Redirección de servicio a partir de una arquitectura de control de política y tarificación.

Un método de autorización de un servicio con una arquitectura de Control de Política y Tarificación "PCC",

el método que comprende los pasos de:

- tras el establecimiento (S-100) o modificación de una sesión de Red de Acceso de Conectividad IP "IP-CAN" con un equipo de usuario "UE" (3), un dispositivo de Función de Aplicación de Política y Tarificación "PCEF" (2) que solicita (S-105) reglas de control a un servidor de Función de Reglas de Control de Política y Tarificación "PCRF" (1);

- determinar (S 10 -110) en el servidor de PCRF reglas de control a ser aplicadas sobre una base por servicio para la sesión de IP-CAN;

- determinar (S-115) en el servidor de PCRF, en base a criterios de política de redirección, aquellos servicios para los que se requiere una redirección;

- presentar (S-120) desde el servidor de PCRF al dispositivo de PCEF las reglas de control y la información de redirección sobre una base por servicio, en donde la información de redirección sobre una base por servicio incluye un identificador de redirección de servicio que indica dónde va a ser redirigido el UE para el servicio;

- instalar (S-125) en el dispositivo de PCEF las reglas de control recibidas y la información de redirección sobre una base por servicio;

- tras una primera solicitud de servicio (S-130, S-170) desde el UE para un servicio identificado por un identificador de destino de servicio, el dispositivo de PCEF que determina (S-135, S-175) que el servicio requiere redirección y devolver (S-140, S-180) hacia el UE un mensaje de redirección con el identificador de redirección de servicio y el identificador de destino de servicio;

- tras la terminación (S-150, S-190) de redirección de servicio, la primera solicitud de servicio para el servicio identificado por el identificador de destino de servicio que alcanza (S-155, S-205) de nuevo el dispositivo de PCEF;

- verificar (S-160, S-210) en el dispositivo de PCEF que se puede autorizar el servicio identificado por el identificador de destino de servicio; y

- presentar (S-165, S-215) un mensaje de asignación de servicio para la primera solicitud de servicio desde el dispositivo de PCEF hacia el servidor de servicio (5) que maneja el servicio identificado por el identificador de destino de servicio.

Tipo: Patente Internacional (Tratado de Cooperación de Patentes). Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: PCT/EP2010/067548.

Solicitante: TELEFONAKTIEBOLAGET L M ERICSSON (PUBL).

Nacionalidad solicitante: Suecia.

Dirección: 164 83 STOCKHOLM SUECIA.

Inventor/es: LOPEZ NIETO, ANA MARIA, CASTRO-CASTRO,FABIAN, MARTIN CABELLO,IRENE.

Fecha de Publicación: .

Clasificación Internacional de Patentes:

  • H04L12/14 ELECTRICIDAD.H04 TECNICA DE LAS COMUNICACIONES ELECTRICAS.H04L TRANSMISION DE INFORMACION DIGITAL, p. ej. COMUNICACION TELEGRAFICA (disposiciones comunes a las comunicaciones telegráficas y telefónicas H04M). › H04L 12/00 Redes de datos de conmutación (interconexión o transferencia de información o de otras señales entre memorias, dispositivos de entrada/salida o unidades de tratamiento G06F 13/00). › Disposiciones para el cobro.

PDF original: ES-2535112_T3.pdf

 


Fragmento de la descripción:

Redirección de servicio a partir de una arquitectura de control de política y tarificación CAMPO TÉCNICO

La presente invención se refiere de manera general a autorización de servicios en una arquitectura de Control de Política y Tarificación. Más particularmente, la invención pertenece a autorización de servicios que requieren una redirección.

ANTECEDENTES

La funcionalidad de Control de Política y Tarificación (en lo sucesivo PCC) se despliega en la TS 23.23 del 3GPP para dominio de Paquetes Conmutados de 3GPP Evolucionado, incluyendo tanto accesos 3GPP (GERAN/UTRAN/E-UTRAN) como accesos no 3GPP.

