DISPOSITVO Y PROCEDIMIENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE UN ASCENSOR.
Procedimiento para el funcionamiento de un ascensor, donde, en el servicio normal,
se impide el desplazamiento (S300) si se comprueba que la carga del ascensor (L) sobrepasa un valor límite básico (G1), y donde se cambia a un modo de situación especial si se comprueba que existe una situación especial, en particular una situación de evacuación o una situación de tráfico punta,caracterizado porque, en el modo de situación especial, el servicio de desplazamiento (S300) se impide si se comprueba que la carga del ascensor (L) sobrepasa un segundo valor límite (G2), que es más alto que el valor límite básico (G1)
Tipo: Patente Internacional (Tratado de Cooperación de Patentes). Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: PCT/EP2008/058567.
B66B5/02TECNICAS INDUSTRIALES DIVERSAS; TRANSPORTES. › B66ELEVACION; LEVANTAMIENTO; REMOLCADO. › B66B ASCENSORES; ESCALERAS O PASILLOS MECANICOS (dispositivos salvavidas utilizados como alternativa a los medios de salida normales, p. ej. escaleras, durante el rescate, para hacer descender a las personas de los edificios u otras estructuras análogas, en jaulas, bolsas, o soportes similares A62B 1/02; equipamiento para la manipulación de cargars o para facilitar el embarque de pasajeros o similar B64D 9/00; dispositivos de frenado o de parada caracterizados por su aplicación a los mecanismos de elevación o izado B66D 5/00). › B66B 5/00 Utilización de dispositivos de verificación, de rectificación de mal funcionamiento, de seguridad en ascensores. › que reaccionan ante condiciones de funcionamiento anormales.
Países PCT: Austria, Bélgica, Suiza, Alemania, Dinamarca, España, Francia, Reino Unido, Grecia, Italia, Liechtensein, Luxemburgo, Países Bajos, Suecia, Mónaco, Portugal, Irlanda, Eslovenia, Finlandia, Rumania, Chipre, Lituania, Letonia, Ex República Yugoslava de Macedonia, Albania.
Dispositivo y procedimiento para el funcionamiento de un ascensor La presente invención se refiere a un dispositivo y a un procedimiento para el funcionamiento de un ascensor con los que, si se comprueba que la carga del ascensor sobrepasa un valor límite, se impide el desplazamiento. Por ejemplo, el documento WO 99/50165 da a conocer un llamado control de sobrecarga. En este caso, la carga del ascensor se registra mediante un sensor de carga. Si la carga sobrepasa un valor límite básico, se impide que se cierren las puertas del ascensor para que no pueda tener lugar ningún desplazamiento. Al mismo tiempo se emite una señal acústica que indica la sobrecarga. Sólo cuando el sensor de carga detecta que la carga del ascensor ya no sobrepasa el valor límite básico, las puertas se cierran y comienza el servicio de desplazamiento, desactivándose la señal de sobrecarga. De este modo se asegura que no se excedan unos valores límite predeterminados para el funcionamiento seguro del ascensor en lo que respecta a la carga de los medios de suspensión, la potencia de operación y de frenado del accionamiento, las fuerzas de frenado y de retención del dispositivo de freno y similares. Por motivos de seguridad, generalmente se eligen valores límite más bien bajos. Para ello, durante el diseño, los valores mecánicos y de operación teóricamente alcanzables se dividen entre factores de seguridad mayores de 1 antes de compararlos con las cargas máximas presentes durante el servicio normal. Igualmente, por ejemplo el documento WO 99/50165 arriba mencionado da a conocer la utilización de ascensores también para la evacuación de personas, por ejemplo en caso de incendio o de amenaza de bomba. De este modo, a partir de una altura de edificio determinada se puede llevar a cabo una evacuación, en particular de personas discapacitadas o mayores, más rápidamente que a través de las vías de evacuación convencionales, por ejemplo las escaleras. Así, en caso de edificios extremadamente altos, los ascensores constituyen prácticamente la única posibilidad de evacuar el edificio con suficiente rapidez. Sobre todo en aquellas situaciones en las que el riesgo de un fallo del ascensor a causa de una sobrecarga pasa a segundo plano en comparación con las consecuencias de no evacuar las personas a tiempo, los valores límite elegidos en base al servicio normal, que son intencionadamente bajos por motivos de seguridad, impiden aprovechar toda la capacidad de transporte técnicamente posible del ascensor. Algo similar ocurre en otras situaciones, por ejemplo durante breves situaciones de tráfico punta, en las que los bajos valores límite, razonables para el servicio normal, limitan innecesariamente la capacidad del ascensor. Por consiguiente, la presente invención tiene por objeto aumentar la capacidad de transporte de un ascensor en situaciones especiales. Para resolver este objetivo, se ha perfeccionado un procedimiento de acuerdo con el preámbulo de la reivindicación 1 mediante las características distintivas indicadas en la misma. El objeto se resuelve además mediante un procedimiento para el funcionamiento