PRODUCTO ALIMENTICIO LÍQUIDO QUE COMPRENDE GRÁNULOS DE BACTERIAS LÁCTICAS.

Producto alimenticio líquido que contiene partículas de bacterias lácticas deshidratadas recubiertas de al menos una materia grasa vegetal sólida a temperatura ambiente,

caracterizado por el hecho que las dichas bacterias recubiertas se presentan bajo la forma de gránulos de tamaño medio comprendido entre 95 y 300 µm que contienen bacterias lácticas en una cantidad superior o igual a 1.10 10 UFC por gramo de gránulos, porque los dichos gránulos están exentos de almidón, y porque el dicho producto alimenticio presenta un pH inferior o igual a 4,5 y un contenido ponderado de agua de al menos 83%

Tipo: Patente Internacional (Tratado de Cooperación de Patentes). Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: PCT/FR2004/003309.

Solicitante: COMPAGNIE GERVAIS-DANONE.

Nacionalidad solicitante: Francia.

Dirección: 17, BOULEVARD HAUSSMANN 75009 PARIS FRANCIA.

Inventor/es: TEISSIER,PHILIPPE.

Fecha de Publicación: .

Fecha Solicitud PCT: 20 de Diciembre de 2004.

Clasificación Internacional de Patentes:

  • A23C11/10B2
  • A23C9/123D
  • A23L1/00P2B
  • A23L1/30M
  • A23L2/02 NECESIDADES CORRIENTES DE LA VIDA.A23 ALIMENTOS O PRODUCTOS ALIMENTICIOS; SU TRATAMIENTO, NO CUBIERTO POR OTRAS CLASES.A23L ALIMENTOS, PRODUCTOS ALIMENTICIOS O BEBIDAS NO ALCOHOLICAS NO CUBIERTOS POR LAS SUBCLASES A21D O A23B - A23J; SU PREPARACION O TRATAMIENTO, p. ej. COCCION, MODIFICACION DE LAS CUALIDADES NUTRICIONALES, TRATAMIENTO FISICO (conformación o tratamiento, no enteramente cubierto por la presente subclase, A23P ); CONSERVACION DE ALIMENTOS O DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS, EN GENERAL (conservación de la harina o las masas panificables A21D). › A23L 2/00 Bebidas no alcohólicas; Composiciones secas o concentrados para fabricarlas; Su preparación (concentrados de sopa A23L 23/10; preparación de bebidas no alcohólicas por eliminación de alcohol C12H 3/00). › que contienen zumos de frutas o verduras.
  • A23L2/52 A23L 2/00 […] › Adición de ingredientes (adición de conservantes A23L 2/44).

Clasificación PCT:

  • A23C11/10 A23 […] › A23C PRODUCTOS LACTEOS, p. ej. LECHE, MANTEQUILLA, QUESO; SUCEDANEOS DE LA LECHE O DEL QUESO; SU FABRICACION (obtención de composiciones a base de proteínas para la alimentación A23J 1/00; preparación de péptidos, p. ej. de proteinas, en general C07K 1/00). › A23C 11/00 Sucedáneos de la leche, p. ej. composiciones para reemplazar la leche en el café con leche (sucedáneos del queso A23C 20/00; sucedáneos de la mantequilla A23D; sucedáneos de la nata A23L 9/20). › que contienen o no lactosa pero no otro compuesto de origen lácteo como fuente de grasas, hidratos de carbono o proteínas.
  • A23C9/123 A23C […] › A23C 9/00 Preparados a base de leche; Leche en polvo o preparados a base de leche en polvo (A23C 21/06 tiene prioridad; conservación A23C 3/00; leche chocolatada A23G 1/00; helados o mezclas para la preparación de helados A23G 9/00; pudins o postres o postres hechos con polvos secos A23L 9/10). › que utilizan solamente microorganismos de la familia de las lactobacterias; Yogur (A23C 9/13 tiene prioridad).
  • A23L1/00
  • A23L1/03

Clasificación antigua:

  • A23C11/10 A23C 11/00 […] › que contienen o no lactosa pero no otro compuesto de origen lácteo como fuente de grasas, hidratos de carbono o proteínas.
  • A23C9/123 A23C 9/00 […] › que utilizan solamente microorganismos de la familia de las lactobacterias; Yogur (A23C 9/13 tiene prioridad).
  • A23L1/00
  • A23L1/03

Países PCT: Austria, Bélgica, Suiza, Alemania, Dinamarca, España, Francia, Reino Unido, Grecia, Italia, Liechtensein, Luxemburgo, Países Bajos, Suecia, Mónaco, Portugal, Irlanda, Eslovenia, Finlandia, Rumania, Chipre, Lituania.