La arquitectura de PCC incluye, entre otras entidades, una Función de Reglas de Control de Política y Tarificación (en lo sucesivo PCRF) a cargo de funcionalidades de decisión de control de política y control de tarificación basadas en flujo, así como a cargo de provisión de reglas de PCC a ser aplicadas a la capa de portador; una Función de Aplicación de Política y Tarificación (en lo sucesivo PCEF) a cargo de detección de flujo de datos de servicio en base a filtros incluidos en las reglas de PCC recibidas desde la PCRF, así como a cargo de aplicación de reglas de PCC en la capa de portador; y una Función de Aplicación (en lo sucesivo AF) para ofrecer aplicaciones (en las que se solicita el servicio en una capa de señalización siempre que se entrega en una capa de portador), el control de recursos de portador IP según lo que se ha negociado. Esta AF transfiere información de sesión dinámica a la PCRF, esto es descripción de los medios a ser entregados en la capa de portador.

Con respecto a la comunicación entre las entidades de PCC anteriores, como se describe en la TS 23.23 del 3GPP, la PCRF y PCEF comunican a través de una denominada interfaz Gx, mientras que la PCRF y AF comunican a través de una denominada interfaz Rx. En particular, la PCRF proporciona de esta manera reglas de control a la PCEF a través de esta Interfaz Gx, mientras que la AF proporciona la descripción de los medios a ser entregados en la capa de portador a la PCRF a través de esta interfaz Rx.

Con respecto a las reglas de control presentadas desde la PCRF a la PCEF, estas reglas de control incluyen, aunque no están limitadas a, aquellas reglas de PCC descritas en la TS 23.23 del 3GPP y se pueden proporcionar tras el establecimiento o modificación de una sesión de Red de Acceso de Conectividad IP (en lo sucesivo IP-CAN).

Además, estas reglas de control se determinan o generan por la PCRF en base a: información obtenida a partir de la AF a través del punto de referencia Rx, por ejemplo, la descripción de los medios comentados anteriormente, datos de sesión e información relacionada con el abonado; Información obtenida a partir de la PCEF a través de la Interfaz Gx, por ejemplo atributos de portador de IP-CAN, tipo de solicitud, Información relacionada con el abonado e información de ubicación; información obtenida desde un Repositorio de Perfil de Suscripción (en lo sucesivo SPR) a través de una denominada interfaz Sp, por ejemplo, datos relacionados con el abonado y servicio; y otra información configurada localmente en la PCRF.

Con respecto a la descripción de los medios a ser entregados en la capa de portador, que se proporcionan desde la AF a la PCRF, la descripción de los medios puede Incluir uno o más componentes de medios. Un componente de medios se puede considerar como una parte de una Información de transporte de sesión de AF acerca de los medios, tal como tipo de medios, formato, dirección IP, puerto(s), protocolo de transporte, ancho de banda y dirección. A este respecto, los medios descritos por un componente de medios pueden ser o bien bldlrecclonales o bien unidireccionales. Por otra parte, los medios que usan el denominado Protocolo de Transporte en Tiempo Real (en lo sucesivo RTP) para transporte también pueden tener asociado un RTCP. Si es así, el componente de medios también transporta información acerca del Protocolo de Control de RTP (en lo sucesivo RTCP), tal como puerto y posiblemente ancho de banda. Además, cada componente de medios puede incluir subcomponentes de medios, en donde cada subcomponente de medios se puede considerar como una parte de un componente de medios que describe un flujo IP bidireccional o unidireccional.

En la actualidad, se han desarrollado una enorme variedad de Servicios de Internet en donde un usuario que accede a un sitio de servicio particular se redirige hacia un sitio o portal web de servicio diferente. En particular, se puede redirigir algún tráfico iniciado por el usuario a una página de información, donde los usuarios pueden ser informados acerca de su uso actual o acerca de un cambio de tarifa debido a itinerancia o debido a que el usuario está fuera de su intervalo de tiempo. Además, se podría solicitar realizar acciones tales como confirmación o aceptación de nuevas condiciones, comprar un cupón, etc. Por ejemplo, la WO-21/1128-A1 enseña un sistema en donde una PCRF y/o un OCS de una arquitectura de PCC pueden forzar la redirección de sesiones de usuario a un portal web para que el usuario sea informado de una degradación de la Calidad de Servicio y/o para comprar más crédito. También por ejemplo, la WO-28/133561-A1 enseña un sistema en donde una PCEF puede redirigir solicitudes de servicio no autorizadas a una función a cargo de notificar al usuario las razones para denegar dichas solicitudes de servicio.