de un ascensor de acuerdo con la reivindicación 13. La reivindicación 10 protege el dispositivo correspondiente para llevar a cabo un procedimiento según la invención. De acuerdo con la invención, durante el servicio normal se realiza un control de sobrecarga convencional, es decir, se impide el servicio de desplazamiento si se comprueba que la carga del ascensor sobrepasa un valor límite básico. El valor límite básico puede corresponder, en particular, a la llamada carga nominal y se puede comparar por ejemplo con la carga útil actual registrada o con el peso total instantáneo de la cabina del ascensor. Esta carga del ascensor se puede registrar de forma conocida en sí, por ejemplo mediante un dispositivo dinamométrico en un medio de suspensión, en la cabina de ascensor, en un accionamiento del ascensor y/o en un dispositivo de freno del ascensor. Cuando se comprueba que existe una situación especial, se conmuta a un modo de situación especial. Esta situación especial se puede producir sobre todo si se debe evacuarse el edificio al que da servicio el ascensor. Esta situación se puede registrar, por ejemplo, mediante una alarma de evacuación, que puede ser disparada por ejemplo de forma manual a través de los conmutadores de emergencia correspondientes y/o automáticamente, por ejemplo a través de sistemas de detección de incendios, sistemas de detección de seísmos o similares. Adicional o alternativamente, una situación especial en el sentido de la presente invención también puede consistir por ejemplo en una situación de tráfico punta en la que, preferentemente durante un período breve, se requieren capacidades de transporte claramente superiores a la media. Una situación especial en el sentido de la presente invención puede consistir principalmente en una, así llamada, punta de tráfico descendente, en la que se ha de transportar en sentido descendente una carga útil extraordinariamente grande, ya que en este caso la solicitación es menor, principalmente para el accionamiento. 2 ES 2 367 831 T3 No obstante también se pueden concebir otras situaciones especiales, por lo que la presente invención no se limita a situaciones de evacuación y tráfico punta. De acuerdo con la invención, en el modo de situación especial está previsto que el valor límite que al ser sobrepasado por la carga del ascensor impide el desplazamiento sea sustituido por un segundo valor límite mayor que el valor límite básico utilizado durante el servicio normal. De este modo, el servicio de desplazamiento del ascensor sólo se impide cuando se sobrepasa el segundo valor límite, que es más alto, de modo que el ascensor puede transportar mayores cargas útiles en cada viaje. Así se aprovechan de forma precisa las reservas mecánicas y de accionamiento que presenta el ascensor debido a su diseño teniendo en cuenta los factores de seguridad. Esto es posible porque, como ya se ha indicado anteriormente, al diseñar ascensores normalmente se tienen en cuenta factores de seguridad relativamente altos, es decir, los ascensores teóricamente pueden funcionar con cargas más altas. Esto permite aumentar la capacidad de transporte, sobre todo en una situación de evacuación, en la que el riesgo de fallo normalmente pasa a segundo plano en comparación con los daños resultantes de no llevar a cabo una evacuación a tiempo. Generalmente los ascensores se diseñan para un servicio normal más frecuente y de larga duración. Sin embargo, en general los componentes del ascensor pueden resistir cargas más altas que sólo se producen en breves momentos o en raras ocasiones. Por ejemplo, la magnitud que establece el límite en los electromotores es el calentamiento en régimen permanente, de modo que éstos pueden producir durante periodos breves rendimientos en parte claramente superiores. Por ello, en una realización preferente de la presente invención, en situaciones de tráfico punta con una demanda extraordinaria de capacidad de transporte también se conmuta al modo de situación especial. La conmutación al modo de situación especial tiene lugar preferentemente de forma automática en cuanto se detecta una situación especial. Adicional o alternativamente, la conmutación al modo de situación especial también puede tener lugar de forma manual, por ejemplo por parte de las fuerzas de intervención en caso de una evacuación. Ventajosamente, el servicio de desplazamiento se impide evitando que se cierre una puerta del ascensor. Los controles de ascensor usuales impiden que la cabina pueda moverse mientras siga abierta una puerta del ascensor. En el caso de las cabinas abiertas, se puede tratar por ejemplo de la puerta de caja en un piso en el que la cabina del ascensor esté parada en ese momento. En caso de cabinas cerradas con puertas de cabina, el servicio de desplazamiento se puede impedir mientras estén abiertas una o más puertas de la cabina y/o una o más puertas de la caja del ascensor. Adicional o alternativamente, el servicio de desplazamiento también se puede impedir de otro modo, por ejemplo mediante el bloqueo directo de un dispositivo de freno, parada y/o accionamiento. Preferentemente se emite una segunda señal cuando se impide el servicio de desplazamiento, ya que la carga del ascensor sobrepasa el valor límite, es decir, en el servicio normal el valor límite básico y en el modo de situación especial el segundo valor límite. Esta señal puede ser igualmente visual, acústica o perceptible de otro modo e indica a las personas que ya se encuentran dentro de la cabina de ascensor y/o a las personas que llegan a ella que ya se ha sobrepasado la carga admisible del ascensor y que el servicio de desplazamiento no podrá tener lugar hasta que la carga del ascensor haya disminuido a un... [Seguir leyendo]
