Compuestos morfinanos.

Un compuesto de Fórmula I:

o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo.

Tipo: Patente Internacional (Tratado de Cooperación de Patentes). Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: PCT/US2008/062089.

Solicitante: CONCERT PHARMACEUTICALS, INC.

Nacionalidad solicitante: Estados Unidos de América.

Dirección: 99 HAYDEN AVENUE, SUITE 100 LEXINGTON, MA 02421 ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Inventor/es: TUNG, ROGER.

Fecha de Publicación: .

Clasificación Internacional de Patentes:

  • A61K31/439 NECESIDADES CORRIENTES DE LA VIDA.A61 CIENCIAS MEDICAS O VETERINARIAS; HIGIENE.A61K PREPARACIONES DE USO MEDICO, DENTAL O PARA EL ASEO (dispositivos o métodos especialmente concebidos para conferir a los productos farmacéuticos una forma física o de administración particular A61J 3/00; aspectos químicos o utilización de substancias químicas para, la desodorización del aire, la desinfección o la esterilización, vendas, apósitos, almohadillas absorbentes o de los artículos para su realización A61L; composiciones a base de jabón C11D). › A61K 31/00 Preparaciones medicinales que contienen ingredientes orgánicos activos. › formando parte el ciclo de un sistema cíclico puenteado, p. ej. quinuclidina (aza-8-biciclo[3.2.1]octanos A61K 31/46).
  • A61P11/14 A61 […] › A61P ACTIVIDAD TERAPEUTICA ESPECIFICA DE COMPUESTOS QUIMICOS O DE PREPARACIONES MEDICINALES.A61P 11/00 Medicamentos para el tratamiento de trastornos del aparato respiratorio. › Agentes antitusígenos.
  • C07B59/00 QUIMICA; METALURGIA.C07 QUIMICA ORGANICA.C07B PROCESOS GENERALES DE QUIMICA ORGANICA; SUS APARATOS (preparación de ésteres de ácidos carboxílicos por telomerización C07C 67/47; procesos para la preparación de compuestos macromoleculares, p.ej. telomerzación C08F, C08G). › Introducción de isótopos de elementos en los compuestos orgánicos.
  • C07D471/08 C07 […] › C07D COMPUESTOS HETEROCICLICOS (Compuestos macromoleculares C08). › C07D 471/00 Compuestos heterocíclicos que contienen átomos de nitrógeno como únicos heteroátomos del sistema condensado, teniendo al menos un ciclo de seis miembros con un átomo de nitrógeno, no previstos en los grupos C07D 451/00 - C07D 463/00. › Sistemas puenteados.

PDF original: ES-2381317_T3.pdf

 


Fragmento de la descripción:

Compuestos morfinanos Antecedentes La presente divulgación se refiere a nuevos compuestos morfinanos y sus derivados, sales farmacéuticamente aceptables, solvatos e hidratos de los mismos. La presente divulgación también proporciona composiciones que comprenden un compuesto de la presente divulgación y el uso de tales composiciones en procedimientos para el tratamiento de enfermedades y afecciones que se tratan de manera beneficiosa mediante la administración de un agonista del receptor 01 que también tiene actividad antagonista NMDA.

En la actualidad el dextrometoríano es uno de los antitusivos más ampliamente usado. También conocido por el nombre químico (+) -3-metoxi-17-metil- (9a, 13a, 14a) -morfinano, el dextrometoríano se comercializa como Zenvia® y Neurodex® en forma de un producto que comprende hidrobromuro de dextrometoríano y sulfato de quinidina.

Además de la actividad fisiológica indicada anteriormente, el dextrometoríano también es un agonista del receptor 02, un antagonista del N-metil-D-aspartato (NDMA) y un antagonista del receptor nicotínico a3º4. El dextrometoríano inhibe a neurotransmisores, tales como el glutamato, de que activen receptores en el cerebro. También se inhibe la captación de la dopamina y de la serotonina.