No obstante, los procedimientos de PCC actuales y los elementos arquitectónicos no están preparados para manejar esta clase de servicios de redirección y de esta manera hay una necesidad de determinar en la arquitectura de PCC qué servicios requieren una redirección y se puede considerar que son servicios de redirección, qué políticas aplicar y cómo tarificar adecuadamente tales servicios de redirección; y, más específicamente, en aquellos escenarios donde una autorización de servicio eficaz depende de acciones llevadas a cabo durante la redirección.

COMPENDIO

La presente invención está dirigida a superar o, al menos, mitigar los inconvenientes anteriores y proporciona un nuevo servidor de PCRF y un nuevo dispositivo de PCEF dispuestos a soportar redirecciones de servicio y un nuevo método de autorización de una redirección de servicio en una arquitectura de PCC.

Según un primer aspecto de la presente invención, se proporciona un método de autorización de un servicio con una arquitectura de PCC.

Este método comprende los pasos de: tras el establecimiento o modificación de una sesión de IP-CAN con un UE, un dispositivo de PCEF que solicita reglas de control a un servidor de PCRF; determinar en el servidor de PCRF las reglas de control a ser aplicadas sobre una base por servicio para la sesión de IP-CAN; determinar en el servidor de PCRF, en base a los criterios de política de redirección, aquellos servicios para los cuales se requiere una redirección; presentar desde el servidor de PCRF al dispositivo de PCEF las reglas de control y la información de redirección sobre una base por servicio; instalar en el dispositivo de PCEF las reglas de control recibidas y la información de redirección sobre una base por servicio, una aplicación de dichas reglas de control sobre una base por servicio; tras una primera solicitud de servicio desde el UE para un servicio identificado por un identificador de destino de servicio, el dispositivo de PCEF que determina que el servicio requiere redirección y devolver hacia el UE un mensaje de redirección con un identificador de redirección de servicio y el identificador de destino de servicio; tras la terminación de redirección de servicio, la primera solicitud de servicio para el servicio identificado por el identificador de destino de servicio que alcanza de nuevo el dispositivo de PCEF; verificar en el dispositivo de PCEF que se puede autorizar el servicio identificado por el identificador de destino de servicio; y presentar un mensaje de asignación de servicio para la primera solicitud de servicio desde el dispositivo de PCEF hacia un servidor de servicio que maneja el servicio identificado por el identificador de destino de servicio.

En particular, la información de redirección sobre una base por servicio puede incluir un indicador de activación de redirección que indica si la redirección va a ser fijada o no para el servicio y el identificador de redirección de servicio que indica dónde va a ser redirigido el UE para el servicio. Además, donde el identificador de destino de servicio es un URI de destino que dirige el servidor de servicio, el indicador de redirección de servicio puede ser un URI de redirección que dirige un sitio donde va a ser redirigido el UE.

A fin de proporcionar un manejo más autónomo... [Seguir leyendo]

 


Reivindicaciones:

1. Un método de autorización de un servicio con una arquitectura de Control de Política y Tarificación "PCC", el método que comprende los pasos de:

-tras el establecimiento (S-1) o modificación de una sesión de Red de Acceso de Conectividad IP "IP-CAN" con un equipo de usuario "UE" (3), un dispositivo de Función de Aplicación de Política y Tarificación "PCEF" (2) que solicita (S-15) reglas de control a un servidor de Función de Reglas de Control de Política y Tarificación "PCRF" (1);

- determinar (S-11) en el servidor de PCRF reglas de control a ser aplicadas sobre una base por servicio para la sesión de IP-CAN;

- determinar (S-115) en el servidor de PCRF, en base a criterios de política de redirección, aquellos servicios para los que se requiere una redirección;

