RESOLUCION DE UNA DIRECCION DE RED DE UN TERMINAL.

Un procedimiento de resolución de una dirección de red de un terminal,

estando asignado dicho terminal una dirección SIP, comprendiendo el procedimiento:

recibir una solicitud de resolución de una dirección relacionada con dicho terminal en una unidad (200) de encaminamiento de una red de telecomunicaciones, estando asociada dicha solicitud de resolución de dirección con la dirección SIP; caracterizado por

remitir (202) la solicitud de resolución de dirección a una unidad (204) de resolución, comprendiendo la unidad (204) de resolución una lista priorizada de servidores de direcciones y/o bases de datos, determinando la lista priorizada el orden en el que la unidad de resolución envía las consultas (208) de direcciones a uno o más servidores de direcciones y/o bases de datos;

enviar consultas (208) de direcciones a uno o más de dichos servidores de direcciones y/o bases (206, 210, 212, 214, 216) de datos en el orden determinado por dicha lista priorizada procedentes de dicha unidad de resolución;

recibir, de cada uno de dichos uno o más servidores de direcciones y/o bases (206, 210, 212, 214, 216) de datos, la dirección de red del terminal o un mensaje de error que indica que no se encontró la dirección de red del terminal; y

enviar una respuesta (218) a la solicitud de resolución de dirección de dicha unidad (204) de resolución a la unidad (200) de encaminamiento de la red de telecomunicaciones, incluyendo la respuesta bien la dirección de red del terminal o bien el mensaje de error

Tipo: Patente Internacional (Tratado de Cooperación de Patentes). Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: PCT/FI2007/050487.

Solicitante: TELIASONERA AB.

Nacionalidad solicitante: Finlandia.

Dirección: 106 G3 STOCKHOLM, SE.

Inventor/es: JALKANEN, TERO, WECKMAN,JARI.

Fecha de Publicación: .

Fecha Concesión Europea: 17 de Marzo de 2010.

Clasificación Internacional de Patentes:

  • H04M7/00M16

Clasificación PCT:

  • H04L29/06 ELECTRICIDAD.H04 TECNICA DE LAS COMUNICACIONES ELECTRICAS.H04L TRANSMISION DE INFORMACION DIGITAL, p. ej. COMUNICACION TELEGRAFICA (disposiciones comunes a las comunicaciones telegráficas y telefónicas H04M). › H04L 29/00 Disposiciones, aparatos, circuitos o sistemas no cubiertos por uno solo de los grupos H04L 1/00 - H04L 27/00. › caracterizadas por un protocolo.
RESOLUCION DE UNA DIRECCION DE RED DE UN TERMINAL.

Fragmento de la descripción:

Resolución de una dirección de red de un terminal.

Campo de la invención

La presente invención versa acerca de redes basadas en IP, y más en particular acerca de una disposición de resolución de una dirección de red de un terminal.

Antecedentes de la invención

El subsistema multimedia IP (IMS) es una arquitectura normalizada de trabajo en red para redes móviles de 3ª generación (3GPP) y generaciones ulteriores, que proporcionan a los usuarios servicios multimedia móviles y fijos. El IMS funciona con el Protocolo de Internet (IP) estándar, utilizando una implementación de voz sobre IP (VoIP) basada en una implementación normalizada de 3GPP de Protocolo de inicio de sesión (SIP). A su vez, el SIP es un protocolo desarrollado para iniciar, modificar y terminar una sesión interactiva de usuario que implica elementos multimedia tales como vídeo, voz, transmisión instantánea de mensajes, juegos en línea, y realidad virtual.

La idea básica de la arquitectura IMS es permitir a un usuario conectarse a una red IMS, con independencia de la red de acceso (que soporta el Protocolo de Internet (IP) estándar) que esté utilizando. En consecuencia, se puede acceder a una red IMS prácticamente por medio de cualquier red (fija, móvil o inalámbrica) con funciones de conmutación por paquetes, tal como GPRS, UMTS, CDMA2000, WLAN, WiMAX, DSL, cable, etc. También se soportan los sistemas telefónicos conmutados por circuitos, como PSTN y GSM por medio de pasarelas. Los terminales de IMS directo (tal como teléfonos móviles, PDA, ordenadores) se pueden registrar directamente en una red IMS, incluso cuando hay itinerancia; el único requerimiento es que soporten Agentes de usuario de SIP.