PDF original: ES-2361748_T3.pdf

 


Fragmento de la descripción:

La presente invención se relaciona con un producto alimenticio líquido y acuoso que comprende partículas de bacterias lácticas deshidratadas y recubiertas de materia grasa vegetal.

10º Los probióticos son microorganismos vivos que mejoran el equilibrio microbiano intestinal. Actualmente, pueden utilizarse diferentes microorganismos tales como, por ejemplo, levaduras, bacterias y en particular pueden utilizarse bifidobacterias, lactobacilos, leuconostococos, pediococos y lactococos como probióticos, en particular en el campo agroalimentario. En la alimentación humana, estos microorganismos o probióticos se incorporan principalmente en productos lácteos fermentados tales como los yogures.

15º Los microorganismos que son incorporados en los productos alimenticios sufren un cierto número de agresiones en el transcurso de su fabricación, su almacenamiento y su utilización, lo que conduce a una disminución de su eficacia que está asociada muy a menudo con una tasa de mortalidad importante.

20º De esta forma, los productos alimenticios disponibles en el mercado parecen no estar en capacidad de aportar a sus consumidores una cantidad suficiente de probióticos para permitir la obtención de un efecto saludable consecuente, en razón particularmente de su baja resistencia al almacenamiento o a las diferentes tensiones durante su empleo en productos o durante su consumo (estrés gástrico, estrés intestinal).

25º Ya se han propuesto diversas soluciones que apuntan a proteger estos microorganismos para asegurar a la vez su conservación en el producto final y su eficacia durante la ingestión del producto para el consumidor, entre ellas su mezcla o su encapsulación con materias grasas.

De esta forma, la solicitud de patente europea EP 1 010 372 describe un alimento cocido que comprende a la vez un

30º probiótico y un prebiótico, es decir un ingrediente no vivo no digerible que aumenta la actividad de ciertas bacterias entre ellas las bacterias probióticas en el colon. Este alimento se compone de una parte grasa no cocida desprovista de agua y que contiene bacterias vivas liofilizadas y de una partícula cocida constituida por prebióticos del tipo perteneciente a las fibras no digeribles. La parte grasa que recubre las bacterias liofilizadas está constituida de aceite de palma, de aceite de nuez de coco, de mantecas vegetales del tipo cacao o cacahuete, de margarinas, de

35º aceites vegetales hidrogenados o parcialmente hidrogenados. Por lo tanto, el alimento así obtenido es de tipo bizcocho y puede conservarse al menos por seis meses a temperatura ambiente.

La solicitud internacional WO 99/09839 describe una composición del tipo pasta que comprende una materia grasa anhidra o un sustituto de materia grasa y un probiótico con una concentración que va de 1.107 a 5.1011 UFC

40º (Unidades Formadoras de Colonias)/g de probiótico. La composición presenta una actividad en agua (aw) inferior a 0,7 y puede ser utilizada para la fabricación de productos alimenticios secos de tipo bizcocho. Esta composición permite conservar durante varios meses a temperatura ambiente, un número importante y constante de probióticos así como sus propiedades en el producto final.

45º Por otro lado, la solicitud internacional WO 01/68808 describe partículas de microorganismos vivos deshidratados y recubiertos por una capa homogénea de una sustancia hidrófoba escogida entre materias grasas así como su procedimiento de fabricación (granulación) y su aplicación en la fabricación de productos farmacéuticos, dietéticos o alimenticios. La granulación de las bacterias vivas permite aumentar su resistencia frente al estrés físico-químico que sufren en el transcurso de su granulación y posteriormente de su ingestión. Se describe brevemente la

50º utilización de estas partículas en el campo agroalimentario y los productos alimenticios que se citan en los ejemplos son cereales, productos de confitería o leche en polvo.

