USO DE DERIVADOS DE SULFAMIDA HETEROCICLICA BENZO-FUSIONADA PARA EL TRATAMIENTO DE LA DEPRESION.

Un compuesto de fórmula (I)

Tipo: Patente Internacional (Tratado de Cooperación de Patentes). Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: PCT/US2006/048538.

Solicitante: JANSSEN PHARMACEUTICA N.V..

Nacionalidad solicitante: Bélgica.

Dirección: TURNHOUTSEWEG 30,2340 BEERSE.

Inventor/es: REITZ, ALLEN, B., SMITH-SWINTOSKY, VIRGINIA, L..

Fecha de Publicación: .

Fecha Concesión Europea: 21 de Abril de 2010.

Clasificación Internacional de Patentes:

  • A61K31/352 NECESIDADES CORRIENTES DE LA VIDA.A61 CIENCIAS MEDICAS O VETERINARIAS; HIGIENE.A61K PREPARACIONES DE USO MEDICO, DENTAL O PARA EL ASEO (dispositivos o métodos especialmente concebidos para conferir a los productos farmacéuticos una forma física o de administración particular A61J 3/00; aspectos químicos o utilización de substancias químicas para, la desodorización del aire, la desinfección o la esterilización, vendas, apósitos, almohadillas absorbentes o de los artículos para su realización A61L; composiciones a base de jabón C11D). › A61K 31/00 Preparaciones medicinales que contienen ingredientes orgánicos activos. › condensados con carbociclos, p. ej. canabinoles, metantelina.
  • A61K31/353 A61K 31/00 […] › 3,4-Dihidrobenzopiranos, p. ej. cromano, catequina.
  • A61K31/357 A61K 31/00 […] › teniendo dos o más átomos de oxígeno en el mismo ciclo, p. ej. eteres en corona, guanadrel.

Clasificación PCT:

  • A61K31/352 A61K 31/00 […] › condensados con carbociclos, p. ej. canabinoles, metantelina.
  • A61K31/353 A61K 31/00 […] › 3,4-Dihidrobenzopiranos, p. ej. cromano, catequina.
  • A61K31/357 A61K 31/00 […] › teniendo dos o más átomos de oxígeno en el mismo ciclo, p. ej. eteres en corona, guanadrel.
  • A61P25/24 A61 […] › A61P ACTIVIDAD TERAPEUTICA ESPECIFICA DE COMPUESTOS QUIMICOS O DE PREPARACIONES MEDICINALES.A61P 25/00 Medicamentos para el tratamiento de trastornos del sistema nervioso. › Antidepresivos.

Fragmento de la descripción:

Uso de derivados de sulfamida heterocíclica benzo-fusionada para el tratamiento de la depresión.

Referencia cruzada con las solicitudes relacionadas

Esta solicitud reivindica el beneficio de la Solicitud Provisional de los Estados Unidos 60/751.730, presentada el 19 de diciembre del 2005.

Campo de la invención

La presente invención se refiere al uso de derivados de sulfamida heterocíclica benzo-fusionada para el tratamiento de la depresión, que incluye tanto la monoterapia como la co-terapia con al menos un antidepresivo.