- presentar (S-12) desde el servidor de PCRF al dispositivo de PCEF las reglas de control y la información de redirección sobre una base por servicio, en donde la Información de redirección sobre una base por servicio incluye un identificador de redirección de servicio que indica dónde va a ser redirigido el UE para el servicio;

- instalar (S-125) en el dispositivo de PCEF las reglas de control recibidas y la información de redirección sobre una base por servicio;

- tras una primera solicitud de servicio (S-13, S-17) desde el UE para un servicio identificado por un identificador de destino de servicio, el dispositivo de PCEF que determina (S-135, S-175) que el servicio requiere redirección y devolver (S-14, S-18) hacia el UE un mensaje de redirección con el identificador de redirección de servicio y el identificador de destino de servicio;

- tras la terminación (S-15, S-19) de redirección de servicio, la primera solicitud de servicio para el servicio identificado por el identificador de destino de servicio que alcanza (S-155, S-25) de nuevo el dispositivo de PCEF;

- verificar (S-16, S-21) en el dispositivo de PCEF que se puede autorizar el servicio identificado por el identificador de destino de servicio; y

- presentar (S-165, S-215) un mensaje de asignación de servicio para la primera solicitud de servicio desde el dispositivo de PCEF hacia el servidor de servicio (5) que maneja el servicio identificado por el identificador de destino de servicio.

2. El método de la reivindicación 1, en donde la información de redirección sobre una base por servicio incluye un indicador de activación de redirección que indica si la redirección va a ser fijada o no para el servicio.

3. El método de la reivindicación 2, en donde el Identificador de destino de servicio es un URI de destino que dirige el servidor de servicio y en donde el identificador de redlrecclón de servicio es un URI de redlrecclón que dirige un sitio (4) en donde va a ser redirigido el UE.

4. El método de la reivindicación 2, en donde la Información de redirección sobre una base por servicio además incluye una expiración de redirección seleccionada a partir de: un valor de tiempo durante el cual tiene lugar la redlrecclón, un evento para el cual se fija o reinicia la redlrección y un indicador de uso único que indica la redlrecclón para la primera solicitud de servicio en la sesión de IP-CAN y ninguna redirección adicional para solicitudes de servicio posteriores en la sesión de IP-CAN.

5. El método de la reivindicación 2, en donde la Información de redirección sobre una base por servicio además incluye al menos uno de: un código de redirección que indica una razón para la redirección y una confirmación de redirección que indica si el servidor de PCRF requiere confirmación cuando se ha aplicado una redirección.

6. El método de la reivindicación 4, en donde la Información de redirección sobre una base por servicio incluye un indicador de uso único y el método además incluye un paso de desactivar (S-22) la redirección después de haber redirigido la primera solicitud de servicio desde el UE para el servicio.

7. El método de la reivindicación 6, en donde tras una segunda solicitud de servicio (S-225) desde el UE para el servicio, el método además incluye un paso de autorización (S-23) del servicio en el dispositivo de PCEF sin redirección y un paso de presentación (S-235) de una asignación de servicio para la segunda solicitud de servicio desde el dispositivo de PCEF hacia el servidor de servicio que maneja el servicio identificado por el identificador de destino de servicio.

8. El método de la reivindicación 1, en donde los criterios de política de redirección incluyen al menos una de las condiciones dinámicas y condiciones de uso.

9. Un dispositivo de Función de Aplicación de Política y Tarificación "PCEF" (2) para aplicar reglas de control aplicables durante una sesión de Red de Acceso de Conectividad IP "IP-CAN" establecida con un equipo de usuario "UE" (3), el dispositivo de PCEF que comprende:

- una unidad de procesamiento (25) dispuesta para determinar un establecimiento o modificación de una sesión de Red de Acceso de Conectividad IP "IP-CAN" con un equipo de usuario "UE" (3);

- una primera unidad de interfaz (35, 45) dispuesta para solicitar reglas de control a un servidor de Función de Reglas de Control de Política y Tarificación "PCRF" (1) a cargo de generar las reglas de control; y dispuesta para recibir las reglas de control y la información de redirección sobre una base por servicio desde el servidor de PCRF, en donde la información de redirección sobre una base por servicio incluye un identificador de redirección de servicio que indica dónde va a ser redirigido el UE para el servicio;

