiación filtrada se produce en el intervalo de longitud de onda superior a 550 nm.

4. Dispositivo de radiación según una de las reivindicaciones precedentes, caracterizado porque menos de 20%, con preferencia menos de 15% y en especial menos de 10% de la radiación filtrada se produce en el intervalo de longitud de onda inferior a 550 nm.

5. Dispositivo de radiación según una de las reivindicaciones precedentes, caracterizado porque el dispositivo de filtrado (10) filtra la radiación de la lámpara de radiación (9) en el intervalo de longitud de onda inferior a 570 nm y/o superior a 750 nm, con preferencia superior a 710 nm y en especial superior a 700 nm.

6. Dispositivo de radiación según una de las reivindicaciones precedentes, caracterizado porque la potencia de radiación de la radiación filtrada de una lámpara de radiación (9) , medida a la distancia de más de 30 cm de la lámpara de radiación (9) , es continuamente

a) mayor que 2 W/m2 en el intervalo de longitud de onda de 600 nm a 670 nm y/o b) mayor que 4 W/m2 en el intervalo de longitud de onda de 600 nm a 660 nm y/o c) mayor que 6 W/m2 en el intervalo de longitud de onda de 600 nm a 630 nm y/o d) mayor que 8 W/m2 en el intervalo de longitud de onda de 600 nm a 620 nm y/o e) mayor que 10 W/m2 en el intervalo de longitud de onda de 600 nm a 615 nm y/o f) mayor que 12 W/m2 en el intervalo de longitud de onda de 600 nm a 610 nm y/o g) mayor que 14 W/m2 en el intervalo de longitud de onda de 600 nm a 605 nm y/o h) mayor que 16 W/m2 en el intervalo de longitud de onda de 600 nm a 604 nm y/o i) mayor que 17 W/m2 en el intervalo de longitud de onda de 600 nm a 603 nm.

7. Dispositivo de radiación según una de las reivindicaciones precedentes, caracterizado porque la potencia de radiación de la radiación filtrada de una lámpara de radiación (9) , medida a la distancia de más de 30 cm de la lámpara de radiación (9) , es en el intervalo de longitud de onda de entre 590 nm y 700 nm mayor que 500 W/m2, con preferencia mayor que 700 W/m2 y en especial mayor que 800 W/m2.

8. Dispositivo de radiación según una de las reivindicaciones precedentes, caracterizado porque el dispositivo de filtrado (10) presenta un espejo de filtrado inclinado (15) que transmite y refleja, por lo demás, la radiación en el intervalo de longitud de onda de hasta 550 nm, con preferencia hasta 570 nm y en especial hasta 580 nm y/o en el intervalo de longitud de onda por encima de 710 nm, en especial por encima de 700 nm.

9. Dispositivo de radiación según una de las reivindicaciones precedentes, caracterizado porque el dispositivo de filtrado (10) presenta una placa de filtrado (16, 17) que filtra una radiación en el intervalo de longitud de onda de 550 nm, con preferencia hasta 570 nm y en especial hasta 580 nm.

10. Dispositivo de radiación según una de las reivindicaciones precedentes, caracterizado porque el dispositivo de filtrado (10) presenta otra placa de filtrado (12) que filtra una radiación en el intervalo de longitud de onda por encima de 710 nm, en especial por encima de 700 nm.

11. Dispositivo de radiación según una de las reivindicaciones precedentes, caracterizado porque el reflector (8) transmite y refleja, por lo demás, una radiación en el intervalo de longitud de onda de 550 nm, con preferencia hasta 570 nm y en especial hasta 580 nm y/o en el intervalo de longitud de onda por encima de 700 nm.

12. Dispositivo de radiación según una de las reivindicaciones precedentes, caracterizado porque el dispositivo de radiación (1) está configurado como aparato de túnel con estructura inferior (2) y estructura superior (4) pivotable y articulada a la estructura inferior (2) y porque al menos está previsto un dispositivo reflector (7) en la estructura superior (4) en la zona para la cara (6) .

13. Dispositivo de radiación según una de las reivindicaciones precedentes, caracterizado porque el dispositivo reflector (7) está separado mediante un espacio de ventilación (12) de una placa de protección (11) permeable a la radiación y porque está previsto otro dispositivo de refrigeración para el paso de un medio refrigerante a través del espacio de ventilación (12) .

14. Dispositivo de radiación según una de las reivindicaciones precedentes, caracterizado porque está previsto un aparato de conexión regulable o no regulable, en especial magnético o electrónico, y porque preferentemente la lámpara de radiación (9) es regulable en intensidad mediante el aparato de conexión.

15. Dispositivo de radiación según una de las reivindicaciones precedentes, caracterizado porque el gas de llenado de la lámpara de radiación (9) presenta mercurio y/o xenón y/o yoduro de sodio y/o yoduro de escandio.


 

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