El dextrometoríano está aprobado para su uso en productos inhibidores de la tos sin prescripción médica. En la actualidad se encuentra en ensayos clínicos en Fase I para tratamiento de individuos con espasmos en la voz y en estudios clínicos en Fase III para tratamiento del Síndrome de Rett (http: //www.clinicaltrials.gov) . El dextrometoríano se está estudiando con otros fármacos en un ensayo clínico en Fase II para caracterizar los mecanismos de procesamiento del dolor en individuos con síndrome de intestino irritable (http://www.clinicaltrials.gov/) . El dextrometoríano también está en ensayos clínicos en Fase I para el tratamiento de la hiperalgesia en individuos mantenidos con metadona (http://www.clinicaltrials.gov/) .

Además, una combinación de hidrobromuro de dextrometoríano y sulfato de quinidina se encuentra actualmente en ensayos clínicos en Fase III para el tratamiento del dolor en la neuropatía diabética. (http://www.clinicaltrials.gov) . Esta combinación de fármacos también se encuentra en ensayos clínicos en Fase III para el tratamiento del Desorden de Expresión Emocional Involuntaria (IEED) , también conocido como afectación pseudobulbar, en individuos que sufren el mal de Alzheimer, apoplejía, enfermedad de Parkinson y lesión traumática cerebral (http://www.clinical-trials.gov) .

El dextrometoríano se metaboliza en el hígado. La degradación comienza con una O- y N-desmetilación para formar los metabolitos primarios dextroríano y 3-metoxi-morfinano, los cuales son adicional y respectivamente N- y Odesmetilados en 3-hidroxi-morfinano. Se cree que estos tres metabolitos son terapéuticamente activos. Un catalizador metabólico importante es la enzima 2D6 del citocromo P450 (CPY2D6) , que la es responsable de las reacciones de O-desmetilación del dextrometoríano y del 3-metoximorfinano. La N-desmetilación del dextrometoríano y del dextroríano se cataliza por medio de enzimas de la familia relacionada con CPY3A. Se pueden detectar conjugados del dextroríano y de 3-hidroximorfinano en plasma y en orina humanos a las pocas horas de su ingestión.

El abuso de dextrometoríano se ha relacionado con su metabolito activo, el dextroríano. Los efectos de tipo PCP atribuidos al dextrometoríano se producen con mayor seguridad por el dextroríano y de esta manera se puede atribuir el potencial de abuso en seres humanos al metabolismo del dextrometoríano en dextroríano. (Miller, SC et al., Addict Biol, 2005, 10 (4) : 325-7., Nicholson, KL et al., Psychopharmacology (Berl) , 1999 Sep 1, 146 (1) : 49-59., Pender, ES et al., Pediatr Emerg Care, 1991, 7: 163-7) . Un estudio de los efectos psicotrópicos del dextrometoríano descubrió que los metabolizadores extensivos (EM) informaron de un mayor potencial de abuso en comparación con los metabolizadores lentos (PM) proporcionando la evidencia de que el dextroríano contribuye al potencial de abuso de dextrometoríano (Zawertailo LA, et al., J Clin Psychopharmacol, 1998 Aug, 18 (4) : 332-7) .

Una fracción significativa de la población tiene una deficiencia funcional en la enzima CYP2D6. De esta manera, ya que la vía metabólica principal para el dextrometoríano requiere CYP2D6, la disminución de la actividad da como resultado una duración de la acción mucho mayor y un mayor efecto del fármaco en individuos con déficit de CYP2D6. Además de la deficiencia funcional intrínseca, determinadas medicaciones, tales como antidepresivos, son potentes inhibidores de la enzima CYP2D6. Con su bajo nivel de metabolismo en determinadas personas, el dextrometoríano, especialmente en combinación con otra u otras medicaciones, puede producir efectos adversos graves.

Una duración del fármaco en el organismo mayor de la recomendada puede proporcionar efectos beneficiosos duraderos, pero también puede crear o prolongar efectos secundarios no deseados. Los efectos secundarios no deseados para las dosis recomendadas en la terapia de dextrometoríano incluyen nauseas, pérdida de apetito, diarrea, somnolencia, mareo e impotencia.