Un aspecto importante del IMS es la mayor movilidad del usuario; el IMS permite a los operadores y a los proveedores de servicios utilizar arquitecturas subyacentes de red, por lo que la red móvil proporciona una movilidad del terminal (itinerancia), pero la movilidad del usuario es proporcionada por el IMS y el SIP. En una red 3GPP convencional, el usuario y su terminal móvil están identificados con las siguientes identidades: Identidad internacional de abonado móvil (IMSI), una identidad única de usuario almacenada en el (U)SIM; Identidad temporal de abonado móvil (TMSI), una identidad única de usuario generada por ubicación geográfica; Identidad internacional de equipo móvil (IMEI), una identidad única del dispositivo; y Número ISDN de abonado móvil (MSISDN), es decir, el número real del teléfono del usuario. Ahora, la arquitectura IMS incluye algunas identidades adicionales: Identidad privada de multimedia IP (IMPI), e Identidad pública de multimedia IP (IMPU). En vez de números de teléfono, estas identidades son URI (Identificador uniforme de recursos), que pueden ser dígitos (lo que se denomina tel-uri, como tel: +358-40-1234567) o identificadores alfanuméricos (lo que se denomina sip-uri, como sip: pekka.peloton@sonera.com). La IMPI es única para el dispositivo terminal, y un usuario puede tener múltiples IMPU por IMPI (a menudo un tel-uri y un sip-uri). La IMPU compartida con otro dispositivo terminal, por lo que se puede localizar a ambos con la misma identidad (por ejemplo, un único número de teléfono para una familia entera).

La base de datos de usuarios del IMS (Servidor local de abonado, HSS) contiene al menos la IMPU, la IMPI, la IMSI y el MSISDN. Por lo tanto, se puede notificar a un usuario móvil conforme a su MSISDN como se hace tradicionalmente, pero también conforme a su IMPU, por ejemplo una dirección SIP. Esto plantea nuevos retos para resolver la ubicación actual del usuario y la dirección de encaminamiento, a las que se debería enviar la solicitud de notificación.

Una razón para estos retos es el hecho de que no hay ninguna base de datos común de donde se podrían resolver las direcciones SIP; un único operador puede tener varios dominios de dirección SIP, que pueden estar recogidos en varias bases de datos no conectadas y que no son conocidas necesariamente por los otros operadores. Además, distintos tipos de operadores pueden acceder a la arquitectura IMS de distintas formas: el operador A puede estar conectado únicamente por medio de un GPX/IPX (Intercambio de paquetes entre redes) privado, el operador B únicamente por medio de Internet, y el operador C únicamente por medio de una PSTN, por ejemplo. Cada una de estas redes está caracterizada por sus propios protocolos y estructuras de base de datos, requiriendo todas un enfoque específico.

Una razón adicional para dichos retos es la falta de una base de datos ENUM DNS global (Sistema de Nombres de Dominio de Correlación de Números Telefónicos (también denominado Numeración Electrónica y Correlación de Números E. 164)); existen bases de datos ENUM específicas para cada operador, que resuelven los números MSISDN en direcciones SIP utilizando DNS, pero no todos los operadores soportan la resolución ENUM DNS. El documento US2002/0027915 da a conocer un mecanismo de resolución de direcciones.

Resumen de la invención

Se inventa ahora un procedimiento mejorado y un equipo técnico que implementa el procedimiento, mediante los cuales se alivian de forma significativa los problemas de resolver la dirección de encaminamiento y la ubicación del usuario. Diversos aspectos de la invención incluyen un procedimiento, un dispositivo electrónico y un programa de ordenador, que están caracterizados por lo que se indica en las reivindicaciones independientes. En las reivindicaciones dependientes se dan a conocer diversas realizaciones de la invención.

Conforme a un primer aspecto, un procedimiento conforme a la invención está basado en la idea de resolución de una dirección de red de un terminal, estando asignada a dicho terminal una dirección SIP, comprendiendo el procedimiento las siguientes etapas: recibir una solicitud de resolución de dirección relacionada con dicho terminal en una unidad de encaminamiento de una red de telecomunicaciones, comprendiendo la unidad de resolución una lista priorizada que determina el orden en el que la unidad de resolución envía las consultas de dirección a uno o más servidores de direcciones y/o bases de datos; enviar consultas de dirección a uno o más de dichos servidores de direcciones y/o bases de datos en el orden determinado por dicha lista priorizada desde dicha unidad de resolución; recibir, de cada uno de dichos uno o más servidores de direcciones y/o bases de datos, la dirección de red del terminal o un mensaje de error que indica que no se encontró la dirección de red del terminal; y enviar una respuesta a la solicitud de resolución de dirección desde dicha unidad de resolución a la unidad de encaminamiento de la red de telecomunicaciones, incluyendo la respuesta bien la dirección de red del terminal o bien el mensaje de error.

