Composición aditiva de bebidas con efecto lustre, bebidas que comprenden dicha composición y su método de preparación.

La presente invención se refiere a una composición aditiva alimentaria para bebidas,

que comprende en su formulación: un primer aditivo alimentario de silicato de potasio y aluminio (E555); un segundo aditivo alimentario seleccionado entre dióxido de Titanio (E171), óxidos e hidróxidos de hierro (E172) o cualquier combinación de ambos; y agua o cualquier otro líquido del sector de la alimentación (zumo, mosto...) hasta completar el 100% en peso del total de la composición. Otro objeto de la presente invención lo compone una bebida que contiene la composición aditiva alimentaria en cuestión en una cantidad comprendida entre 0,01% y 10% en peso del total de bebida (gramos aditivo por litro de bebida), así como el método de obtención de dicha bebida, que comprende: mezclar ambos componentes, bebida y composición aditiva; agitar durante al menos 30 minutos; y rellenar el envase.

Tipo: Patente de Invención. Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: P201330629.

Solicitante: FINISH SECOND, S.L.

Nacionalidad solicitante: España.

Inventor/es: ATIENZA GIMÉNEZ,Benjamín.

Fecha de Publicación: .

Clasificación Internacional de Patentes:

  • A23L1/275

PDF original: ES-2406392_A1.pdf

 


Fragmento de la descripción:

Composición aditiva de bedidas con efecto lustre, bebidas que comprenden dicha composición y su método de preparación.

SECTOR DE LA TÉCNICA La presente invención se encuadra dentro del sector alimentario, y de manera particular se refiere a ingredientes aditivos que aportan textura y color a bebidas de todo tipo, alcohólicas y no alcohólicas, así como a los procesos industriales de preparación de las mismas.

ESTADO DE LA TÉCNICA Existe una amplia diversidad de ingredientes en el campo de la alimentación tanto para comestibles como para bebida, entre los que se encuentran los pigmentos y los aditivos, que no sólo aportan propiedades al producto que mejoran y/o modifican su sabor y su aroma, sino también otras propiedades organolépticas como su textura y color.

Entre estos aditivos, en los últimos años se han comenzado a emplear componentes colorantes que confieren tonos perlados a productos alimentarios y farmacéuticos, como son el óxido de titanio y los óxidos e hidróxidos de hierro, tal como se describe en la solicitud de patente US 2011/0129506 A1, donde se describe el uso de dichos compuestos recubriendo sustratos laminares o placas. Una variante de la aplicación de estos compuestos aditivos es la patente española ES 2376438, que se refiere a una bebida alcohólica, como es un vino espumoso, a la que se le añade en el proceso de embotellado una serie de pigmentos alimentarios inmiscibles entre sí y con la propia bebida que, al removerse, quedan suspendidos en el líquido de tal forma que le confieren un color brillante. Los pigmentos son también en este caso dióxido de titanio y óxido e hidróxido de hierro, y se encuentran en forma de polvo. El proceso de adición de los pigmentos consiste básicamente en suministrar el polvo a la bebida en una cantidad igual o inferior a 200 mg de polvo/litro de bebida.

A la vista de estas innovaciones, se ha producido en el campo un interés creciente por encontrar nuevos compuestos que aporten colores y texturas a los alimentos, a modo decorativo y atrayente para el consumidor, así como nuevas formas de producto y nuevos métodos de preparación de dichos productos y alimentos. Entre estos, la presente invención protege el uso de la mica (silicato de potasio y aluminio, en forma de aditivo E555) , combinado con otros aditivos y componentes alimentarios, para conseguir el efecto lustre metálico en líquidos y bebidas de consumo humano.

DESCRIPCIÓN DE LA INVENCIÓN La presente invención se refiere a una composición aditiva alimentaria y decorativa de bebidas o mezclas de bebidas, con efecto lustre, que comprende: un primer aditivo alimentario a base de silicato de potasio y aluminio (mica) ; un segundo aditivo alimentario seleccionado dentro del grupo compuesto por dióxido de Titanio, óxidos e hidróxidos de hierro y cualquier combinación de ellos; y agua o cualquier otro líquido del campo de la alimentación (zumo, mosto…) hasta completar el 100% en peso del total de composición.

Se entiende por cualquier líquido del campo de la alimentación a cualquier bebida que no sea agua, como por ejemplo mosto, zumo… ya que permite también diluir los aditivos y formar la composición alimentaria.