Por consiguiente, es deseable proporcionar un compuesto que tenga las actividades beneficiosas del dextrometoríano y que también pueda tener otros beneficios, por ejemplo, la reducción de los efectos secundarios adversos, con una disminución de las desventajas metabólicas, la extensión de forma adicional de su vida farmacológica eficaz, la mejora de la conformidad del individuo y, potencialmente, la disminución de la variabilidad farmacocinética en la población y/o la disminución de su potencial de interacciones peligrosas fármaco-fármaco o la disminución de la probabilidad del abuso de dextrometoríano debido a la formación de metabolitos tales como el dextroríano.

Otras técnicas pertinentes incluyen a Heinkele G et al. (Journal of Labelled Compounds y Radiopharmaceuticals, 2002, 45 (13) : 1153-1158, DOI: 10, 1002/jlcr.640) y a Eichhold TM et al. (Journal of Chromatography B: Biomedical Sciences and Applications, 1997, 698 (1-2) : 147-154, ISSN 0378-4347, DOI: 10, 1016/S0378-4347 (97) 00308-3) .

De acuerdo con un primer aspecto de la presente invención se proporciona un compuesto de Fórmula I:

o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo. Preferentemente, cualquier átomo no designado como deuterio está presente en su abundancia isotópica natural. También se proporciona una composición que no contiene pirógenos que comprende el compuesto de la presente invención o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo y un vehículo aceptable. Preferentemente, la composición se formula para administración farmacéutica, y el vehículo es un vehículo farmacéuticamente aceptable. También se proporciona un compuesto, una sal farmacéuticamente aceptable del mismo o una composición de la presente invención para su uso en un procedimiento de tratamiento del cuerpo humano o animal. Preferentemente, el uso es el tratamiento de una enfermedad o afección seleccionada entre labilidad emocional; afectación pseudobulbar; autismo; trastornos neurológicos; enfermedades neurodegenerativas; lesión cerebral; alteraciones de trastornos de la consciencia; enfermedades cardiovasculares; glaucoma; discinesia tardía; neuropatía diabética; enfermedades retinopáticas; enfermedades o trastornos causados por apoptosis inducida por homocisteína; enfermedades o trastornos causados por niveles elevados de homocisteína; dolor crónico; dolor intratable; dolor neuropático; dolor mediado por el sistema nervioso simpático; dolor asociado a disfunción gastrointestinal; ataques epilépticos; acúfenos; disfunción sexual; tos intratable; dermatitis; trastornos de adicción; síndrome de Rett (RTT) ; trastornos del habla debidos a espasmos musculares laríngeos incontrolados; neurotoxicidad del metotrexato; y fatiga causada por el cáncer. Más preferentemente, el uso es en el tratamiento del dolor neuropático o la afectación pseudobulbar. Más preferentemente, el uso es en el tratamiento de la afección pseudobulbar. Preferentemente, la composición comprende adicionalmente un segundo agente terapéutico útil en el tratamiento o la prevención de una enfermedad o afección seleccionada entre labilidad emocional; afectación pseudobulbar; autismo; trastornos neurológicos; enfermedades neurodegenerativas; lesión cerebral; alteraciones de trastornos de la consciencia; enfermedades cardiovasculares; glaucoma;... [Seguir leyendo]

 


Reivindicaciones:

1. Un compuesto de Fórmula I:

o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo.

2. El compuesto o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo de la reivindicación 1, en el que cualquier átomo no designado como deuterio está presente en su abundancia isotópica natural.

3. Una composición que no contiene pirógenos que comprende el compuesto o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo de cualquiera de las reivindicaciones precedentes y un vehículo aceptable.

4. La composición de la reivindicación 3 formulada para la administración farmacéutica y en la que el vehículo es un vehículo farmacéuticamente aceptable.

5. Un compuesto, una sal farmacéuticamente aceptable del mismo o una composición de acuerdo con cualquiera de las reivindicaciones precedentes, para su uso en un procedimiento para el tratamiento del cuerpo humano o animal.