Antecedentes de la invención

La depresión unipolar se define como un estado de ánimo deprimido sobre una base diaria con una duración mínima de dos semanas. Un episodio puede caracterizarse por tristeza, indiferencia o apatía o irritabilidad y suele asociarse con un cambio en una serie de funciones neurovegetativas, incluyendo patrones de sueño, apetito y peso corporal, agitación o retraso motor, fatiga, falta de concentración y de toma de decisiones, sentimientos de vergüenza o culpa y pensamientos de muerte (Harrison's Principles of Internal Medicine, 2000). Los criterios para un episodio depresivo principal incluyen cinco o más síntomas presentes durante el mismo periodo de dos semanas, en el que esto representa un cambio de funcionamiento anterior; y en el que al menos uno de los síntomas es estado de ánimo depresivo o pérdida de interés o de placer. Los síntomas de un episodio depresivo incluyen estado de ánimo depresivo; interés o placer notablemente disminuido de todas o casi todas, las actividades la mayoría de los días, pérdida de peso cuando no se está a dieta o ganancia de peso, o disminución o aumento de apetito casi todos los días; insomnio o híper insomnio casi todos los días; agitación o retraso psicomotor casi todos los días; fatiga o pérdida de energía casi todos los días; sentimientos de inutilidad o culpabilidad excesiva o inapropiada casi todos los días; capacidad para pensar o concentrarse disminuida, o indecisión, casi todos los días; pensamientos recurrentes de muerte, ideas suicidas recurrentes sin un plan específico o un intento de suicidio o un plan específico para suicidarse. Adicionalmente, los síntomas provocan malestar clínicamente significativo o deterioro social, laboral u otras áreas importantes de funcionamiento (Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders, 4ª Edición, Text Revision, American Psychiatric Association, 2000).

Las opciones de tratamiento actuales para la depresión unipolar incluyen monoterapia o terapia de combinación con diversas clases de fármacos que incluyen inhibidores de mono-amina oxidasa, tricíclicos, inhibidores de la reabsorción de serotonina, inhibidores de la reabsorción noradrenérgica de serotonina, agentes noradregérnicos y serotonérgicos específicos, inhibidores de la reabsorción de noradrelanina "productos naturales" (tales como Kava-Kava, hierba de San Juan), complementos dietéticos (tales como s-adenosilmetionina) y otros. Más específicamente, los fármacos usados en el tratamiento de la depresión incluyen, pero sin limitación, imipramina, amitriptilina, desiprimina, nortriptilina, doxepín, protiptilina, trimipramina, maprotilina, amopaxina, trazodona, bupropión, clomipramina, fluoxetina, citalopram, sertralina, paroxetina, fluvoxamina, nefazadona, venlafaxina, reboxetina, mirtazapina, fenelzina, tranilcitromina y/o moclobemida (por ejemplo, J.M. KENT, Lancet 2000, 355, 911-918; J. W. WILLIAMS JR, CD. MULROW, E. CHIQUETTE, P. H. NOEL, C. AGUILAR, y J. CORNELL, Ann. Intern. Med. 2000, 132, 743-756; P.J. AMBROSINI, Psychiatr. Serv. 2000, 51, 627-633). Varios de estos agentes incluyen, pero sin limitación, a inhibidores de la absorción de serotonina que también se usan cuando coexisten depresión y ansiedad, tales como depresión ansiosa (R.B. LYDIARD y O. BRAWMAN-MINTZER, J: Clin. Psychiatry 1998, 59, Suplem. 18, 10-17; F. ROUILLON, Eur. Neuropsychophar-macol. 1999, 9 Suplem. 3, S87-S92).

En la clínica, el 40-50% de los pacientes con depresión a los que inicialmente se les prescribe terapia antidepresiva no experimentan una remisión oportuna de los síntomas de depresión. Este grupo tipifica la depresión refractaria al tratamiento, es decir, un fracaso para demostrar una respuesta "adecuada" a un ensayo de tratamiento "adecuado" (es decir, intensidad de tratamiento suficiente para una duración suficiente) (R.M. BERMAN, M. NARASIMHAN, y D.S. CHARNEY, Depress. Anxiety 1997, 5, 154-1.64). Además, aproximadamente el 20-30% de los pacientes con depresión siguen siendo parcial o totalmente resistentes al tratamiento farmacológico incluyendo tratamientos de combinación (J. ANANTH, Psychother. Psychosom. 1998, 67, 61-70; R.J. CADIEUX, Am. Fam. Physician 1998, 58, 2059-2062). Progresivamente, el tratamiento de la depresión resistente incluye el aumento de estrategias que incluyen el tratamiento con agentes farmacológicos tales como, litio, carbamazepina y triyodotironina y similar (M. HATZINGER y E. HOLSBOER-TRACHSLER, Wien. Med. Wochenschr. 1999, 149, 511-514; C.B. NEMEROFF, Depress: Anxiety 1996-1997, 4, 169-181; T.A. KETTER, R.M. POST, P.I. PAREKH y K. WORTHINGTON, J. Clin. Psychiatry 1995, 56, 471-475; R.T. JOFFE, W. SINGER, A.J. LEVITT, C. MACDONALD, Arch. Gen. Psychiatry 1993, 50, 397-393).