Finalmente, la solicitud internacional WO 96/08261 describe una composición probiótica que comprende uno o varios microorganismos probióticos que pueden ser utilizados bajo forma liofilizada y un soporte que comprende 55º almidón resistente modificado o no modificado o sus mezclas, empleándose el dicho soporte como transportador y

como medio de mantenimiento y de crecimiento de los dichos microorganismos en el intestino grueso y en otras zonas del tracto gastrointestinal. Los microorganismos liofilizados son mezclados con una materia grasa de bajo punto de fusión calentada previamente y luego se agrega el almidón resistente a la dispersión obtenida. Tal composición probiótica puede ser ingerida directamente o incorporada en alimentos y bebidas, en particular,

5º yogures, zumos, etc.

Además de escoger la o las sustancias que pueden ser utilizadas a título de materiales protectores, los procedimientos de recubrimiento deben igualmente superar un cierto número de dificultades entre ellas particularmente el imperativo de conciliar procedimientos de fabricación agresivos con la utilización de entidades

10º biológicas frágiles.

Además, los microorganismos una vez recubiertos deben ser resistentes a las condiciones de almacenamiento, de utilización o de empleo en los productos finales, que se prolongan más tarde en el huésped a nivel del colon. Por ejemplo, los probióticos que poseen una actividad intestinal deben estar protegidos por cierto a todo lo largo de su

15º almacenamiento pero igualmente durante su tránsito gastrointestinal (resistencia a la acidez gástrica por ejemplo) con el fin de optimizar su capacidad durante su utilización. Además, durante su aplicación en el producto y a todo lo largo de su almacenamiento, debe preservarse la integridad de los gránulos con el fin de asegurar el mantenimiento del nivel de supervivencia de las bacterias en los gránulos.

20º Así, los diferentes procedimientos de protección y particularmente de encapsulación descritos en el documento de la técnica anterior, citados anteriormente, se adaptan particularmente bien a la incorporación de probióticos en productos alimenticios secos o que presentan una muy baja actividad de agua.

Por otro lado, la patente estadounidense US 6,447,823 describe un yogur líquido que contiene bacterias lácticas

25º encapsuladas con la ayuda de una mezcla de aceite endurecido y de almidón, y que comprende eventualmente una segunda capa constituida de gelatina y pectina. Siendo así relativamente importante el tamaño de cápsulas obtenido (1 a 3 mm), la fabricación de este tipo de yogur necesita el empleo de un procedimiento específico para añadir cápsulas en el producto. En efecto, es necesario colocar las cápsulas en el fondo de la botella de acondicionamiento previamente al relleno progresivo del dicho frasco con el yogur líquido que debe tener una densidad muy próxima a

30º la de las cápsulas, de manera que estas últimas se repartan uniformemente en el producto. La producción de un tal producto impone por lo tanto una tensión importante de fabricación debido al tamaño de las partículas lo que hace imposible la realización de una mezcla dinámica de las cápsulas.

Así, parece difícil la dispersión de gránulos de tamaño demasiado grande y éstos demuestran ser inestables en un

35º ambiente acuoso, teniendo en cuenta su carácter lipofílico. Así, los productos alimenticios muy acuosos no constituyen un medio ideal para asegurar la estabilidad de granos lipofílicos que contienen fermentos.

Por otro lado, cuando se desea incorporar partículas de bacterias recubiertas de materias grasas vegetales en un producto alimenticio muy líquido, es imperativo que el tamaño de los gránulos no sea demasiado importante con el

40º fin de que no resulten perceptibles en la boca (sensación de granos de arena bajo el paladar) para poder suministrar un producto aceptable desde el punto de vista organoléptico. Finalmente, teniendo en cuenta la baja cantidad de bacterias contenidas en cada cápsula, la cantidad de cápsulas que se van a dispersar en el líquido para fabricar un producto alimenticio con efecto probiótico sería demasiado grande y conduciría a la obtención de un producto inaceptable desde el punto de vista organoléptico.

45º

Es por ello que, con el fin de remediar el conjunto de estos... [Seguir leyendo]

 


Reivindicaciones:

1. Producto alimenticio líquido que contiene partículas de bacterias lácticas deshidratadas recubiertas de al menos una materia grasa vegetal sólida a temperatura ambiente, caracterizado por el hecho que las dichas bacterias recubiertas se presentan bajo la forma de gránulos de tamaño medio comprendido entre 95 y 300 µm que

5º contienen bacterias lácticas en una cantidad superior o igual a 1.1010 UFC por gramo de gránulos, porque los dichos gránulos están exentos de almidón, y porque el dicho producto alimenticio presenta un pH inferior o igual a 4,5 y un contenido ponderado de agua de al menos 83%.

