Método y sistema de control de acceso a servicios en redes compartidas.

Método de uso compartido de una Red de Acceso por Radio (RAN) en una o más áreas por al menos dosoperadores,

método en el que el hecho de determinar si se debe conceder o no la admisión de unEquipamiento de Usuario (UE) en la RAN se ejecuta en un al goritmo de control de admisión, donde unControlador de la Red de Radio (RNC) lee una información de Identificador de Recursos de Red (NRI), y dichainformación NRI leída se usa en un control de admisión de servicio para controlar una pluralidad de parámetrosde admisión de servicio como parte de un conjunto de parámetros de control de admisión para conceder orechazar el servicio solicitado en función de si el operador asociado al NRI ha invertido o no en la tecnologíanecesaria, donde dicha información NRI está contenida en un mensaje de "Transferencia Directa Inicial"enviado por el UE al solicitar un servicio, y el tráfico se encamina hacia la Red Central (CN) apropiada por unControlador de la Red de Radio de Servicio (SRNC), caracterizado por el hecho de que el control deadmisión de servicio se ejecuta por el SRNC y de que una solicitud de UE se envía a un Controlador de Red deRadio de Deriva (DRNC) por el SRNC únicamente si el control de admisión de servicio admite la solicitud, ydonde el DRNC se dispone para informar el SRNC de los deseos de establecer o modificar un portador deradio, el SRNC ejecuta después el control de admisión de servicio y concede el establecimiento o modificaciónsolicitados por el DRNC si es admitido por el control de admisión de servicio.

Tipo: Patente Internacional (Tratado de Cooperación de Patentes). Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: PCT/SE2005/001995.

Solicitante: TELIASONERA AB.

Nacionalidad solicitante: Suecia.

Dirección: TINGSGATAN 12 S-256 56 HELSINGBORG SUECIA.

Inventor/es: LJUNG,Rickard, DAHL N,Anders.

Fecha de Publicación: .

Clasificación Internacional de Patentes:

  • H04W28/16 ELECTRICIDAD.H04 TECNICA DE LAS COMUNICACIONES ELECTRICAS.H04W REDES DE COMUNICACION INALAMBRICAS (difusión H04H; sistemas de comunicación que utilizan enlaces inalámbricos para comunicación no selectiva, p. ej. extensiones inalámbricas H04M 1/72). › H04W 28/00 Tráfico de red o gestión de recursos. › Gestión central de recursos; Negociación de recursos o parámetros de comunicación, p. ej. negociación de ancho de banda o QoS [Calidad del Servicio].
  • H04W28/18 H04W 28/00 […] › Negociación de parámetros de comunicación inalámbrica.
  • H04W4/00 H04W […] › Servicios especialmente adaptados para las redes de comunicación inalámbricas; Recursos para las mismas.
  • H04W48/08 H04W […] › H04W 48/00 Restricción de acceso (seguridad de acceso para prevenir accesos no autorizados H04W 12/08 ); Selección de red; Selección del punto de acceso. › Restricción de acceso o envío de información de acceso, p. ej. descubrimiento de datos de envío (señalización durante la conexión H04W 76/00).
  • H04W74/00 H04W […] › Acceso a canal inalámbrico, p. ej. acceso planificado o aleatorio.
  • H04W76/02
  • H04W88/12 H04W […] › H04W 88/00 Dispositivos especialmente adaptados para redes de comunicación inalámbricas, p. ej. terminales, estaciones base o dispositivos de punto de acceso. › Dispositivos de control de punto de acceso.

PDF original: ES-2386686_T3.pdf

 

Método y sistema de control de acceso a servicios en redes compartidas.