La distimia se define como un trastorno del estado de ánimo que se caracteriza por un estado de ánimo depresivo crónico durante un periodo de al menos 2 años. La distimia puede tener un curso persistente o intermitente y el estado de ánimo depresivo se produce durante la mayor parte del día, durante muchos días y durante al menos 2 años (Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders, 4ª Edición, American Psychiatric Association, 1994).

Por otro lado, el trastorno bipolar, se caracteriza por oscilaciones impredecibles en el estado de ánimo entre la manía y la depresión (trastorno bipolar I) o entre la hipomanía y la depresión (trastorno bipolar II) (Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders, 4ª Edición, American Psychiatric Association, 1994). El uso de antidepresivos en el trastorno bipolar se limita generalmente, de manera intencional a evitar el riesgo de manía y el riesgo de ciclos rápidos inducido por los antidepresivos en el trastorno bipolar (H.J. MOLLER y H. GRUNZE, Eur. Arch. Psychiatry Clin. Neurosci. 2000, 250, 57-68; J.R. CALA-BRESE, D.J. RAPPORT, S.E. KIMMEL, y M.D. SHELTON, Eur. Neuropsychopharmacol. 1999, 9, S109-S112). Además, ninguno de los estabilizadores del estado de ánimo usados en el trastorno bipolar ha demostrado eficacia antidepresiva (H.J. MOLLER y H. GRUNZE, Eur. Arch. Psychiatry Clin. Neurosci. 2000, 250, 57-68).

Sigue existiendo una necesidad de proporcionar un tratamiento eficaz para la depresión. B.E. Maryanoff et al. (B.E. Maryanoff, D.F. McComsey, M.J. Costanzo, C. Hochman, V. Smith-Swintosky, y R.P. Shank, J. Med Chem. 2004, 48(6), 1941-1947) examinan la eficacia relativa de grupos sulfamato y sulfamida para la inhibición de anhidrasa carbónica II (CA-II), en particular la inhibición de CA-II humana, usando topiramato como una plataforma estructural.

Los derivados anticonvulsivos útiles en el tratamiento de la depresión como monoterapia o terapia de combinación se describen en el documento WO 02/09694 A. Estos compuestos pueden administrarse en combinación con uno o más compuestos seleccionados de inhibidores de mono-amina oxidasa, tricíclicos, inhibidores de la absorción de serotonina, inhibidores de la absorción noradrenérgica de serotonina, agentes noradrenérgicos y serotonérgicos específicos, inhibidores de la absorción de noradrenalina, productos naturales, complementos dietéticos, neuropéptidos, receptores de neuropéptidos dirigidos a compuestos u hormonas.

Resumen de la invención

La presente invención se refiere a un medicamento para el tratamiento de la depresión que comprende una cantidad terapéuticamente eficaz de un compuesto de fórmula (I)


en el que

cada uno de R1 y R2 se selecciona independientemente entre el grupo que consiste en hidrógeno y alquilo inferior;
R4 se selecciona entre el grupo que consiste en hidrógeno y alquilo inferior;
a es un número entero de 1 a 2;

se selecciona...