6. Un compuesto, una sal farmacéuticamente aceptable del mismo o una composición de acuerdo con la reivindicación 5, para su uso en el tratamiento de una enfermedad o afección seleccionada entre labilidad emocional; afectación pseudobulbar; autismo; trastornos neurológicos; enfermedades neurodegenerativas; lesión cerebral; alteraciones de trastornos de la consciencia; enfermedades cardiovasculares; glaucoma; discinesia tardía; neuropatía diabética; enfermedades retinopáticas; enfermedades o trastornos causadas por apoptosis inducida por homocisteína; enfermedades o trastornos causadas por niveles elevados de homocisteína; dolor crónico; dolor intratable; dolor neuropático; dolor mediado por el sistema nervioso simpático; dolor asociado a disfunción gastrointestinal; ataques epilépticos; acúfenos; disfunción sexual; tos intratable; dermatitis; trastornos de adicción; síndrome de Rett (RTT) ; trastornos del habla debidos a espasmos musculares laríngeos incontrolados; neurotoxicidad del metotrexato; y fatiga causada por cáncer.

7. Un compuesto, una sal farmacéuticamente aceptable del mismo o una composición de acuerdo con la reivindicación 6, para su uso en el tratamiento del dolor neuropático o la afectación pseudobulbar.

8. Un compuesto, una sal farmacéuticamente aceptable del mismo o una composición de acuerdo con la reivindicación 7, para su uso en el tratamiento de la afectación pseudobulbar.

9. La composición de la reivindicación 3 o 4, o de las reivindicaciones 5-8 cuando dependen de la reivindicación 3 o 4, que comprenden adicionalmente un segundo agente terapéutico útil en el tratamiento o la prevención de una enfermedad o afección seleccionada entre labilidad emocional; afectación pseudobulbar; autismo; trastornos neurológicos; enfermedades neurodegenerativas; lesión cerebral; alteraciones de trastornos de la consciencia; enfermedades cardiovasculares; glaucoma; discinesia tardía; neuropatía diabética; enfermedades retinopáticas; enfermedades o trastornos causadas por apoptosis inducida por homocisteína; enfermedades o trastornos causadas por niveles elevados de homocisteína; dolor crónico; dolor intratable; dolor neuropático; dolor mediado por el sistema nervioso simpático; dolor asociado a disfunción gastrointestinal; ataques epilépticos; acúfenos; disfunción sexual; tos intratable; dermatitis; trastornos de adicción; síndrome de Rett (RTT) ; trastornos del habla debidos a espasmos musculares laríngeos incontrolados; neurotoxicidad del metotrexato; y fatiga causada por el cáncer.

10. La composición de la reivindicación 9, en la que el segundo agente terapéutico se selecciona entre quinidina, sulfato de quinidina, oxicodona y gabapentina.

11. Formas de dosificación por separado de:

(i) un compuesto, una sal farmacéuticamente aceptable del mismo o una composición de acuerdo con cualquiera de las reivindicaciones 1-4; y

(ii) un segundo agente terapéutico útil en el tratamiento o la prevención de una enfermedad o afección seleccionada entre labilidad emocional; afectación pseudobulbar; autismo; trastornos neurológicos; enfermedades neurodegenerativas; lesión cerebral; alteraciones de trastornos de la consciencia; enfermedades cardiovasculares; glaucoma; discinesia tardía; neuropatía diabética; enfermedades retinopáticas; enfermedades o trastornos causadas por apoptosis inducida por homocisteína; enfermedades

o trastornos causadas por niveles elevados de homocisteína; dolor crónico; dolor intratable; dolor neuropático; dolor mediado por el sistema nervioso simpático; dolor asociado a disfunción gastrointestinal; ataques epilépticos; acúfenos; disfunción sexual; tos intratable; dermatitis; trastornos de adicción; síndrome de Rett (RTT) ; trastornos del habla debidos a espasmos musculares laríngeos incontrolados, neurotoxicidad del metotrexato; y fatiga causada por el cáncer, en las que dicho compuesto, sal farmacéuticamente aceptable del mismo o composición y el segundo agente terapéutico se asocian el uno con el otro.