Fragmento de la descripción:

Método y sistema de control de acceso a servicios en redes compartidas

Campo técnico

La presente invención se refiere a un método de uso compartido de una Red de Acceso por Radio, RAN, en una

o más áreas por al menos dos operadores, donde el hecho de determinar si se debe conceder o no la admisión de un equipamiento de usuario, UE, a la RAN, se realiza en un algoritmo de control de admisión. La invención también se refiere a una red de acceso por radio destinada a ser compartida en una o más áreas por al menos dos operadores, comprendiendo medios de control de admisión para determinar si se concede o no la admisión de una solicitud de servicio de un equipamiento de usuario, UE, a la red, RAN.

Antecedentes

En una red compartida dos o más operadores comparten una Red de Acceso por Radio, RAN, en una o más áreas. No obstante, los distintos operadores pueden desear diferenciar sus servicios de la RAN para sus clientes respectivos. En caso de que no todos los operadores de la red compartida quieran invertir en el nuevo Sistema de Telecomunicaciones Móviles Universal, UMTS, la Red de Acceso por Radio Terrestre, UTRAN, tecnología como por ejemplo un Acceso de Paquete en Enlace Descendente de Alta Velocidad, HSDPA, Acceso de Paquete en enlace ascendente de alta velocidad, HSUPA, (llamado también Canal Dedicado Mejorado, E-DCH) , Servicio de Difusión y Multidifusión Multimedia, MBMS, o voz sobre IP, VoIP, portadores, se debe poder bloquear clientes de operadores que no hayan invertido en la nueva tecnología. Por otra parte, en un área rural, un operador puede querer un servicio interactivo con velocidades de bits de hasta 384 kbps, mientras que otros operadores pueden contentarse con 128 kbps.

EP 1 443 790 describe un método y un sistema para compartir la capacidad en una red móvil multi-operador de acceso por radio. Se basa en una solución de uso compartido de red basada en la itinerancia de pre-emisión 6. Para tomar la decisión de uso compartido, se identifica al operador que sirve al abonado que está solicitando el recurso. Se verifica los recursos disponibles para el operador de servicio, así como el uso de los recursos disponibles en la red, en base a un conjunto de normas de uso compartido. Las normas de uso compartido tienen como función priorizar los abonados internos con respecto a los abonados itinerantes (por ejemplo clientes de operadores de redes virtuales u operadores que están usando itinerancia nacional) , o para controlar la asignación de recursos (energía) para garantizar a cada operador un reparto de capacidad acordado.

En WO 2004/030393 se describe una gestión de recursos para un sistema de comunicación celular. Un controlador de recursos es operativo para asignar un recurso de radio a una unidad de abonado en respuesta a una identidad de operador asociada a un servicio de la unidad de abonados, de modo a obtener una calidad de servicio diferente para diferentes operadores. El sistema de comunicación celular tiene un recurso de red de acceso por radio común dividido entre una primera partición para un primer operador y en una segunda partición para un segundo operador, y el controlador de recursos es operativo para asignar recursos de la primera partición si la identidad del operador corresponde al primer operador y de la segunda partición si la identidad del operador corresponde al segundo operador.

En el documento US 2004/00157600 se describe una técnica para determinar si se debe conceder el acceso a un equipamiento de usuario en una red de acceso por radio en una posición actual del equipamiento de usuario en un sistema de comunicaciones. El sistema de comunicaciones comprende servicios de gestión de nodos de control para el equipamiento de usuario y un nodo de acceso de control a la red de acceso. El documento US 2002/01223348 divulga una técnica para excluir o rechazar accesos, en áreas de competencia, en células de una primera red de operador provista por o en representación de un terminal móvil que suscribe una segunda red de operadores. Cualquier célula de la primera red de operador para la cual la segunda red de operador tiene una célula competidora se designa como una célula restringida, y un intento de uso de la célula restringida por la unidad del equipo de usuario que suscribe a la segunda red de operador es rechazado.