 


Reivindicaciones:

1. Un compuesto de fórmula (I)


o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo para uso en el tratamiento de la depresión,

en el que cada uno de R1 y R2 se selecciona independientemente entre el grupo que consiste en hidrógeno y alquilo inferior, en el que el alquilo inferior se refiere a una cadena de carbono lineal o ramificada de 1-4 átomos de carbono;
R4 se selecciona del grupo que consiste en hidrógeno y alquilo inferior, en el que alquilo inferior se refiere a una cadena de carbono lineal o ramificada de 1-4 átomos de carbono;
a es un número entero de 1 a 2;

se selecciona entre el grupo que consiste en

en las que b es un número entero de 0 a 4; y en las que c es un número entero de 0 a 2;
cada R5 se selecciona independientemente entre el grupo que consiste en halógeno, alquilo inferior y nitro, en el que alquilo inferior se refiere a una cadena de carbono lineal o ramificada de 1-4 átomos de carbono;
con la condición de que cuando

es

entonces a sea 1.

2. El compuesto o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo para su uso como en la reivindicación 1, en el que

cada uno de R1 y R2 se selecciona independientemente entre el grupo que consiste en hidrógeno y alquilo inferior, en el que alquilo inferior se refiere a una cadena de carbono lineal o ramificada de 1-4 átomos de carbono;
a es un número entero de 1 a 2;

se selecciona entre el grupo que consiste en


en las que b es un número entero de 0 a 2; y en las que c es un número entero de 0 a 1;
cada R5 se selecciona independientemente entre el grupo que consiste en halógeno, alquilo inferior y nitro, en el que alquilo inferior se refiere a una cadena de carbono lineal o ramificada de 1-4 átomos de carbono;
con la condición de que cuando

es

entonces a sea 1.

3. El compuesto o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo para su uso como en la reivindicación 2, en el que

cada uno de R1 y R2 se seleccionan independientemente entre el grupo que consiste en hidrógeno y alquilo inferior, en el que alquilo inferior se refiere a una cadena de carbono lineal o ramificada de 1-4 átomos de carbono;
R4 se selecciona entre el grupo que consiste hidrógeno y alquilo inferior, en el que alquilo inferior se refiere a una cadena de carbono lineal o ramificada de 1-4 átomos de carbono;
a es un número entero de 0 a 2;

se selecciona entre el grupo que consiste en

y

en las que b es un número entero de 0 a 2; y en las que c es 0;
cada R5 se selecciona independientemente entre el grupo que consiste en halógeno, alquilo inferior y nitro, en el que alquilo inferior se refiere a una cadena de carbono lineal o ramificada de 1-4 átomos de carbono;
con la condición de que cuando

es

entonces a sea 1.

4. El compuesto o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo para su uso como en la reivindicación 3, en el que

cada uno de R1 y R2 se selecciona independientemente entre el grupo que consiste en hidrógeno y alquilo inferior, en el que alquilo inferior se refiere a una cadena de carbono lineal o ramificada de 1-4 átomos de carbono;
R4 se selecciona entre el grupo que consiste en hidrógeno y metilo;
a es un número entero de 1 a 2;

se selecciona entre el grupo que consiste en 2-(2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxinilo), 2-(benzo[1,3]dioxolilo), 2-(3,4-dihidro-2H-benzo[1,4]dioxepinilo), 2-(2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxinilo), 2-(6-cloro-2,3-dihidro-benzo [1,4]dioxinilo), 2-(6-fluoro-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxinilo), 2-(cromanilo), 2-(5-fluoro-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxinilo), 2-(7-cloro-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxinilo), 2-(6-cloro-benzo[1,3]dioxolilo), 2-(7-nitro-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxinilo), 2-(7-metil-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxinilo), 2-(5-cloro-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxinilo), 2-(6-bromo-2,3-dihidro-benzo [1,4]dioxinilo), 2-(6,7-dicloro-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxinilo), 2-(8-cloro-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxinilo), 2-(2,3-dihidro-nafto[2,3-b][1,4]dioxinilo) y 2-(4-metil-benzo[1,3]dioxolilo);
con la condición de que cuando

es 2-(3,4-dihidro-2H-benzo[1,4]dioxepinilo), entonces a sea 1.