Reivindicaciones:
1. Procedimiento para el funcionamiento de un ascensor, donde, en el servicio normal, se impide el desplazamiento (S300) si se comprueba que la carga del ascensor (L) sobrepasa un valor límite básico (G1), y donde se cambia a un modo de situación especial si se comprueba que existe una situación especial, en particular una situación de evacuación o una situación de tráfico punta,caracterizado porque, en el modo de situación especial, el servicio de desplazamiento (S300) se impide si se comprueba que la carga del ascensor (L) sobrepasa un segundo valor límite (G2), que es más alto que el valor límite básico (G1). 2. Procedimiento según la reivindicación 1, caracterizado porque el servicio de desplazamiento se impide evitando el cierre de una puerta del ascensor, en particular una puerta de la cabina del ascensor y/o una puerta de la caja del ascensor. 3. Procedimiento según cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizado porque cuando se impide el servicio de desplazamiento (S300) se emite una segunda señal (SGNL 2) (S310). 4. Procedimiento según cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizado porque, en el modo de situación especial, se emite una primera señal (SGNL 1) (S210) si se comprueba que la carga del ascensor (L) sobrepasa un tercer valor límite (G3). 5. Procedimiento según cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizado porque, en el modo de situación especial, el ascensor funciona en un primer modo de servicio (MODE 1) diferente del servicio normal si se comprueba que la carga del ascensor (L) sobrepasa un tercer valor límite (G3). 6. Procedimiento según la reivindicación 4 ó 5, caracterizado porque el tercer valor límite (G3) es mayor o igual que el valor límite básico (G1) y menor que el segundo valor límite (G2) (G2 > G3 G1). 7. Procedimiento según cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizado porque, en el modo de situación especial, el cierre de una puerta del ascensor se inicia (S250) cuando se recibe una orden de marcha y/o cuando se comprueba que la carga del ascensor (L) sobrepasa un cuarto valor límite (G4), iniciándose dicho cierre aunque un control del espacio de puerta detecte un obstáculo en el espacio de la puerta. 8. Procedimiento según cualquiera de las reivindicaciones anteriores, caracterizado porque, en el modo de situación especial, el ascensor funciona en un segundo modo de servicio (MODE 2), diferente del servicio normal, si se comprueba que la carga del ascensor (L) sobrepasa un cuarto valor límite (G4). 9. Procedimiento según la reivindicación 7 u 8, caracterizado porque el cuarto valor límite (G4) es mayor o igual que el valor límite básico (G1) y menor que el segundo valor límite (G2) (G2 > G4 G1). 10. Dispositivo para el funcionamiento de un ascensor para llevar a cabo un procedimiento según cualquiera de las reivindicaciones anteriores, con un dispositivo de registro de carga para registrar la carga de ascensor (L); un dispositivo de conmutación para conmutar a un modo de situación especial si se comprueba que existe una situación especial, en particular una situación de evacuación o una situación de tráfico punta; y un dispositivo para impedir el desplazamiento si se comprueba que la carga del ascensor (L) sobrepasa un valor límite momentáneamente asignado; caracterizado porque el dispositivo incluye un dispositivo de selección de valores límite que, en el servicio normal, elige el valor límite básico (G1) y, en el modo de situación especial, elige el segundo valor límite (G2), más alto, como valor límite para impedir el servicio de desplazamiento. 11. Dispositivo según la reivindicación 10, caracterizado porque incluye un dispositivo de emisión de señales que emite una segunda señal (SGNL 2) cuando se impide el servicio de desplazamiento. 12. Dispositivo según una de las reivindicaciones anteriores 10 a 11, caracterizado porque incluye un dispositivo de selección de modos de servicio que, en el modo de situación especial, puede activar un modo de servicio (MODE 1, MODE 2) diferente del servicio normal. 13. Procedimiento para el funcionamiento de un ascensor, en particular según una de las reivindicaciones 1 - 9, donde el servicio de desplazamiento se impide si se comprueba que la carga del ascensor (L) sobrepasa un valor límite. 9 ES 2 367 831 T3
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