PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE RECURSOS DE RADIO, ESTACIÓN DE BASE DE RADIO Y CONTROLADOR DE LA ESTACIÓN DE RADIO.
Un procedimiento de control de recursos de radio para controlar un recurso de radio para transmitir datos de usuario a través de un enlace ascendente por una estación móvil UE,
caracterizándose el procedimiento por las etapas de comunicación, en una estación de base de radio, a un controlador de red de radio RNC, en un momento predeterminado, cuando la velocidad de transmisión máxima admisible se hace mayor o menor que un umbral predeterminado, de una velocidad de transmisión máxima admisible de los datos de usuario, que se señaliza ante la estación móvil UE conectada a la estación de base de radio; y control, en el controlador de red de radio RNC, del recurso de radio basado en la velocidad de transmisión máxima admisible comunicada
Tipo: Patente Internacional (Tratado de Cooperación de Patentes). Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: PCT/JP2006/300229.
Solicitante: NTT DOCOMO, INC..
Nacionalidad solicitante: Japón.
Dirección: 11-1 NAGATA-CHO 2-CHOME CHIYODA-KU TOKYO 100-6150 JAPON.
Inventor/es: USUDA,MASAFUMI, UMESH,ANIL, NAKAMURA,TAKEHIRO.
Fecha de Publicación: .
Fecha Solicitud PCT: 11 de Enero de 2006.
Fecha Concesión Europea: 6 de Octubre de 2010.
Clasificación Internacional de Patentes:
- H04W28/22 ELECTRICIDAD. › H04 TECNICA DE LAS COMUNICACIONES ELECTRICAS. › H04W REDES DE COMUNICACION INALAMBRICAS (difusión H04H; sistemas de comunicación que utilizan enlaces inalámbricos para comunicación no selectiva, p. ej. extensiones inalámbricas H04M 1/72). › H04W 28/00 Tráfico de red o gestión de recursos. › Negociación de velocidad de comunicación.
Clasificación PCT:
- H04W28/22 H04W 28/00 […] › Negociación de velocidad de comunicación.
Países PCT: Alemania, España, Francia, Reino Unido, Suecia.
Fragmento de la descripción:
CAMPO TÉCNICO
La presente invención se refiere a un procedimiento de control de recursos de radio, una estación de base de radio y un controlador de red de radio que controla un recurso de radio para transmitir datos de usuario a través de un enlace ascendente por una estación móvil.TÉCNICA ANTERIOR
En el documento US-2002/0.021.673-A1 se describe un procedimiento para tener en cuenta la capacidad de procesamiento de tráfico con el fin de controlar la carga de tráfico en una red de radio móvil, en el que se tienen en cuenta uno o más límites en dicha capacidad de procesamiento correspondientes a uno o más parámetros representativos de dicha carga de tráfico.
En un sistema convencional de comunicación móvil, en un enlace ascendente desde una estación móvil UE a una estación de base de radio Nodo B, se configura un controlador de red de radio RNC para determinar una velocidad de transmisión de un canal dedicado, en consideración de los recursos de radio de la estación de base de radio NodoB, un volumen de interferencia en un enlace ascendente, poder de transmisión de la estación móvil UE, rendimiento de procesamiento de la transmisión de la estación móvil UE, una velocidad de transmisión requerida para una aplicación superior, y similares, y para notificar la velocidad de transmisión determinada del canal dedicado mediante un mensaje de una capa-3 (Capa de control de recursos de radio) a la estación móvil UE y a la estación de base de radio Nodo B.
En este caso, el controlador de red de radio RNC se proporciona en un nivel superior de la estación de base de radio Nodo B, y es un aparato configurado para controlar la estación de base de radio Nodo B y la estación móvil UE.
En general, las comunicaciones de datos causan a menudo tráfico en ráfagas en comparación con las comunicaciones de voz o las comunicaciones de TV. Por tanto, es preferible que una velocidad de transmisión de un canal para las comunicaciones de datos cambie deprisa.
Sin embargo, según se muestra en la fig. 1, el controlador de red de radio RNC controla íntegramente una pluralidad de estaciones de base de radio Nodo B en general.
Por tanto, en el sistema convencional de comunicación móvil, ha habido el problema de que es difícil de realizar un control rápido para cambiar de la velocidad de transmisión de canal (por ejemplo, en aproximadamente 1 a 100 ms), debido a la carga de procesamiento, el retardo del procesamiento, o similares.
Además, en el sistema convencional de comunicación móvil, ha habido también el problema de que los costes para implementar un aparato y para hacer funcionar una red se incrementan sustancialmente incluso si puede realizarse el control rápido para cambiar la velocidad de transmisión del canal.