5. El compuesto o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo para su uso como en la reivindicación 4, en el que

cada uno de R1 y R2 se selecciona independientemente entre el grupo que consiste en hidrógeno y metilo;
R4 se selecciona entre el grupo que consiste en hidrógeno y metilo;
a es un número entero entre de 1 a 2;

se selecciona entre el grupo que consiste en 2-(benzo[1,3]dioxolilo), 2-(2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxinilo), 2-(2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxinilo), 2-(6-cloro-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxinilo), 2-(7-cloro-2,3-dihidro-benzo [1,4]dioxinilo), 2-(7-metil-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxinilo), 2-(6-bromo-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxinilo) y 2-(6,7-dicloro-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxinilo).

6. El compuesto de la reivindicación 1 para su uso en el tratamiento de la depresión, en el que el compuesto de fórmula (I) se selecciona entre el grupo que consiste en (2S)-(-)-N-(6-cloro-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxion-2-ilmetil)-sulfamida; y las sales farmacéuticamente aceptables del mismo.

7. Un compuesto seleccionado de entre el grupo que consiste en (2S)-(-)-N-(6-cloro-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxin-2-ilmetilo)-sulfamida; y las sales farmacéuticamente aceptables del mismo para su uso en el tratamiento de la depresión.

8. Un compuesto de fórmula (III)


o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo para su uso en el tratamiento de la depresión.

9. Un compuesto o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo de cualquiera de las reivindicaciones 1, 7 y 8 para su uso en el tratamiento de la depresión, en el que la depresión se selecciona entre el grupo que consiste en trastorno depresivo mayor, depresión unipolar, depresión refractaria al tratamiento, depresión resistente, depresión ansiosa y distimia.

10. El compuesto o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo de cualquiera de las reivindicaciones 1, 7 y 8 para su uso en el tratamiento de la depresión, en el que la depresión se selecciona entre el grupo que consiste en trastorno depresivo mayor, depresión unipolar, depresión refractaria al tratamiento, depresión resistente y depresión ansiosa.

11. El compuesto o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo de cualquiera de las reivindicaciones 1, 7 y 8 para su uso en el tratamiento de la depresión, en el que la depresión es trastorno depresivo mayor.

12. Al menos un antidepresivo y un compuesto de la reivindicación 1 con la fórmula (I)


o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo para su uso en el tratamiento de la depresión.

13. Al menos un antidepresivo y un compuesto de la reivindicación 1 con la fórmula (I)


o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo para uso en co-terapia para el tratamiento de la depresión.

14. Al menos un antidepresivo y un compuesto de la reivindicación 1 con la fórmula (I)


o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo en forma de una preparación combinada para su uso por separado, simultáneo o secuencial en el tratamiento de la depresión.

15. El uso de al menos un antidepresivo en la elaboración de una preparación combinada de al menos un antidepresivo y un compuesto de de la reivindicación 1 con la fórmula (I)


o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo para su uso simultáneo, por separado o secuencial en el tratamiento de la depresión.

16. El uso de un compuesto de la reivindicación 1 con la fórmula (I)


o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo en la elaboración de una preparación combinada de al menos un antidepresivo y un compuesto de fórmula (I) o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo para su uso simultáneo, por separado o secuencial en el tratamiento de la depresión.

17. Un compuesto de la reivindicación 1 con la fórmula (I)


o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo para su uso en el tratamiento de la depresión, en el que dicho tratamiento comprende la administración simultánea, por separado o secuencial de al menos un antidepresivo.

18. El compuesto y al menos un antidepresivo de cualquiera de las reivindicaciones 12-14 y 17 para su uso en el tratamiento de la depresión, o el uso de las reivindicaciones 15-16, en el que el compuesto de la reivindicación 1 con la fórmula (I) se selecciona entre el grupo que consiste en (2S)-(-)-N-(6-cloro-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxin-2-ilmetilo)-sulfamida; y las sales farmacéuticamente aceptables del mismo.