Estas composiciones alimentarias en forma de aditivo-colorante o pigmento decorativo, que se presentan en forma acuosa/líquida y que se añaden mediante dilución a bebidas base para el consumo humano de cualquier tipo, alcohólicas y no alcohólicas, dotan a la textura de dichos productos de un efecto lustre metálico con múltiples combinaciones de colores, que les hace más atractivos para el consumidor e invitan a su consumo por su aspecto sorprendente, dinámico e innovador, unido a un sabor agradable, sin interferir las demás propiedades organolépticas. Es decir, varían su aspecto y proporcionan diferentes efectos visuales metálicos a la bebida gracias a las propiedades de los aditivos empleados.

Las bebidas alcohólicas y no alcohólicas para el consumo humano a las que se refiere la presente invención pueden ser a modo de ejemplo, y sin constituir una limitación de la misma: agua, bebida refrescante, zumo (de fruta) , mosto, vino no espumoso y otros alcoholes, cocktail, licor, derivados de destilados, bebidas energéticas e isotónicas (bebidas en alto y bajo contenido calórico, respectivamente) , etc. y cualquier combinación y mezcla de las mismas, pudiendo todas ellas ser bebidas carbonatadas (gasificadas) o no. Debe tenerse en cuenta que el uso de los aditivos alimentarios aquí descritos está prohibido en las bebidas a base únicamente de vino, espumoso o no espumoso, por lo que la invención no contempla esta posibilidad. Es decir, una bebida compuesta únicamente por vino, gasificado o no, no permite la utilización de colorantes. En cambio, una bebida en la que uno de sus componentes sea vino, gasificado o no, sí puede ser aditivado con la composición descrita.

Los aditivos alimentarios descritos son conocidos en el campo y pueden encontrarse sin problemas en el mercado, estando autorizados por la legislación nacional e internacional del sector (Reglamento (UE) N ó 1129/2011 de la Comisión de 11 de noviembre de 2011 por la que se modifica el Anexo II del Reglamento (CE) N o 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo para establecer una lista de aditivos alimentarios de la Unión) . En el caso más preferido, el primer aditivo alimentario a base de silicato de potasio y aluminio es el aditivo E555. También de manera preferida, el dióxido de Titanio es el aditivo E171, mientras que el óxido e hidróxido de hierro es el aditivo E172.

La cantidad de cada uno de los aditivos de la composición alimentaria varía según la bebida a la que se vaya a adicionar, y por eso la invención comprende múltiples y variadas combinaciones. No obstante, cabe indicar que en cualquiera de los casos posibles que cubre esta invención, se respetan siempre los límites de las cantidades permitidas que indica la normativa legal al respecto (Reglamento UE 1129/2011) .

Además, la composición aditiva alimentaria puede comprender uno o más colorantes alimentarios adicionales, seleccionados dentro de todos los colorantes permitidos en el Reglamento 1129/2011 CEE.

En la realización más preferida de la invención, la composición aditiva alimentaria y decorativa de bebidas o mezclas de bebidas consiste en un primer aditivo alimentario E555 a base de silicato de potasio y aluminio, y un segundo aditivo alimentario compuesto por el aditivo E171 a base de dióxido de Titanio, con el aditivo E172 a base de óxidos e hidróxidos de hierro, y agua hasta completar el 100% en peso del total de la composición.

Un segundo objeto de la presente invención lo constituye una bebida o mezcla de bebidas de color efecto lustre metálico que contiene la composición aditiva alimentaria antes descrita, en cualquiera de sus variantes, en una cantidad comprendida entre 0, 01% y 10%, incluidos ambos límites en peso del total de la bebida (gr de composición por litro de bebida) . Esta bebida, como se ha dicho, puede ser alcohólica o no alcohólica, pudiendo ser seleccionada sin que suponga una limitación del ámbito de protección dentro del grupo comprendido por agua, bebida refrescante, zumo, mosto, vino no espumoso y otros alcoholes, cocktail, licor, derivados de destilados, etc. y cualquier combinación y mezcla de las mismas, excepto las bebidas a base de vino, espumoso o no, por la razón antes indicada. La bebida puede estar o no carbonatada (gasificada) mediante la adición de gas carbónico a su composición. La bebida que contiene el aditivo alimentario, al agitarse, produce innovadores efectos que logran transmitir sensaciones visuales de un líquido vivo, luminoso, con múltiples destellos en permanente movimiento, incluso antes de ser abierta, por el efecto perlado que aportan los colorantes utilizados, que realzan el color de la bebida y la hacen diferente.

La bebida terminada, una vez se agita produce dentro de la botella un efecto torbellino o ciclón, que unido al efecto perlado de los colorantes utilizados transmite un efecto visual luminoso y radiante que realzan el color que transmite la bebida: oro, plata y oro rojo. Al estar las partículas en suspensión, mientras cualquier parte del líquido sigue en movimiento, dicho movimiento se transmite a las partículas pudiendo ser observado visualmente. El efecto visual final es el de un metal precioso líquido vivo, en movimiento, que articula su movimiento en función del movimiento del líquido que lo contiene”.