Por tanto, en el sistema convencional de comunicación móvil, el control para cambiar la velocidad de transmisión del canal se realiza generalmente en el orden de unos centenares de ms a unos segundos.
En consecuencia, en el sistema convencional de comunicación móvil, cuando se realiza transmisión de datos en ráfaga según se muestra en la fig. 2(a), los datos se transmiten aceptando baja velocidad, alto retardo y baja eficacia de transmisión según se muestra en la fig. 2(b), o, según se muestra en la fig. 2(c), reservando recursos de radio para comunicaciones de alta velocidad para aceptar esos recursos de ancho de banda de radio en un estado no ocupado y se desperdician recursos de hardware en la estación de base de radio Nodo B.
Debe observarse que los recursos de ancho de banda de radio y los recursos de hardware descritos anteriormente se
aplican a los recursos de radio verticales en las figs. 2(a) y 2(c).
Por tanto, el 3rd Generation Partnership Project (3GPP) y el 3rd Generation Partnership Project 2 (3GPP2), que son organizaciones internacionales de normalización del sistema de comunicación móvil de tercera generación, han expuesto un procedimiento para controlar recursos de radio a alta velocidad en una capa-1 y una subcapa de control de acceso al medio (MAC) (una capa-2) entre la estación de base de radio Nodo B y la estación móvil UE, de manera que los recursos de radio se usen con eficacia. Dichas exposiciones o funciones expuestas se referirán en lo sucesivo como “Enlace ascendente mejorado (EUL)”.
Los procedimientos de control de recursos de radio que se han expuesto en el “Enlace ascendente mejorado” pueden clasificarse en sentido extenso en tres, del modo siguiente. A continuación se describirán brevemente los procedimientos de control de recursos de radio.
En primer lugar, se ha expuesto un procedimiento de control de recursos de radio que se refiere como “Tiempo y control de velocidad”.
En dicho procedimiento de control de recursos de radio, una estación de base de radio Nodo B determina una estación móvil UE que puede transmitir datos de usuario y una velocidad de transmisión de datos de usuario de la estación móvil UE durante un tiempo predeterminado, de manera que se señale información relativa a una estación móvil ID y la velocidad de transmisión de datos de usuario (o una velocidad de transmisión máxima admisible de datos de usuario).
La estación móvil UE que es designada por la estación de base de radio Nodo B transmite datos de usuario en el instante designado y la velocidad de transmisión (o dentro de un intervalo de la velocidad de transmisión máxima admisible).
En segundo lugar, se ha expuesto un procedimiento de control de recursos de radio que se refiere como “Control
de velocidad por UE”.
En dicho procedimiento de control de recursos de radio, si existieran datos de usuario que debieran transmitirse a la estación de base de radio Nodo B, cada estación móvil UE puede transmitir los datos de usuario. Sin embargo, se usa la velocidad de transmisión máxima admisible de los datos de usuario, que está determinada por la estación de base de radio Nodo B y señalizada para cada estación móvil UE para cada trama de transmisión o cada una de una pluralidad de tramas de transmisión.
En este caso, cuando se señaliza la velocidad de transmisión máxima admisible, la estación de base de radio Nodo B señaliza la velocidad de transmisión máxima admisible en sí, o un valor relativo de la misma (por ejemplo, binaria de una “orden ascendente” y una “orden descendente”), en este instante.
En tercer lugar, se ha expuesto un procedimiento de control de recursos de radio que se refiere como “Control de velocidad por celda”.
En dicho procedimiento de control de recursos de radio, una estación de base de radio Nodo B señaliza una velocidad de transmisión de datos de usuario, que es común entre estaciones móviles UE en comunicación, o la información necesaria para calcular la velocidad de transmisión, y cada estación móvil UE determina una velocidad de transmisión de datos de usuario basándose en la información recibida.
Idealmente, el “Tiempo y control de velocidad”, y el “Control de velocidad por UE” pueden ser los mejores procedimientos de control para mejorar la capacidad de radio en un enlace ascendente. Sin embargo, debe garantizarse una velocidad de transmisión de datos de usuario después de que se determinan el volumen de datos almacenado en memorias tampón de la estación móvil UE, el poder de transmisión en la estación móvil UE, o similares. Por tanto, ha habido el problema de que la carga de control aumenta por la acción de la estación de base de radio Nodo
B.
Además, en estos procedimientos de control de recursos de radio, ha habido el problema de que la tara se hace mayor por los intercambios de las señales de control.
Por otra parte, en el “Control de velocidad por celda”, existe la ventaja de que la carga de control por parte de la estación de base de radio Nodo B es pequeña ya que la estación de base de radio Nodo B señaliza información que es común en las celdas, y cada estación móvil UE busca de forma autónoma la velocidad de transmisión de datos de usuario basándose en la información recibida.
