Sistema y procedimiento de control de sesión de comunicación en un terminal de una red local.

Primer dispositivo de control (PG) de sesión de comunicación comprendido en un primer terminal local (T1) de una red local (LAN),

conectado por una pasarela (GTW) a una red de comunicación distante (IMS) a la que está conectado al menos un terminal distante (T4), comprendiendo dicho dispositivo de control:

medios de determinación para determinar si otro terminal local (T2, T3) de dicha red local está configurado para aplicar una función proxy para controlar al menos las transacciones de establecimiento de sesión entre el terminal distante (T4) y cada uno de los terminales de la red local; y

medios de configuración capaces, en caso de fallo de dicha determinación, de registrar dicho primer terminal ante dicha red distante (IMS) y de configurar dicho primer terminal local para que active dicha función proxy.

Tipo: Patente Internacional (Tratado de Cooperación de Patentes). Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: PCT/FR2010/051989.

Solicitante: Orange.

Inventor/es: Bouvet,Bertrand.

Fecha de Publicación: .

Clasificación Internacional de Patentes:

  • H04L29/06 ELECTRICIDAD.H04 TECNICA DE LAS COMUNICACIONES ELECTRICAS.H04L TRANSMISION DE INFORMACION DIGITAL, p. ej. COMUNICACION TELEGRAFICA (disposiciones comunes a las comunicaciones telegráficas y telefónicas H04M). › H04L 29/00 Disposiciones, aparatos, circuitos o sistemas no cubiertos por uno solo de los grupos H04L 1/00 - H04L 27/00. › caracterizadas por un protocolo.
  • H04M7/00 H04 […] › H04M COMUNICACIONES TELEFONICAS (circuitos para el control de otros aparatos vía cable telefónico y que no implican aparatos de conmutación telefónica G08). › Disposiciones de interconexión entre centros de conmutación.

PDF original: ES-2532001_T3.pdf

 


Fragmento de la descripción:

Sistema y procedimiento de control de sesión de comunicación en un terminal de una red local

Antecedentes de la invención

La invención se sitúa en el ámbito de las telecomunicaciones y del control de sesiones de comunicación que implican terminales en el seno de una red residencial o profesional.

La invención se aplica especialmente, pero de manera no limitativa, a las aplicaciones de telefonía o videoconferencia fija o móvil.

Las ofertas de telefonía fija y móvil propuestas por los operadores se han desarrollado mucho recientemente.

De manera conocida, una pasarela residencial ofrece a una pluralidad de terminales domésticos la posibilidad de comunicar con terminales distantes, por la red Internet a la que está conectada esta pasarela, utilizando un protocolo de voz sobre IP (Internet Protocol) conocido bajo el acrónimo VoIP (Voice Over IP) .

Una pasarela es conocida por la red Internet bajo su identidad pública conocida por el experto en la técnica bajo el 20 acrónimo "IMPU" (por "IP Multimedia Public Identity") .

Los servicios VoIP pueden de este modo ser utilizados a partir de terminales telefónicos específicos conectados directamente en un puerto de la pasarela residencial (teléfono físico RTC en el puerto FXS...) o a partir de uno o varios terminales domésticos provistos de un software de telefonía dedicado.

Estos software VoIP son comúnmente denominados "softphone" con referencia al hecho de que son generalmente de naturaleza de software. Estos software pueden instalarse en microordenadores o en terminales físicos nativos VoIP por ejemplo.

Asimismo, las redes utilizadas por los operadores para ofrecer este tipo de servicio son generalmente de tipo IMS (IP Multimedia Subsystem) . La arquitectura estandarizada IMS permite la provisión de servicios multimedia fijos y móviles según el protocolo SIP (Sesión Internet Protocol) .

Actualmente, un número creciente de equipos electrónicos son capaces de aplicar un software de telefonía VoIP y conectarse a una red residencial para comunicar con una red de comunicación distante mediante una pasarela. Asimismo, existe una demanda muy fuerte de los consumidores de poder disponer de servicios VoIP activos en el conjunto de los terminales domésticos (ordenadores, agendas electrónicas, terminales móviles provistos de aplicación VoIP por conexión WIFI...) de su red residencial. Para ello, es necesario instalar en cada terminal de una misma red local un software VoIP apropiado.