La tecnología actual permite controlar así la admisión de distintos servicios para asegurar cierto nivel de Calidad de Servicio, QoS. Un soporte mejorado de Uso Compartido de Red, NS, se está estandarizado actualmente en el Tercer Proyecto de Asociación de Generación en 3GPP, de la Versión 6. Cada operador podrá tener su identidad PLMN difundida en la red compartida y cada operador posee una red central. Los nodos de red central MSC y SGSN también se pueden compartir. Los operadores de redes virtuales no incluyen en nuestro uso el término "operador" de la presente. El estándar 3GPP permite la diferenciación de los servicios de diferentes clientes, pero este se gestiona y se controla por la red central, CN. El objetivo de esta diferenciación de servicio consiste en determinar diferentes QoS en el mismo servicio para diferentes clientes. Permitir que la CN gestione el control de admisión del servicio propuesto anteriormente no es una buena forma de avance por dos razones, en primer lugar, la CN no se implica en algunos de los procesos señalados en cuestión, en segundo lugar, ésta no previene los abusos por parte de un operador.

Cuando se dispone de este método NS, existirán UE que soportan esta característica de uso compartido de red mejorada (de Rel-6) y antiguos UE que no soportan esta característica de uso compartido de red mejorada. No obstante la red será capaz de controlar ambos tipos de UE. El enrutamiento del tráfico hacia las CN de los distintos operadores en la red compartida se puede realizar mediante otros métodos diferentes para nuevos y antiguos UE.

Cuando los antiguos UE solicitan un servicio, el Controlador de la Red Radio, RNC, leerá el Identificador de Recursos de Red, NRI, en el mensaje "Transferencia Directa Inicial". La idea es que los bits más significativos en el NRI puedan especificar un operador de cliente. El RNC usa esta información para encaminar el tráfico hacia la Red Central adecuada, CN, es decir la CN perteneciente al operador para el usuario específico.

Los nuevos UE que soportan la característica mejorada de uso compartido de red envían también un NRI. No obstante, la estandarización 3GPP no requiere el uso de los NRI para encaminar el tráfico hacia la CN adecuada. Los nuevos UE, no obstante, enviarán información de Red Móvil Terrestre Pública seleccionada, 3/01, (CN seleccionada) , la cual se podrá usar después para el encaminamiento.

"Conexión interdominios de nodos de Red de Acceso por Radio (RAN) a múltiples nodos de Red Central (CN) " (3GPP TS 23, 28 versión 5.2.0 Emisión 5) ; ETSI TS 123 236 v5.2.0 (2002-03) divulga un método de encaminamiento de una Estación Móvil, EM, dentro del área de servicio de un nodo de Red de Acceso por Radio (RAN) a una Red Central, CN, mediante la determinación de un Identificador de Recursos de Red, NRI, información emitida por la EM como parte de un mensaje de transferencia inicial directa al nodo RAN. El preámbulo de las reivindicaciones 1 y 11 se basa en este documento. NOKIA: "Conexión interdominios de nodos RAN a múltiples nodos CN, ejemplo de procesos" (3GPP TSG SA WG2) describe procesos similares. El propósito de la presente invención consiste en proponer una técnica para la diferenciación del acceso al servicio permitido entre operadores en una red compartida del tipo indicado anteriormente.

Descripción de la invención

Este propósito se obtiene mediante un método y una red del tipo mencionado en la parte introductoria y con las características de las reivindicaciones 1 y 8 respectivamente.

En la presente invención, la información de operador, es decir la información NRI para antiguos UE y CN seleccionada (PLMN seleccionada) o NRI para nuevos UE, se usa también en el algoritmo de control de admisión. Si la información de operador se asocia a un operador A, entonces el control de admisión puede rechazar una solicitud del uso de HSDPA o MBMS, etc., mientras que tales solicitudes se conceden a los clientes de operador B si los recursos disponibles lo admiten. Por lo tanto, existirá un "control de admisión de servicios", además de o como parte del control de admisión de QoS en el RNC, CRNC de control y algunos parámetros de admisión de... [Seguir leyendo]

 


Reivindicaciones:

1. Método de uso compartido de una Red de Acceso por Radio (RAN) en una o más áreas por al menos dos operadores, método en el que el hecho de determinar si se debe conceder o no la admisión de un Equipamiento de Usuario (UE) en la RAN se ejecuta en un algoritmo de control de admisión, donde un Controlador de la Red de Radio (RNC) lee una información de Identificador de Recursos de Red (NRI) , y dicha información NRI leída se usa en un control de admisión de servicio para controlar una pluralidad de parámetros de admisión de servicio como parte de un conjunto de parámetros de control de admisión para conceder o rechazar el servicio solicitado en función de si el operador asociado al NRI ha invertido o no en la tecnología necesaria, donde dicha información NRI está contenida en un mensaje de "Transferencia Directa Inicial" enviado por el UE al solicitar un servicio, y el tráfico se encamina hacia la Red Central (CN) apropiada por un Controlador de la Red de Radio de Servicio (SRNC) , caracterizado por el hecho de que el control de admisión de servicio se ejecuta por el SRNC y de que una solicitud de UE se envía a un Controlador de Red de Radio de Deriva (DRNC) por el SRNC únicamente si el control de admisión de servicio admite la solicitud, y donde el DRNC se dispone para informar el SRNC de los deseos de establecer o modificar un portador de radio, el SRNC ejecuta después el control de admisión de servicio y concede el establecimiento o modificación solicitados por el DRNC si es admitido por el control de admisión de servicio.

2. Método según la reivindicación 1, caracterizado por el hecho de que dicha pluralidad de parámetros de admisión de servicio comprende parámetros de Operación y Gestión (O&M) establecidos por una empresa de soporte de un Sistema de Telecomunicación Universal Móvil (UMTS) , una Red de Acceso por Radio Terrestre (UTRAN) , o establecidos por un constructor de red.

3. Método según la reivindicación 2, donde dicho uso compartido de red es ejecutado según la Versión 6 estandarizada en el Tercer Proyecto Asociación de generación (3GPP) , caracterizado por el hecho de que dicha pluralidad de parámetros de admisión de servicio comprende un Acceso de Paquete en Enlace Descendente de Alta Velocidad (HSDPA) , Operador B = Real/Falso, HSDPA, Operador B = Real/Falso; (HSUPA) Acceso de Paquete en Enlace Ascendente de Alta Velocidad, Operador A =, Real/Falso HSUPA, Operador B = Real/Falso; Servicio multimedia de Multidifusión/Difusión (MBMS) , Operador A = Real/Falso, MBMS, Operador B = Real/Falso; y/o Voz sobre IP (VoIP) , Operador A = Real/Falso, VoIP, Operador B = Real/Falso.

4. Método según cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizado por el hecho de que el Controlador de la Red de Radio (RNC) hace coincidir la información del operador con un número de identificación entero del operador.

5. Método según la reivindicación 4, caracterizado por el hecho de que, en caso de solicitud de recursos para un nuevo portador de radio, la información de operador se suministra al control de admisión y se ejecuta un control de admisión de Calidad de Servicio (QoS) de la solicitud, y si la solicitud es admitida por ambos controles de admisión, el control de admisión de servicio se basa en la información de operador enviada a cada solicitud de un cambio de portador de radio, o en la información de operador para el portador de radio almacenado junto con el número de identidad del soporte.

6. Método según la reivindicación 5, caracterizado por el hecho de que la autorización de un cambio de portador de radio solicitado se verifica en el control de admisión de servicio en una perspectiva de servicio.

7. Método según todas las reivindicaciones precedentes, caracterizado por el hecho de que se realizan controles de admisión y de congestión en las células de un nodo específico por medio de un Controlador de la Red de Radio de Regulación (CRNC) de dicho nodo.