12. Formas de dosificación por separado de acuerdo con la reivindicación 11, en las que dicho segundo agente terapéutico se selecciona entre quinidina, sulfato de quinidina, oxicodona y gabapentina.

13. Una presentación que comprende formas de dosificación por separado de acuerdo con la reivindicación 11 o 12.

14. Las formas de dosificación por separado o una presentación de acuerdo con cualquiera de las reivindicaciones 11-13, en las que dicho segundo agente es para administración simultánea.

15. Las formas de dosificación por separado o una presentación de acuerdo con cualquiera de las reivindicaciones 11-13, en las que dicho segundo agente es para administración por separado.

16. La composición, las formas de dosificación por separado o la presentación de acuerdo con cualquiera de las reivindicaciones 9-15, que comprenden 10-60 mg del compuesto de Fórmula I o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo, y 2, 5-30 mg de quinidina.

17. El uso de un compuesto, una sal farmacéuticamente aceptable del mismo o una composición de acuerdo con cualquiera de las reivindicaciones 1-4 en la fabricación de un medicamento para el tratamiento de una enfermedad o afección seleccionada entre labilidad emocional; afectación pseudobulbar; autismo; trastornos neurológicos; enfermedades neurodegenerativas; lesión cerebral; alteraciones de trastornos de la consciencia; enfermedades cardiovasculares; glaucoma; discinesia tardía; neuropatía diabética; enfermedades retinopáticas; enfermedades o trastornos causadas por apoptosis inducida por homocisteína; enfermedades o trastornos causadas por niveles elevados de homocisteína; dolor crónico; dolor intratable; dolor neuropático; dolor mediado por el sistema nervioso simpático; dolor asociado a disfunción gastrointestinal; ataques epilépticos; acúfenos; disfunción sexual; tos intratable; dermatitis; trastornos de adicción; síndrome de Rett (RTT) ; trastornos del habla debidos a espasmos musculares laríngeos incontrolados; neurotoxicidad del metotrexato; y fatiga causada por el cáncer.

18. El uso de acuerdo con la reivindicación 17, en el que la enfermedad o afección es dolor neuropático o afectación pseudobulbar.

19. El uso de acuerdo con la reivindicación 18, en el que la enfermedad o afección es afectación pseudobulbar.

20. El uso de cualquiera de las reivindicaciones 17-19, junto con un segundo agente terapéutico útil en el tratamiento

o la prevención de una enfermedad o afección seleccionada entre labilidad emocional; afectación pseudobulbar; autismo; trastornos neurológicos; enfermedades neurodegenerativas; lesión cerebral; alteraciones de trastornos de la consciencia; enfermedades cardiovasculares; glaucoma; discinesia tardía; neuropatía diabética; enfermedades retinopáticas; enfermedades o trastornos causadas por apoptosis inducida por homocisteína; enfermedades o trastornos causadas por niveles elevados de homocisteína; dolor crónico; dolor intratable; dolor neuropático; dolor mediado por el sistema nervioso simpático; dolor asociado a disfunción gastrointestinal; ataques epilépticos; acúfenos; disfunción sexual; tos intratable; dermatitis; trastornos de adicción; síndrome de Rett (RTT) ; trastornos del habla debidos a espasmos musculares laríngeos incontrolados; neurotoxicidad del metotrexato; y fatiga causada por el cáncer.

21. El uso de la reivindicación 20, en el que el segundo agente terapéutico se selecciona entre quinidina, sulfato de quinidina, oxicodona y gabapentina.

22. El uso de la reivindicación 20 o 21, en el que el segundo agente es quinidina, y en el que la cantidad de dosificación del compuesto de Fórmula I o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo es de 10-60 mg, y la cantidad de dosificación de la quinidina es de 2, 5-30 mg.

 

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