Sin embargo, los operadores de telefonía actuales limitan el número de software VoIP en el sentido amplio del término que un cliente puede instalar en el seno de su red local ya que la puesta a disposición ilimitada de tales software a los usuarios tendría varias consecuencias nefastas.

En primer lugar, la oferta y la instalación ilimitada de este tipo de software causaría un aumento significativo de los recursos solicitados al nivel de la red de los operadores para gestionar tales servicios.

En efecto, cada vez que un software VoIP es activado en un terminal doméstico, este intenta registrarse ante la red de comunicación del operador, la solicitud de registro que transita por la pasarela doméstica.

Para ello, el terminal en cuestión envía a través de la pasarela doméstica que aplica una funcionalidad NAT/PAT (por "Network Adress Translation/Port Adress Translación") una petición de registro SIP a un servidor específico (un servidor S-CSCF para "Serving Call Sesión Control Function", por ejemplo) de la red IMS, por un servidor específico P-CSCF (Proxy-Call Sesión Control Function) . Esta petición es comúnmente denominada "message SIP

REGISTER". Tal petición comprende en particular informaciones de registro (o informaciones de contexto) , como por ejemplo la dirección IP y el número de puerto de accesibilidad del terminal que se registra así como el número de teléfono de la línea telefónica en cuestión. El registro de cada terminal es necesario para beneficiarse del servicio VoIP deseado.

Un software VoIP activo en un terminal de una red local está configurado para enviar a un intervalo regular (del orden de todos los minutos) una petición de registro a la red IMS por su pasarela residencial, sin lo cual no puede ser accedido por la red IMS. El envío repetido de estas peticiones de registro permite mantener al día las tablas de Binding NAT de la pasarela residencial (correspondencia entre dirección IP: puerto atribuido al par terminal/software VoIP en la red local y dirección IP: puerto utilizada por la pasarela y vista por la red del operador) y refrescar y por lo 65 tanto prolongar la duración de registro del software VoIP ante la red IMS.

Actualmente, el número de registros SIP posibles ante una red IMS en un momento dado está generalmente restringido por el operador de esta red, estando la red IMS configurada para devolver un mensaje de error del tipo "503 Service Unavailable" en respuesta a cada petición de registro SIP que no puede ser satisfecha.

Cada petición de registro SIP rechazada genera por lo tanto una carga importante e inútil para el operador. La instalación generalizada de software VoIP en el conjunto de los terminales de las redes residenciales de los usuarios provocaría por lo tanto un aumento de tráfico importante, inútil e indeseable para el operador.

Asimismo, como se ha recordado anteriormente, las redes IMS están generalmente configuradas para solo autorizar un número limitado de registros simultáneos que corresponden a una misma identidad pública IMPU.

Diferentes mecanismos de control son actualmente utilizados para impedir, más allá de un número predeterminado, el registro SIP de terminales que presentan una misma IMPU.

Por ejemplo, algunas ofertas proponen limitar a uno el número máximo de terminales registrados en un instante dado ante la red IMS para una identidad pública IMPU dada. Cuando un nuevo terminal intenta registrarse mientras un primer terminal de la red local ya está registrado ante la red IMS, el registro de este primer terminal está automáticamente suspendido (mecanismo FIFO) y el nuevo terminal es registrado en lugar del primer terminal. Este mecanismo provoca de este modo registros temporales en los diferentes terminales, lo cual conduce a un funcionamiento no determinista.

Si los operadores permitiesen a su cliente equipar un mayor número de terminales domésticos de su red local con un software VoIP, hay un riesgo importante de que el número creciente de peticiones de registro procedentes de cada terminal entre en conflicto con los mecanismos de restricción instalados en las redes IMS.

En consecuencia, un usuario no podría disponer de un servicio de VoIP activo en el conjunto de sus terminales domésticos incluso si estos últimos estuviesen todos equipados con el software VoIP correspondiente.