19. El compuesto y al menos un antidepresivo para su uso en el tratamiento de la depresión como se indica en la reivindicación 18 o el uso como se indica en la reivindicación 18, el que el compuesto de la reivindicación 1 con fórmula (I) es (2S)-(-)-N-(6-cloro-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxin-2-ilmetilo)-sulfamida:


20. Al menos un antidepresivo y un compuesto seleccionado entre grupo que consiste en (2S)-(-)-N-(6-cloro-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxin-2-ilmetilo)-sulfamida; y las sales farmacéuticamente aceptables del mismo para su uso en el tratamiento de la depresión.

21. Al menos un antidepresivo y un compuesto seleccionado entre el grupo que consiste en (2S)-(-)-N-(6-cloro-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxin-2-ilmetilo)-sulfamida; y las sales farmacéuticamente aceptables del mismos para su uso en co-terapia para el tratamiento de la depresión.

22. Al menos un antidepresivo y un compuesto seleccionado entre el grupo que consiste en (2S)-(-)-N-(6-cloro-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxin-2-ilmetilo)-sulfamida; y las sales farmacéuticamente aceptables del mismo en forma de una preparación combinada para su uso por separado, simultáneo o secuencial en el tratamiento de la depresión.

23. El uso de al menos un antidepresivo en la elaboración de una preparación combinada de al menos un antidepresivo y un compuesto seleccionado entre el grupo que consiste en (2S)-(-)-N-(6-cloro-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxin-2-ilmetilo)-sulfamida; y las sales farmacéuticamente aceptables del mismo para su uso simultáneo, por separado, o secuencial en el tratamiento de la depresión.

24. El uso de un compuesto que se selecciona del grupo que consiste en (2S)-(-)-N-(6-cloro-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxin-2-ilmetilo)-sulfamida; y las sales farmacéuticamente aceptables el mismo en la elaboración de una preparación combinada de al menos un antidepresivo y un compuesto seleccionado entre grupo que consiste en (2S)-(-)-N-(6-cloro-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxin-2-ilmetilo)-sulfamida; y las sales farmacéuticamente aceptables del mismo para su uso simultáneo, por separado o secuencial en el tratamiento de la depresión.

25. Un compuesto que se selecciona del grupo que consiste en (2S)-(-)-N-(6-cloro-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxin-2-ilmetilo)-sulfamida; y las sales farmacéuticamente aceptables del mismo para su uso en el tratamiento de la depresión, en el que dicho tratamiento comprende la administración simultánea, por separado o secuencial de al menos un antidepresivo.

26. El compuesto y al menos un antidepresivo de cualquiera de las reivindicaciones 20-22 y 25 para su uso en el tratamiento de la depresión, o el uso de las reivindicaciones 23-24, en las que el compuesto es (2S)-(-)-N-(6-cloro-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxin-2-ilmetilo)-sulfamida:


27. Al menos un antidepresivo y un compuesto de fórmula (III)


o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo para su uso en el tratamiento de la depresión.

28. Al menos un antidepresivo y un compuesto de fórmula (III)


o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo para su uso en co-terapia para el tratamiento de la depresión.

29. Al menos un antidepresivo y un compuesto de fórmula (III)


o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo como una preparación combinada para su uso por separado, simultaneo o secuencial en el tratamiento de la depresión.

30. El uso de al menos un antidepresivo en la elaboración de una preparación combinada de al menos un antidepresivo y un compuesto de fórmula (III)


o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo para su uso simultáneo, por separado o secuencial en el tratamiento de la depresión.

31. El uso de un compuesto de fórmula (III)


o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo en la elaboración de una preparación combinada de al menos un antidepresivo y un compuesto de fórmula (III) o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo para su uso simultáneo, por separado o secuencial en el tratamiento de la depresión.