- la unidad de procesamiento dispuesta para instalar las reglas de control recibidas y la información de redirección sobre una base por servicio;

- una segunda unidad de interfaz (35, 55) dispuesta para recibir una solicitud de servicio desde el UE para un servicio identificado por un identificador de destino de servicio;

- la unidad de procesamiento dispuesta para determinar que el servicio requiere redirección y dispuesta para determinar el identificador de redirección de servicio;

- la segunda unidad de interfaz dispuesta para devolver hacia el UE un mensaje de redirección con el identificador de redirección de servicio y con el identificador de destino de servicio; y dispuesta para recibir de nuevo, tras la terminación de la redirección de servicio, la solicitud de servicio para el servicio identificado por el identificador de destino de servicio;

- la unidad de procesamiento dispuesta para verificar que se puede autorizar el servicio identificado por el identificador de destino de servicio; y

- una tercera unidad de interfaz (35, 65) dispuesta para presentar un mensaje de asignación de servicio para la solicitud de servicio hacia un servidor de servicio (5) que maneja el servicio identificado por el identificador de destino de servicio.

1. El dispositivo de PCEF de la reivindicación 9, que además comprende una unidad de almacenamiento (15) dispuesta para almacenar la información de redirección sobre una base por servicio, en donde la información de redirección incluye un indicador de activación de redirección que indica si la redirección va a ser fijada o no para el

servicio.

11. El dispositivo de PCEF de la reivindicación 1, en donde la unidad de almacenamiento (15) está dispuesta para almacenar el identificador de destino de servicio como un URI de destino que dirige el servidor de servicio (5) y para almacenar el identificador de redirección de servicio como un URI de redirección que dirige un sitio (4) donde va a ser redirigido el UE.

12. El dispositivo de PCEF de la reivindicación 1, en donde la unidad de almacenamiento (15) está dispuesta para almacenar la información de redirección sobre una base por servicio, la información de redirección que incluye una expiración de redirección seleccionada a partir de: un valor de tiempo durante el cual tiene lugar la redirección, un evento para el cual se fija o reinicia la redirección y un indicador de uso único que indica la redirección para la primera solicitud de servicio en la sesión de IP-CAN y ninguna redirección adicional para solicitudes de servicio posteriores en la sesión de IP-CAN.

13. El dispositivo de PCEF de la reivindicación 12, en donde la información de redirección sobre una base por servicio incluye el indicador de uso único y la unidad de procesamiento se dispone además para desactivar la redirección después de haber redirigido la solicitud de servicio desde el UE para el servicio.

14. El dispositivo de PCEF de la reivindicación 13, en donde tras una solicitud de servicio posterior para el servicio recibido en la segunda unidad de interfaz desde el UE, la unidad de procesamiento se dispone para autorizar el servicio sin redirección y la tercera unidad de interfaz se dispone para presentar un mensaje de asignación de servicio para la solicitud de servicio posterior hacia el servidor de servicio que maneja el servicio identificado por el identificador de destino de servicio.

15. Un servidor de Función de Reglas de Control de Política y Tarificación "PCRF" (1) para generar reglas de control a ser aplicadas por un dispositivo de Función de Aplicación de Política y Tarificación "PCEF" (2) durante una sesión de Red de Acceso de Conectividad IP "IP-CAN" establecida con un equipo de usuario "UE" (3), el servidor de PCRF que comprende:

- una unidad de interfaz (3) dispuesta para recibir una solicitud para reglas de control desde un dispositivo de Función de Aplicación de Política y Tarificación "PCEF" a cargo de aplicar las reglas de control;

- una unidad de procesamiento (2) dispuesta para determinar reglas de control a ser aplicadas sobre una base por servicio para la sesión de IP-CAN; y dispuesta para determinar, en base a los criterios de política de redirección, aquellos servicios para los cuales se requiere una redirección; y

- la unidad de interfaz dispuesta para presentar al dispositivo de PCEF las reglas de control y la información de redirección sobre una base por servicio, en donde la información de redirección sobre una base por servicio incluye un identificador de redirección de servicio que indica dónde va a ser redirigido el UE para el servicio.