En el caso del mecanismo de restricción FIFO, por ejemplo, el registro de un número demasiado importante de terminales de una misma red doméstica causaría la suspensión intempestiva del registro de ciertos terminales (los primeros registrados en este caso) , incluso de la propia pasarela residencial. La suspensión del registro de la pasarela residencial, en particular, causaría la pérdida completa de los servicios VoIP ofrecidos por los terminales telefónicos clásicos conectados.

Existe por lo tanto una necesidad en la técnica actual de ofrecer la posibilidad a los usuarios de beneficiarse de un servicio VoIP activo en una pluralidad de terminales domésticos en el seno de una misma red local.

Una solución ha sido propuesta en el documento EP2092717 que consiste en instalar en la pasarela residencial un módulo de software SENAC-F de tipo REGISTRAR (en el sentido SIP) . La figura 1 representa un ejemplo de pasarela residencial tal como la propuesta en este documento.

La pasarela residencial GTW permite la conexión entre una red local LAN y una red de comunicación distante IMS.

La pasarela GTW comprende en particular un módulo DHCP que corresponde a un servidor local DHCP capaz de 45 atribuir direcciones IP locales y máscaras de red a los terminales que se conectan a la red local LAN.

La pasarela residencial GTW comprende, además, un módulo SENAC-F así como módulos FXS y USB para controlar respectivamente los puertos físicos FXS y USB instalados en la pasarela.

Tres terminales locales T1, T2 y T3 están conectados a la red local LAN, estando cada uno provisto de un software de telefonía VoIP (o "softphone") que permite que un usuario comunique especialmente con un terminal distante T4 conectado a la red IMS.

De manera conocida, cuando la pasarela residencial GTW está activada,... [Seguir leyendo]

 


Reivindicaciones:

1. Primer dispositivo de control (PG) de sesión de comunicación comprendido en un primer terminal local (T1) de una red local (LAN) , conectado por una pasarela (GTW) a una red de comunicación distante (IMS) a la que está 5 conectado al menos un terminal distante (T4) , comprendiendo dicho dispositivo de control:

medios de determinación para determinar si otro terminal local (T2, T3) de dicha red local está configurado para aplicar una función proxy para controlar al menos las transacciones de establecimiento de sesión entre el terminal distante (T4) y cada uno de los terminales de la red local; y medios de configuración capaces, en caso de fallo de dicha determinación, de registrar dicho primer terminal ante dicha red distante (IMS) y de configurar dicho primer terminal local para que active dicha función proxy.

2. Primer dispositivo de control según la reivindicación 1, que comprende además:

medios de registro configurados, cuando dicho primer terminal aplica la función proxy, para recibir una petición de registro procedente de otro terminal local (T2, T3) de la red local y registrar un identificador de dicho otro terminal local comprendido en dicha petición.

3. Primer dispositivo de control según la reivindicación 2 que comprende además:

medios de control de flujo configurados para transmitir, a todos los terminales locales registrados ante dicho dispositivo de control, una petición de establecimiento de sesión de comunicación procedente de dicho terminal distante.

4. Primer dispositivo de control según una cualquiera de las reivindicaciones 1 a 3 que comprende además:

medios de bloqueo configurados, cuando dicho primer terminal aplica la función proxy y que controla al menos una sesión de comunicación en curso entre otro terminal de la red local y dicho terminal distante, para impedir que dicho primer terminal desactive la función proxy.

5. Segundo dispositivo de control (PG) de sesión de comunicación comprendido en un primer terminal local (T1) de una red local (LAN) , conectado por una pasarela (GTW) a una red de comunicación distante (IMS) a la que está conectado al menos un terminal distante (T4) , comprendiendo dicho dispositivo de control:

medios de determinación para determinar si otro terminal local (T2, T3) de dicha red local está configurado para aplicar una función proxy para controlar al menos las transacciones de establecimiento de sesión entre el terminal distante (T4) y cada uno de los terminales de la red local; y medios de configuración capaces, en caso de éxito de dicha determinación, de configurar dicho primer terminal local para que al menos las transacciones de establecimiento de sesión con dicho terminal distante sean transmitidas únicamente mediante un terminal denominado terminal proxy que aplica la función proxy en la red local.