Conforme a una realización, la lista priorizada comprende uno o más de los siguientes servidores de direcciones y/o bases de datos: una base de datos DNS/ENUM GRX/IPX; una base de datos de portabilidad del número móvil (MNP); una base de datos IR.21; una base de datos de dominios de la red de telecomunicaciones; una base de datos DNS/ENUM pública.

Conforme a una realización, la base de datos DNS/ENUM GRX/IPX está colocada en primer lugar en la lista priorizada.

Conforme a una realización, la solicitud de resolución de dirección es una solicitud de INVITACIÓN SIP.

Conforme a una realización, el procedimiento comprende una etapa adicional de enviar, antes de enviar las consultas de dirección a uno o más servidores de direcciones y/o bases de datos conforme a la lista priorizada, una consulta de dirección a una base de datos federada de la red de telecomunicaciones, incluyendo la base de datos federada información de nivel global del dominio de Internet incluido en la solicitud de resolución de dirección.

Conforme a una realización, la red de telecomunicaciones está basada en una arquitectura de IMS; y la unidad de encaminamiento es un S-CSCF.

La disposición conforme a la invención proporciona ventajas significativas. La unidad de resolución permite una disposición de uso genérico para resolver una dirección de un terminal cliente remoto, con independencia de a qué tipo de red de acceso está conectado el terminal. La disposición es igualmente aplicable a los servicios de redes móviles y de redes fijas, al igual que a servicios basados puramente en Internet.

Desde el punto de vista del operador, una ventaja adicional es que la implementación de la unidad de resolución...

 


Reivindicaciones:

1. Un procedimiento de resolución de una dirección de red de un terminal, estando asignado dicho terminal una dirección SIP, comprendiendo el procedimiento:

recibir una solicitud de resolución de una dirección relacionada con dicho terminal en una unidad (200) de encaminamiento de una red de telecomunicaciones, estando asociada dicha solicitud de resolución de dirección con la dirección SIP; caracterizado por
remitir (202) la solicitud de resolución de dirección a una unidad (204) de resolución, comprendiendo la unidad (204) de resolución una lista priorizada de servidores de direcciones y/o bases de datos, determinando la lista priorizada el orden en el que la unidad de resolución envía las consultas (208) de direcciones a uno o más servidores de direcciones y/o bases de datos;
enviar consultas (208) de direcciones a uno o más de dichos servidores de direcciones y/o bases (206, 210, 212, 214, 216) de datos en el orden determinado por dicha lista priorizada procedentes de dicha unidad de reso- lución;
recibir, de cada uno de dichos uno o más servidores de direcciones y/o bases (206, 210, 212, 214, 216) de datos, la dirección de red del terminal o un mensaje de error que indica que no se encontró la dirección de red del terminal; y
enviar una respuesta (218) a la solicitud de resolución de dirección de dicha unidad (204) de resolución a la unidad (200) de encaminamiento de la red de telecomunicaciones, incluyendo la respuesta bien la dirección de red del terminal o bien el mensaje de error.

2. El procedimiento conforme a la reivindicación 1, caracterizado porque la lista priorizada comprende uno o más de los siguientes servidores de direcciones y/o bases de datos:

- una base (206) de datos DNS/ENUM GRX/IPX;
- una base (210) de datos de portabilidad de números móviles (MNP);
- una base (212) de datos IR.21;
- una base de datos de dominios de la red (214) de telecomunicaciones;
- una base (216) de datos DNS/ENUM pública.

3. El procedimiento conforme a la reivindicación 2, caracterizado porque

la base de datos DNS/ENUM GRX/IPX está colocada en primer lugar en la lista priorizada.

4. El procedimiento conforme a cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizado porque

la solicitud de resolución de dirección es una solicitud de INVITACIÓN SIP.

5. El procedimiento conforme a cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizado por

enviar, antes de enviar consultas de direcciones a uno o más servidores de direcciones y/o bases de datos conforme a la lista priorizada, una consulta de dirección a una base de datos federada de la red de telecomunicaciones, incluyendo la base de datos federada información de nivel global del dominio de Internet incluida en la solicitud de resolución de dirección.

6. El procedimiento conforme a cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizado porque

como respuesta a la circunstancia de que ninguna dirección de red del terminal se pudo solucionar por medio de consultas de direcciones a dicho uno o más servidores de direcciones y/o bases de datos,

enviar la consulta de dirección a un proxi IPX (220) ubicado en una red IPX.