32. Un compuesto de fórmula (III)


o una sal farmacéuticamente aceptable del mismo para su uso en el tratamiento de la depresión, en el que dicho tratamiento comprende la administración simultánea, por separado o secuencial de al menos un antidepresivo.

33. El compuesto y al menos un antidepresivo de cualquiera de las reivindicaciones 12-14,17, 20-22, 25-29 y 32 para su uso en el tratamiento de la depresión o su uso en cualquiera de las reivindicaciones 15-16, 23-24, 26 y 30-31, en el que el antidepresivo se selecciona entre el grupo que consiste en imipramina, amitriptilina, desipramina, nortriptilina, doxepina, protriptilina, trimipramina, maprotilina, amoxapina, trazodona, bupropiona, clomipramina, fluoxetina, duloxetina, escitalopram, citalopram, sertralina, paraxetina, fluvoxamina, nefazadona, venlafaxina, milnacipran, reboxetina, mirtazapina, fenelcina, tranilcipromina, moclobemida, Kava-Kava, Hierba de San Juan, s-adenosilmetionina, hormona liberadora de tirotropina, antagonistas del receptor de neuroquinina y triyodotironina.

34. El compuesto y al menos un antidepresivo de cualquiera de las reivindicaciones 12-14, 17, 20-22, 25-29 y 32 para su uso en el tratamiento de la depresión, o el uso de cualquiera de las reivindicaciones 15-16, 23-24, 26 y 30-31, en las que el antidepresivo se selecciona entre el grupo que consiste en inhibidores de mono-amino oxidasa, tricíclicos, inhibidores de la recaptación de serotonina, inhibidores de la recaptación de serotonina noradrenérgica; noradrenérgicos y serotonérgicos específicos y antidepresivos atípicos.

35. El compuesto y al menos un antidepresivo de cualquiera de las reivindicaciones 12-14, 17, 20-22, 25-29 y 32 para su uso en el tratamiento de la depresión, o el uso de cualquiera de las reivindicaciones 15-16, 23-24, 26 y 30-31, el las que el antidepresivo se selecciona entre el grupo que consiste en fenelcina, tranilcipromina, moclobemida, imipramina, amitriptilina, desipramina, nortriptilina, dixepin, protriptilina, trimipramina, clomipramina, amoxapina, fluoxetina, sertralina, paroxetina, citalopram, fluvoxamina, venlafaxina, minalcipram, mirtazapona y bupropión.

36. El compuesto y al menos un antidepresivo del cualquiera de las reivindicaciones 12-14, 17, 20-22, 25-29 y 32 para su uso en el tratamiento de la depresión, o el uso de cualquiera de las reivindicaciones 15-16, 23-24, 26 y 30-31, en las que el antidepresivo se selecciona entre el grupo que consiste en neuropéptidos, receptores de neuropéptidos dirigidos a compuestos y hormonas.

37. El compuesto de cualquiera de las reivindicaciones 6 y 7 para su uso en el tratamiento de la depresión, en el que el compuesto es (2S)-(-)-N-(6-cloro-2,3-dihidro-benzo[1,4]dioxin-2-ilmetilo)-sulfamida:



 

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Compuestos cíclicos, del 4 de Diciembre de 2019, de TAKEDA PHARMACEUTICAL COMPANY LIMITED: Un compuesto representado por la siguiente fórmula (I) o una sal del mismo **(Ver fórmula)** en donde, el anillo A es ciclopenteno o ciclohexeno, […]

COMPLEJO DE INCLUSIÓN DE ORIGEN NATURAL Y BIODISPONIBLE PARA EL TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES DE ORIGEN PARASITARIO, del 15 de Noviembre de 2019, de UNIVERSIDAD DE VALLADOLID: Complejo de inclusión de origen natural y biodisponible para el tratamiento de enfermedades de origen parasitario. Complejo de inclusión que comprende […]

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