6. Dispositivo de control según la reivindicación 1 o 5, en el que los medios de determinación están además 45 configurados para determinar si otro terminal de la red local aplica una función REGISTRAR, y en caso afirmativo, para deducir que este otro terminal aplica asimismo la función proxy.

7. Segundo dispositivo de control según la reivindicación 5 o 6 que comprende además:

medios de detección configurados para detectar que dicho terminal proxy ha dejado de aplicar dicha función proxy en la red local y para activar una acción en el caso de tal detección.

8. Terminal (T1) de una red local (LAN) capaz de comunicar con un terminal distante (T4) de una red distante (IMS) por una pasarela (GTW) , comprendiendo dicho terminal al menos un dispositivo entre:

-un primer dispositivo de control según una cualquiera de las reivindicaciones 1 a 4; y -un segundo dispositivo de control según una cualquiera de las reivindicaciones 5 a 7.

9. Primer procedimiento de control de sesión de comunicación que puede ser aplicado en un primer terminal local (T1) de una red local (LAN) , para controlar una sesión de comunicación entre dicho primer terminal y un terminal distante (T4) de una red de comunicación distante (IMS) , una pasarela (GTW) que conecta dicha red local a dicha red distante, comprendiendo el procedimiento:

una etapa de determinación para determinar si otro terminal local (T2, T3) de dicha red local está configurado para aplicar una función proxy para controlar al menos las transacciones de establecimiento de sesión entre el terminal

distante (T4) y cada uno de los terminales de la red local; y una etapa de configuración en caso de fallo de dicha determinación, para registrar dicho primer terminal local ante la red distante (IMS) y para configurar dicho primer terminal local para que active dicha función proxy. 5

10. Primer procedimiento de control según la reivindicación 9, que comprende además:

una etapa de registro; cuando dicho primer terminal local aplica dicha función proxy, para recibir una petición de registro procedente de otro terminal local (T2, T3) de la red local y para registrar un identificador de dicho otro terminal comprendido en dicha petición.

11. Primer procedimiento de control según la reivindicación 10 que comprende además:

una etapa de control de flujo para transmitir, a todos los terminales locales registrados ante dicho primer terminal, 15 una petición de establecimiento de sesión de comunicación procedente de dicho terminal distante.

12. Segundo procedimiento de control de sesión de comunicación que puede ser aplicado en un primer terminal local (T1) de una red local (LAN) , para controlar una sesión de comunicación entre dicho primer terminal y un terminal distante (T4) de una red de comunicación distante (IMS) , una pasarela (GTW) que conecta dicha red local a dicha red distante, comprendiendo el procedimiento:

una etapa de determinación para determinar si otro terminal local (T2, T3) de dicha red local está configurado para aplicar una función proxy para controlar al menos las transacciones de establecimiento de sesión entre el terminal distante (T4) y cada uno de los terminales de la red local; y una etapa de configuración en caso de éxito de dicha determinación, para configurar dicho primer terminal local para que al menos las transacciones de establecimiento de sesión con dicho terminal distante sean transmitidas únicamente mediante un terminal local denominado terminal maestro que aplica la función proxy en la red local.

13. Procedimiento de control según la reivindicación 9 o 12, en el que:

la etapa de determinación permite determinar si otro terminal de la red local aplica una función REGISTRAR, y en caso afirmativo, permite deducir que este otro terminal aplica asimismo la función proxy.

14. Programa de ordenador que incluye instrucciones para la ejecución de las etapas del primer procedimiento de control según una cualquiera de las reivindicaciones 9 a 11 y/o de las etapas del segundo procedimiento de control según la reivindicación 12 o 13, cuando dicho programa es ejecutado por un ordenador.

15. Soporte de registro legible por un ordenador en el que está registrado un programa de ordenador que comprende instrucciones para la ejecución de las etapas del primer procedimiento de control según una cualquiera de las reivindicaciones 9 a 11 y/o de las etapas del segundo procedimiento de control según la reivindicación 12 o 13.


 

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