16. El servidor de PCRF de la reivindicación 15, en donde la información de redirección sobre una base por servicio incluye un indicador de activación de redirección que indica si la redirección va a ser fijada o no para el servicio y que además comprende una unidad de almacenamiento (1) dispuesta para almacenar la información de redirección sobre una base por servicio.

17. El servidor de PCRF de la reivindicación 16, en donde la unidad de almacenamiento (1) está dispuesta para almacenar el identificador de redirección de servicio como un URI de redirección que dirige un sitio (4) donde va a ser redirigido el UE.

18. El servidor de PCRF de la reivindicación 16, en donde la unidad de almacenamiento (1) está dispuesta para almacenar la información de redirección sobre una base por servicio, la información de redirección que incluye una expiración de redirección seleccionada a partir de: un valor de tiempo durante el cual tiene lugar una redirección, un evento para el cual se fija o reinicia la redirección y un indicador de uso único que indica la redirección para la primera solicitud de servicio en la sesión de IP-CAN y ninguna redirección adicional para solicitudes de servicio posteriores en la sesión de IP-CAN.

19. El servidor de PCRF de la reivindicación 15, en donde los criterios de política de redirección incluyen al menos una de condiciones dinámicas y condiciones de uso y el servidor de PCRF además comprende una unidad de almacenamiento (1) dispuesta para almacenar los criterios de política de redirección.

2. Un programa de ordenador, que se puede cargar en una memoria interna de un ordenador con unidades de entrada y salida así como con una unidad de procesamiento, el programa de ordenador que comprende un código ejecutable adaptado para llevar a cabo los siguientes pasos del método de una Función de Aplicación de Política y Tarificación "PCEF" cuando se hace funcionar en el ordenador:

- tras determinar el establecimiento o modificación de una sesión de Red de Acceso de Conectividad IP "IP- CAN" con un equipo de usuario "UE", solicitar reglas de control a un servidor de Función de Reglas de Control de Política y Tarificación "PCRF";

- recibir, desde el servidor de PCRF, las reglas de control y la información de redirección sobre una base por servicio, en donde la información de redirección sobre una base por servicio incluye un identificador de redirección de servicio que indica dónde va a ser redirigido el UE para el servicio;

- instalar las reglas de control recibidas y la información de redirección sobre una base por servicio;

- tras una primera solicitud de servicio recibida desde el UE para un servicio identificado por un identificador de destino de servicio, determinar que el servicio requiere redirección y devolver hacia el UE un mensaje de redirección con el identificador de redirección de servicio y el identificador de destino de servicio;

- tras la terminación de la redirección de servicio, recibir de nuevo la primera solicitud de servicio para el servicio identificado por el identificador de destino de servicio;

- verificar que se puede autorizar el servicio identificado por el identificador de destino de servicio; y

- presentar un mensaje de asignación de servicio para la primera solicitud de servicio hacia un servidor de servicio que maneja el servicio identificado por el identificador de destino de servicio.

21. Un programa de ordenador, que se puede cargar en una memoria interna de un ordenador con unidades de entrada y salida así como con una unidad de procesamiento, el programa de ordenador que comprende un código ejecutable adaptado para llevar a cabo los siguientes pasos del método de una Función de Reglas de Control de Política y Tarificación "PCRF" cuando se hace funcionar en el ordenador:

- recibir una solicitud de reglas de control desde un dispositivo de Función de Aplicación de Política y Tarificación "PCEF" a cargo de la aplicación de las reglas de control para una sesión de Red de Acceso de Conectividad IP "IP-CAN";

- determinar las reglas de control a ser aplicadas sobre una base por servicio para la sesión de IP-CAN;

- determinar, en base a los criterios de política de redirección, aquellos servicios para los cuales se requiere una redirección; y

- presentar al dispositivo de PCEF las reglas de control y la información de redirección sobre una base por servicio, en donde la información de redirección sobre una base por servicio incluye un identificador de redirección de servicio que indica dónde va a ser redirigido el UE para el servicio.

22. El programa de ordenador de la reivindicación 2 o 21, en donde el código ejecutable está grabado en un portador legible en un ordenador.


 

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