PROCEDIMIENTO Y SISTEMA DE COBRO POR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.

Un módulo (31) de cobro convergente, para su uso en un sistema de telecomunicaciones celular,

que comprende:

un módulo (52) de función de conmutación de servicio, que puede emular a un conmutador de circuito basado en voz; y

un adaptador (65) de interfaz de prepago, en comunicación con el módulo (52) de función de conmutación de servicio y que puede conectarse a un módulo (7) de cobro de prepago que usa un protocolo de llamadas de voz, de modo que el módulo (7) de cobro de prepago parece estar comunicándose con un conmutador de circuito basado en voz usando el protocolo de llamadas de voz; y

al menos un módulo (53, 54) de función de control de servicio, que puede emular las funciones de control del módulo (7) de cobro de prepago; y

un adaptador (61) de interfaz de datos, en comunicación con el al menos un módulo (53, 54) de función de control de servicio y que puede conectarse a un elemento (21) de red de datos que usa un protocolo de servicio de datos, de modo que el elemento (21) de red de datos parece estar comunicándose con el módulo (7) de cobro de prepago; y

un núcleo (51) de control de sesión, en comunicación con el al menos un módulo (52) de función de conmutación de servicio y el al menos un módulo (53, 54) de función de control de servicio y que puede traducir datos recibidos desde el elemento (21) de red de datos, usando el protocolo de servicio de datos, para simular una llamada de voz usando el protocolo de llamadas de voz, para emitirlos al módulo (7) de cobro de prepago

Tipo: Patente Europea. Resumen de patente/invención. Número de Solicitud: E04394020.

Solicitante: TANGO TELECOM LIMITED.

Nacionalidad solicitante: Irlanda.

Dirección: INNOVATION WORKS, NATIONAL TECHNOLOGY CENTRE,LIMERICK.

Inventor/es: WARD,COLM M, KELLY,KIERAN, MULLIN,DAVID, MULQUEEN,KAY.

Fecha de Publicación: .

Fecha Solicitud PCT: 8 de Abril de 2004.

Fecha Concesión Europea: 20 de Enero de 2010.

Clasificación Internacional de Patentes:

  • H04L12/14 ELECTRICIDAD.H04 TECNICA DE LAS COMUNICACIONES ELECTRICAS.H04L TRANSMISION DE INFORMACION DIGITAL, p. ej. COMUNICACION TELEGRAFICA (disposiciones comunes a las comunicaciones telegráficas y telefónicas H04M). › H04L 12/00 Redes de datos de conmutación (interconexión o transferencia de información o de otras señales entre memorias, dispositivos de entrada/salida o unidades de tratamiento G06F 13/00). › Disposiciones para el cobro.
  • H04M15/00 H04 […] › H04M COMUNICACIONES TELEFONICAS (circuitos para el control de otros aparatos vía cable telefónico y que no implican aparatos de conmutación telefónica G08). › Disposiciones de cómputo, de control de duración o de indicación de duración.
  • H04M17/00 H04M […] › Sistemas telefónicos de pago previo (utilizando una tarjeta codificada para autorizar llamadas desde un aparato telefónico H04M 1/675).

Clasificación PCT:

  • H04L12/14 H04L 12/00 […] › Disposiciones para el cobro.
  • H04M15/00 H04M […] › Disposiciones de cómputo, de control de duración o de indicación de duración.
  • H04M17/00 H04M […] › Sistemas telefónicos de pago previo (utilizando una tarjeta codificada para autorizar llamadas desde un aparato telefónico H04M 1/675).

Clasificación antigua:

  • H04L12/14 H04L 12/00 […] › Disposiciones para el cobro.
  • H04M15/00 H04M […] › Disposiciones de cómputo, de control de duración o de indicación de duración.
  • H04M17/00 H04M […] › Sistemas telefónicos de pago previo (utilizando una tarjeta codificada para autorizar llamadas desde un aparato telefónico H04M 1/675).

Países PCT: Austria, Bélgica, Suiza, Alemania, Dinamarca, España, Francia, Reino Unido, Grecia, Italia, Liechtensein, Luxemburgo, Países Bajos, Suecia, Mónaco, Portugal, Irlanda, Eslovenia, Finlandia, Rumania, Chipre, Lituania, Letonia, Ex República Yugoslava de Macedonia, Albania.

PROCEDIMIENTO Y SISTEMA DE COBRO POR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.