8. Red de Acceso Radio (RAN) adaptada para ser compartida en una o más áreas por al menos dos operadores, comprendiendo medios de control de admisión para determinar si se debe o no conceder la admisión de un Equipamiento de Usuario (UE) en la RAN, un Controlador de la Red de Radio (RNC) dispuesta para leer información de Identificador de Recursos de red (NRI) y enviar dicha información NRI leída a dicho medio de control de admisión para controlar una pluralidad de parámetros de admisión de servicio como parte de un conjunto de parámetros de control de admisión para conceder o rechazar el servicio solicitado en función de si el operador asociado al NRI ha invertido o no en la tecnología necesaria, dicha información NRI siendo contenida en un mensaje de "Transferencia Directa Inicial" enviado por un UE, cuando se solicita un servicio, y un Controlador de la Red de Radio de Servicio (SRNC) se dispone para encaminar el tráfico hacia una Red Central (CN) apropiada, caracterizado por el hecho de que el SRNC se dispone para ejecutar el control de admisión de servicio, en que el SRNC se adapta para enviar una solicitud UE a un Controlador de la Red de Radio de Deriva (DRNC) únicamente si el control de admisión de servicio admite la solicitud, de que el DRNC se dispone para informar al SRNC de que se desea establecer o modificar un portador de radio, y de que el SRNC se dispone para ejecutar después el control de admisión de servicio y autorizar el establecimiento o modificación solicitados para el DRNC si se admite por el control de admisión de servicio.

9. Red según la reivindicación 8, caracterizado por el hecho de que dicha pluralidad de parámetros de admisión de servicio comprende parámetros de Operación y de Gestión (O&M) establecidos por una empresa que soporta una Red de Acceso por Radio terrestre (UTRAN) de Sistema de Telecomunicaciones Móviles Universal (UMTS) , o establecidos por un constructor de red.

10. Red según la reivindicación 9, donde dicho uso compartido de red es ejecutado según los estándar de la Versión 6 del Tercer Proyecto de Asociación de Generación, 3GPP, caracterizada por el hecho de que dicha pluralidad de parámetros de admisión de servicio comprende un Acceso de Paquete en Enlace Descendente de Alta Velocidad (HSDPA) , Operador A =, Real/Falso HSDPA, Operador B = Real/Falso; Acceso de Paquete en Enlace Ascendente de Alta Velocidad (HSUPA) , Operador A = Real/Falso HSUPA, Operador B = Real/Falso; Servicio Multimedia de Difusión/Multidifusión (MBMS) , Operador A = Real/Falso, MBMS, Operador B = Real/Falso; y/o Voz sobre IP (VoIP) , Operador A = Real/Falso, VoIP, Operador B = Real/Falso.

11. Red según cualquiera de las reivindicacione.

8. 10, caracterizada por el hecho de que el Controlador de la Red de Radio (RNC) se dispone para hacer coincidir la información del operador con un número de identificación de número entero del operador.

12. Red según la reivindicación 11, caracterizada por el hecho de que, en caso de solicitud de recursos para un nuevo portador de radio, dicho medio de control de admisión se dispone para recibir una información de operador y ejecutar un control de admisión y un control de admisión de la Calidad de Servicio (QoS) de la solicitud, y si la solicitud es admitida por ambos controles, el control de admisión de servicio se basa en la información de operador enviada a cada solicitud de cambio de portador de radio, o en la información de operador para el portador de radio almacenado con el número de identificación del portador.

13. Red según la reivindicación 12, caracterizada por el hecho de que los medios de control de admisión se disponen para verificar la autorización de un cambio de portador de radio solicitado en dicho control de admisión de servicio en una perspectiva de servicio.

14. Red según cualquiera de las reivindicaciones 8 a 13, caracterizada por el hecho de que un Controlador de la Red de Radio de Regulación (CRNC) de un nodo específico se dispone para controlar la admisión y congestión de dicho nodo en las células de dicho nodo.

15. Red según cualquiera de las reivindicaciones 8 a 14, donde más de un RNC se implica en la conexión entre un UE y la Red Central (CN) , caracterizada por el hecho de que cada RNC es, o un Controlador de la Red de Radio de Servicio (SRNC) o bien un Controlador de la Red de radio de Deriva (DRNC) .


 

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