Sin embargo, la estación de base de radio Nodo B debe configurarse de manera que los datos de usuario en el enlace ascendente de cualquier estación móvil UE puedan recibirse. Por tanto, ha habido el problema de que...
Reivindicaciones:
1. Un procedimiento de control de recursos de radio para controlar un recurso de radio para transmitir datos de usuario a través de un enlace ascendente por una estación móvil UE, caracterizándose el procedimiento por las etapas de
comunicación, en una estación de base de radio, a un controlador de red de radio RNC, en un momento predeterminado, cuando la velocidad de transmisión máxima admisible se hace mayor o menor que un umbral predeterminado, de una velocidad de transmisión máxima admisible de los datos de usuario, que se señaliza ante la estación móvil UE conectada a la estación de base de radio; y
control, en el controlador de red de radio RNC, del recurso de radio basado en la velocidad de transmisión máxima admisible comunicada.
2. El procedimiento de control de recursos de radio según la reivindicación 1, que comprende la etapa de solicitar, en el controlador de red de radio RNC, a la estación de base de radio que comunique la velocidad de transmisión máxima admisible; y en el que
la estación de base de radio comunica la velocidad de transmisión máxima admisible al controlador de red de radio RNC en respuesta a la solicitud.
3. El procedimiento de control de recursos de radio según la reivindicación 1, en el que la estación de base de radio comunica la velocidad de transmisión máxima admisible al controlador de red de radio RNC periódicamente.
4. El procedimiento de control de recursos de radio según la reivindicación 1, en el que en la etapa de control del recurso de radio, el controlador de red de radio determina si acepta o no una solicitud de inicio de comunicación de
la estación móvil, basándose en la velocidad de transmisión máxima admisible comunicada.
5. Una estación de base de radio usada en un sistema de comunicación móvil en la que una estación móvil UE determina una velocidad de transmisión de datos de usuario transmitida a través de un enlace ascendente basándose en una velocidad de transmisión máxima admisible, comprendiendo la estación de base de radio:
una unidad de señal de velocidad de transmisión máxima admisible configurada para señalizar la velocidad de
transmisión máxima admisible a la estación móvil UE conectada a la estación de base de radio; caracterizada por una unidad de comunicación de la velocidad detransmisión máxima admisible (13) configurada para comunicar, al controlador de red de radio RNC, en un momento predeterminado, la velocidad de transmisión máxima admisible que se señaliza ante la estación móvil conectada a la estación de base de radio, cuando la velocidad de transmisión máxima admisible se hace mayor o menor que un umbral predeterminado.
6. La estación de base de radio según la reivindicación 5, en la que la unidad de comunicación de la velocidad de transmisión máxima admisible (13) está configurada para comunicar la velocidad de transmisión máxima admisible al controlador de red de radio RNC, cuando le es solicitado por la estación de control de la red de radio para comunicar la velocidad de transmisión máxima admisible.
7. La estación de base de radio según la reivindicación 5, en la que la unidad de comunicación de la velocidad de transmisión máxima admisible (13) está configurada para comunicar la velocidad de transmisión máxima admisible al controlador de red de radio RNC periódicamente.
8. Un controlador de red de radio RNC usado en un sistema de comunicación móvil en el que una estación móvil determina una velocidad de transmisión de datos de usuario transmitida a través de un enlace ascendente basándose en una velocidad de transmisión máxima admisible, estando el controlador de red de radio caracterizado por:
una unidad de adquisición de la velocidad de transmisión máxima admisible (56) configurada para adquirir, a partir de una estación de base de radio específica, la velocidad de transmisión máxima admisible de los datos de usuario en el enlace ascendente, que se señaliza ante la estación móvil conectada a la estación de base de radio específica, cuando la velocidad de transmisión máxima admisible se hace mayor o menor que un umbral predeterminado; y
una unidad de control de recursos de radio (56) configurada para controlar un recurso de radio para transmitir los datos de usuario basándose en la velocidad de transmisión máxima admisible adquirida.
9. Un controlador de red de radio según la reivindicación 8, en el que la unidad de adquisición de la velocidad de transmisión máxima admisible (56) se configura para adquirir la velocidad de transmisión máxima admisible solicitando a la estación de base de radio que comunique la velocidad de transmisión máxima admisible.
10. El controlador de red de radio según la reivindicación 8, en el que la unidad de adquisición de la velocidad de transmisión máxima admisible (56) se configura para adquirir la velocidad de transmisión máxima admisible comunicada periódicamente por la estación de base de radio.
11. El controlador de red de radio según la reivindicación 8, en el que la unidad de control de recursos de radio (26) se configura para determinar si acepta o no una solicitud de inicio de comunicación de la estación móvil UE,
basándose en la velocidad de transmisión máxima admisible comunicada.
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