Fragmento de la descripción:

Procedimiento y sistema de cobro por servicios de telecomunicaciones.

Campo de la invención

La presente invención se refiere a sistemas de cobro por servicios de telefonía, en particular por servicios de datos sobre redes de telefonía móvil o celular.

Antecedentes de la invención

Se conoce bien que los servicios de telefonía de voz pueden cobrarse en tiempo real usando varias técnicas, entre las que se encuentra el procedimiento de nodo de servicio y el procedimiento de red inteligente.

La figura 1 de los dibujos muestra una realización del procedimiento de nodo de servicio. Las portadoras de tráfico de voz reales se encaminan a un nodo 1 de servicio especial desde uno o más del (de los) conmutador(es) 2 que establecen y cancelan las llamadas. Con la mayor frecuencia, la señalización de llamadas usa un protocolo de sistema de señalización n.º 7 (SS7) conocido como parte de usuario de RDSI (ISUP), tal como se especifica en las normas Q.763, Q.767 de la ITU-T. El nodo de servicio tiene acceso a una base de datos de abonados, que contiene un saldo de cuenta, y también tiene medios para calcular la tarifa que ha de cobrarse por cada llamada específica. Esto dependerá normalmente al menos de la identidad 90 de la parte que llama, la identidad 91 de la parte llamada, la hora del día, el día de la semana y el plan contable de la parte llamada, aunque puede incluir muchos otros parámetros ampliamente conocidos en la industria.

Cuando se establece una llamada 3, 4 a través de un nodo de servicio, se valida el saldo de la cuenta y si se considera que cumple ciertos criterios, se establece la llamada a partir de entonces 5, 6 desde el nodo de servicio hasta el destino final, posiblemente a través de otros varios conmutadores.

Si el saldo inicial de la cuenta es insuficiente, o llega a serlo durante el transcurso de una llamada, el nodo de servicio interrumpe la conexión de extremo a extremo, posiblemente tras diversas notificaciones a la parte llamada o que llama. Tal como se conoce bien en la técnica, estas notificaciones pueden ser mediante la inserción de tonos de aviso, mediante la conexión a unidades de respuesta interactiva de voz (IVR), mediante mensajes del servicio de mensajes cortos (SMS) o mediante señalización de datos de servicios suplementarios no estructurados (USSD), aplicándose normalmente estos dos últimos únicamente a servicios celulares. El cobro por servicios de telefonía de esta manera se conoce como cobro de prepago.

La figura 2 de los dibujos muestra una realización del procedimiento de red inteligente (IN), que es otro procedimiento de cobro de prepago. Se usa un protocolo de control entre los conmutadores 2 que manejan las llamadas y un punto 7 de control de servicio (SCP), que suministra el servicio de prepago. La principal diferencia entre esto y el procedimiento del nodo de servicio es que sólo se encaminan las señales 8 de control al SCP (no es necesario encaminar las portadoras del tráfico de voz reales). Esto proporciona importantes ahorros de capital y operativos y otros beneficios.

La principal funcionalidad adicional necesaria en los conmutadores para implementar el procedimiento de IN se conoce como función 9 de conmutación de servicio (SSF), y tanto ésta como los protocolos de control usados en el procedimiento de red inteligente se conocen bien en la técnica, y se especifican en ITU-T [Q.1211-Q.1215], Q.1218 y ETSI ETS 300 374-1 conocidas colectivamente como INAP CS-1, e ITU-T [Q.1221-Q.1225], Q.1228 y ETSI EN 301 140-1, conocidas colectivamente como INAP CS-2.

Los servicios de telefonía de voz también pueden suministrarse en redes en modo por paquetes, en un procedimiento controlado mediante el uso del denominado protocolo de inicio de sesión (SIP), tal como especifica el IETF en RFC 2543 y RFC 2327. Estos no siguen el modelo de IN, sin embargo se conoce bien en la técnica que los servicios de voz en redes por paquetes pueden controlarse, no obstante, por sistemas de IN en tiempo real usando el denominado procedimiento de "SSF de software".