7. El procedimiento conforme a cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizado porque

como respuesta a la circunstancia de que ninguna dirección de red del terminal se pudo solucionar por medio de consultas de direcciones a dicho uno o más servidores de direcciones y/o bases de datos,

enviar una solicitud MAP estándar a una red PSTN (222).

8. El procedimiento conforme a cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizado porque

la red de telecomunicaciones está basada en una arquitectura IMS; y

la unidad de encaminamiento es un S-CSCF.

9. Un servidor (204) de resolución de una dirección de red de un terminal, estando asignada a dicho terminal una dirección SIP, caracterizado porque

el servidor incluye una unidad (204) de resolución que comprende una lista priorizada de servidores de direcciones y/o bases de datos, determinando la lista priorizada el orden en el que la unidad de resolución envía las consultas de direcciones a uno o más servidores de direcciones y/o bases de datos; estando dispuesto el servidor para

recibir una solicitud (202) de resolución de dirección relacionada con dicho terminal desde una unidad (200) de encaminamiento de una red de telecomunicaciones, estando asociada dicha solicitud de resolución de dirección con la dirección SIP;

enviar consultas (208) de direcciones a uno o más de dichos servidores de direcciones y/o bases (206, 210, 212, 214, 216) de datos en el orden determinado por dicha lista priorizada;

recibir, de cada uno de dichos uno o más servidores de direcciones y/o bases (206, 210, 212, 214, 216) de datos, la dirección de red del terminal o un mensaje de error que indica que no se encontró la dirección de red del terminal; y

enviar una respuesta (218) a la solicitud de resolución de dirección a la unidad (200) de encaminamiento de la red de telecomunicaciones, incluyendo la respuesta bien la dirección de red del terminal o bien el mensaje de error.

10. El servidor conforme a la reivindicación 9, caracterizado porque

la lista priorizada comprende uno o más de los siguientes servidores de direcciones y/o bases de datos:

- una base (206) de datos DNS/ENUM GRX/IPX;
- una base (210) de datos de portabilidad de números móviles (MNP);
- una base (212) de datos IR.21;
- una base de datos de dominios de la red (214) de telecomunicaciones;
- una base (216) de datos DNS/ENUM pública.

11. El servidor conforme a la reivindicación 10, caracterizado porque

la base de datos DNS/ENUM GRX/IPX está colocada en primer lugar en la lista priorizada.

12. El servidor conforme a cualquiera de las reivindicaciones 9 - 11, caracterizado porque

la solicitud de resolución de dirección es una solicitud de INVITACIÓN SIP.

13. El servidor conforme a cualquiera de las reivindicaciones 9 - 12, caracterizado porque

el servidor está dispuesto para enviar, antes de enviar las consultas de direcciones a uno o más servidores de direcciones y/o bases de datos conforme a la lista priorizada, una consulta de dirección a una base de datos federada de la red de telecomunicaciones, incluyendo la base de datos federada información de nivel global del dominio de Internet incluida en la solicitud de resolución de dirección.

14. El servidor conforme a cualquiera de las reivindicaciones 9 - 13, caracterizado porque

el servidor está conectado de forma funcional al S-CSCF de una red de telecomunicaciones basada en una arquitectura IMS.

15. Un producto de programa de ordenador, almacenado en un medio legible por ordenador y ejecutable en un dispositivo de procesamiento de datos, para resolución de una dirección de red de un terminal, estando asignada a dicho terminal una dirección SIP, caracterizado porque el producto de programa de ordenador comprende:

una sección de código de programa de ordenador para definir una lista priorizada de servidores de direcciones y/o bases de datos, determinando la lista priorizada el orden en el que la unidad de resolución envía las consultas de direcciones a uno o más servidores de direcciones y/o bases de datos;
una sección de código de programa de ordenador para recibir una solicitud de resolución de dirección relacionada con dicho terminal desde una unidad de encaminamiento de una red de telecomunicaciones, estando asociada dicha solicitud de resolución de dirección con la dirección SIP;
una sección de código de programa de ordenador para enviar consultas de direcciones a uno o más servidores de direcciones y/o bases de datos en el orden determinado por dicha lista priorizada;
una sección de código de programa de ordenador para recibir, de cada uno de dichos uno o más servidores de direcciones y/o bases de datos, la dirección de red del terminal o un mensaje de error que indica que no se encontró la dirección de red del terminal; y
una sección de código de programa de ordenador para enviar una respuesta a la solicitud de resolución de dirección a la unidad de encaminamiento de la red de telecomunicaciones, incluyendo la respuesta bien la dirección de red del terminal o bien el mensaje de error.

 

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