Preferentemente, la cantidad de aditivo en la bebida está comprendida entre 0, 01% y 2% en peso del total de la bebida (0, 01 gr y 2 gr por cada litro de bebida) .

Dicha bebida puede comprender además otros componentes adicionales... [Seguir leyendo]

 


Reivindicaciones:

1. Una composición aditiva alimentaria de bebidas o mezclas de bebidas, que comprende:

- un primer aditivo alimentario a base de silicato de potasio y aluminio;

- un segundo aditivo alimentario seleccionado dentro del grupo compuesto por dióxido de Titanio, óxidos e hidróxidos de hierro y cualquier combinación de ellos; y

- agua o cualquier otro líquido alimentario hasta completar el 100% en peso del total de la composición.

2. La composición aditiva según la reivindicación anterior, donde el primer aditivo alimentario a base de silicato de potasio y aluminio es el aditivo E555, el dióxido de Titanio es el aditivo E171, y el óxido e hidróxido de hierro es el aditivo E172.

3. La composición aditiva según una cualquiera de las reivindicaciones anteriores, que comprende la siguiente formulación: un primer aditivo alimentario E555 a base de silicato de potasio y aluminio, un segundo aditivo alimentario compuesto por el aditivo E171 a base de dióxido de Titanio, con el aditivo E172 a base de óxidos e hidróxidos de hierro; y agua.

4. La composición aditiva según una cualquiera de las reivindicaciones anteriores, que comprende uno o más colorantes alimentarios adicionales.

5. La composición aditiva según una cualquiera de las reivindicaciones anteriores, donde la bebida es alcohólica o no alcohólica y es seleccionada dentro del grupo compuesto por: agua, bebida refrescante, zumo (de fruta) , mosto, vino no espumosos y otros alcoholes, cocktail, licor, derivados de destilados, bebidas energéticas e isotónicas y cualquier mezcla de las mismas.

6. La composición aditiva según una cualquiera de las reivindicaciones anteriores, donde la bebida es una bebida carbonatada.

7. Una bebida o mezcla de bebidas de color efecto lustre caracterizada por que contiene la composición aditiva alimentaria descrita en una cualquiera de las reivindicaciones anteriores, en una cantidad comprendida entre 0, 01% y 10% en peso del total de bebida, incluidos ambos límites.

8. La bebida de la reivindicación anterior, donde la composición aditiva alimentaria está presente en una cantidad comprendida entre 0, 01% y 2% en peso del total de bebida.

9. La bebida según una cualquiera de las reivindicaciones 7 ú 8, que, siendo alcohólica o no alcohólica, es seleccionada dentro del grupo comprendido por agua, bebida refrescante, zumo, mosto, vino no espumoso y otros alcoholes, cocktail, licor, derivados de destilados y cualquier mezcla de las mismas

10. La bebida según una cualquiera de las reivindicaciones 7 a 9, que es una bebida carbonatada.

11. La bebida según una cualquiera de las reivindicaciones 7 a 10, que comprende al menos uno de los componentes seleccionados dentro del grupo compuesto por: agua, azúcar, alcohol de uso de boca, esencias, aromas, conservantes, y cualquier combinación de los mismos.

12. Un método de preparación de la bebida o mezcla de bebidas de color efecto lustre descrita en una cualquiera de las reivindicaciones 7 a 11, que comprende las siguientes etapas:

a) añadir la composición aditiva alimentaria a la bebida o mezcla de bebidas en una cantidad

comprendida entre 0, 01% y 10% en peso del total de bebida; b) mezclar mediante agitación durante un tiempo mínimo de 30 minutos; y c) verter la mezcla agitada en un recipiente de embotellado.

13. El método según la reivindicación anterior, donde la bebida se corrige de anhídrido sulfuroso, dejando en la composición final una cantidad comprendida entre 30 y 40 ppm de sulfuroso libre.

14. El método según una cualquiera de las reivindicaciones 12 ó 13, donde cuando la bebida es alcohólica se corrige su acidez, hasta alcanzar valores comprendidos entre 5-7 gr/litro expresado en ácido tartárico.

15. El método según una cualquiera de las reivindicaciones 12 a 14, donde se adiciona a la mezcla al menos un componente seleccionado dentro del grupo compuesto por: agua, azúcar, alcohol de uso de boca, esencias, aromas, conservantes, gas carbónico y cualquier mezcla de los mismos.

16. El método según una cualquiera de las reivindicaciones 12 a 15, donde la bebida se gasifica mediante adición de anhídrido carbónico, enfriando la mezcla a cero grados al adicionar el anhídrido carbónico mediante un proceso de película de la bebida.


 

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