También se conoce bien en la técnica que los organismos de normalización han aprobado procedimientos para el control en tiempo real específicamente en redes celulares. Estos procedimientos se han aprobado no sólo para servicios de voz sino también de datos. Los procedimientos se basan en un conjunto de normas conocidas como CAMEL, como se especifica en GSM 03.78 y 09.78, conocidas colectivamente como CAP2; y 3GPP TS 23.078 y TS 29.078, conocidas colectivamente como CAP3. Un conjunto paralelo de normas TIA conocidas como red inteligente inalámbrica (WIN) se especifica para su uso en ciertas redes TDMA y CDMA, y éstas también se incorporan en las últimas versiones (releases) de 3GPP2.

La figura 3 de los dibujos muestra una realización de estos nuevos conjuntos de protocolos de control, que también se basan en el procedimiento de red inteligente. En este ejemplo, un elemento 21 de red en la red 92 de datos usa una función 22 SSF interna para permitir que un SCP 7 ejerza un control en tiempo real sobre el flujo de datos, usando por ejemplo el protocolo 25 de CAP3. Normalmente, esto se usaría para el cobro en tiempo real por servicios de datos. El elemento 21 de red podría ser cualquiera o todos de los siguientes:

(i) centro de servicio de mensajes cortos (SMSC) en redes basadas en IS-41 o GSM (ii) nodos de soporte de servicio GPRS (SGSN) en redes GSM o nodos de función de control de paquetes (PCF) en redes de datos CDMA (iii) GGSN (nodos de soporte de pasarela GPRS), a veces denominados GGSN mejorados o inteligentes si realizan funciones SSF, o PDSN (nodos de servicio de datos por paquetes) en redes de datos CDMA (iv) centros de mensajes multimedia (MMSC) si están dotados de funciones SSF (v) o diversos tipos de proxys de señalización y datos que pueden tener funciones SSF incorporadas para cobro u otros fines.

Para los fines de esta patente, los elementos de red de datos que tienen funcionalidad SSF se denominarán mediante el nombre genérico SSF de datos (DSSF), sin especificar si es un elemento de red convencional o alguna forma de proxy. El uso de SSF o "SSF de software" de esta manera, y el uso de elementos de red proxy, se conoce bien en la técnica.

Tradicionalmente, el cobro en tiempo real mediante los procedimientos anteriores, para voz y datos, sólo se han usado para cuentas de prepago, en las que se mantiene actualizado el saldo preciso de la cuenta en tiempo real y deben pagarse los servicios por adelantado. Si el saldo de la cuenta es o llega a ser insuficiente, el servicio se deniega o se interrumpe.

Por otra parte, el cobro con pago posterior por servicios de voz se ha implementado hasta la fecha mediante la producción de registros de consumo. La figura 4 de los dibujos ilustra una realización de un procedimiento de este tipo. Los registros de consumo, conocidos como registros 12 detallados de llamadas (CDR), se producen por parte de los conmutadores 2 de red después de que hayan tenido lugar las llamadas. Estos CDR se han recogido tradicionalmente mediante dispositivos 10 de mediación no en tiempo real, en los que puede realizarse cierto procesamiento previo, antes de que se envíen los CDR a un sistema 11 de facturación. De manera similar, para el cobro de datos de pago posterior, algunos o todos los elementos de red de datos implicados pueden producir registros de consumo, conocidos por ejemplo como registros 13 detallados de eventos (EDR), que pueden recogerse y posiblemente procesarse previamente mediante dispositivos 10 de mediación, y enviarse a un sistema 11 de facturación. El cobro por servicios de telefonía de esta manera se conoce como cobro de pago posterior.

La existencia de dos categorías diferenciadas de cuentas, es decir, de prepago y de pago posterior, con dos redes y filosofías de cobro diferenciadas (en tiempo real y no en tiempo real) y, en particular, con múltiples planteamientos incompatibles para tarificar los servicios, aumenta enormemente los costes operativos y de capital de las redes de telecomunicaciones y provoca múltiples y diversas inflexibilidades. Estas dificultades se agravan por el hecho de que también pueden usarse distintas técnicas de tarificación y cobro para voz y los diversos tipos de datos.

Cada vez más, los sistemas de facturación...