2. Producto alimenticio según la reivindicación 1, caracterizado por el hecho de que el tamaño mediano de los 10º gránulos de partículas de bacterias lácticas es inferior a 200 µm.

3. Producto alimenticio según la reivindicación 1 ó 2, caracterizado por el hecho de que el tamaño mediano de los gránulos de partículas de bacterias lácticas está comprendido entre 150 y 200 µm.

15º 4. Producto alimenticio según una cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizado por el hecho de que se presenta bajo la forma de una leche fermentada o de una bebida.

5. Producto alimenticio según la reivindicación 4, caracterizado por el hecho de que la bebida es un zumo de frutas, una mezcla de leche y de zumo de fruta o un zumo vegetal.

20º

6. Producto alimenticio según una cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizado por el hecho de que las bacterias lácticas son escogidas entre los lactobacilos y las bifidobacterias.

7. Producto alimenticio según la reivindicación 6, caracterizado por el hecho de que las bacterias lácticas son 25º escogidas entre Lactobacillus casei. Lactobacillus Plantarum, Bifidobacterium animalis y Bifidobacterium breve.

8. Producto alimenticio según la reivindicación 7, caracterizado por el hecho de que la bacteria láctica es un Lactobacillus casei I-1518.

30º 9. Producto alimenticio según una cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizado por el hecho de que las bacterias lácticas son deshidratadas por liofilización previamente a su granulación.

10. Producto alimenticio según la reivindicación 9, caracterizado por el hecho de que las bacterias son tratadas con la ayuda de un agente lipoprotector previo a su liofilización.

35º

11. Producto alimenticio según una cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizado por el hecho de que las partículas de bacterias deshidratadas presentan un tamaño medio comprendido entre 80 y 150 µm.

12. Producto alimenticio según una cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizado por el hecho de 40º que las partículas de bacterias deshidratadas presentan una actividad en agua inferior a 0,25.

13. Producto alimenticio según una cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizado por el hecho de que las materias grasas vegetales utilizadas para recubrir las partículas de bacterias deshidratas se escogen entre cuerpos hidrogenados y no hidrogenados, fraccionados o no fraccionados, esterificados o no esterificados,

45º ceras alimenticias, ácidos grasos y sus mezclas.

14. Producto alimenticio según la reivindicación 13, caracterizado por el hecho de que las materias grasas vegetales se escogen entre aceite de palma esteárico de temperatura de fusión (TF) = 35ºC, aceites de palma de TF 45ºC y 58ºC, manteca de cacao, manteca de cacahuete, aceite de palmiste, copra hidrogenada de TF = 32ºC, cera de

50º carnauba de TF = 80-85ºC, cera microcristalina de origen petrolífero, ácido esteárico, ácido palmítico, y sus mezclas.

15. Producto alimenticio según la reivindicación 14, caracterizado por el hecho de que las materias grasas vegetales utilizadas para recubrir las partículas de bacterias deshidratadas se escogen entre aquellas que poseen un punto 55º de fusión superior a 40ºC.

16. Producto alimenticio según una cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizado por el hecho de que la concentración en bacterias lácticas deshidratas en los gránulos es superior o igual a 1.1010 UFC por gramo de gránulos y con un máximo de 5.1011 UFC por gramo de gránulos.

17. Producto alimenticio según una cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizado por el hecho de que los dichos gránulos poseen una actividad en agua inferior a 0,4.

18. Producto alimenticio según una cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizado por el hecho de 10º que la o las materias grasas representan de 40 a 75% en peso con respecto al peso total de los gránulos.

19. Producto alimenticio según una cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizado por el hecho de que la concentración en bacterias lácticas recubiertas está comprendido entre 5.106 y 5.109 UFC por gramo de producto final.

15º

20. Producto alimenticio según una cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizado por el hecho de que contiene al menos 90% de agua.

21. Producto alimenticio según una cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizado por el hecho de

20º que la cantidad de gránulos de partículas de bacterias lácticas deshidratadas es inferior a 2% en peso con respecto al peso total del producto final.

22. Producto alimenticio según la reivindicación 21, caracterizado por el hecho de que la cantidad de gránulos de

partículas de bacterias lácticas deshidratadas está comprendida entre 0,01 y 1% en peso con respecto al peso 25º total del producto final.

10º 11º


 

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