 


Reivindicaciones:

1. Un módulo (31) de cobro convergente, para su uso en un sistema de telecomunicaciones celular, que comprende:

quadun módulo (52) de función de conmutación de servicio, que puede emular a un conmutador de circuito basado en voz; y quadun adaptador (65) de interfaz de prepago, en comunicación con el módulo (52) de función de conmutación de servicio y que puede conectarse a un módulo (7) de cobro de prepago que usa un protocolo de llamadas de voz, de modo que el módulo (7) de cobro de prepago parece estar comunicándose con un conmutador de circuito basado en voz usando el protocolo de llamadas de voz; y quadal menos un módulo (53, 54) de función de control de servicio, que puede emular las funciones de control del módulo (7) de cobro de prepago; y quadun adaptador (61) de interfaz de datos, en comunicación con el al menos un módulo (53, 54) de función de control de servicio y que puede conectarse a un elemento (21) de red de datos que usa un protocolo de servicio de datos, de modo que el elemento (21) de red de datos parece estar comunicándose con el módulo (7) de cobro de prepago; y quadun núcleo (51) de control de sesión, en comunicación con el al menos un módulo (52) de función de conmutación de servicio y el al menos un módulo (53, 54) de función de control de servicio y que puede traducir datos recibidos desde el elemento (21) de red de datos, usando el protocolo de servicio de datos, para simular una llamada de voz usando el protocolo de llamadas de voz, para emitirlos al módulo (7) de cobro de prepago.

2. Un módulo (31) de cobro convergente según la reivindicación 1, en el que el módulo (7) de cobro de prepago es un punto de control de servicio.

3. Un módulo (31) de cobro convergente según cualquier reivindicación anterior, en el que el elemento (21) de red de datos comprende una función (22) de conmutación de servicio (SSF).

4. Un módulo (31) de cobro convergente según la reivindicación 3, en el que la SSF (22) de datos comprende un nodo de soporte de servicio GPRS.

5. Un módulo (31) de cobro convergente según la reivindicación 3 o la reivindicación 4, en el que la SSF (21) de datos soporta un protocolo de CAP3.

6. Un módulo (31) de cobro convergente según cualquier reivindicación anterior, en el que el módulo (7) de cobro de prepago usa un protocolo de CAP2 o INAP CS1 o WIN u otro basado en IN.

7. Un módulo (31) de cobro convergente según cualquier reivindicación anterior, que comprende además:

quadun adaptador (60) de interfaz de voz, en comunicación con la al menos una función (53) de control de servicio y que puede conectarse a un conmutador (2) de circuito basado en voz, de modo que el módulo (31) de cobro convergente actúa como módulo de cobro proxy para el conmutador de circuito basado en voz.

8. Un módulo (31) de cobro convergente según cualquier reivindicación anterior, que comprende además:

quadun módulo (55) lógico de API, que implementa una API abierta; y quadun adaptador (63) de interfaz API, en comunicación con el módulo (55) lógico de API y que puede conectarse a una plataforma (32) de contenido de terceras partes, de modo que el módulo lógico de API puede comunicarse en tiempo real con el núcleo (51) de control de sesión para permitir la facturación de datos enviados por la plataforma de contenido de terceras partes mediante la simulación de una llamada de voz al módulo de cobro de prepago.

9. Un módulo (31) de cobro convergente según la reivindicación 8, en el que los datos enviados por la plataforma (32) de contenido de terceras partes es una aplicación de teléfono móvil.

10. Un módulo (31) de cobro convergente según cualquier reivindicación anterior, que comprende además:

quadun módulo (58) proxy de protocolo de inicio de sesión (SIP) que puede emular a un servidor de aplicación basado en SIP; y quadun adaptador (62) de interfaz de SIP, en comunicación con el módulo (58) proxy de SIP y que puede conectarse a un dispositivo controlado por SIP, de modo que el dispositivo controlado por SIP parece estar comunicándose con un servidor de aplicación basado en SIP.

11. Un módulo (31) de cobro convergente según la reivindicación 10, en el que el dispositivo controlado por SIP es un conmutador de software.

12. Un módulo (31) de cobro convergente según cualquier reivindicación anterior, que comprende además:

quadun módulo (57) de función de tarificación interna que tarifica la actividad controlada por el módulo de cobro convergente, calcula un precio de llamada de voz equivalente y simula una llamada de voz para emitirla al módulo (7) de cobro de prepago a través del adaptador (65) de interfaz de prepago con el fin de cobrar al usuario por la actividad.

13. Un módulo (31) de cobro convergente según cualquier reivindicación anterior, que comprende además:

quadun módulo (56) lógico de control de cobro; y quadun adaptador (64) de interfaz de cobro, en comunicación con el módulo lógico de control de cobro y que puede conectarse a un sistema (41) de tarificación externo, de modo que puede determinarse un precio asociado con una actividad controlada por el módulo (31) de cobro convergente mediante el sistema (41) de tarificación externo.

14. Un módulo (31) de cobro convergente según la reivindicación 13, en el que el módulo (56) de control de cobro produce registros detallados de llamadas o registros detallados de eventos para cada sesión de datos o llamada.

15. Un módulo (31) de cobro convergente según la reivindicación 13 o la reivindicación 14, en el que el módulo (56) lógico de control de cobro determina, para una sesión de datos o llamada particular, si ha de pagarse previamente o pagarse posteriormente un precio asociado.

16. Un módulo (31) de cobro convergente según cualquiera de las reivindicaciones 13 a 15, en el que el adaptador (64) de interfaz de cobro y el sistema (41) de tarificación externo se comunican usando criterios de tarificación de Parlay.

17. Un módulo (31) de cobro convergente según cualquiera de las reivindicaciones 13 a 16, en el que el sistema (41) de tarificación externo es un sistema de facturación convergente.

18. Un módulo (31) de cobro convergente según cualquier reivindicación anterior, que comprende además un módulo (59) de servicios locales, que puede implementar funciones de servicio que normalmente las proporcionaría el módulo (7) de cobro de prepago.

19. Un módulo (31) de cobro convergente según la reivindicación 18, en el que el módulo (59) de servicios locales puede correlacionar una notificación de un saldo insuficiente de una cuenta emitido por el módulo (7) de cobro de prepago con una notificación basada en datos equivalente para su retransmisión al usuario.

20. Un módulo (31) de cobro convergente según la reivindicación 19 ó 20, en el que la notificación basada en datos es un mensaje SMS o un mensaje USSD o un diálogo o un redireccionamiento de una página web a la que ha accedido el usuario.

21. Un módulo (31) de cobro convergente según cualquier reivindicación anterior, en el que el núcleo (51) de control de sesión (SCC) comprende una máquina de estados que puede procesar una petición de un servicio por parte de un usuario, independientemente de si el servicio solicitado es un servicio de datos o un servicio de voz, teniendo dicha máquina de estados:

quadun estado (80) inactivo, en el que el SCC (51) puede aceptar la petición de un servicio de voz o de datos por parte del usuario; quadun estado (81) de conexión, en el que el SCC (51) puede establecer una conexión entre el usuario y el servicio de voz o de datos solicitado; quadun estado (82) de encaminamiento, en el que se establece una interconexión para permitir la interacción entre el usuario y el servicio solicitado; quadun estado (83) de interacción con el usuario, en el que se intercambian datos entre el usuario y el servicio solicitado; y quadun estado (84) activo, en el que se mantiene la conexión entre el usuario y el servicio solicitado;

y en el que la máquina de estados puede experimentar transiciones entre los estados.

22. Un módulo (31) de cobro convergente según la reivindicación 21, en el que la máquina de estados puede experimentar una transición desde el estado inactivo hasta el estado de conexión.

23. Un módulo (31) de cobro convergente según la reivindicación 21 ó 22, en el que la máquina de estados puede experimentar una transición desde el estado de conexión hasta el estado de encaminamiento, el estado activo o el estado inactivo.

24. Un módulo (31) de cobro convergente según cualquiera de las reivindicaciones 21 a 23, en el que la máquina de estados puede experimentar una transición desde el estado de encaminamiento hasta el estado de interacción con el usuario o el estado inactivo.

25. Un módulo (31) de cobro convergente según cualquiera de las reivindicaciones 21 a 24, en el que la máquina de estados puede experimentar una transición desde el estado de interacción con el usuario hasta el estado de conexión o el estado inactivo.

26. Un módulo (31) de cobro convergente según cualquiera de las reivindicaciones 21 a 25, en el que la máquina de estados puede experimentar una transición desde el estado activo hasta el estado inactivo.

27. Un módulo (31) de cobro convergente según cualquiera de las reivindicaciones 21 a 26, en el que la máquina de estados está configurada para responder a entradas de anulación y las entradas de anulación provocan que la máquina de estados experimente una transición hasta el estado inactivo.

28. Un módulo (31) de cobro convergente según cualquiera de las reivindicaciones 21 a 27, en el que la máquina de estados está configurada para responder a una entrada de desconexión y la entrada de desconexión provoca que la máquina de estados experimente una transición hasta el estado inactivo.


 

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